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Blog para comentarios sobre educación continua y nuevos desafíos para estudiantes y profesionales de la Contaduría Pública... Grupo de Investigación Contable. 2025 By Javier E. Miranda R., CPA, CGF, MADE, MTE.
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Resumen de las NIIF
CONTABILIDAD FINANCIERA
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“La contabilidad financiera se refiere a la entrega de
información en su conjunto sobre una organización y, con mayor frecuencia, se
distribuye para ayudar a los tomadores de decisiones externos. ¿Alguien que es empleado
por una organización se preocupa por los datos contables financieros
reportados? ¿Por qué un empleado del departamento de mercadeo o de recursos
humanos estaría interesado en la información financiera que genera y distribuye
la empresa?
Respuesta: La contabilidad financiera está diseñada para
describir la situación financiera general y las perspectivas de una
organización. En realidad, todos los empleados deberían estar interesados en
estudiar la información para evaluar las perspectivas laborales futuras. Un
buen negocio puede recompensar con un aumento mayor o quizás una bonificación
en efectivo significativa al final del año. Las organizaciones financieramente
sólidas pueden permitirse contratar nuevos empleados, comprar equipos
adicionales o emprender nuevas iniciativas importantes.
Por el contrario, cuando una empresa tiene problemas y las
perspectivas son escasas, los empleados pueden anticipar despidos, recortes
salariales o recortes de recursos.
Por lo tanto, aunque la información de contabilidad
financiera está dirigida a tomadores de decisiones externos, los empleados
deben estar particularmente interesados en la salud financiera de sus propias
organizaciones. Nadie quiere ignorar si su empleador se encamina hacia la
prosperidad o la bancarrota. De hecho, los empleados suelen ser los lectores
más apasionados de la información de contabilidad financiera distribuida por
los empleadores porque los resultados pueden tener un impacto directo e
inmediato en su trabajo y, por lo tanto, en sus vidas”.
Referencia
Saraswati D., Putra
A. e Irawan (2019). Contabilidad
Financiera: descripción general de las NIIF. CV ABG. Indonesia.
Amnistía Fiscal.....El Salvador
De acuerdo al decreto legislativo 173/2021 en su articulo 3 establece los casos de los contribuyentes que se encuentren en cualquiera de las situaciones detalladas a continuación puedan optar al beneficio:
a) Que hayan presentado sus declaraciones tributarias y no hayan pagado el impuesto liquidado en ellas.
b) Que no hayan presentado una o más declaraciones tributarias, sin estar obligados al pago del tributo respectivo, o bien, que no obstante, no haber cumplido con la obligación formal de presentar la declaración, el mismo ya se hubiera pagado.
c) Que no hayan presentado una o más declaraciones tributarias y no hayan pagado el tributo respectivo, no obstante haber realizado operaciones sujetas al pago del mismo, incluido el Impuesto a la Transferencia de Bienes Raíces.
d) Que hayan presentado declaraciones tributarias, reflejando cero valores y no hayan pagado el tributo respectivo, aun habiendo realizado operaciones sujetas al pago de este.
e) Que hayan presentado declaraciones tributarias, reflejando saldos a favor, en una cuantía superior a la que legalmente correspondía.
f) Que habiendo presentado declaraciones originales o modificatorias, hayan liquidado el tributo en una cuantía inferior a la que legalmente le correspondía,
g) Que se encuentren en proceso de fiscalización, iniciado antes o durante la vigencia del presente decreto.
h) Que se encuentren en el proceso de Audiencia y Apertura a Pruebas ante la Administración Tributaria. Cuando los plazos legales referentes a la audiencia y apertura a pruebas venzan con posterioridad a la vigencia de este decreto, el plazo para efectuar el pago, gozando de los beneficios que establece el mismo, se extenderá hasta la finalización del plazo de la apertura a pruebas.
i) Que habiendo finalizado el proceso de audiencia y apertura a pruebas se encuentre en proceso de tasación de tributos irlo multas y no se haya notificado aún la resolución respectiva.
j) Que se encuentren dentro del plazo para impugnar las resoluciones de tasación de tributos y/o multas y no hayan interpuesto el recurso respectivo.
k) Que hayan interpuesto recursos administrativos, acción Contencioso Administrativa o Amparo Constitucional y estos se encuentren en trámite. Para ese efecto, deberán desistir totalmente ante el Tribunal o Instancia que está conociendo el caso y presentar la prueba de dicha petición al momento de realizar el pago o cuando solicite pago a plazos a la Administración Tributaria.
l) Que las deudas se encuentren firmes y liquidas. Cuando las multas se encuentren líquidas, firmes y exigibles, solo se podrá gozar del beneficio de pago a plazo, en relación a lo dispuesto en el articulo 11, literal b) de este decreto.
m) Que tengan resolución de pago a plazos. En este caso, únicamente gozarán de los beneficios establecidos en este decreto, las cuotas pendientes de pago a la fecha de entrada en vigencia de esta Ley Especial y Transitoria.
n) Que no hayan retenido o percibido sumas en concepto de tributo, así como anticipos, existiendo obligación legal de hacerlo,
o) Que hayan retenido o percibido tributos, así como anticipos y no los hayan enterado.
p) Que hayan enterado tributos retenidos o percibidos, así como anticipos, por cantidades inferiores a las que realmente correspondía pagar.
Fecha limite para aplicar al beneficio de esta ley especial es el 10 de diciembre 2021.
Aplica a declaraciones de periodos que vencieron hasta 30 de junio de 2021
📌📌GUIA DE APLICACION CONTABLE DEL BITCOIN EN EL SALVADOR
Evento divulgativo con participación gratuita.
El Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoría invita a todos los Auditores y Contadores a participar en el evento divulgativo de la "Guía de Aplicación Contable del Bitcoin en El Salvador", el cual se desarrollará en formato virtual de acuerdo con la programación siguiente:
Fecha: vienes 8 de octubre de 2021
Hora: 6:00 a 8:30 p.m.
Transmisión en vivo a través de nuestro canal en YouTube.
Puedes ingresar y suscribirte a nuestro canal en el siguiente link:
https://www.youtube.com/channel/UC7_PLlYFjtIjwoEAREa4U8A
Cooperación Internacional y Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible (virtual)
Del 5 al 28 de octubre.
Fecha límite de inscripción: Martes 5 de octubre.
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Herramientas para el Análisis de Riesgos (virtual)
Del 5 al 14 de octubre.
Fecha límite de inscripción: Martes 5 de octubre.
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Modelos de Medición de Riesgos (virtual)
Del 6 al 15 de octubre.
Fecha límite de inscripción: Martes 5 de octubre.
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Microsoft Excel Básico, 9.ª edición (virtual)
Del 8 al 29 de octubre.
Fecha límite de inscripción: Viernes 8 de octubre.
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Administración de las Operaciones de Seguridad y Salud Ocupacional (virtual)
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Role of the Audit Committee: How to Oversee 3rd Party Risk
Third party risk is growing. And so is dependence of 3rd parties.
What are the hurdles to managing 3rd party risks? PwC’s Governance
Insights Center provides insights: Lack of inventory of 3rd party relationships and lack of understanding
of what 3rd parties are doing.
What are common third-party risks? Cyber and data security,
bribery/FCPA, compliance, ethical/social/environmental issues,
brand/reputation, and operational vulnerability.
What should boards be doing? Companies are developing robust
third-party risk management programs (TPRM) with 10 key elements:
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Today’s Tip | |
Don’t Let Your Loyalty to Your Company Compromise Your Ethics | |
Being dedicated to your organization is admirable. After all, loyalty has many benefits at work — it helps build trust, commitment, and a sense of team. But be careful that you aren’t so committed to your company that you compromise your ethics. You can guard against being blindly loyal by staying true to who you are. First, if you see something unethical, say something. You may be concerned about “rocking the boat” at a place you care deeply about but remember that silence often enables wrongdoing to continue, which is ultimately bad for the organization. Don’t compete with your colleagues. When workplaces get competitive, people start to lose sight of what is right and wrong. Instead, seek out ways to collaborate and build loyalty across teams. Finally, shift your perspective. When you find yourself in a fraught situation where you are torn between what’s best for the organization and what’s best for you (say your manager is asking you to do something you feel is unethical, for example), try taking a step back and consider how someone who didn’t feel so loyal to the company would act in your shoes. | |
This tip is adapted from “Are You Too Loyal to Your Organization?,” by Zachariah Berry |
En esta conferencia que pronuncié el pasado 10 de septiembre vuelvo a tocar, una vez más, el tema que se sugiere en el título de la entrada. No, por mucho que se insista, el modelo de la escuela que tenemos tiene que cambiar más allá de la COVID 19. Está caduco desde hace mucho más tiempo. Acepto que las circunstancias sobrevenidas pueden actuar de catalizadores, pero en modo alguno son la razón por la que debemos cambiar. Es conocido que la escuela se graduó a finales del siglo XIX, utilizando un criterio del todo cuestionable: la edad. Cuando en realidad lo que debe regir el aprendizaje -y el desarrollo del currículo- es la competencia. Esto, que parece de sentido común, es sistemáticamente ignorado. Pensemos que, aceptar la edad como criterio de agrupamiento, es aceptar -se quiera o no- que todas las personas de la misma edad tienen las mismas necesidades educativas. Esto no hay un solo profesor que se lo crea, sin embargo la mayoría actúan como si esto fuese un axioma incuestionable.
LEADERSHIP
By Lee Gardner
What makes one a success and another a waste of time?