sábado, 7 de noviembre de 2009

AUDITORÍA FISCAL 2



Aquí puedes agregar tus conocimientos adquiridos sobre la temática de auditoría fiscal



NACOT 2

115 comentarios:

rbarrios04ues06 dijo...

rbarrios04ues06

Exiten incumplimientos importantes cuando estos tienen efectos tales que sobrepasan la materialidad del auditor, estos imcumplimientos pueden ser formales o sustantivos, en los cuales el auditor debe de aplicar su juicio sobre la materialidad, debido a la existencia de el riesgo de control que consiste en que un error o fraude no sea detectado por el auditor.

SOPHI dijo...

NACOT EVALUACION 2

INCUMPLIMIENTO IMPORTANTE
Cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente, el dictamen debe ser modificado y el auditor fiscal debe expresar su opinión sobre el incumplimiento.

se entiende por obligaciones formales tributarias aquellas obligaciones administrativas ejemplo la presentacion de declaraciones, legalizacion de libros iva, etc.

las obligaciones formales sustantivas radica al pago de impuestos o bien al pago de tributos.

Al hacer un examen del cumplimiento de las obligaciones tributarias, se ve afectada la consideración que hace el profesional de la materialidad por:
(a) la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, los cuales pueden o no ser cuantificables en términos monetarios,

(b) la naturaleza y la frecuencia de la falta de cumplimiento identificada, y

(c) las consideraciones cualitativas, incluyendo las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.

El riesgo de emitir opinión respecto al cumplimiento de obligaciones tributarias está compuesto por el riesgo inherente, el riesgo de control y el riesgo de detección.

Riesgo de Control: Es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

sramos04ues43 dijo...

USUARIO: SRAMOS04UES43
AUDITORIA FISCAL
La auditoria de cumplimiento de obligaciones tributarias es aquel trabajo realizado por un lic. en contaduría publica o un contador publico certificado realiza, para expresar un opinion sobre el cumplimento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente, aplicando procedimientos de examen de cumplimiento tributarios tomando en consideracion las disposiciones legales de caracter tributario y considerando los criterios especificados en la NACOT dichos procedimientos se deben realizar con un alto grado de eceptisismo profesional para alcanza la seguridad razonable de que los incumplimientos importantes seran detectados, disminuyendo el riesgo de emitir una opinion sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes

Unknown dijo...

abenitez04ues7

Existe un incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.

Las obligaciones formales son las obligaciones procesales: informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.

Por otra parte, las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

El riesgo de control en la ACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

Unknown dijo...

csanchez04ues49

En la ACOT se dice que existe un incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.

Las obligaciones de las cuales el auditor evaluará su cumplimiento son las siguientes:

Las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.
Las obligaciones formales son las obligaciones procesales: informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

El riesgo de control en la Auditoria de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

R.MIRANDA04UES31 dijo...

RMIRANDA04UES31

Se dà un incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.

Las obligaciones formales son las obligaciones procesales: informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.

Por otra parte, las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

El riesgo de control en la ACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

smendoza04ues29 dijo...

smendoza04ues29

Resumen de la NACOT

Se entiende por auditoría de cumplimiento de obligaciones tributarias, el trabajo que un Licenciado en Contaduría Pública o Contador Público Certificado realiza, para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente.

El objetivo de los procedimientos de examen por parte del profesional, aplicados a los cumplimientos tributarios a cargo de un contribuyente, es el de expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos, basada en los criterios especificados en esta norma y tomando en consideración las disposiciones legales de carácter tributario.

El riesgo de auditoria se presenta cuando el auditor lleva a cabo el examen del cumplimiento de las obligaciones tributarias, el cual busca obtener seguridad razonable del cumplimiento, en todos los aspectos importantes, basado en las disposiciones contenidas en las leyes tributarias. Esto incluye el diseño del examen para la detección, tanto de incumplimientos voluntarios o involuntarios, para considerarlos como materiales. La seguridad absoluta no se puede lograr debido a factores como la necesidad de hacer juicios, el uso de pruebas selectivas, así como las limitaciones inherentes al control interno. También existen procedimientos que son efectivos para detectar la falta de cumplimiento no intencional, pero que podrían no ser efectivos en casos de incumplimiento intencional por parte de empleados y la gerencia de la entidad.

mrodriguez04ues46 dijo...

mrodriguez04ues46

Auditoria de cumplimiento de obligaciones tributarias en esta auditoria realizads por un lic. en contaduría publica o un contador publico certificado se realiza para expresar un opinion sobre el cumplimento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente, aplicando procedimientos de examen de cumplimiento tributarios tomando en consideracion las disposiciones legales de caracter tributario y considerando los criterios especificados en la NACOT dichos procedimientos se deben realizar con un alto grado de eceptisismo profesional para alcanza la seguridad razonable de que los incumplimientos importantes seran detectados, disminuyendo el riesgo de emitir una opinion sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes
La auditoría fiscal es el proceso sistemático de obtener y evaluar objetivamente la evidencia acerca de las afirmaciones y hechos relacionados con actos y acontecimientos de caracter tributario, a fin de evaluar tales declaraciones a la luz de los criterios establecidos y comunicar el resultado a las partes interesadas; ello implica verificar la razonabilidad con que la entidad ha registrado la contabilización de las operaciones resultantes de sus relaciones con la hacienda pública -su grado de adecuación con Principios y Normas Contables Generalmente Aceptados (PyNCGA)-, debiendo para ello investigar si las declaraciones fiscales se han realizado razonablemente con arreglo a las normas fiscales de aplicación.

ramirezf04ues39 dijo...

Ramirezf04ues39

NACOT

Se entiende por auditoría de cumplimiento de obligaciones tributarias, el trabajo que un Licenciado en Contaduría Pública o Contador Público Certificado realiza, para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente

El objetivo de los procedimientos de examen por parte del profesional, aplicados a los cumplimientos tributarios a cargo de un contribuyente, es el de expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos, basada en los criterios especificados en esta norma y tomando en consideración las disposiciones legales de carácter tributario. Para expresar dicha opinión, auditor debe obtener evidencia suficiente y apropiada en relación con el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa legal correspondiente.

En un examen del cumplimiento de las obligaciones tributarias, el auditor fiscal debe considera los siguientes puntos:

•Obtener un entendimiento de las obligaciones tributarias formales o sustantivas establecidas en las leyes tributarias.
•Planear y supervisar el trabajo.
•Considerar porciones relevantes de los controles internos del contribuyente sobre el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
•Obtener evidencia suficiente incluyendo pruebas de cumplimiento de las obligaciones tributarias.
•Considerar eventos subsecuentes relacionados con el período a dictaminar.
•Formarse una opinión acerca de si la entidad cumplió, en todos los aspectos importantes con las obligaciones tributarias formales y sustantivas.

El riesgo de emitir opinión respecto al cumplimiento de obligaciones tributarias está compuesto por el riesgo inherente, el riesgo de control y el riesgo de detección.

Al hacer un examen del cumplimiento de las obligaciones tributarias, la consideración que el auditor dé a la materialidad, difiere de aquella de una auditoría de estados financieros de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas, en la cual el auditor tiene como objetivo expresar una opinión sobre la razonabilidad que presentan los Estados Financieros, considerados en conjunto. Al hacer un examen del cumplimiento de las obligaciones tributarias, se ve afectada la consideración que hace el auditor de la materialidad por: (a) la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, los cuales pueden o no ser cuantificables en términos monetarios, (b) la naturaleza y la frecuencia de la falta de cumplimiento identificada, y (c) las consideraciones cualitativas, incluyendo las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir una opinión

jalvarado07ues5 dijo...

De acuerdo a la NACOT existe un incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.

Las obligaciones formales son las obligaciones procesales: informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.

Ahora bien, entendamos que las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

El riesgo de control en la NACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

iayala04ues04 dijo...

Evaluación:2
Auditoria Fiscal
Resumen:
La auditoria de cumplimientos de obligaciones tributarias es el trabajo que un licenciado en contaduria publica o contador publico certificado, realiza para expresar una opinion sobre obliglaciones formales y sustantivas de un contribuyente obligado a dictaminarse fiscalmente.

El objetivo de examinar procedimientos formales y sustantivos es para ver el cumplimiento de dichos procedimientos para asi dar una opinion sobre hallazgos encontrados.
Con respecto a que el auditor hace una evaluación critica con una mentalidad cuestionante, pues su trabajo debe realizarlo con excepticismo profesional, para que su opinion sea razonable, libre de sesgos, debe actuar con independencia profesional.
Lo que le interesa al auditor es detectar a traves de sus diferentes técnicas practicadas ver el cumplimiento de las obligaciones que el contribuyente debe cumplir, para que atravez de su materialidad establecida pueda medir riesgos que no afecten su opinion, asi poder dar una opinion de acuerdo a hallazgos encontrados usando su juicio profesional.

Unknown dijo...

cpichint03ues28


Segun la NACOT se entiende por auditoría de cumplimiento de obligaciones tributarias el trabajo que un licenciado en contaduría pública o contador público certificado realiza, para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas, de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente

El objetivo de los procedimientos de examen en la Auditoria de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias es el de expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos, basada en los criterios especificados en la NACOT y tomando en consideración las disposiciones legales de carácter tributario.

El auditor debe mantener una actitud de escepticismo profesional y desarrollar pruebas que contribuyan a proteger el interés fiscal.

El auditor debe tomar en cuenta el riesgo por la falta del cumplimiento de las obligaciones tributarias, además de correr el riesgo de emitir la opinión respecto a tales cumplimientos.

El riesgo de auditoria es el riesgo de emitir opinión respecto al cumplimiento de obligaciones tributarias compuesto por el riesgo inherente, el riesgo de control y el riesgo de detección.

bgrande04ues15 dijo...

BGRANDE04UES15

Se entiende por auditoría de cumplimiento de obligaciones tributarias, el trabajo que un Licenciado en Contaduría Pública o Contador Público Certificado realiza, para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente.

Las obligaciones formales son las obligaciones procesales: informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.

Por otra parte, las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible

El objetivo de los procedimientos de examen por parte del profesional, aplicados a los cumplimientos tributarios a cargo de un contribuyente, es el de expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos, basada en los criterios especificados en esta norma y tomando en consideración las disposiciones legales de carácter tributario.

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

El riesgo de control en la ACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

Unknown dijo...

fmartinez04ues24

Se entiende por auditoría de cumplimiento de obligaciones tributarias el trabajo que un licenciado en contaduría pública o contador público certificado realiza, para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas, de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente

El objetivo de los procedimientos de examen en la Auditoria de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias es el de expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos, basada en los criterios especificados en la NACOT y tomando en consideración las disposiciones legales de carácter tributario.

El auditor debe mantener una actitud de escepticismo profesional y desarrollar pruebas que contribuyan a proteger el interés fiscal.

El auditor debe tomar en cuenta el riesgo por la falta del cumplimiento de las obligaciones tributarias, además de correr el riesgo de emitir la opinión respecto a tales cumplimientos.

El riesgo de auditoria es el riesgo de emitir opinión respecto al cumplimiento de obligaciones tributarias compuesto por el riesgo inherente, el riesgo de control y el riesgo de detección.

chparrita dijo...

XLOPEZ07UES38
LA AUDITORIA DE UMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS; es el trabajo realizado por un profesional en contaduría Pública, el cual consiste en una revisión o en un examen sistemático con el afán de expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias tanto formales como sustantivas, de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente, dicha opinión se basara en los criterios establecidos por la NACOT y enfatizara a las disposiciones legales de carácter tributario. Para ello el profesional debe mantener el escepticismo profesional que le ayudará a la detección, de incumplimientos tanto voluntarios como involuntarios
Relacionados con el área tributaria a fin de contribuir a la protección del interés fiscal. Cabe mencionar que también En este tipo de auditoria, el riesgo de emitir opinión respecto al cumplimiento de obligaciones tributarias esta compuesto por el riesgo inherente, el riesgo de control y el riesgo de detección.

floryanes dijo...

FRAMIREZ07UES52

La Auditoria de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias.

El trabajo que un Licenciado en Contaduría Pública o Contador Público Certificado realiza, para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente.

El objetivo de los procedimientos de examen en la Auditoria de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias es el de expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos, basada en los criterios especificados en la NACOT y tomando en consideración las disposiciones legales de carácter tributario.

El auditor debe mantener una actitud de escepticismo profesional y desarrollar pruebas que contribuyan a proteger el interés fiscal.

El riesgo de auditoria es el riesgo de emitir opinión respecto al cumplimiento de obligaciones tributarias compuesto por el riesgo inherente, el riesgo de control y el riesgo de detección.

minocente07ues29 dijo...

EVALUACION OPCION 1
La auditoria de cumplimiento de obligaciones tributarias es el trabajo que lleva a cabo un profesional contable, con el objetivo de emitir una opinión respecto del cumplimiento de las obligaciones formales y sustantivas que por ley un contribuyente obligado a ser dictaminado fiscalmente debe realizar en el periodo tributario.
Para cumplir este objetivo el auditor se basa en los criterios especificados en la NACOT, y realiza sus procedimientos bajo una actitud de escepticismo profesional, siendo de su interés los riesgos que puedan afectar el cumplimiento de obligaciones tributarias.
En dicho proceso el auditor está sometido al riesgo de auditoria, el cual es el riesgo de la emisión de opinión del cumplimiento de las obligaciones tributarias del contribuyente.

jalarcon04ues1 dijo...

jalarcon04ues1
7. RESUMEN NACOT
La NACOT delimita la responsabilidad del auditor con respecto a su trabajo y establece la orientación técnica al momento de dictaminar, en base al cumplimiento de obligaciones tributarias.
Se entenderá por auditoría de cumplimiento de obligaciones tributarias, el trabajo que un Licenciado en Contaduría Pública o Contador Público Certificado realiza, para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente.
El objetivo de los procedimientos de examen por parte del profesional, aplicados a los cumplimientos tributarios a cargo de un contribuyente, es el de expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos, basada en los criterios especificados en esta norma y tomando en consideración las disposiciones legales de carácter tributario. Para expresar dicha opinión, el profesional debe obtener evidencia suficiente y apropiada en relación con el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa legal correspondiente.
Al momento de la ejecución del trabajo el auditor fiscal hace una evaluación crítica con mentalidad cuestionante asegurándose de contar con un grado apropiado de escepticismo profesional para alcanzar una seguridad razonable de que incumplimientos importantes serán detectados.
Al auditor esta interesado en los riesgos que pueden afectar el cumplimiento de obligaciones tributarias formales y sustantivas.
El riesgo de auditoria se define como el riesgo de emitir una opinión equivocada respecto al cumplimiento de obligaciones tributarias, dicho riesgo esta compuesto por el riesgo inherente, el riesgo de control y el riesgo de detección.

maguilar07ues03 dijo...

Evaluación 1
La auditoría de cumplimiento de obligaciones tributarias, es el trabajo que un Licenciado en Contaduría Pública o Contador Público Certificado realiza, para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente.
El objetivo de los procedimientos de examen por parte del profesional,
es el de expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos, basada en los criterios especificados la NACOT y tomando en consideración las disposiciones legales de carácter tributario. Para expresar dicha opinión, el profesional debe obtener evidencia suficiente y apropiada en relación con el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa legal aplicad en el país.

El riesgo de emitir opinión respecto al cumplimiento de obligaciones tributarias está compuesto por el riesgo inherente, el riesgo de control y el riesgo de detección.

Cuando se evalúa el riesgo inherente respecto al cumplimiento de las obligaciones tributarias, el profesional deberá tomar en consideración los factores que afecten los riesgos similares a aquellos que tomaría en cuenta un auditor

yalfaro07ues04 dijo...

Evaluación Opcion 1
La auditoría de cumplimiento de obligaciones tributarias, es el trabajo que un Licenciado en Contaduría Pública o Contador Público Certificado realiza, para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente.

El objetivo de los procedimientos de examen por parte del profesional,
es el de expresar una opinión relacionada con cumplimientos tributarios, cuya base son los criterios de la NACOT y las disposiciones tributario del pais. Para expresar dicha opinión, el profesional debe obtener evidencia suficiente y apropiada en relación con el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa legal aplicad en el país. Ademas debe mantener una actitud de escepticismo profesional, debido a que esta sometido al riesgo de auditoria que es el riesgo de emitir opinión respecto al cumplimiento de obligaciones tributarias el cual está compuesto por el riesgo inherente, el riesgo de control y el riesgo de detección.

Cuando se evalúa el riesgo inherente respecto al cumplimiento de las obligaciones tributarias, el profesional deberá tomar en consideración los factores que afecten los riesgos similares a aquellos que tomaría en cuenta un auditor

rdiaz07ues41 dijo...

rdiaz07ues41
La auditoria Fiscal es especial ya quetrata sobre aspectos triburarios, donde se manejan aspectos técnicos como obligaciones formales y sustantivas,estas ultimas son la base aexaminar,ya que el cumplimiento o imcumplimiento de estos definen la opinión en el Dictamen Fiscal,siempre con siderando la materialidad determinada por el auditor.

gdelacruz04ues10 dijo...

Se da un incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.

Las obligaciones formales son las obligaciones procesales: informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.

Por otra parte, las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

El riesgo de control en la ACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

CLARIN07UES31 dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
CLARIN07UES31 dijo...

CLARIN07UES31
En la Auditoria Fiscal, el trabajo es realizado por un licenciado en contaduría pública o contador públicos certificado, para expresar una opinión sobre el cumplimento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente. Expresando una opinión relacionada con dichos cumplimientos basados en criterios especificados en la NACOT, opinión en la que obtendrá evidencia suficiente y apropiada para verificar o dar seguimiento a incumplimientos importantes.

Unknown dijo...

Iponce03ues29

Están obligados a nombrar auditor para dictaminarse fiscalmente todos aquellos contribuyentes que cumplan los siguientes requisitos:
 Haber poseído un activo total al 31 de Diciembre del año inmediato anterior al que se dictamine, superior a $10, 000,000 de colones.
 Haber obtenido un total de ingresos en el año superior a $5,000,000 de colones
 Las persona jurídicas resultantes de la fusión o transformación de sociedades, deberán cumplir con esta obligación por el ejercicio en que ocurran dichos actos.
 Las sociedades en liquidación por cada uno de los ejercicios o periodos de imposición, según sea el caso, comprendidos desde la fecha de inscripción de la disolución hasta aquel que finalicen los tramites de la liquidación y previo a su inscripción.
Así mismo cumplir con las obligaciones formales y sustantivas.
El auditor tiene que estar apegado a las NIAS Y NACOTT el momento de hacer el dictamen, así mismo aplicar la materialidad de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza, la frecuencia de la falta de cumplimiento y consideraciones cualitativas.
El riesgo de control de los cumplimientos de las obligaciones tributarias esta comprendidos en los riesgo inherente, riesgo de control y riesgo de detección.

SERVICIOS CONTABLES dijo...

La base tecnica para elaborar una planeacion adecuada es proporcionada por la N.A.C.O.T en base y conjuntamente con las N.I.A.s , las cuales hacen las consideraciones siguientes:
El auditor fiscal debe planear el trabajo de modo que la auditoria sea realizada de una manera efectiva.
El auditor fiscal como el personal bajo su supervision deben mantener una independencia mental ya que deberan formarce un juicio con respecto a las politicas y controles de la administracion para determinar si cumplen o no a las obligaciones tributarias.
Basados en los resultados obtenidos se concluye el trabajo de auditoria fiscal con la presentacion de los dos principales documentos a la administracion tributaria cono lo son : el dictamen e informe fiscal.

mmorales07ues47 dijo...

El incumplimiento importante por parte de un contribuyente, es de acuerdo a la estimación por parte del auditor que tiene un efecto importante sobre el cumplimiento y podría expresar su opinión sobre el incumplimiento.

Las obligaciones tributarias formales, son obligaciones accesorias que giran en torno a la obligación principal y que surgen de una interrelación entre el sujeto activo y sujeto pasivo de la obligación principal con la finalidad de facilitar su cumplimiento.

Obligación tributaria sustantiva, también llamada obligación principal, la cual constituye una obligación para el contribuyente de pago del impuesto al fisco (Administración Tributaria) por las operaciones comerciales sujetas o gravadas que realiza.

El juicios profesional acerca de la MATERIALIDAD, es determinada por el auditor, a la hora de determinar un hallazgo y que dependerá de la percepción que se tenga acerca de las necesidades de los usuarios.

El riesgo de control en la NACOT,
es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del Contribuyente.

dquezada07ues50 dijo...

dquezada07ues50
De acuerdo a la norma para auditoria de cumplimiento de obligaciones tributarias, es competencia de un licenciado en contaduría pública expresar opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminar fiscalmente.
Dicha opinión debe estar basada en los criterios especificados en esta norma y sus dispositivos legales de carácter tributario, para lo cual debe obtener evidencia suficiente y apropiada.
Así mismo el auditor debe realizar su trabajo con diligencia y su debido cuidado profesional, planificación evaluación de resultados, y escepticismo profesional.
El auditor debe dar mayor énfasis a los riesgos que pueden afectar la opinión en el informe, para lo cual deberá aplicar procedimientos adicionales y así lograr una mayor

wmoreno07ues48 dijo...

DEACUERDO AL TEST
Resumen NACOT
Se entiende por auditoría de cumplimiento de obligaciones tributarias, el trabajo que un Licenciado en Contaduría Pública o Contador Público Certificado realiza, para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente.

Las obligaciones formales son las obligaciones procesales: informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.

Por otra parte, las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible

El objetivo de los procedimientos de examen por parte del profesional, aplicados a los cumplimientos tributarios a cargo de un contribuyente, es el de expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos, basada en los criterios especificados en esta norma y tomando en consideración las disposiciones legales de carácter tributario.

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

El riesgo de control en la ACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

msilva07ues59 dijo...

De acuerdo al test:
RESUMEN NACOT
El riesgo de control en la NACOT,
es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del Contribuyente.Se entiende por auditoría de cumplimiento de obligaciones tributarias, el trabajo que un Licenciado en Contaduría Pública o Contador Público Certificado realiza, para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente.

El riesgo de control en la ACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.
Las obligaciones formales son las obligaciones procesales: informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.

Por otra parte, las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

El riesgo de control en la ACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

mmorales07ues46 dijo...

Norma para Auditoría de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias

Con el propósito de establecer un marco de referencia a observar por los Contadores Públicos, que garantice que los trabajos relacionados con la preparación del informe y dictamen fiscal, sean realizados con un alto grado de profesionalismo.


ENTENDIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS FORMALES O SUSTANTIVAS
Para obtener la comprensión de las obligaciones tributarias formales o sustantivas, el auditor fiscal debe considerar lo siguiente:

a. Leyes tributarias y sus reglamentos, guías de orientación y otros documentos que conciernen a las obligaciones tributarias.
b. Conocimiento acerca de las obligaciones tributarias formales o sustantivas específicas del contribuyente, obtenido a través de trabajos anteriores.
c. Conocimiento acerca de las obligaciones tributarias formales o sustantivas específicas del contribuyente, obtenido a través de discusiones con el personal apropiado dentro de la entidad (por ejemplo, el gerente financiero, auditores internos, consejero legal, administradores, etc.).
d. Conocimiento acerca de las obligaciones tributarias formales o sustantivas específicas del contribuyente, obtenido a través de discusiones con personas apropiadas fuera de la entidad (por ejemplo, un ente regulador o tercera persona especialista).

Riesgo de Control: Es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

MODIFICACIÓN DEL DICTAMEN
El profesional debe modificar el dictamen estándar si existe cualquiera de las siguientes condiciones:

a. Existe incumplimiento importante de obligaciones tributarias
b. Hay alguna restricción del alcance del trabajo.

c. El auditor fiscal como parte de su dictamen, decide hacer referencia al informe de profesionales en materia tributaria o en otras materias relacionadas con la actividad del contribuyente.


INCUMPLIMIENTO IMPORTANTE
Cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente, el dictamen debe ser modificado y el auditor fiscal debe expresar su opinión sobre el incumplimiento.

Alex dijo...

Dgarcia07ues58
Auditoria Fiscal 2 (2 parte del laboratorio)

Existe un incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y sustantivas por parte del contribuyente.

Las obligaciones formales son las obligaciones administrativas que no requiere retribución económica por el sujeto pasivo: Actualización de dirección, presentación de formularios.

Las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo se encuentra obligado al pago de una cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

El riesgo de control en la NACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

Lusdary dijo...

Se entiende como incumplimiento importante aquel incumplimiento de las obligaciones tributarias de un contribuyente, a la presentación de las declaraciones tributarias se considera una obligación tributaria formal y al pago de tributos o impuestos se le considera obligación tributaria sustantiva

Al hacer un examen del cumplimiento de las obligaciones tributarias, se ve afectada la consideración que hace el profesional relación a la materialidad por lo siguiente:
1. La naturaleza de los requisitos de cumplimiento, los cuales pueden o no ser cuantificables en términos monetarios
2. La naturaleza y la frecuencia de la falta de cumplimiento identificada,
3. Las consideraciones cualitativas, incluyendo las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

Se entiende por riesgo de control aquel en donde un incumplimiento importante pudiere ocurrir y no se prevenido o detectado oportunamente

Unknown dijo...

tcoreas03ues07

RESUMEN DE EVALUACION NACOT 2

Incumplimiento Importante es cuando el exámen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos y el profesional estima que esto tienen un efecto importante sobre el cumplimiento de obligaciones tributarias por parte del contribuyente, el dictamen debe de ser modificado y el auditor fiscal debe expresar su opinión sobre el incumplimiento.

Obligaciones Tributarias Formales son las obligaciones procesales: Informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias, efectuar retención en la fuente.

Obligaciones Tributarias Sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a titulo de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.

Debe entenderse como juicio acerca de la materialidad a las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.

Riesgo de Control es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente, evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalué el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

Unknown dijo...

Veronica Lira dijo
NACOT 2
Se entiende por incumplimiento importante al examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.

Ademas debe entenderse como obligación tributaria formal
a las obligaciones formales tributarias aquellas obligaciones administrativas ejemplo la presentación de declaraciones, legalización de libros IVA, etc.

Las obligaciones tributaria sustantiva
Por otra parte, las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.

Los juicios acerca de la materialidad
Son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.

Los riesgos de control en la ACOT :
Es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

RJIMENEZ04UES21 dijo...

RJIMENEZ04UES21
Existe un incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el auditor estima que esto tiene un efecto importante sobre el cual debe dar su opinion.
obligaciones Sustantivas:
Se entenderá el pago de los impuestos y sus accesorios dentro del plazo o fecha limite establecidas, por parte del sujeto pasivo de la obligación.

Por obligación Formal se entenderán todas aquellas actividades que el contribuyente deberá realizar para cumplir a cabalidad con sus obligaciones tributarias.
Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

El riesgo de control, es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente.

Unknown dijo...
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Unknown dijo...

El auditor nombrado para dictaminar fiscalmente, revisará el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas a cargo de los contribuyentes obligados a ello.
Se entiende por auditoría de cumplimiento de obligaciones tributarias, el trabajo
que un Licenciado en Contaduría Pública o Contador Público Certificado realiza,
para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias
formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente.
El auditor fiscal debe ejecutar su trabajo asegurándose de contar con: (a) el debido
cuidado en la planeación, desarrollo y evaluación de los resultados de sus
procedimientos de examen, y (b) un grado apropiado de escepticismo profesional
para alcanzar una seguridad razonable de que incumplimientos importantes serán
detectados.
En algunos trabajos la naturaleza de las obligaciones tributarias formales o
sustantivas a cargo del contribuyente, puede requerir habilidades especializadas o
conocimiento de un campo específico diferente al de auditoría o contabilidad. En
tales casos el auditor puede auxiliarse en el trabajo de un especialista.
El auditor fiscal debe obtener un entendimiento razonable del control interno
aplicado por el contribuyente, suficiente para planear el trabajo y evaluar el riesgo
de control para el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Al planear el
examen, dicho conocimiento debe ser utilizado para identificar los tipos de
incumplimientos potenciales, para considerar factores que afecten el riesgo de
incumplimientos importantes y para diseñar pruebas apropiadas de cumplimiento.
El auditor fiscal debe aplicar procedimientos que le proporcionen una seguridad
razonable de detectar incumplimientos importantes. La determinación de estos
procedimientos, y la evaluación de la suficiencia y lo apropiado de la evidencia
obtenida son aspectos de juicio profesional.
Al evaluar si el contribuyente ha cumplido en todos sus aspectos importantes, el
auditor debe considerar en su opinión: (a) la naturaleza y frecuencia del
incumplimiento identificado, y (b) si tal incumplimiento es importante con respecto
a la naturaleza de las obligaciones tributarias formales o sustantivas.

Henrher dijo...

hhenriqz04ues17


Se entiende por incumplimiento importante al examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.

Debe entenderse como obligación tributaria formal
a las obligaciones formales tributarias aquellas obligaciones administrativas ejemplo la presentación de declaraciones, legalización de libros IVA, etc.

Las obligaciones tributaria sustantiva
Por otra parte, las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.

En cuanto a los juicios acerca de la materialidad estas son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.

Según la NACOT el Riesgo de Control
s el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

ecantoral07ues11 dijo...

NACOT
EVALUACION 2

Las obligaciones formales son las obligaciones administrativas que no requiere retribución económica por el sujeto pasivo: Actualización de dirección, presentación de formularios.

Las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo se encuentra obligado al pago de una cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.

El riesgo de control en la ACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

csantamaria04ues22 dijo...

LABORATORIO 2

Se da un incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.

Las obligaciones formales son las obligaciones administrativas que no requiere retribución económica por el sujeto pasivo: Actualización de dirección, presentación de formularios.

Las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo se encuentra obligado al pago de una cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.

El riesgo de control en la ACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente.

ebarillas07ues9 dijo...

Lab.2

Se entiende por incumplimiento importante al examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente
Al hacer un examen del cumplimiento de las obligaciones tributarias, se ve afectada la consideración que hace el profesional relación a la materialidad por lo siguiente:

• La naturaleza de los requisitos de cumplimiento, los cuales pueden o no ser cuantificables en términos monetarios
• La naturaleza y la frecuencia de la falta de cumplimiento identificada,
• Las consideraciones cualitativas, incluyendo las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir


Obligaciones Tributarias Formales son las obligaciones procesales: Informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias, efectuar retención en la fuente.

Obligaciones Tributarias Sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a titulo de impuesto, una vez determinado el hecho imponible

Luego de emitir el informe, el auditor puede realizar modificaciones (al dictamen estándar), si existe cualquiera de las siguientes condiciones:

• Existe incumplimiento importante de obligaciones tributarias
• Hay alguna restricción del alcance del trabajo.

SERVICIOS CONTABLES dijo...

Laboratorio 2.

La auditoria de Cumplimiento de obligaciones tributarias se define como un trabajo que un licenciado en contaduria publica o contador publico certificado realiza , para expresar una opinion relacionada con dichos cumplimientos.
Para expresar dicha opinion el profesional debe obtener evidencia suficiente en relacion con el cumplimiento de los requesisitos establecidos por la normativa legal correspondiente.
Para obtener la comprension de los requerimientos de cumplimiento el auditor fiscal debe considerar :
leyes , reglamentos instructivos y otros documentos.
conocimiento de los requerimientos de cumplimiento especificados.

siliezar04ues51 dijo...

CODIGO TRIBUTARIO

La administración tributaria como parte de sus facultades establece las obligaciones que los contribuyentes deben de cumplir ya sean obligaciones formales y obligaciones sustantivas
Entre las obligaciones formales que se puede mencionar esta la emisión de documentos legales que amparen los impuestos y las transacciones de las empresas. También se encuentra como obligación formal llevar contabilidad bajo los métodos o formas que se regulan en las leyes del país.
La administración tributaria tiene ciertos principios sobre los cuales basarse, entre los cuales podemos mencionar: Justicia, Igualdad, Legalidad, Celeridad, Proporcionalidad, entre otros, que dirigen la forma en que administra la recaudación de los impuestos. Como una forma de facilitar a los contribuyentes y a los responsables del impuesto, el adecuado conocimiento y comprensión de sus obligaciones en materia tributaria se tiene que emite una serie de Guías de Orientación.

VASQUEZ04UES54 dijo...

CODIGO TRIBUTARIO

Cuando en las normas del Código Tributario se haga alusión a la expresión "Administración Tributaria", deberá entenderse que se hace referencia al Ministerio de Hacienda, a través de las Direcciones respectivas, responsables de la administración y recaudación de impuestos. Art 21.
Se entiende por contabilidad formal la que, ajustándose consistentemente a uno de los métodos generalmente aceptados por la técnica contable apropiada para el negocio de que se trate, es llevada en libros autorizados en legal forma.
Están obligados a llevar contabilidad formal los sujetos pasivos que de conformidad a lo establecido en el Código de Comercio o en las leyes especiales están obligados a ello. Art. 139
Las actuaciones de la Administración Tributaria se ajustarán a los siguientes principios generales:
a) Justicia;
b) Igualdad;
c) Legalidad;
d) Celeridad;
e) Proporcionalidad;
f) Economía;
g) Eficacia; y,
h) Verdad Material;

Con fundamento en el principio de justicia la Administración Tributaria garantizará la aplicación oportuna y correspondiente de las normas tributarias. Art 3.
Derechos de los administrados
Ante la Administración Tributaria los administrados poseen los derechos siguientes:
a) De petición, que lleva implícito el derecho a que se haga saber por escrito a los administrados la respuesta de las peticiones que presenten;
b) De contradicción, que comprende los siguientes derechos;
1. A utilizar los medios de prueba establecidos en este Código;
2. A ser oído, para lo cual al sujeto pasivo se le deberá conceder audiencia y un plazo para defenderse;
3. A ofrecer y aportar pruebas;
4. Alegar sobre el mérito de las pruebas;
5. A una decisión fundada; y,
6. A interponer los recursos correspondientes.
c) De acceso al expediente administrativo, por sí o por medio de representante o apoderado debidamente acreditado. Art 4.
La Administración Tributaria divulgará las guías de orientación, con la finalidad de facilitar a los contribuyentes y a los responsables del impuesto, el adecuado conocimiento y comprensión de sus obligaciones en materia tributaria. Art 27
Cuando los contribuyentes o responsables sometan actos, hechos, situaciones o relaciones a formas, estructuras o tipos jurídicos que manifiestamente no sean los que el Derecho Privado ofrezca o autorice para configurar adecuadamente su efectiva intención económica, se prescindirán, en la consideración del hecho generador real. Art 61
La obligación tributaria sustantiva se extingue por los siguientes modos:
a) Pago;
b) Compensación;
c) Confusión; y,
d) Prescripción. Art 68

Deberes y obligaciones tributarias de los sujetos pasivos
OBLIGADOS FORMALES: Obligación de inscribirse en el Registro de Contribuyentes e informar; de presentar declaraciones tributarias; Emisión de Comprobantes de Crédito Fiscal y Otros Documentos; de llevar contabilidad formal, registros, inventarios y utilizar métodos de valuación. DEBERES FORMALES: obligaciones de pagos. Art. 85-164.

Los documentos exigidos por el Código Tributario son: Comprobantes de Crédito Fiscal, Comprobante de liquidación, Nota de Remisión, Notas de Débito y Crédito, Comprobante de Retención. Estos documentos se emiten a otros contribuyentes cuando realicen sus operaciones por la prestación de servicios o una transferencia de bienes. Art 107-112.

minocente07ues29 dijo...

LABORATORIO OPCION 2
Un incumplimiento importante es el realizado por un contribuyente y que tiene un efecto importante y sobre el cual el auditor puede expresar su opinión sobre este.
Las obligaciones tributarias pueden dividirse en formales y sustantivas siendo las primeras aquellas obligaciones accesorias que giran en torno a la obligación principal, y que surgen de una interrelación entre el sujeto activo y sujeto pasivo de la obligación principal con la finalidad de facilitar su cumplimiento. La obligación tributaria formal (obligación principal) constituye una obligación de pago de impuesto al fisco.
Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.

El riesgo de control en la ACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes

maguilar07ues03 dijo...

Existe un incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.
Las obligaciones de las cuales el auditor evaluará su cumplimiento son las siguientes:
Las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.
Las obligaciones formales son las obligaciones procesales: informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.
Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.

El riesgo de control en la ACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

yalfaro07ues04 dijo...

Se da un incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.
Las obligaciones tributarias formales, son obligaciones accesorias que giran en torno a la obligación principal y que surgen de una interrelación entre el sujeto activo y sujeto pasivo de la obligación principal con la finalidad de facilitar su cumplimiento.

Obligación tributaria sustantiva, también llamada obligación principal, la cual constituye una obligación para el contribuyente de pago del impuesto al fisco (Administración Tributaria) por las operaciones comerciales sujetas o gravadas que realiza..
Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir
El riesgo de control en la ACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

svasquez03ues37 dijo...

Resumen LAB 2 NACOT

Incumplimiento importante
Cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente, el dictamen debe ser modificado y el auditor fiscal debe expresar su opinión sobre el incumplimiento.

Las obligaciones formales: Estas son conocidas como de orden o administrativas ejemplo de esta informar la dirección general, notificarse de los actos administrativos.

Las obligaciones sustantivas: son las obligaciones nacientes o resultantes del hecho generador o del giro principal de la entidad en la calidad única del contribuyente llevan consigo un pago al ente público.

Los juicios de materialidad.

Son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.

El riesgo de control en la NACOT.

Es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

CLARIN07UES31 dijo...

CLARIN07UES31
La administración tributaria está representada en El Salvador por el Ministerio de Hacienda, su función es recaudar los tributos de los contribuyentes, que aplicará los principios de justicia, igualdad, legalidad, celeridad, proporcionalidad, economía, eficacia y verdad material.
Los contribuyentes están obligados a llevar contabilidad formal, es decir métodos de contabilización adoptados en El Salvador y apegarse a la normativa legal que regula la legalidad de la documentación emitida como las obligaciones para con la administración tributaria. La documentación legal que emitirá el contribuyente cuando se del hecho generador será: factura consumidor final o crédito fiscal a contribuyentes. Su deber consiste cumplir con las obligaciones tributarias formales y sustantivas.

svasquez07ues65 dijo...

Resumen svasquez07ues09

Es incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos.

Las obligaciones formales son las obligaciones administrativas que no requiere retribución económica por el sujeto pasivo:

Las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo se encuentra obligado al pago de una cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.

En cuanto a los juicios acerca de la materialidad estas son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.


El riesgo de control en la ACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente.

Unknown dijo...

El examen de las obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos y el profesional estima que esto tienen un efecto importante sobre el cumplimiento de obligaciones tributarias por parte del contribuyente.
Para lo cual las obligaciones formales son:Informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias, efectuar retención en la fuente.
Y las sustantivas son:aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a titulo de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.
El riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente, evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalué el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

Unknown dijo...

Se debe entenderse como incumplimiento importanteCuando el exámen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos y el profesional estima que esto tienen un efecto importante sobre el cumplimiento de obligaciones tributarias por parte del contribuyente, el dictamen debe de ser modificado y el auditor fiscal debe expresar su opinión sobre el incumplimiento.
Obligaciones Tributarias Formales son las obligaciones procesales: Informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias, efectuar retención en la fuente.
Obligaciones Tributarias Sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a titulo de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.

segun la NACOT se entenderse como juicios acerca de la materialidad a quellas que las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.
El riesgo de control en la ACOTEs el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente, evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalué el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

KRITO555 dijo...

Se entiende por auditoría de cumplimiento de obligaciones tributarias el trabajo que un licenciado en contaduría pública o contador público certificado realiza, para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas, de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente

El objetivo de los procedimientos de examen en la Auditoria de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias es el de expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos, basada en los criterios especificados en la NACOT y tomando en consideración las disposiciones legales de carácter tributario.

El objetivo de los procedimientos de examen por parte del profesional, aplicados a los cumplimientos tributarios a cargo de un contribuyente, es el de expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos, basada en los criterios especificados en esta norma y tomando en consideración las disposiciones legales de carácter tributario. Para expresar dicha opinión, auditor debe obtener evidencia suficiente y apropiada en relación con el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa legal correspondiente.

En un examen del cumplimiento de las obligaciones tributarias, el auditor fiscal debe considera los siguientes puntos:

•Obtener un entendimiento de las obligaciones tributarias formales o sustantivas establecidas en las leyes tributarias.
•Planear y supervisar el trabajo.
•Considerar porciones relevantes de los controles internos del contribuyente sobre el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
•Obtener evidencia suficiente incluyendo pruebas de cumplimiento de las obligaciones tributarias.
•Considerar eventos subsecuentes relacionados con el período a dictaminar.
•Formarse una opinión acerca de si la entidad cumplió, en todos los aspectos importantes con las obligaciones tributarias formales y sustantivas.

El auditor debe mantener una actitud de escepticismo profesional y desarrollar pruebas que contribuyan a proteger el interés fiscal.

El auditor debe tomar en cuenta el riesgo por la falta del cumplimiento de las obligaciones tributarias, además de correr el riesgo de emitir la opinión respecto a tales cumplimientos.

El riesgo de auditoria es el riesgo de emitir opinión respecto al cumplimiento de obligaciones tributarias compuesto por el riesgo inherente, el riesgo de control y el riesgo de detección.

dmedina04ues25 dijo...

INCUMPLIMIENTO IMPORTANTE
Cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente, el dictamen debe ser modificado y el auditor fiscal debe expresar su opinión sobre el incumplimiento.

Al hacer un examen del cumplimiento de las obligaciones tributarias, se ve afectada la consideración que hace el profesional de la materialidad por:
(a) la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, los cuales pueden o no ser cuantificables en términos monetarios,

(b) la naturaleza y la frecuencia de la falta de cumplimiento identificada, y

(c) las consideraciones cualitativas, incluyendo las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.

El riesgo de emitir opinión respecto al cumplimiento de obligaciones tributarias está compuesto por el riesgo inherente, el riesgo de control y el riesgo de detección.

Las obligaciones formales son las obligaciones procesales: informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.

Unknown dijo...

NACOT 2
klopes07ues37 dijo....
EL INCUMPLIMIENTO ES IMPORTANTE
el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.
Ademas las obligaciones formales tributarias son aquellas obligaciones administrativas como ejemplo tenemos :la presentación de declaraciones, legalización de libros IVA, etc
Por otra parte, las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.
como juicios acerca de la materialidad debemos comprender todas las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.
El riesgo de control en la ACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

BHERNANDEZ04UES20 dijo...

$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$
NORMA PARA AUDITORIA
DE CUMPLIMIENTO DE
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
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☺ INCUMPLIMIENTO IMPORTANTE ☺
Cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente, el dictamen debe ser modificado y el auditor fiscal debe expresar su opinión sobre el incumplimiento.

☺ OBLIGACION TRIBUTARIA FORMAL ☺
Para obtener la comprensión de las obligaciones tributarias formales o sustantivas, el auditor fiscal debe considerar lo siguiente:
♥ Leyes tributarias y sus reglamentos, guías de orientación y otros documentos que conciernen a las obligaciones tributarias.
♥ Conocimiento acerca de las obligaciones tributarias formales o sustantivas específicas del contribuyente, obtenido a través de trabajos anteriores.

☺ JUICIO ACERCA DE LA MATERILIDAD ☺
La importancia relativa o materialidad depende de la magnitud y naturaleza de la omisión o inexactitud, enjuiciada en funcion de las circunstancias particulares en que se haya producido.

☺ RIESGO DE CONTROL ☺
Es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente.

lmartinez03ues18 dijo...

EVALUACION NACOT

En la Norma de Auditoria de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias, un incumplimiento importante es considerada como una revelación que tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente, lo que conlleva al momento de que el auditor emite su opinión, a modificar el dictamen y expresar una opinión sobre el incumplimiento importante, y que es detectado por la obtención de la evidencia suficiente y apropiada.

Las Obligaciones tributaras se clasifican en Obligaciones tributarias formales y obligaciones tributarias sustantivas; las primeras hacen referencia a aquellas obligaciones accesorias que mantienen una obligación principal y que surgen dentro de una interrelación entre el sujeto Activo y el sujeto pasivo de las obligación principal con la finalidad de facilitar su cumplimiento
Las obligaciones tributarias sustantivas son definidas como obligaciones principales las cuales constituyen una prestación de carácter patrimonial, que vista desde una doble perspectiva, puede ser expresada como una obligación de dar y recibir.

En la determinación del cumplimiento de estas obligaciones el auditor se encuentra con una serie de limitaciones y limitaran su alcance planteado, limitaciones que vienen dadas por los distintos tipos de riesgo como por el ejemplo el riesgo de control que es definido como: el riesgo de que un incumplimiento importante pueda ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente.

En la auditoria de cumplimiento se debe tener en cuenta el juicio apropiado por el auditor a cerca de la materialidad a considerar para el desarrollo de sus procedimientos y evaluaciones, que pueden ser o no cuantificados en términos de dinero, además la frecuencia de la falta de cumplimientos, las consideraciones cualitativas, sin perder de vista las expectativas de los usuarios del dictamen fiscal.

svasquez03ues37 dijo...

Evaluación Código Tributario.

Administración Tributaria debe entenderse que se hace referencia al Ministerio de Hacienda, a través de las Direcciones respectivas, responsables de la administración y recaudación de impuestos. Art 21.

Contabilidad formal es la que, ajustándose consistentemente a uno de los métodos generalmente aceptados por la técnica contable apropiada para el negocio de que se trate, es llevada en libros autorizados en legal forma.
Están obligados a llevar contabilidad formal los sujetos pasivos que de conformidad a lo establecido en el Código de Comercio o en las leyes especiales están obligados a ello. Art. 139

Las actuaciones de la Administración Tributaria se ajustarán a los siguientes principios generales:
a) Justicia;
b) Igualdad;
c) Legalidad;
d) Celeridad;
e) Proporcionalidad;
f) Economía;
g) Eficacia; y,
h) Verdad Material;
Art 3.

Derechos de los administrados
Ante la Administración Tributaria los administrados poseen los derechos siguientes:
a) De petición, que lleva implícito el derecho a que se haga saber por escrito a los administrados la respuesta de las peticiones que presenten;
b) De contradicción, que comprende los siguientes derechos;
1. A utilizar los medios de prueba establecidos en este Código;
2. A ser oído, para lo cual al sujeto pasivo se le deberá conceder audiencia y un plazo para defenderse;
3. A ofrecer y aportar pruebas;
4. Alegar sobre el mérito de las pruebas;
5. A una decisión fundada; y,
6. A interponer los recursos correspondientes.
c) De acceso al expediente administrativo, por sí o por medio de representante o apoderado debidamente acreditado.
Art 4.

La Administración Tributaria divulgará las guías de orientación, con la finalidad de facilitar a los contribuyentes y a los responsables del impuesto, el adecuado conocimiento y comprensión de sus obligaciones en materia tributaria. Art 27

Cuando los contribuyentes o responsables sometan actos, hechos, situaciones o relaciones a formas, estructuras o tipos jurídicos que manifiestamente no sean los que el Derecho Privado ofrezca o autorice para configurar adecuadamente su efectiva intención económica, se prescindirán, en la consideración del hecho generador real. Art 61

La obligación tributaria sustantiva se extingue de cualquiera de las siguientes formas:
a) Pago;
b) Compensación;
c) Confusión; y,
d) Prescripción. Art 68

Deberes y obligaciones tributarias de los sujetos pasivos
Obligación de inscribirse en el Registro de Contribuyentes e informar;
Presentar declaraciones tributarias;
Emisión de Comprobantes de Crédito Fiscal y Otros Documentos. Art. 85-128.

Los documentos exigidos por el Código Tributario son: Comprobantes de Crédito Fiscal, Comprobante de liquidación, Nota de Remisión, Notas de Débito y Crédito, Comprobante de Retención. se emiten a otros contribuyentes o consumidores finales por la transferencia de bienes o servicios Art 107-112.

ART de el Código Tributario

jsiguenza04ues50 dijo...

NACOT 2

Incumplimiento Importante
Es cuando en un examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente y el profesional estima que esto puede afectar o tiene un efecto importante sobre el cumplimiento por parte del contribuyente.

Tambien se encuentra una clasificacion de las obligaciones tributarias las cuales son:
- obligaciones formales
- obligaciones sutanttivas

Las primeras tienen que ver o estan enfocadas sobre el mero hecho de presentacion el cual podria ser un ejemplo la presentacion de declaraciones

La seguanda tiene que ver con un pago y un ejemplo podria ser el pago que resultare en la declaraciones respectivas.

En la auditoria fiscal se encuentran varios riesgo y uno de ello es el riesgo de control el cual se define asi:
como un imcumplimiento que pueda ocurrir o no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente.

Y hacerca de la matarerialidad el profesional debe estimar y hacer sus consideraciones respectivas de que si tal hecho tiene importancia relativa.

Anónimo dijo...

CODIGO TRIBUTARIO


Administración Tributaria debe entenderse que se hace referencia al Ministerio de Hacienda, a través de las Direcciones respectivas, responsables de la administración y recaudación de impuestos mediante la aplicación de instrumentos técnicos y legales.

De a acuerdo al Código Tributario la Contabilidad formal consiste en uno de los métodos generalmente aceptados por la técnica contable apropiada para el negocio de que se trate, es llevada en libros autorizados en legal forma.(Art. 139)

Principios en los cuáles se basan las actuaciones de la administración tributaria
a) Justicia; b) Igualdad; c) Legalidad; d) Celeridad; e) Proporcionalidad; f) Economía; g) Eficacia; y, h) Verdad Material

Derechos de los administrados ante la administración tributaria
a) De petición, que lleva implícito el derecho a que se haga saber por escrito a los administrados la respuesta de las peticiones que presenten;
b) De contradicción, que comprende los siguientes derechos:
1. A utilizar los medios de prueba establecidos en este Código;
2. A ser oído, para lo cual al sujeto pasivo se le deberá conceder audiencia y un plazo para defenderse;
3. A ofrecer y aportar pruebas;
4. Alegar sobre el mérito de las pruebas;
5. A una decisión fundada; y,
6. A interponer los recursos correspondientes.
c) De acceso al expediente administrativo, por sí o por medio de representante o apoderado debidamente acreditado.

La finalidad de las guías de orientación emitidas por la Administración Tributaria es la de facilitar a los contribuyentes y a los responsables del impuesto, el adecuado conocimiento y comprensión de sus obligaciones en materia tributaria, a efecto de propiciar el cumplimiento voluntario de las mismas, al igual que las opiniones que emita por escrito en respuesta a consultas realizadas por el mismo medio, por los sujetos de los impuestos que administra.

Interpretación de los elementos del hecho generador
Las formas, estructuras o tipos jurídicos inadecuados y se considerará el acto, hecho, situación o relación económica real como enmarcada en las formas, estructuras o tipos jurídicos que el Derecho Privado les aplicaría o les permitiría aplicar como los más adecuados a la intención real de los mismos, con independencia de los escogidos por los contribuyentes o responsables

Formas de extinción de la obligación tributaria sustantiva:
a) Pago;
b) Compensación;
c) Confusión; y,
d) Prescripción.
Deberes y obligaciones tributarias de los sujetos pasivos, contribuyentes o responsables, según el Código Tributario.
- dar, hacer o no hacer algo encaminado a asegurar el cumplimiento de la obligación tributaria sustantiva o sea del pago del impuesto.
- Obligación de inscribirse en el Registro de Contribuyentes e informar.
- Acreditación de la Inscripción
- Obligación de señalar lugar, actualizar dirección e informar cambio de dirección para recibir notificaciones.
- Obligación de presentar declaración
- Emisión de Comprobantes de Crédito Fiscal y Otros Documentos

Documentos exigidos por el Código Tributario para Contribuyente:
-Comprobante de crédito Fiscal: operaciones de venta con otros contribuyentes
- Facturas: operaciones de venta a consumidores finales (no contribuyentes)
- Facturas de exportación: operaciones de venta fuera del país, zonas francas y zonas para perfeccionamiento de activos
- Factura simplificada: operaciones de venta a consumidores
- Comprobante de liquidación: operaciones de venta a cuenta de terceros
- Nota de remisión: cuando no se emite el CCF al momento de la entrega de los bienes.
- Notas de debito y de crédito: Cuando con posterioridad a la emisión de los Comprobantes de Crédito Fiscal ocurran ajustes o diferencias en los precios o cantidades.
- Comprobantes de retención: En los casos de retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, los adquirentes de bienes y prestatarios de servicios.

kchicas07ues13 dijo...

Codigo Tributario


Administración Tributaria debe entenderse que se hace referencia al Ministerio de Hacienda, a través de las Direcciones respectivas, responsables de la administración y recaudación de impuestos mediante la aplicación de instrumentos técnicos y legales.

De a acuerdo al Código Tributario la Contabilidad formal consiste en uno de los métodos generalmente aceptados por la técnica contable apropiada para el negocio de que se trate, es llevada en libros autorizados en legal forma.(Art. 139)

Principios en los cuáles se basan las actuaciones de la administración tributaria
a) Justicia; b) Igualdad; c) Legalidad; d) Celeridad; e) Proporcionalidad; f) Economía; g) Eficacia; y, h) Verdad Material

Derechos de los administrados ante la administración tributaria
a) De petición, que lleva implícito el derecho a que se haga saber por escrito a los administrados la respuesta de las peticiones que presenten;
b) De contradicción, que comprende los siguientes derechos:
1. A utilizar los medios de prueba establecidos en este Código;
2. A ser oído, para lo cual al sujeto pasivo se le deberá conceder audiencia y un plazo para defenderse;
3. A ofrecer y aportar pruebas;
4. Alegar sobre el mérito de las pruebas;
5. A una decisión fundada; y,
6. A interponer los recursos correspondientes.
c) De acceso al expediente administrativo, por sí o por medio de representante o apoderado debidamente acreditado.

La finalidad de las guías de orientación emitidas por la Administración Tributaria es la de facilitar a los contribuyentes y a los responsables del impuesto, el adecuado conocimiento y comprensión de sus obligaciones en materia tributaria, a efecto de propiciar el cumplimiento voluntario de las mismas, al igual que las opiniones que emita por escrito en respuesta a consultas realizadas por el mismo medio, por los sujetos de los impuestos que administra.

Interpretación de los elementos del hecho generador
Las formas, estructuras o tipos jurídicos inadecuados y se considerará el acto, hecho, situación o relación económica real como enmarcada en las formas, estructuras o tipos jurídicos que el Derecho Privado les aplicaría o les permitiría aplicar como los más adecuados a la intención real de los mismos, con independencia de los escogidos por los contribuyentes o responsables

Formas de extinción de la obligación tributaria sustantiva:
a) Pago;
b) Compensación;
c) Confusión; y,
d) Prescripción.
Deberes y obligaciones tributarias de los sujetos pasivos, contribuyentes o responsables, según el Código Tributario.
- dar, hacer o no hacer algo encaminado a asegurar el cumplimiento de la obligación tributaria sustantiva o sea del pago del impuesto.
- Obligación de inscribirse en el Registro de Contribuyentes e informar.
- Acreditación de la Inscripción
- Obligación de señalar lugar, actualizar dirección e informar cambio de dirección para recibir notificaciones.
- Obligación de presentar declaración
- Emisión de Comprobantes de Crédito Fiscal y Otros Documentos

Documentos exigidos por el Código Tributario para Contribuyente:
-Comprobante de crédito Fiscal: operaciones de venta con otros contribuyentes
- Facturas: operaciones de venta a consumidores finales (no contribuyentes)
- Facturas de exportación: operaciones de venta fuera del país, zonas francas y zonas para perfeccionamiento de activos
- Factura simplificada: operaciones de venta a consumidores
- Comprobante de liquidación: operaciones de venta a cuenta de terceros
- Nota de remisión: cuando no se emite el CCF al momento de la entrega de los bienes.
- Notas de debito y de crédito: Cuando con posterioridad a la emisión de los Comprobantes de Crédito Fiscal ocurran ajustes o diferencias en los precios o cantidades.
- Comprobantes de retención: En los casos de retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, los adquirentes de bienes y prestatarios de servicios.

msilva07ues59 dijo...

Evaluación Código Tributario.

Administración Tributaria :debe entenderse que se hace referencia al Ministerio de Hacienda, a través de las Direcciones respectivas, responsables de la administración y recaudación de impuestos. Art 21.

Contabilidad formal :es la que, ajustándose consistentemente a uno de los métodos generalmente aceptados por la técnica contable apropiada para el negocio de que se trate, es llevada en libros autorizados en legal forma.
Están obligados a llevar contabilidad formal los sujetos pasivos que de conformidad a lo establecido en el Código de Comercio o en las leyes especiales están obligados a ello. Art. 139

Las actuaciones de la Administración Tributaria se ajustarán a los siguientes principios generales Art 3 C.T:
a) Justicia;
b) Igualdad;
c) Legalidad;
d) Celeridad;
e) Proporcionalidad;
f) Economía;
g) Eficacia; y,
h) Verdad Material;

Derechos de los administrados Art 4.
Ante la Administración Tributaria los administrados poseen los derechos siguientes:
a) De petición, que lleva implícito el derecho a que se haga saber por escrito a los administrados la respuesta de las peticiones que presenten;
b) De contradicción, que comprende los siguientes derechos;
1. A utilizar los medios de prueba establecidos en este Código;
2. A ser oído, para lo cual al sujeto pasivo se le deberá conceder audiencia y un plazo para defenderse;
3. A ofrecer y aportar pruebas;
4. Alegar sobre el mérito de las pruebas;
5. A una decisión fundada; y,
6. A interponer los recursos correspondientes.
c) De acceso al expediente administrativo, por sí o por medio de representante o apoderado debidamente acreditado.

La Administración Tributaria divulgará las guías de orientación Art 27C.T: con la finalidad de facilitar a los contribuyentes y a los responsables del impuesto, el adecuado conocimiento y comprensión de sus obligaciones en materia tributaria.
Cuando los contribuyentes o responsables sometan actos, hechos, situaciones o relaciones a formas, estructuras o tipos jurídicos que manifiestamente no sean los que el Derecho Privado ofrezca o autorice para configurar adecuadamente su efectiva intención económica, se prescindirán, en la consideración del hecho generador real. Art 61
La obligación tributaria sustantiva se extingue de cualquiera de las siguientes formas Art 68:
a) Pago;
b) Compensación;
c) Confusión; y,
d) Prescripción.
Deberes y obligaciones tributarias de los sujetos pasivos Art. 85-128.
Obligación de inscribirse en el Registro de Contribuyentes e informar;
Presentar declaraciones tributarias;
Emisión de Comprobantes de Crédito Fiscal y Otros Documentos.
Los documentos exigidos por el Código Tributario son Art 107-112.: Comprobantes de Crédito Fiscal, Comprobante de liquidación, Nota de Remisión, Notas de Débito y Crédito, Comprobante de Retención. se emiten a otros contribuyentes o consumidores finales por la transferencia de bienes o servicios

valeria dijo...

Administración Tributaria debe entenderse que se hace referencia al Ministerio de Hacienda, a través de las Direcciones respectivas, responsables de la administración y recaudación de impuestos mediante la aplicación de instrumentos técnicos y legales.


Formas de extinción de la obligación tributaria sustantiva:
a) Pago;
b) Compensación;
c) Confusión; y,
d) Prescripción.
Deberes y obligaciones tributarias de los sujetos pasivos, contribuyentes o responsables, según el Código Tributario.
- dar, hacer o no hacer algo encaminado a asegurar el cumplimiento de la obligación tributaria sustantiva o sea del pago del impuesto.
- Obligación de inscribirse en el Registro de Contribuyentes e informar.
- Acreditación de la Inscripción
- Obligación de señalar lugar, actualizar dirección e informar cambio de dirección para recibir notificaciones.
- Obligación de presentar declaración
- Emisión de Comprobantes de Crédito Fiscal y Otros Documentos

Documentos exigidos por el Código Tributario para Contribuyente:
-Comprobante de crédito Fiscal: operaciones de venta con otros contribuyentes
- Facturas: operaciones de venta a consumidores finales (no contribuyentes)
- Facturas de exportación: operaciones de venta fuera del país, zonas francas y zonas para perfeccionamiento de activos
- Factura simplificada: operaciones de venta a consumidores
- Comprobante de liquidación: operaciones de venta a cuenta de terceros
- Nota de remisión: cuando no se emite el CCF al momento de la entrega de los bienes.
- Notas de debito y de crédito: Cuando con posterioridad a la emisión de los Comprobantes de Crédito Fiscal ocurran ajustes o diferencias en los precios o cantidades.
- Comprobantes de retención: En los casos de retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, los adquirentes de bienes y prestatarios de servicios.

Unknown dijo...

LCRUZ07UES16

Cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.
Se entiende por obligaciones formales tributarias aquellas obligaciones administrativas ejemplo la presentación de declaraciones, legalización de libros IVA, etc.
Por otra parte, las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.
Son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.
Es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

Unknown dijo...

CODIGO TRIBUTARIO.

Se entiende por Administración Tributaria, al Ministerio de Hacienda, a través de las Direcciones respectivas, responsables de la administración y recaudación de impuestos. Art. 21 CT.
Se entiende por contabilidad formal, a la cual, ajustándose consistentemente a uno de los métodos generalmente aceptados por la técnica contable apropiada para el negocio de que se trate, es llevada en libros autorizados en legal forma. ART. 139 CT
Los principios en los cuáles se basan las actuaciones de la Administración Tributaria son: Justicia, Igualdad, Legalidad, Celeridad, Proporcionalidad, Economía; Eficacia y Verdad Material. ART.3 CT
Los derechos de los administrados ante la Administración Tributaria son: De petición, De contradicción y De acceso al expediente administrativo. ART. 4 CT
La finalidad que tiene la Guías de Orientación emitidas por la Administración Tributaria es: facilitar a los contribuyentes y a los responsables del impuesto, el adecuado conocimiento y comprensión de sus obligaciones en materia tributaria. ART. 27 CT
La interpretación de los elementos del hecho generador son: al momento en cuanto los contribuyentes o responsables sometan actos, hechos, situaciones o relaciones a formas, estructuras o tipos jurídicos que manifiestamente no sean los que el Derecho Privado ofrezca o autorice para configurar adecuadamente su efectiva intención económica. ART. 61 CT
Las formas de extinción de la obligación tributaria sustantiva son: Pago, Compensación, Confusión y Prescripción. ART. 68 CT
Los deberes y obligaciones tributarias de los sujetos pasivos, contribuyentes o responsables, según el CT se deban dar, hacer o no hacer algo encaminado a asegurar el cumplimiento de la obligación tributaria sustantiva o sea del pago del impuesto. ART. 85 CT
Los documentos exigidos por el CT son:
Comprobante de crédito fiscal. los contribuyentes están obligados a emitir y entregar por cada operación a otro contribuyente un documento que deberá ser emitido en forma manual, mecánica o computarizada tanto por la trasferencia de dominio de bienes muebles corporales como las prestaciones de servicios que ellos realicen en operaciones grabadas a exentas.
Factura. Consumidores finales deberán emitir y entregar por cada operación un documento la que podrá ser sustituida por otro documento o comprobante equivalente.
Factura de venta simplificada. Contribuyente cuyas transferencias de bienes o prestaciones de servicios en el año anterior sean iguales o superiores a cincuenta mil dólares deberán emitir y entregar en operaciones que realice con consumidores finales.

Unknown dijo...

CODIGO TRIBUTARIO
La administracion tributaria es conocida por el ministerio de hacienda segun Art. 21 CT.
La contabilidad formal es la ajustándose consistentemente a uno de los métodos generalmente aceptados por la técnica contable apropiada para el negocio de que se trate, es llevada en libros autorizados en legal forma. ART. 139 CT.
Los principios en los cuales se basan son Justicia, Igualdad, Legalidad, Celeridad, Proporcionalidad, Economía; Eficacia y Verdad Material. ART.3 CT.Los derechos de los administradores son: de peticiò, De contradicciòn, de acceso al expediente administrativo,Art. 4 CT. La guia de orientacion emitidas por la administracion tributaria tiene como finalidad facilitar a los contribuyentes y a los responsables del impuesto, el adecuado conocimiento y comprensión de sus obligaciones en materia tributaria, a efecto de propiciar el cumplimiento voluntario de las mismas, al igual que las opiniones que emita por escrito en respuesta a consultas realizadas por el mismo medio, por los sujetos de los impuestos que administra. ART. 27 CT. La interpretacion de los elementos del hecho generador son Al momento en cuanto los contribuyentes o responsables sometan actos, hechos, situaciones o relaciones a formas, estructuras o tipos jurídicos que manifiestamente no sean los que el Derecho Privado ofrezca o autorice para configurar adecuadamente su efectiva intención económica, se prescindirán, en la consideración del hecho generador real, de las formas, estructuras o tipos jurídicos inadecuados ART. 61 CT.
Las formas de extincion de la obligacion tributaria son Pago, Compensación, Confusión y Prescripción. ART. 68 CT. Los documentos exigidos por el CT son: Comprobante de credito fiscal, factura, factura de venta simplificada, comprobante de liquidacion,nota de remision, notas de debito y credito y comprobante de retencion.

mrolin04ues48 dijo...

MROLIN04UES48

CODIGO TRIBUTARIO

Por Administración Tributaria debe entenderse que se hace referencia al Ministerio de Hacienda, a través de las Direcciones respectivas, responsables de la administración y recaudación de impuestos.
Entenderemos por Contabilidad formal la que ajustándose consistentemente a uno de os métodos generalmente aceptados por la técnica contable apropiada para el negocio de que se trate, es llevada en libros autorizados en legal forma.
Principios en los cuáles se basan las actuaciones de la administración tributaria: Justicia, Igualdad, Legalidad, Celeridad, Proporcionalidad, Economía, Eficacia y Verdad Material.
Derechos de los administrados ante la administración tributaria
a) De petición,
b) De contradicción,
c) De acceso al expediente administrativo.
La finalidad de las guías de orientación emitidas por la Administración Tributaria es la de facilitar a los contribuyentes y a los responsables del impuesto, el adecuado conocimiento y comprensión de sus obligaciones en materia tributaria, a efecto de propiciar el cumplimiento voluntario de las mismas,
Interpretación de los elementos del hecho generador
Las formas, estructuras o tipos jurídicos inadecuados y se considerará el acto, hecho, situación o relación económica real como enmarcada en las formas, estructuras o tipos jurídicos que el Derecho Privado les aplicaría o les permitiría aplicar como los más adecuados a la intención real de los mismos, con independencia de los escogidos por los contribuyentes o responsables

Formas de extinción de la obligación tributaria sustantiva: Pago; Compensación, Confusión, y Prescripción.
Los deberes y Obligaciones tributarias de los sujetos pasivos, contribuyentes o responsables es el de Inscribirse en el registro de contribuyentes e informar.
Documentos exigidos por el Código Tributario para Contribuyente:
-Comprobante de crédito Fiscal
- Facturas
- Facturas de exportación
- Factura simplificada
- Comprobante de liquidación
- Nota de remisión
- Notas de debito y de crédito
- Comprobantes de retención.

sramos04ues43 dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
sramos04ues43 dijo...

SRAMOS04UES43
CODIGO TRIBUTARIO
Se debe entender como Administración Tributaria cuando se hace referencia al Ministerio de Hacienda, a través de las Direcciones respectivas, responsables de la administración y recaudación de impuestos.

Tambien entenderemos por Contabilidad formal la que ajustándose consistentemente a uno de os métodos generalmente aceptados por la técnica contable apropiada para el negocio de que se trate, es llevada en libros autorizados en legal forma.
Los principios en los cuáles se basan las actuaciones de la administración tributaria: Justicia, Igualdad, Legalidad, Celeridad, Proporcionalidad, Economía, Eficacia y Verdad Material.
Derechos de los administrados ante la administración tributaria
a) De petición,
b) De contradicción,
c) De acceso al expediente administrativo.
La finalidad de las guías de orientación emitidas por la Administración Tributaria es la de facilitar a los contribuyentes y a los responsables del impuesto, el adecuado conocimiento y comprensión de sus obligaciones en materia tributaria, a efecto de propiciar el cumplimiento voluntario de las mismas,
Interpretación de los elementos del hecho generador
Las formas, estructuras o tipos jurídicos inadecuados y se considerará el acto, hecho, situación o relación económica real como enmarcada en las formas, estructuras o tipos jurídicos que el Derecho Privado les aplicaría o les permitiría aplicar como los más adecuados a la intención real de los mismos, con independencia de los escogidos por los contribuyentes o responsables

Formas de extinción de la obligación tributaria sustantiva: Pago; Compensación, Confusión, y Prescripción.
Los deberes y Obligaciones tributarias de los sujetos pasivos, contribuyentes o responsables es el de Inscribirse en el registro de contribuyentes e informar.
Documentos exigidos por el Código Tributario para Contribuyente:
-Comprobante de crédito Fiscal
- Facturas
- Facturas de exportación
- Factura simplificada
- Comprobante de liquidación
- Nota de remisión
- Notas de debito y de crédito
- Comprobantes de retención.

sramos04ues43 dijo...

SRAMOS04UES43
NACOT 2
Existe un incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.

Las obligaciones formales son las obligaciones procesales: informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.

Por otra parte, las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible

Los juicios de materialidad son: las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

El riesgo de control en la NACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente.
8/11/09 10:27

eportill04ues36 dijo...

Eportillo04ues36

EVALUACION 2
NACOT

Un incumplimiento importante es aquel realizado por el contribuyente y que tiene un efecto importante y sobre el cual el auditor puede expresar su opinión sobre este.

Las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.

Las obligaciones formales son las obligaciones procesales: informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

Riesgo de Control: Es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

Luis dijo...

lescobar07ues19

Administración Tributaria: Entidad estatal que se encarga de la recaudacion de los tributos contenidos en la

legislacion salvadoreña

contabilidad formal: aquella que se ajusta consistentemente a uno de los metodos generalmente aceptados por la

tecnica contable apropiado al negocio que se trate, la cual es llevada en libros legalmente autorizados

Principios en los cuáles se basan las actuaciones de la Administración Tributaria: Justicia, Igualdad,

Legalidad, Celeridad, Proporcionalidad , Economía, Eficacia, Verdad Material

Derechos de los administrados ante la Administración Tributaria: a) De petición, que lleva implícito el derecho

a que se haga saber por escrito a los administrados la respuesta de las peticiones que presenten; b) De

contradicción, que comprende los siguientes derechos; 1. A utilizar los medios de prueba establecidos en

este Código; 2. A ser oído, para lo cual al sujeto pasivo se le deberá conceder audiencia y un plazo para

defenderse; 3. A ofrecer y aportar pruebas; 4. Alegar sobre el mérito de las pruebas; 5. A una decisión

fundada; y, 6. A interponer los recursos correspondientes. c) De acceso al expediente administrativo, por sí o

por medio de representa

Finalidad de las Guías de Orientación emitidas por la Administración Tributaria: proporcionar al profesional de la

contaduria publica los elementos basicos para la elaboracion del dictamen fiscal

Interpretación de los elementos del hecho generador: En tanto no se definan por el ordenamiento tributario los

terminos estrictos para el ambito del hecho generador, empleados en sus normas, se entendera conforme a su sentido

juridico o tecnico segun proceda

Formas de extinción de la obligación tributaria sustantiva: a) Pago, b) Compensacion, c) Confusion, d) Prescripcion

Deberes y obligaciones tributarias de los sujetos pasivos, contribuyentes o responsables, según el Codigo

Tributario
a) El cumplimiento de la obligación puede ser exigido totalmente a cualquiera de los obligados solidarios; b)

El cumplimiento total de la obligación por uno de los obligados libera a los demás; y, c) El cumplimiento de

un deber formal por parte de uno de los obligados, no libera a los demás, cuando por disposición legal expresa se

exija que los otros obligados lo cumplan.

Documentos exigidos por el CT y explique a quienes, cuando y porque deben emitirse.
Comprobante de credito fiscal: debe emitirse a otros contribuyentes del impuesto IVA, cuando los conceptos ahi

contenidos sean necesarios para la realizacion de su actividad economica, por la prestacion de servicios y la venta

de bienes muebles; Factura: debe emitirse a toda persona que adquiera bienes muebles o reciba la prestacion de un

servicio, sin embargo se le debera emitir a un contribuyente del impuesto cuando las actividades a las que se

destine los conceptos contenidos en ella no sean para la generacion de actividades gravadas con dicho impuesto, o

por aquellos casos estrictamentemente contemplados en la ley; Comprobante de Retención: documento que ampara la

retencion del 1% sobre valores comprados a medianos y pequeños contribuyentes por parte de una gran contribuyente,

para lo cual el monto minimo de transacción es de $ 100.00; Documento Contable de Liquidación: documento que ampara

la retención de anticipo a cuenta que realizan los emisores de tarjetas de credito a sus afiliados por las ventas

que realizan recibiendo tarjetas de dicho emisor, retención que corresponde al 2% sobre los valores netos de la

transacción; Nota de Remisión: documento que ampara el tralado de mercaderias que han de ser entregadas a los

clientes; Recibo Simple: documento que amapara la compra de bienes o de servicios por parte de un contribuyente del

impuesto a una persona natural que no lo sea.

szavalet04ues56 dijo...

Szavalet04ues56

EVALUACION 2
NACOT
Un incumplimiento importante es aquel realizado por el contribuyente y que tiene un efecto importante y sobre el cual el auditor puede expresar su opinión sobre este.

Las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.

Para obtener la comprensión de las obligaciones tributarias formales o sustantivas, el auditor fiscal debe considerar como mínimo lo siguiente lo siguiente:
a. Leyes tributarias y sus reglamentos, guías de orientación y otros documentos que conciernen a las obligaciones tributarias.
b. Conocimiento acerca de las obligaciones tributarias formales o sustantivas específicas del contribuyente, obtenido a través de trabajos anteriores.

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

Riesgo de Control: Es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente.

Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

Unknown dijo...

tcoreas03ues07

CODIGO TRIBUTARIO

2. Se entiende por Administración Tributaria al Ministerio de Hacienda, a través de las Direcciones respectivas, responsables de la administración y recaudación de impuestos. Art. 21CT.

3. Se entiende por contabilidad formal es la que ajustándose consistentemente a uno de los métodos generalmente aceptados por la técnica contable apropiada para el negocio de que se trate, es llevada en libros autorizados en legal forma. ART. 139 CT

4. Los principios en los cuáles se basan las actuaciones de la Administración Tributaria son:
a)Justicia
b)Igualdad
c)Legalidad
d)Celeridad
e)Proporcionalidad
f)Economía
g)Eficacia
h)Verdad Material. ART.3 CT

5. Los derechos de los administrados ante la Administración Tributaria son:
a)De petición
b)De contradicción y;
c)De acceso al expediente administrativo. ART. 4 CT

6. La finalidad es la de facilitar a los contribuyentes y a los responsables del impuesto, el adecuado conocimiento y comprensión de sus obligaciones en materia tributaria a efecto de propiciar el cumplimiento voluntario de las mismas. ART. 27 CT

7. Cuanto los contribuyentes o responsables sometan actos, hechos, situaciones o relaciones a formas, estructuras o tipos jurídicos que manifiestamente no sean los que el Derecho Privado ofrezca o autorice para configurar adecuadamente su efectiva intención económica se prescindirá en la consideración del hecho generador real. ART. 61 CT

8. a) Pago
b) Compensación
c) Confusión
d) Prescripción Art. 68 CT

9. Deban dar, hacer o no hacer algo encaminado a asegurar el cumplimiento de la Obligación Tributaria Sustantiva o sea el pago del impuesto. Art. 85 CT

10. -COMPROBANTE DE CREDITO FISCAL: los contribuyentes están obligados a emitir y entregar por cada operación a otro contribuyente un documento que deberá ser emitido en forma manual, mecánica o computarizada tanto por la trasferencia de dominio de bienes muebles corporales como las prestaciones de servicios que ellos realicen en operaciones grabadas a exentas.

-FACRURA. Consumidores finales deberán emitir y entregar por cada operación un documento la que podrá ser sustituida por otro documento o comprobante equivalente.

- FACTURA DE VENTA SIMPLIFICADA. Contribuyente cuyas transferencias de bienes o prestaciones de servicios en el año anterior sean iguales o superiores a cincuenta mil dólares deberán emitir y entregar en operaciones que realice con consumidores finales.

- COMPROBANTE DE LIQUIDACIÓN. Los comisionistas, consignatarios, subastadores y todos aquellos que vendan transfieran o subasten bienes y servicios por cuenta de terceros.

- NOTA DE REMISIÓN. Se emite al momento de efctuarse la entrega real o simbolica de los bienes.

- NOTAS DE DEBITO Y CREDITO. Cuando ocurran ajustes o diferencias en los precios.
Art. 107-112 CT

lquinteros04ues38 dijo...

Lquinteros04ues38

NACOT 2

Existe un incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.

Las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.

Mientras que las obligaciones formales son las obligaciones procesales: informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

Riesgo de Control: Es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

Hector Rivera dijo...

hrivera07ues53
Se entiende por auditoría de cumplimiento de obligaciones tributarias, el trabajo que un Licenciado en Contaduría Pública o Contador Público Certificado realiza, para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente.

Las obligaciones formales son las obligaciones procesales: informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.

Por otra parte, las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible

El objetivo de los procedimientos de examen por parte del profesional, aplicados a los cumplimientos tributarios a cargo de un contribuyente, es el de expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos, basada en los criterios especificados en esta norma y tomando en consideración las disposiciones legales de carácter tributario.

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

El riesgo de control en la ACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

iris urquilla dijo...

INCUMPLIMIENTO IMPORTANTE:
El incumplimiento por parte de un contribuyente, que el auditor estima que tiene un efecto importante sobre el cumplimiento y podría expresar su opinión sobre el incumplimiento.
Las obligaciones tributarias formales Son obligaciones accesorias que giran en torno a la obligación principal y que surgen de una interrelación entre el sujeto activo y sujeto pasivo de la obligación principal con la finalidad de facilitar su cumplimiento.
En cambio las obligaciones tributarias sustantivas se entiendenTambién llamada obligación principal, la cual constituye una obligación para el contribuyente de pago del impuesto al fisco (Administración Tributaria) por las operaciones comerciales que realiza.
MATERIALIDAD:
Es el juicio profesional que el auditor aplica a la hora de determinar un hallazgo y que dependerá de la percepción que se tenga acerca de las necesidades de los usuarios.
RIESGO DE CONTROL EN LA NACOT:
Es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del Contribuyente.

iris urquilla dijo...

iurquilla7ues63
NACOT 2

INCUMPLIMIENTO IMPORTANTE:
El incumplimiento por parte de un contribuyente, que el auditor estima que tiene un efecto importante sobre el cumplimiento y
podría expresar su opinión sobre el incumplimiento.
Las obligaciones tributarias formales Son obligaciones accesorias que giran en torno a la obligación principal y que surgen de una interrelación entre el sujeto activo y sujeto pasivo de la obligación principal con la finalidad de facilitar su cumplimiento.
En cambio las obligaciones tributarias sustantivas se entiendenTambién llamada obligación principal, la cual constituye una obligación para el contribuyente de pago del impuesto al fisco (Administración Tributaria) por las operaciones comerciales que realiza.
MATERIALIDAD:
Es el juicio profesional que el auditor aplica a la hora de determinar un hallazgo y que dependerá de la percepción que se tenga acerca de las necesidades de los usuarios.
RIESGO DE CONTROL EN LA NACOT:
Es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del Contribuyente.

jfigueroa07ues20 dijo...

En la ACOT se dice que existe un incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.

Las obligaciones formales son las obligaciones procesales: informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.

El objetivo de los procedimientos de examen por parte del profesional, aplicados a los cumplimientos tributarios a cargo de un contribuyente, es el de expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos, basada en los criterios especificados en esta norma y tomando en consideración las disposiciones legales de carácter tributario.

Obligación tributaria sustantiva, también llamada obligación principal, la cual, constituye una obligación para el contribuyente, de pago del impuesto al fisco (Administración Tributaria), por las operaciones comerciales, sujetas o gravadas que realiza.

El riesgo de auditoria es el riesgo de emitir opinión respecto al cumplimiento de obligaciones tributarias compuesto por el riesgo inherente, el riesgo de control y el riesgo de detección.

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

Hector Rivera dijo...

NACOT 2

hrivera07ues53

Administración Tributaria: Entidad estatal que se encarga de la recaudacion de los tributos contenidos en la

legislacion salvadoreña

contabilidad formal: aquella que se ajusta consistentemente a uno de los metodos generalmente aceptados por la

tecnica contable apropiado al negocio que se trate, la cual es llevada en libros legalmente autorizados

Principios en los cuáles se basan las actuaciones de la Administración Tributaria: Justicia, Igualdad,

Legalidad, Celeridad, Proporcionalidad , Economía, Eficacia, Verdad Material

Derechos de los administrados ante la Administración Tributaria: a) De petición, que lleva implícito el derecho

a que se haga saber por escrito a los administrados la respuesta de las peticiones que presenten; b) De

contradicción, que comprende los siguientes derechos; 1. A utilizar los medios de prueba establecidos en

este Código; 2. A ser oído, para lo cual al sujeto pasivo se le deberá conceder audiencia y un plazo para

defenderse; 3. A ofrecer y aportar pruebas; 4. Alegar sobre el mérito de las pruebas; 5. A una decisión

fundada; y, 6. A interponer los recursos correspondientes. c) De acceso al expediente administrativo, por sí o

por medio de representa

Finalidad de las Guías de Orientación emitidas por la Administración Tributaria: proporcionar al profesional de la

contaduria publica los elementos basicos para la elaboracion del dictamen fiscal

Interpretación de los elementos del hecho generador: En tanto no se definan por el ordenamiento tributario los

terminos estrictos para el ambito del hecho generador, empleados en sus normas, se entendera conforme a su sentido

juridico o tecnico segun proceda

Formas de extinción de la obligación tributaria sustantiva: a) Pago, b) Compensacion, c) Confusion, d) Prescripcion

Deberes y obligaciones tributarias de los sujetos pasivos, contribuyentes o responsables, según el Codigo

Tributario
a) El cumplimiento de la obligación puede ser exigido totalmente a cualquiera de los obligados solidarios; b)

El cumplimiento total de la obligación por uno de los obligados libera a los demás; y, c) El cumplimiento de

un deber formal por parte de uno de los obligados, no libera a los demás, cuando por disposición legal expresa se

exija que los otros obligados lo cumplan.

Documentos exigidos por el CT y explique a quienes, cuando y porque deben emitirse.
Comprobante de credito fiscal: debe emitirse a otros contribuyentes del impuesto IVA, cuando los conceptos ahi

contenidos sean necesarios para la realizacion de su actividad economica, por la prestacion de servicios y la venta

de bienes muebles; Factura: debe emitirse a toda persona que adquiera bienes muebles o reciba la prestacion de un

servicio, sin embargo se le debera emitir a un contribuyente del impuesto cuando las actividades a las que se

destine los conceptos contenidos en ella no sean para la generacion de actividades gravadas con dicho impuesto, o

por aquellos casos estrictamentemente contemplados en la ley; Comprobante de Retención: documento que ampara la

retencion del 1% sobre valores comprados a medianos y pequeños contribuyentes por parte de una gran contribuyente,

para lo cual el monto minimo de transacción es de $ 100.00; Documento Contable de Liquidación: documento que ampara

la retención de anticipo a cuenta que realizan los emisores de tarjetas de credito a sus afiliados por las ventas

que realizan recibiendo tarjetas de dicho emisor, retención que corresponde al 2% sobre los valores netos de la

transacción; Nota de Remisión: documento que ampara el tralado de mercaderias que han de ser entregadas a los

clientes; Recibo Simple: documento que amapara la compra de bienes o de servicios por parte de un contribuyente del

impuesto a una persona natural que no lo sea.

Unknown dijo...

MArias03ues5

NACOT 2

EL cumplimiento es importante cuando el profesional estima que este incumplimiento tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.
Las obligaciones que el auditor revisa son:
Las obligaciones formales que son disposiciones de ley que los contribuyentes deban dar, hacer o no hacer algo encaminado a asegurar el cumplimiento de la obligacion tributaria sustantiva o sea el pago del impuesto
Las obligaciones sustantivas son disposiciones de ley dirigidas a que el contribuyente pague los impuestos de acuerdo a los montos calculados en la obligación formal
En la auditoria fiscal se necesita aplicar una materialidad que Son juicios que hace un profesional independiente acerca de la importancia relativa que tienen los cumplimientos que se tomaran en cuenta en el examen de cumplimientos de la auditoria, dependiendo de: a. la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, los cuales pueden monetarios o no. b. la naturaleza y la frecuencia de falta de cumplimiento identificada y c. las consideraciones cualitativas, incluyendo las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe a emitir

El riesgo de control, ES el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente.

Unknown dijo...

LGARCIA07UES23

EL INCUMPLIMIENTO IMPORTANTE SON LAS TRANSACCIONES QUE POR ALGUN MOTIVO YA SEA PREVISTO O NO, NO SON PRESENTADAS O REFLEJA DIFERENCIAS SIGNIFICATIVAS ANTE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA.
EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS POR LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA PUEDE OCACIONAR INCONVENIENTES.
LOS CONTRIBUYENTES DEBEN DE TOMAR EN CUENTA QUE DEBEN DE CUMPLIR CON CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES QUE CONTRAEN CON LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA YA QUE DE NO HACERLO PUEDE CREAR INCONVENIENTES QUE PUEDAN AFECTAR SU ACTIVIDAD ECONOMICA.

Unknown dijo...

La auditoría de cumplimiento de obligaciones tributarias, el trabajo que un Licenciado en Contaduría Pública o Contador Público Certificado realiza, para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente.
El auditor debe ejecutar su trabajo asegurandose de contar con el debido cuidado en la planeacion, desarrollo y evaluacion de los resultados de la auditoria, un grado apropiado de escepticismo profesional para alcanzar al seguridad razonable.

Cuando el auditor esta realizando su trabajo debe de tener una comprension de las obligaciones tributarias formales y sustantivas que establecen las leyes tributarias, y al hacer su dictamen e informe debe de considerar si hay un incumplimiento importante que afecte su opinion, debera modificar su dictamen y expresar su opinion sobre el incumplimiento.

Cramirez07ues51 dijo...

INCUMPLIMIENTO IMPORTANTE:
El incumplimiento de un contribuyente, que el auditor considera o estima que tiene efecto importante sobre el cumplimiento y
podría condicionar expresar su opinión.
Las obligaciones tributarias formales son obligaciones que giran en torno a la obligación principal que surgen de una interrelación entre el sujeto activo y sujeto pasivo de la obligación principal con la finalidad de facilitar su cumplimiento.
En cambio las obligaciones tributarias sustantivas se entiendenTambién llamada obligación principal, la cual constituye una obligación para el contribuyente de pago del impuesto a la administracion tributaria fisco por las operaciones comerciales que efectua en un determinado periodo.
LA MATERIALIDAD:
Es el juicio profesional que el auditor aplica a la hora de determinar un riesgo sobre un hallazgo y que dependerá de la percepción que se este posea del entorno del contribuyente
RIESGO DE CONTROL EN LA NACOT:
Es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del Contribuyente.

jlemus03ues11 dijo...

Por Administración tributaria debe entenderse que Se hace referencia al Ministerio de Hacienda, a través de las Direcciones respectivas, responsables de la administración y recaudación de impuestos.
tes y al responsable de los impuestos, el
se entiende por contabilidad formal la que ajustandose consistentemente a uno de los métodos de la técnica contable apropiado para el negocio de que se trate, es llevada en libros autorizados en forma legal y deberá complementarse con los libros auxiliares de cuentas necesarios y respaldarse con la documentacion legal que permita establecer con claridad los hechos generadores de los tributos establecidos en las leyes, las erogaciones, estimaciones y todas las operaciones que permitan establecer su real situación tributaria.

los principios en que se basa son: Justicia, igualdad, legalidad, celeridad, proporcionalidad, economía, eficacia y Verdad Material.

El contribuyente posee cierto derechos: Derecho de petición que incluye su respuesta por escrito; derecho de contradicción, que comprende utilizar los medios de prueba establecidos en el codigo tributario, derecho de audiencia para que pueda defenderse, a ofrecer y aportar pruebas y alegar sobre el mérito de las mismas, a una decision fundada y a interponer los recursos correspondientes; y derecho de acceso al expediente administrativo.

kmejia03ues19 dijo...

NACOT 2 Auditoria Fiscal
Debe entenderse como incumplimiento importante
cuando el profesional estima que un incumplimiento tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de obligaciones tributarias por parte del contribuyente.
Obligación tributaria formal el cumplimiento por parte de los contribuyentes, responsables o demás sujetos a asegurar el cumplimiento de la obligación tributaria sustantiva.
Obligación tributaria sustantiva
es en la cual el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado al pago del impuesto
Juicios acerca de la materialidad
son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir para cumplir el objetivo de expresar una opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros
Riesgo de control en la ACOT
El riesgo de que un cumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente, evaluar el riesgo de este, contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

cmendoza03ues21 dijo...

En la NACOT establece la responsabilidad del auditor con respecto al trabajo que debe realizar, respecto al cumplimiento de las obligaciones tributarias. El auditor determinara cuando un incumplimiento es importante, debido a que pudiera afectar a la entidad con saciones o multas.
Las obligaciones formales que debe de cumplir toda entidad son aquellas a las que se deben de realizar aunque esta no implique un desembolso monetario ya que esta informacion sirve de base para la comprobar si la obligación tributaria sustantiva esta de acuerdo.
Al realizar la auditoria el auditor debera usar criterios especificados en la NACOT, realizando procedimientos con escepticismo profesional, considerando apropiadamente las obligaciones tributarias que tiene la entidad. En este proceso se encuentra presente el riesgo de que el auditor no determine adecuadamente los incumplimientos que ha tenido la entidad o preveer anticipadamente alguna situación a futuro que pueda afectar a la entidad y la opinion se emite limpia.

mgonzalez03ues10 dijo...

NACOT 2

En la ACOT se dice que existe un incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.

Las obligaciones formales son las obligaciones procesales: informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.

El objetivo de los procedimientos de examen por parte del profesional, aplicados a los cumplimientos tributarios a cargo de un contribuyente, es el de expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos, basada en los criterios especificados en esta norma y tomando en consideración las disposiciones legales de carácter tributario.

Obligación tributaria sustantiva, también llamada obligación principal, la cual, constituye una obligación para el contribuyente, de pago del impuesto al fisco (Administración Tributaria), por las operaciones comerciales, sujetas o gravadas que realiza.

El riesgo de auditoria es el riesgo de emitir opinión respecto al cumplimiento de obligaciones tributarias compuesto por el riesgo inherente, el riesgo de control y el riesgo de detección.

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

rgonzalez04ues14 dijo...

nacot 2
El objetivo de los procedimientos de examen por parte del profesional, aplicados a los cumplimientos tributarios a cargo de un contribuyente, es el de expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos, basada en los criterios especificados en esta norma y tomando en consideración las disposiciones legales de carácter tributario.
Ademas debe entenderse como obligación tributaria formal
a las obligaciones formales tributarias aquellas obligaciones administrativas ejemplo la presentación de declaraciones, legalización de libros IVA, etc.

Las obligaciones tributaria sustantiva
Por otra parte, las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.

lmartinez03ues17 dijo...

NACOT 2
INCUMPLIMIENTO IMPORTANTE
Cuando el profesional estima que un incumplimiento tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de obligaciones tributarias por parte del contribuyente

OBLIGACION TRIBUTARIA FORMAL
El cumplimiento por parte de los contribuyentes, responsables o demás sujetos a asegurar el cumplimiento de la obligación
tributaria sustantiva.Son obligaciones accesorias que giran en torno a la obligación principal y que surgen de una interrelación entre el sujeto activo y sujeto pasivo de la obligación principal con la finalidad de facilitar su cumplimiento. Es preciso señalar que existen obligaciones formales tanto del sujeto pasivo, como del sujeto activo (Administrador Tributario).

OBLIGACION TRIUTARIA SUSTANTIVA
Es el pago del impuesto
También llamada obligación principal, la cual constituye una prestación de carácter patrimonial, que vista desde una doble perspectiva puede ser expresada en una obligación de dar (el contribuyente) y recibir (el fisco). Dar en la generalidad de los casos una suma de dinero

JUICIO ACERCA DE LA MATERIALIDAD
Es la consideración que hace el profesional de la materialidad para cumplir el objetivo de expresar una opinión sobre el cumplimiento de obligaciones formales y sustantivas.
- El juicio acerca de la materialidad en auditoria se define como el máximo error tolerable que un auditor puede aceptar para emitir una opinión sin salvedad. La materialidad se pone de manifiesto en el párrafo de opinión del informe de auditoria a emitir. El auditor auditor a su juicio toma una muestra de las cuentas más significativas a examinar y la cual le sirve como salvaguarda.

RIESGO DE CONTROL
El riesgo de que un cumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente

mhernandezg07ues26 dijo...

INCUMPLIMIENTO IMPORTANTE


En la NACOT establece la responsabilidad del auditor con respecto al trabajo que debe realizar, respecto al cumplimiento de las obligaciones tributarias. El auditor determinara cuando un incumplimiento es importante, debido a que pudiera afectar a la entidad con sanciones o multas.
El objetivo de los procedimientos de examen por parte del profesional, aplicados a los cumplimientos tributarios a cargo de un contribuyente, es el de expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos
Las actuaciones de la Administración Tributaria se ajustarán a los siguientes principios generales:

Igualdad; Economía;
Proporcionalidad Celeridad;
Legalidad; Justicia;
Eficacia; y, Verdad Material;
La auditoria de Cumplimiento de obligaciones tributarias se define como un trabajo que un licenciado en contaduría publica o contador público certificado realiza , para expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos

rvasquez04ues53 dijo...

NACOT 2

Cuando el examen revela incumplimientos y estos tienen efectos importantes en el cumplimiento por parte del contribuyente se dice que podemos tener incumplimiento importante.

Es la obligación sustancial del contribuyente a dar dinero o especie por el pago debido de una obligación fiscal.

Es la obligación del contribuyente a presentar la documentación respectiva fiscalmente es una forma de obligación tributaria formal

Cuando consideramos la materialidad en las obligaciones tributarias estamos hablando del juicio profesional de la materialidad

Riesgo de control: es cuando un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no se prevenido ni detectado por los controles del contribuyente

frank dijo...

FCARRANZA07UES11


RESUMEN NACOT
El riesgo de control en la NACOT,
es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del Contribuyente.Se entiende por auditoría de cumplimiento de obligaciones tributarias, el trabajo que un Licenciado en Contaduría Pública o Contador Público Certificado realiza, para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente.

El riesgo de control en la ACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.
Las obligaciones formales son las obligaciones procesales: informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.

Por otra parte, las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

El riesgo de control en la ACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

amaldonado04ues23 dijo...

EVALUACIÓN 2 de NACOT

Cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente, el dictamen debe ser modificado y el auditor fiscal debe expresar su opinión sobre el incumplimiento.

clasificando las obligaciones del contribuyente en formales y sustantivas, entenderemos que las primeras se refieren a aquellas obligaciones administrativas como por ejemplo: legalización de libros, presentación de declaraciones, etc. Y las obligaciones sustantivas son aquellas que implican el pago de impuestos o tributos una vez determinada la base imponible.

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.

también hay que considerar el riesgo de control el cual se refiere a que un incumplimiento importante pueda ocurrir y no sea detectado oportunamnete por los controles del contribuyente.

dreyeso4ues44 dijo...

Existe un incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y sustantivas por parte del contribuyente.

Las obligaciones formales son las obligaciones administrativas que no requiere retribución económica por el sujeto pasivo: Actualización de dirección, presentación de formularios.

Las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo se encuentra obligado al pago de una cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

El riesgo de control en la NACOT es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

jargueta03ues04 dijo...

NACOT EVALUACION 2

se entiende por obligaciones formales tributarias aquellas obligaciones administrativas, como la presentacion de declaraciones, legalizacion de libros iva, etc.
Cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente, el dictamen debe ser modificado y el auditor fiscal debe expresar su opinión sobre el incumplimiento.

Unknown dijo...
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Unknown dijo...

JSANDOVAL07UES57

Debemos de considerar que cuando hay un incumplimiento importante se referirá cuando el auditor exprese su opinión sobre los incumplimientos de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes que están obligados a dictaminar fiscalmente teniendo en cuenta la obtención de evidencia suficiente y apropiada de los que establece la norma legal correspondiente.
De tal forma que para lograr el entendimiento de las obligaciones tributarias formales o sustantivas se debe considerar que debemos tener en cuenta las leyes tributarias y sus reglamentos, el conocimiento de sus obligaciones tributarias formales o sustantivas especificas del contribuyente obtenidas de trabajos anteriores, las discusiones con personas apropiadas que sustenten dentro de la entidad y fuera de la entidad esto para un mejor entendimiento y desarrollo de sus obligaciones tributarias formales o sustantivas que le competen.
Uno de los puntos a tomar en cuenta es determinar un juicio de materialidad que es parte de los componentes múltiples que debe considerar cuando no es necesario probar el cumplimiento de un contribuyente, cuando la entidad tiene mas de un componente la materialidad para los cumplimientos tributarios se ve afectada por naturaleza de los requisitos de cumplimiento que puede o no ser cuantificables, falta de cumplimiento identificado y consideraciones cualitativas, entre otros.
En la auditoria fiscal el riesgo de control es cuando no se detectan o provienen oportunamente por los controles del contribuyente un riesgo de incumplimiento importante que puede ocurrir, el

gramirez04ues122 dijo...

Un incumplimiento importante es cuando en el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias el contribuyente revela incumplimientos que obliga al auditor a modificar su dictamen y expresar una opinión sobre el incumplimiento.

Los incumplimientos se deben a la falta de informar por parte del contribuyente a la administración tributaria de las Obligaciones Formales y Sustantivas que de por ley o reglamentos se exigen, por estas obligaciones se entiende:

a) Obligación Tributaria Formal: son obligaciones tributarias administrativas las cuales sirven para informar ejm: cambio de dirección, presentación de informes anuales, nombramiento de auditor.

b) Obligación Tributaria Sustantiva: Las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a reportar obligando en la mayoría de veces a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, sobre un hecho imponible.

En el incumplimiento de las obligaciones tributarias las pruebas obtenidas deben basarse en juicios de materialidad las cuales son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir. Muchos de estos incumplimientos se deben a la falta de controles internos los cuales son riesgos de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente.

Unknown dijo...

whernand03ues13
Se da un incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.
Se establecen además ciertas obligaciones formales las cuales se entienden aquellas como procesales y tienen el objeto de informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.
Para obtener la comprensión de las obligaciones tributarias formales o sustantivas, el auditor fiscal debe considerar lo siguiente:
a. Leyes tributarias y sus reglamentos, guías de orientación y otros documentos que conciernen a las obligaciones tributarias.
b. Conocimiento acerca de las obligaciones tributarias formales o sustantivas específicas del contribuyente, obtenido a través de trabajos anteriores.
c. Conocimiento acerca de las obligaciones tributarias formales o sustantivas específicas del contribuyente, obtenido a través de discusiones con el personal apropiado dentro de la entidad (por ejemplo, el gerente financiero, auditores internos, consejero legal, administradores, etc.).
d. Conocimiento acerca de las obligaciones tributarias formales o sustantivas específicas del contribuyente, obtenido a través de discusiones con personas apropiadas fuera de la entidad (por ejemplo, un ente regulador o tercera persona especialista).
El juicios profesional acerca de la MATERIALIDAD, es determinada por el auditor, a la hora de determinar un hallazgo y que dependerá de la percepción que se tenga acerca de las necesidades de los usuarios.
El riesgo de control en la NACOT,
es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del Contribuyen

siliezar04ues51 dijo...

Las obligaciones tributarias sustantivas son las que debe de cumplir el contribuyente de acuerdo a su naturaleza cuantificable, referenciándose al cumplimiento de los pagos exigibles. Las obligaciones tributarias formales son las que debe de cumplir el contribuyente de acuerdo a su naturaleza cualitativas (no monetarios) siendo de cumplimiento de registros o presentaciones de documentos.
El auditor debe de considerar la materialidad en el momento de realizar el examen de auditoria fiscal para determianar el alcance y naturaleza de los procedimientos a aplicar

Unknown dijo...

lmoreno03ues24
surge un incumplimiento importante cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.
Las obligaciones formales las cuales se entienden aquellas como procesales y tienen el objeto de informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.
Para obtener la comprensión de las obligaciones tributarias formales o sustantivas, el auditor fiscal debe considerar lo siguiente:
a. Leyes tributarias y sus reglamentos, guías de orientación y otros documentos que conciernen a las obligaciones tributarias.
b. Conocimiento acerca de las obligaciones tributarias formales o sustantivas específicas del contribuyente, obtenido a través de trabajos anteriores.
c. Conocimiento acerca de las obligaciones tributarias formales o sustantivas específicas del contribuyente, obtenido a través de discusiones con el personal apropiado dentro de la entidad (por ejemplo, el gerente financiero, auditores internos, consejero legal, administradores, etc.).
d. Conocimiento acerca de las obligaciones tributarias formales o sustantivas específicas del contribuyente, obtenido a través de discusiones con personas apropiadas fuera de la entidad (por ejemplo, un ente regulador o tercera persona especialista).
El juicios profesional acerca de la materialidad, es determinada por el auditor, a la hora de determinar un hallazgo y que dependerá de la percepción que se tenga acerca de las necesidades de los usuarios.
El riesgo de control en la NACOT,
es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del Contribuyen

Unknown dijo...

XGARCIA07UES24
XIOMARA GARCIA GP01006

RESUMEN DE NACOT II

En el ejercicio de la auditoria y en cuanto a cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente, el dictamen debe ser modificado y el auditor fiscal debe expresar su opinión sobre el incumplimiento.

se entiende por obligaciones formales tributarias aquellas obligaciones administrativas ejemplo la presentación de declaraciones, legalización de libros.

las obligaciones formales sustantivas radica al pago de impuestos o bien al pago de tributos.

Al hacer un examen del cumplimiento de las obligaciones tributarias, se ve afectada la consideración que hace el profesional de la materialidad por:
(1) la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, los cuales pueden o no ser cuantificables en términos monetarios,
(2) la naturaleza y la frecuencia de la falta de cumplimiento identificada, y
(3) las consideraciones cualitativas, incluyendo las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.

El riesgo de emitir opinión respecto al cumplimiento de obligaciones tributarias está compuesto por el riesgo inherente, el riesgo de control y el riesgo de detección.
El riesgo de un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

Unknown dijo...

rmaldon07ues40
ROSA DELIA MALDONADO MC04004

En el ejercicio de la auditoria y en cuanto a cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente, el dictamen debe ser modificado y el auditor fiscal debe expresar su opinión sobre el incumplimiento.

se entiende por obligaciones formales tributarias aquellas obligaciones administrativas ejemplo la presentación de declaraciones, legalización de libros.

las obligaciones formales sustantivas radica al pago de impuestos o bien al pago de tributos.

Al hacer un examen del cumplimiento de las obligaciones tributarias, se ve afectada la consideración que hace el profesional de la materialidad por:
(1) la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, los cuales pueden o no ser cuantificables en términos monetarios,
(2) la naturaleza y la frecuencia de la falta de cumplimiento identificada, y
(3) las consideraciones cualitativas, incluyendo las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.

El riesgo de emitir opinión respecto al cumplimiento de obligaciones tributarias está compuesto por el riesgo inherente, el riesgo de control y el riesgo de detección.
El riesgo de un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

Anónimo dijo...

RESUMEN NACOT 2

Se entiende por auditoria de cumplimiento de obligaciones tributarias, el trabajo que un Licenciado en Contaduría Pública o Contador Público Certificado realiza, para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente.

La examinacion se realiza para dar una opinión de si la empresa cumplió o no cumplió con las obligaciones tributarias.

Dentro de las obligaciones podemos mencionar la obligaciones tributarias formales y las sustantivas la diferencia entre estas radica en que las formales son puramente de carácter administrativo, mientras que las sustantivos con llevan a un pago.

Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.

Dentro de una auditoria siempre se tiene riesgos y podemos mencionar en esta parte el riesgo de control el cual consiste en dar opinión expresando que la empresa si cumplió con sus obligaciones tributarias cuando realmente no se previno ni se detecto errores de importancia relativa.

fbeltran07ues10 dijo...

NACOT 2

El objetivo de los procedimientos de examen por parte del profesional, aplicados a los cumplimientos tributarios a cargo de un contribuyente, es el de expresar una opinión relacionada con dichos cumplimientos, basada en los criterios especificados en esta norma y tomando en consideración las disposiciones legales de carácter tributario.
Ademas debe entenderse como obligación tributaria formal
a las obligaciones formales tributarias aquellas obligaciones administrativas ejemplo la presentación de declaraciones, legalización de libros IVA, etc.

Las obligaciones tributaria sustantiva
Por otra parte, las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.

LA MATERIALIDAD:
Es el juicio profesional que el auditor aplica a la hora de determinar un riesgo sobre un hallazgo y que dependerá de la percepción que se este posea del entorno del contribuyente
RIESGO DE CONTROL EN LA NACOT:
Es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del Contribuyente.
El auditor debe ejecutar su trabajo asegurandose de contar con el debido cuidado en la planeacion, desarrollo y evaluacion de los resultados de la auditoria, un grado apropiado de escepticismo profesional para alcanzar al seguridad razonable

Unknown dijo...

dmurcia03ues25
Un incumplimiento importante surge cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.
Se establecen además ciertas obligaciones formales las cuales se entienden aquellas como procesales y tienen el objeto de informar la dirección, notificarse de los actos administrativos, representar a los contribuyentes o incapaces; también están las obligaciones recaudatorias: efectuar retención en la fuente.
Para obtener la comprensión de las obligaciones tributarias formales o sustantivas, el auditor fiscal debe considerar lo siguiente:
a. Leyes tributarias y sus reglamentos, guías de orientación y otros documentos que conciernen a las obligaciones tributarias.
b. Conocimiento acerca de las obligaciones tributarias formales o sustantivas específicas del contribuyente, obtenido a través de trabajos anteriores.
c. Conocimiento acerca de las obligaciones tributarias formales o sustantivas específicas del contribuyente, obtenido a través de discusiones con el personal apropiado dentro de la entidad (por ejemplo, el gerente financiero, auditores internos, consejero legal, administradores, etc.).
d. Conocimiento acerca de las obligaciones tributarias formales o sustantivas específicas del contribuyente, obtenido a través de discusiones con personas apropiadas fuera de la entidad (por ejemplo, un ente regulador o tercera persona especialista).
El juicios profesional acerca de la materialidad, es determinada por el auditor, a la hora de determinar un hallazgo y que dependerá de la percepción que se tenga acerca de las necesidades de los usuarios.
El riesgo de control en la Nacot,
es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del Contribuyen

Unknown dijo...

DDeras07ues17

Resumen NACOT 2

El incumplimiento importante es cuando el auditor fiscal esta ejecutando su examen, en la cual debe actuar con un grado de escepticismo profesional para poder alcanzar una seguridad razonable de que los incumplimientos serán detectados.
Además el auditor deberá de proporcionara una opinión acerca del cumplimiento o incumplimientos de las obligaciones tributarias tanto formales que son aquellas que no implican un pago y las sustantivas son aquellas que requieren pago de impuesto.- Aparte de eso el auditor determina el juicio de materialidad y las áreas de riesgos: a.)La naturaleza de los requisitos de cumplimiento (que pueden ser cuantificables o no en términos monetarios) b.) La naturaleza y la frecuencia de la falta de cumplimiento identificada y C.) Consideraciones cualitativas y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.
El riesgo de control es el riesgo de cumplimiento importante, pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles de los contribuyentes.

chparrita dijo...

XLOPEX07UES38

Incumplimientos importantes son todos aquellos que ocurren por no haber sido prevenido ni detectado por los controles del contribuyente, para evitarlos es necesario evaluar los riesgos que se derivan aun teniendo odos de controlarlos.
Las obligación tributarias formales Son obligaciones administrativas que no conllevan pago de impuestos ejemplo la presentación de declaraciones, legalización de libros IVA, etc.
Mientras que las obligaciones tributarias sustantivas son aquellas en las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público en concepto de pago de impuestos, una vez determinado el hecho imponible.


Los juicios acerca de la materialidad, se puede decir que son consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir

El riesgo de control, es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente; Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

Anónimo dijo...

mruiz07ues55

NACOT 2
Se entiende por incumplimiento importante al examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos, y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contribuyente.

Ademas debe entenderse como obligación tributaria formal
a las obligaciones formales tributarias aquellas obligaciones administrativas ejemplo la presentación de declaraciones, legalización de libros IVA, etc.

Las obligaciones tributaria sustantiva
Por otra parte, las obligaciones sustantivas son aquellas por las cuales el sujeto pasivo (contribuyente) se encuentra obligado mediante la ley a dar determinada cantidad de dinero al ente público a título de impuesto, una vez determinado el hecho imponible.

Los juicios acerca de la materialidad
Son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.

Los riesgos de control en la ACOT :
Es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del contribuyente. Evaluar el riesgo de control contribuye a que el profesional evalúe el riesgo de la existencia de incumplimientos importantes.

smendoza04ues30 dijo...

NACOT 2
Un Incumplimiento Importante es cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento por parte del contribuyente, el dictamen debe ser modificado y expresar su opinión sobre el incumplimiento.
Las obligaciones tributarias formales son aquellas obligaciones por parte de la Administración.
Las obligaciones tributarias sustantivas son aquellas que implican el pago de impuestos o tributos una vez determinada la base imponible.
Los juicios de materialidad son las consideraciones que el auditor realiza acerca de la importancia relativa de la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, la naturaleza y frecuencia del incumplimiento y las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.
Riesgo de Control: Es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del Contribuyente.

mmejia04ues27 dijo...

II. NORMA PARA AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

El propósito de esta norma es establecer un marco de referencia a observar por los Contadores Públicos que garantice que los trabajos relacionados con la preparación del informe y dictamen fiscal, sean realizados con un alto grado de profesionalismo.

CONCEPTO DE ACOT:
El trabajo que un Licenciado en Contaduría Pública o Contador Público Certificado realiza, para expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente.


OBJETIVOS DE LOS PROCEDIMIENTOS EN LA ACOT

Expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustantivas de los contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente.

El auditor fiscal debe ejecutar su trabajo asegurándose de contar con:
a) El debido cuidado en la planeación, desarrollo y evaluación de los resultados de sus procedimientos de examen
b) Un grado apropiado de escepticismo profesional para alcanzar una seguridad razonable de que incumplimientos importantes serán detectados.

Al hacer un examen del cumplimiento de las obligaciones tributarias, se ve afectada la consideración que hace el profesional de la materialidad por:

a) la naturaleza de los requisitos de cumplimiento, los cuales pueden o no ser cuantificables en términos monetarios
b) la naturaleza y la frecuencia de la falta de cumplimiento identificada,
c) las consideraciones cualitativas, incluyendo las necesidades y expectativas de los usuarios del dictamen e informe fiscal a emitir.

RIESGOS DE AUDITORIA
Cuando existe el compromiso de revisar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, el auditor busca obtener seguridad razonable del cumplimiento, basado en las leyes tributarias, diseñando un examen para detectar los incumplimientos y considerarlos materiales, no obstante no se puede obtener una seguridad absoluta por el hecho de usar pruebas selectivas así como las limitaciones inherentes al control interno.

VASQUEZ04UES54 dijo...

NACOT 2

Que debe entenderse como incumplimiento importante Es cuando el examen de cumplimiento de obligaciones tributarias de un contribuyente revela incumplimientos y el profesional estima que esto tiene un efecto importante sobre el cumplimiento por parte del contribuyente

Las obligaciones tributarias formales son las que debe de cumplir el contribuyente de acuerdo a su naturaleza cualitativas (no monetarios) siendo de cumplimiento de registros o presentaciones de documentos.

Las obligaciones tributarias sustantivas son las que debe de cumplir el contribuyente de acuerdo a su naturaleza cuantificable, referenciándose al cumplimiento de los pagos exigibles.

Juicios acerca de la materialidad es un factor que el auditor fiscal considera para realizar el examen sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias determinando el alcance, la naturaleza de los procedimientos de auditoría.

Riesgo de control en la NACOT.Es el riesgo de que un incumplimiento importante pudiera ocurrir y no ser prevenido o detectado oportunamente por los controles del Contribuyente.

Unknown dijo...
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