Señor
 Contador, si Ud. presta servicios de Contabilidad y tiene bajo su 
responsabilidad suscribir los Estados Financieros a Contribuyentes que 
están obligados a dictaminarse  fiscalmente  de   conformidad a lo 
establecido en los Arts. 131 del Código Tributario y 47 Lit. f) de la 
Ley de Servicios Internacionales, se le recuerda que:
a) Si Ud. es un Contador no inscrito ante la Administración Tributaria, 
debe inscribirse en el Registro de Contadores que lleva esta Dirección 
General y así poder hacer uso del servicio del Dictamen fiscal en línea 
que se presta mediante la plataforma del Dictamen Fiscal del sitio web 
del Ministerio de Hacienda.
Previo a inscribirse en dicho Registro, debe realizar el trámite 
respectivo ante el Consejo de Vigilancia de la Profesión de la 
Contaduría Pública y Auditoría, a efecto de obtener la autorización y 
Número de Inscripción de Contador que le acredita ejercer la Contaduría.
Lo anterior con base a lo establecido en el Art. 149-B, Inciso tercero 
del Código Tributario y Arts. 2, 5 Inciso primero y 6 Inciso primero de 
la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría, reformada mediante 
Decreto Legislativo No. 646, publicado en el Diario Oficial No. 218, 
Tomo 417 de fecha 22 de noviembre de 2017.
Para inscribirse en el mencionado Registro es necesario presentar el formulario 
Aceptación de Términos de Registro de los Servicios por Internet,
 junto con la original y fotocopia del documento que acredita su calidad
 de Contador, en el Área de Servicios por Internet de la Dirección 
General de Impuestos Internos, ubicada en el Centro de Servicios al 
Contribuyente, contiguo al Condominio Tres Torres, o en los Centros o 
Minicentros de Servicios ubicados en todo el país. En caso que el 
trámite no lo realice el propio Contador, debe presentar el formulario 
Autorización para Solicitar Asignación de Opciones Especiales de Usuarios para los Servicios por Internet.
Si su 
Solicitud de Autorización e Inscripción como Contador se encuentra en trámite en el referido Consejo de Vigilancia,  
podrá inscribirse en el Registro de esta Dirección General, adjuntando al citado formulario de Aceptación, 
Declaración Jurada
 y además, original y fotocopia para su confrontación de la Solicitud 
mencionada. Una vez obtenida la autorización y Número de Inscripción de 
Contador por parte del Consejo, deberá presentar ante esta Dirección 
General, mediante escrito, los originales y fotocopias para su 
confrontación de los documentos respectivos, tal como se indica en el 
literal b) de este Comunicado.
Los referidos formularios pueden ser consultados o descargados dando clic en los enlaces o link antes señalados.
b) 
Si Ud. es un Contador que se inscribió en el Registro de 
Contadores de la Administración Tributaria con Número de Acreditación de
 Contador del Ministerio de Educación (MINED) o con Declaración
 Jurada,  deberá tramitar la autorización para ejercer la Contaduría e 
inscribirse ante el aludido Consejo de Vigilancia, y una vez obtenida la
 citada autorización e inscripción, deberá presentar a la Dirección 
General de Impuestos Internos, mediante escrito, la original y fotocopia
 de la Credencial de Identificación de Contador, cuyo documento 
permitirá actualizar su Número de Inscripción de Contador en el 
correspondiente Registro que lleva esta Direccional General. El modelo 
de escrito puede ser consultado y descargado dando clic en el siguiente 
enlace:
c) 
Si
 Ud. es un Contador que se inscribió en el referido Registro con 
Declaración Jurada y ya obtuvo la Certificación del Número de 
Acreditación de Contador emitida por el MINED, deberá presentar
 a la Dirección General, el original y copia del documento en que consta
 dicho Número, para la actualización respectiva, a más tardar el 2 de 
mayo de 2018; esto en caso dicha Certificación no haya sido  presentada a
 la Dirección General a la fecha de este comunicado.
d) 
Se requerirá como requisito, el Número Inscripción de 
Contador que le acredita ejercer la Contaduría, emitido por el  Consejo 
de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoría,
 para la firma de los Estados Financieros que se adjunten al Dictamen e 
Informe Fiscal electrónico del ejercicio 2018, por lo que los Contadores
 deben actualizar dicho Número en el plazo especificado en literal b)..
CONSULTAS
En caso de existir dudas sobre la referida inscripción en el citado 
Registro de Contadores que lleva esta Administración Tributaria, dirigir
 su consulta a la siguiente dirección electrónica: 
dictamen.fiscal@mh.gob.sv, o llamar a los Tels. 2244-3660 y 2244-3661.