sábado, 5 de diciembre de 2015

EQUIPO 1 AUDITORÍA NIAS

EQUIPO 1 AUDITORÍA  NIAS Semana 16

33 comentarios:

Unknown dijo...

Por: Dmirandapera2015
NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA
NIA 706: PÁRRAFOS DE ÉNFASIS Y PÁRRAFOS DE OTROS ASUNTOS EN EL DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE.-

RESUMEN

Aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009


ALCANCE
Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata acerca de la comunicación adicional en el dictamen del auditor, cuando el auditor considera necesario:
a) Llamar la atención de los usuarios hacia un asunto o asuntos presentados o revelados en los estados financieros, cuya importancia es fundamental para que los usuarios puedan entender los estados financieros; o
b) Llamar la atención de los usuarios hacia algún asunto o asuntos adicionales a los presentados o revelados en los estados financieros, que son importantes para que los usuarios puedan entender la auditoría, las responsabilidades del auditor o el dictamen del auditor.

Los apéndices 1 y 2 identifican las NIA que contienen requisitos específicos para que el auditor incluya párrafos de énfasis o párrafos de otros asuntos en el dictamen del auditor. En esas circunstancias, los requisitos en esta NIA sobre la forma y ubicación de dichos párrafos son aplicables.

La norma internacional de auditoría 706 habla de la comunicación adicional en el dictamen del auditor cuando el auditor determina necesario llamar la atención sobre un asunto o asuntos específicos en los estados financieros que son de importancia y fundamentales para que usuarios puedan entender la presentación de los estados financieros, la auditoría, las responsabilidades del auditor o su dictamen.

OBJETIVO
El objetivo del auditor, que se ha formado una opinión sobre los estados financieros, es llamar la atención de los usuarios, cuando a su juicio sea necesario hacerlo, a través de una clara comunicación adicional en el dictamen del auditor, hacia:
a) Un asunto que, aunque esté presentado o revelado de manera apropiada en los estados financieros, tiene tal importancia que es fundamental para que los usuarios entiendan los estados financieros; o
b) Según proceda, cualquier otro asunto que sea importante para que los usuarios puedan entender la auditoría, las responsabilidades del auditor o el dictamen del auditor.

Una vez el auditor ha formado su opinión sobre los estados financieros, debe llamar la atención de los usuarios haciendo énfasis sobre asuntos que a su juicio son de tal importancia y que son fundamentales para que los usuarios entiendan los estados financieros, la auditoría, las responsabilidades del auditor o su dictamen.

DEFINICIÓN
Párrafo de énfasis: Un párrafo que se incluye en el dictamen del auditor, que se refiere a un asunto presentado o revelado de manera apropiada en los estados financieros que, a juicio del auditor, es de tal importancia que es fundamental para que los usuarios puedan entender los estados financieros.

Párrafo de otro asunto: Un párrafo que se incluye en el dictamen del auditor que se refiere a un asunto distinto de los presentados o revelados en los estados financieros que, a juicio del auditor, es relevante para que los usuarios entiendan la auditoría, las responsabilidades del auditor o el dictamen del auditor.

Unknown dijo...

Continuación...
Por: Dmirandapera2015
NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA
NIA 706: PÁRRAFOS DE ÉNFASIS Y PÁRRAFOS DE OTROS ASUNTOS EN EL DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE.-

REQUERIMIENTOS
Párrafos de énfasis en el dictamen del auditor
Cuando el auditor considera necesario llamar la atención sobre un asunto específico presentado en los estados financieros que es de importancia y pertinente para que los usuarios entiendan los estados financieros, la auditoría, las responsabilidades del auditor y su dictamen; el auditor debe incluir un párrafo de énfasis en el dictamen teniendo en cuenta que ha obtenido la suficiente y apropiada evidencia para soportarlo. Este párrafo no afecta la opinión del auditor y debe incluirse después del párrafo de opinión en el dictamen, presentado con el título “Énfasis de asunto” y describir claramente la referencia al asunto indicando que no hay ninguna modificación a la opinión del auditor.
“Énfasis de asunto
Queremos llamar la atención a la nota x de los estados financieros que describe la falta de seguridad relacionada con el resultado de la demanda legal, presentada contra la compañía por la compañía XYZ. Nuestra opinión no incluye salvedad en relación con este asunto.”

Párrafos de otros asuntos en el dictamen del auditor
Si el auditor considera necesario comunicar un asunto adicional y este es importante y pertinente para que los usuarios de los estados financieros entiendan los estados financieros, la auditoría, las responsabilidades del auditor o su dictamen; siempre y cuando sea posible de acuerdo a las normas y regulaciones pertinentes, el auditor deberá incluir un párrafo en el dictamen del auditor titulado “otro asunto”, y deberá estar después del párrafo de la opinión y cualquier párrafo de énfasis, si los hay.

Comunicaciones con los encargados del gobierno corporativo
Si el auditor determina necesario incluir un párrafo de énfasis o de otros asuntos, deberá comunicarlo oportunamente y claramente a los encargados del gobierno corporativo de la entidad.


IDEAS IMPORTANTES
• Párrafo de énfasis
• Párrafo de otro asunto
• Párrafos de énfasis en el dictamen del auditor
• Párrafos de otros asuntos en el dictamen del auditor
• Comunicaciones con los encargados del gobierno corporativo


PREGUNTAS
1. ¿Párrafo de énfasis?
Un párrafo que se incluye en el dictamen del auditor, que se refiere a un asunto presentado o revelado de manera apropiada en los estados financieros que, a juicio del auditor, es de tal importancia que es fundamental para que los usuarios puedan entender los estados financieros


2. ¿Párrafo de otro asunto?
Un párrafo que se incluye en el dictamen del auditor que se refiere a un asunto distinto de los presentados o revelados en los estados financieros que, a juicio del auditor, es relevante para que los usuarios entiendan la auditoría, las responsabilidades del auditor o el dictamen del auditor


3. ¿Párrafos de énfasis en el dictamen del auditor?
Cuando el auditor considera necesario llamar la atención sobre un asunto específico presentado en los estados financieros que es de importancia y pertinente para que los usuarios entiendan los estados financieros, la auditoría, las responsabilidades del auditor y su dictamen; el auditor debe incluir un párrafo de énfasis en el dictamen teniendo en cuenta que ha obtenido la suficiente y apropiada evidencia para soportarlo.


4. ¿Párrafos de otros asuntos en el dictamen del auditor?
Si el auditor considera necesario comunicar un asunto adicional y este es importante y pertinente para que los usuarios de los estados financieros entiendan los estados financieros.


5. ¿Comunicaciones con los encargados del gobierno corporativo?
Si el auditor determina necesario incluir un párrafo de énfasis o de otros asuntos, deberá comunicarlo oportunamente y claramente a los encargados del gobierno corporativo de la entidad


REFERENCIAS
NIA 706: Párrafos de énfasis y párrafos de otros asuntos en el dictamen del auditor independiente.-

Unknown dijo...

Por: Dmirandapera2015
NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA
NIA 710: INFORMACIÓN COMPARATIVA-CIFRAS CORRESPONDIENTES DE PERIODOS ANTERIORES Y ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS.-

RESUMEN

Aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009


ALCANCE
Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA} trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con la información comparativa en una auditoría de estados financieros. Si los estados financieros del periodo anterior fueron auditados por un auditor predecesor o no fueron auditados, los requerimientos y las orientaciones de la NIA 510 con respecto a los saldos de apertura también son de aplicación.

Presenta las responsabilidades del auditor en relación a la información comparativa en una auditoría de estados financieros. La naturaleza de la información comparativa depende del marco de referencia de información financiera aplicable, y el auditor puede distinguir dos formas de esta responsabilidad de informar, las cifras correspondientes y estados financieros comparativos. Esta diferencia se hace evidente en los dictámenes de auditoría; para las cifras correspondientes la opinión de los estados financieros se refiere al periodo actual, mientras que para los estados financieros comparativo la opinión debe referirse a cada periodo por el cual se presentan los estados financieros.


OBJETIVO
• obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si la información comparativa incluida en los estados financieros se presenta, en todos los aspectos materiales, de conformidad con los requerimientos del marco de información financiera aplicable relativos a la información comparativa; y
• emitir un informe de conformidad con las responsabilidades del auditor

El auditor debe obtener la suficiente y apropiada evidencia de auditoría sobre si la información comparativa incluida en los estados financieros esta presentada de acuerdo al marco de referencia de información financiera aplicable y cumple con los requisitos pertinentes. Por consiguiente el auditor debe presentar su dictamen de acuerdo a las responsabilidades de dictaminar del auditor.


DEFINICIÓN
Información comparativa: importes e información a revelar incluidos en los estados financieros y relativos a uno o más periodos anteriores, de conformidad con el marco de información financiera aplicable.-

Cifras correspondientes de periodos anteriores: información comparativa consistente en importes e información revelada del periodo anterior que se incluyen como parte integrante de los estados financieros del periodo actual, con el objetivo de que se interpreten exclusivamente en relación con los Importes e información revelada del periodo actual (denominados "cifras del periodo actual"). El grado de detalle de los importes y de las revelaciones comparativas presentadas depende principalmente de su relevancia respecto a las cifras del periodo actual

Estados financieros comparativos: información comparativa consistente en importes e información a revelar del periodo anterior que se incluyen a efectos de comparación con los estados financieros del periodo actual, y a los que, si han sido auditados, el auditor hará referencia en su opinión. El grado de información de estos estados financieros comparativos es equiparable al de los estados financieros del periodo actual

A efectos de esta NIA, las referencias al "periodo anterior" deben interpretarse como "periodos anteriores" cuando la información comparativa incluya importes e información a revelar de más de un periodo

Unknown dijo...

Continuación...
Por: Dmirandapera2015
NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA
NIA 710: INFORMACIÓN COMPARATIVA-CIFRAS CORRESPONDIENTES DE PERIODOS ANTERIORES Y ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS.-

REQUERIMIENTOS
Procedimientos de auditoría
El auditor debe determinar si los estados financieros incluyen información comparativa de ejercicios anteriores y si esta información está organizada adecuadamente. Para esto el auditor debe evaluar si los montos y revelaciones presentados concuerdo con los establecidos en ejercicio anterior, y si están acorde a las políticas contables aplicables. En caso de que se haya realizado algún cambio en las políticas, el auditor debe determinar si se llevaron a cabo los cambios pertinentes.
De la misma manera el auditor deberá llevar a cabo los procedimientos de auditoría necesarios para obtener la suficiente y apropiada evidencia sobre si existen representaciones erróneas de representación errónea en la información comparativa.

Dictamen de auditoría
Cuando se presentan cifras correspondientes, el auditor deberá incluirla en su opinión si el dictamen del auditor del ejercicio anterior incluye una opinión con salvedad, una opinión negativa o una abstención de opinión, y el asunto especificado no fue resuelto. Así mismo cuando los estados financieros presentaron representaciones erróneas de importancia relativa y la opinión o fue previamente modificada y las cifras correspondientes no fueron debidamente corregidas.

Si los estados financieros del ejercicio anterior fueron auditados por otro auditor, el auditor puede referirse al dictamen del auditor, siempre y cuando sea posible de acuerdo a las normas y regulaciones aplicables. Para esto el auditor deberá presentarlo en un parrado de otro asunto en el dictamen que los estados financieros fueron auditados por otro auditor, su tipo de opinión y si se realizó alguna modificación las razones para hacerlo, y fecha del dictamen.
Cuando los estados financieros del ejercicio anterior no fueron auditados, también e auditor deberá declararlo en el dictamen en un párrafo de otro asunto.

“Otro asunto
Los estados financieros de la compañía ABC para el ejercicio que termino el 31 de diciembre de 20X0, fueron auditados por otro auditor que expreso una opinión no modificada sobre esos estados financieros el 31 de Marzo de 20X1”

Igualmente cuando se presentan estados financieros comparativos la opinión del auditor debe referirse a cada periodo, y determinar si existen diferencias en la opinión que se presente con la opinión previamente expresada, dando cuenta de las razones de esta diferencia.

Unknown dijo...

Continuación...
Por: Dmirandapera2015
NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA
NIA 710: INFORMACIÓN COMPARATIVA-CIFRAS CORRESPONDIENTES DE PERIODOS ANTERIORES Y ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS.-

IDEAS IMPORTANTES
• Información comparativa
• Cifras correspondientes de periodos anteriores
• Estados financieros comparativos
• Periodo anterior
• Procedimientos de auditoría
• Dictamen de auditoría


PREGUNTAS
1. ¿Información comparativa?
Importes e información a revelar incluidos en los estados financieros y relativos a uno o más periodos anteriores, de conformidad con el marco de información financiera aplicable


2. ¿Cifras correspondientes de periodos anteriores?
Información comparativa consistente en importes e información revelada del periodo anterior que se incluyen como parte integrante de los estados financieros del periodo actual, con el objetivo de que se interpreten exclusivamente en relación con los Importes e información revelada del periodo actual (denominados "cifras del periodo actual").


3. ¿Estados financieros comparativos?
Información comparativa consistente en importes e información a revelar del periodo anterior que se incluyen a efectos de comparación con los estados financieros del periodo actual, y a los que, si han sido auditados, el auditor hará referencia en su opinión.


4. ¿Periodo anterior?
A efectos de esta NIA, las referencias al "periodo anterior" deben interpretarse como "periodos anteriores" cuando la información comparativa incluya importes e información a revelar de más de un periodo


5. ¿Procedimientos de auditoría?
El auditor debe determinar si los estados financieros incluyen información comparativa de ejercicios anteriores y si esta información está organizada adecuadamente.


REFERENCIAS
NIA 710: Información comparativa-cifras correspondientes de periodos anteriores y estados financieros comparativos.-

Unknown dijo...

Por: Dmirandapera2015
NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA
NIA 720: RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR CON RESPECTO A OTRA INFORMACIÓN INCLUIDA EN LOS DOCUMENTOS QUE CONTIENEN LOS ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS.-

RESUMEN

Aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009


ALCANCE
Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de las responsabilidades que tiene el auditor con respecto a otra información incluida en documentos que contienen estados financieros auditados y el correspondiente informe de auditoría. En ausencia de requerimientos específicos en las circunstancias concretas de un encargo, la opinión del auditor no cubre la otra información y el auditor no tiene la responsabilidad específica de determinar si la otra información se presenta correctamente o no. Sin embargo, el auditor examina la otra información porque la credibilidad de los estados financieros auditados puede verse menoscabada por incongruencias materiales entre los estados financieros auditados y la otra información. (Ref: Apartado Al)

En esta NIA por "documentos que contienen los estados financieros auditados" se entiende informes anuales (o documentos similares), que se emiten para los propietarios (o interesados similares), que contienen los estados financieros auditados y el correspondiente informe de auditoría. Esta NIA también puede aplicarse, adaptada según resulte necesario en las circunstancias concretas, a otros documentos que contienen los estados financieros auditados, tales como los utilizados en las ofertas de valores (Ref: Apartado A2)

Aborda las responsabilidades del auditor en relación a otra información en documentos que contienen estados financieros auditados y el dictamen correspondiente del auditor. Aunque el auditor no tiene la responsabilidad de considerar otra información ni determinar si es apropiada y pertinente para la formación de su opinión; el auditor puede determinar necesario considerar otra información para soportar la credibilidad de los estados financieros.

OBJETIVO
El objetivo del auditor es responder adecuadamente cuando los documentos que contienen los estados financieros auditados y el correspondiente informe de auditoría incluyen otra información que pueda menoscabar la credibilidad de los estados financieros y del informe de auditoría.

El auditor debe responder oportunamente y apropiadamente cuando los documentos que contienen los estados financieros auditados y el dictamen del auditor incluyen otra información que puede afectar su credibilidad.


DEFINICIÓN
Otra información: información financiera y no financiera (distinta de los estados financieros y del informe de auditoría correspondiente) incluida, por las disposiciones legales o reglamentarias o la costumbre, en un documento que contiene los estados financieros auditados y el informe de auditoría correspondiente. (Ref.: Apartados A3-A4)

Incongruencia: contradicción entre la información contenida en los estados financieros auditados y otra información. Una incongruencia material puede poner en duda las conclusiones de auditoría derivadas de la evidencia de auditoría obtenida previamente y, posiblemente, la base de la opinión del auditor sobre los estados financieros.

Incorrección en la descripción de un hecho: otra información no relacionada con cuestiones que aparecen en los estados financieros auditados, que esté incorrectamente expresada o presentada. Las incorrecciones materiales en la descripción de un hecho pueden menoscabar la credibilidad del documento que contiene los estados financieros auditados.

Unknown dijo...

Continuación...
Por: Dmirandapera2015
NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA
NIA 720: RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR CON RESPECTO A OTRA INFORMACIÓN INCLUIDA EN LOS DOCUMENTOS QUE CONTIENEN LOS ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS.-

REQUERIMIENTOS
Consideración de otra información
El auditor debe leer toda la otra información para determinar si existe alguna inconsistencia de importancia relativa con los estados financieros. Para esto, el auditor en lo posible debe tener acceso a esta otra información antes de la presentación del dictamen, y así poder responder adecuadamente a las posibles inconsistencias materiales y errores de hecho.

Inconsistencias materiales
Si el auditor, al revisar la otra información encuentra inconsistencias materiales, deberá determina si es necesaria una revisión a los estados financieros auditados o a la otra información. Cuando esa revisión es necesaria y la administración se niega a hacerla el auditor deberá modificar la opinión, así como lo establecen las normas internacionales de auditoría, comunicarlo a los encargados del gobierno corporativo cuando sea posible, y describir la situación en un párrafo de otro asunto en el dictamen. Si la situación lo exige el auditor podrá retener el dictamen o retirarse del trabajo, cuando sea posible de acuerdo a las normas y regulaciones pertinentes.

Errores materiales de hecho
Cuando el auditor encuentra errores materiales de hecho durante su revisión de la otra información, debe comunicarlo y discutirlo con la administración, y si es necesario la administración puede consultar a una tercera parte calificada, para tomar las decisiones adecuadas


IDEAS IMPORTANTES
• Otra información
• Incongruencia
• Incorrección en la descripción de un hecho
• Consideración de otra información
• Inconsistencias materiales
• Errores materiales de hecho


PREGUNTAS
1. ¿Otra información?
Información financiera y no financiera (distinta de los estados financieros y del informe de auditoría correspondiente) incluida, por las disposiciones legales o reglamentarias o la costumbre, en un documento que contiene los estados financieros auditados y el informe de auditoría correspondiente.


2. ¿Incongruencia?
Contradicción entre la información contenida en los estados financieros auditados y otra información. Una incongruencia material puede poner en duda las conclusiones de auditoría derivadas de la evidencia de auditoría obtenida previamente y, posiblemente, la base de la opinión del auditor sobre los estados financieros.


3. ¿Incorrección en la descripción de un hecho?
Otra información no relacionada con cuestiones que aparecen en los estados financieros auditados, que esté incorrectamente expresada o presentada. Las incorrecciones materiales en la descripción de un hecho pueden menoscabar la credibilidad del documento que contiene los estados financieros auditados.


4. ¿Consideración de otra información?
El auditor debe leer toda la otra información para determinar si existe alguna inconsistencia de importancia relativa con los estados financieros.


5. ¿Inconsistencias materiales?
Si el auditor, al revisar la otra información encuentra inconsistencias materiales, deberá determina si es necesaria una revisión a los estados financieros auditados o a la otra información.


REFERENCIAS
NIA 720: Responsabilidad del auditor con respecto a otra información incluida en los documentos que contienen los estados financieros auditados.-

Unknown dijo...

Por: Dmirandapera2015
NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA
NIA 800: CONSIDERACIONES ESPECIALES-AUDITORÍAS DE ESTADOS FINANCIEROS PREPARADOS DE CONFORMIDAD CON UN MARCO DE INFORMACIÓN CON FINES ESPECÍFICOS.-

RESUMEN

Aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009


ALCANCE
Las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) de la serie 100-700 son de aplicación a la auditoría de estados financieros. La presente NIA trata de las consideraciones especiales para la aplicación de dichas NIA a una auditoría de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos.

La presente NIA está redactada en el contexto de un conjunto completo de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos. La NIA 805 trata de las consideraciones especiales aplicables en una auditoría de un solo estado financiero o de un elemento, cuenta o partida específicos de un Estado Financiero.

Esta NIA no invalida los requerimientos de las demás NIA, ni pretende tratar todas las consideraciones especiales que puedan ser aplicables en las circunstancias del encargo

Presenta las consideraciones especiales para auditorías de un juego completo de estados financieros preparados de acuerdo con un marco de referencia de propósito especial.


OBJETIVO
El objetivo del auditor, al aplicar las NIA en una auditoría de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos, es tratar de manera adecuada las consideraciones especiales que son aplicables con respecto a:
• la aceptación del encargo;
• la planificación y la realización de dicho encargo; y
• la formación de una opinión y el informe sobre los estados financieros.

El auditor al aplicar las normas internacionales de auditoría, debe tener en cuenta las consideraciones especiales en una auditoría de estados financieros preparados de acuerdo a un marco de referencia de propósito especial. Consideraciones importantes para la aceptación del trabajo, la planeación y ejecución de la auditoría, y la formación de una opinión y presentación del dictamen de los estados financieros.

DEFINICIÓN
Estados financieros con fines específicos: estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos. (Ref: Apartado A4)

Marco de información con fines específicos: un marco de información financiera diseñado para satisfacer las necesidades de información financiera de usuarios específicos. El marco de información financiera puede ser un marco de imagen fiel o un marco de cumplimiento (Ref.: Apartados AI-A4)

La referencia a "estados financieros" en esta N1A significa "un conjunto completo de estados financieros con fines específicos, incluidas las notas explicativas, Las notas explicativas, normalmente, incluyen un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa. Los requerimientos del marco de información financiera aplicable determinan la estructura y el contenido de los estados financieros, así como lo que constituye un conjunto completo de estados financieros.

Unknown dijo...

Continuación...
Por: Dmirandapera2015
NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA
NIA 800: CONSIDERACIONES ESPECIALES-AUDITORÍAS DE ESTADOS FINANCIEROS PREPARADOS DE CONFORMIDAD CON UN MARCO DE INFORMACIÓN CON FINES ESPECÍFICOS.-

REQUERIMIENTOS
Consideraciones al aceptar el trabajo
Para aceptar el trabajo el auditor debe obtener un entendimiento del propósito para el que están preparados los estados financieros, usuarios previstos y las medidas tomadas por la administración para determinar que el marco de referencia de propósito especial está acorde a las circunstancias.

Consideraciones al planear y realizar la auditoría
Cuando el auditor va a planear y realizar la auditoría de estados financieros de acuerdo a un marco de referencia de propósito especial, debe determinar si la aplicación de las normas internacionales requiere consideraciones especiales de acuerdo a las circunstancias en que se desarrolla el trabajo. Por esta razón el auditor debe entender cualquier interpretación importante referente a contratos que la administración haya considerado para para la elaboración de los estados financieros.

Opinión y consideraciones del dictamen
Para la formación de su opinión y dictaminar sobre los estados financieros, el auditor debe tener en cuenta la norma internacional de auditoría 700, la cual establece que el auditor debe evaluar si los estados financieros describen apropiadamente el marco de referencia de información financiera aplicable, y en el caso de los estados preparados de acuerdo con las disposiciones de un contrato, deben incluirse las interpretaciones importantes del mismo.


IDEAS IMPORTANTES
• Estados financieros con fines específicos
• Marco de información con fines específicos
• Estados financieros
• Consideraciones al aceptar el trabajo
• Consideraciones al planear y realizar la auditoría
• Opinión y consideraciones del dictamen


PREGUNTAS
1. ¿Estados financieros con fines específicos?
Estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos.


2. ¿Marco de información con fines específicos?
Un marco de información financiera diseñado para satisfacer las necesidades de información financiera de usuarios específicos. El marco de información financiera puede ser un marco de imagen fiel o un marco de cumplimiento.


3. ¿Estados financieros?
La referencia a "estados financieros" en esta N1A significa "un conjunto completo de estados financieros con fines específicos, incluidas las notas explicativas.


4. ¿Consideraciones al aceptar el trabajo?
Para aceptar el trabajo el auditor debe obtener un entendimiento del propósito para el que están preparados los estados financieros, usuarios previstos y las medidas tomadas por la administración para determinar que el marco de referencia de propósito especial está acorde a las circunstancias


5. ¿Consideraciones al planear y realizar la auditoría?
Cuando el auditor va a planear y realizar la auditoría de estados financieros de acuerdo a un marco de referencia de propósito especial, debe determinar si la aplicación de las normas internacionales requiere consideraciones especiales de acuerdo a las circunstancias en que se desarrolla el trabajo.


REFERENCIAS
NIA 800: Consideraciones especiales-auditorías de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos.-

Unknown dijo...

Por: Dmirandapera2015
NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA
NIA 810: ENCARGOS PARA INFORMAR SOBRE ESTADOS FINANCIEROS RESUMIDOS.-

RESUMEN

Aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009


ALCANCE
Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con un encargo para informar sobre unos estados financieros resumidos derivados de unos estados financieros auditados por dicho auditor, de conformidad con las NIA.
Presenta las responsabilidades del auditor relacionadas con un trabajo para dictaminar estados financieros resumidos derivados de los estados financieros auditados.


OBJETIVO
Los objetivos del Auditor son:

• Determinar si es adecuado aceptar el encargo para informar sobre los estados financieros resumidos; y
• si se le contrata para informar sobre unos estados financieros resumidos:
o Formarse una opinión sobre los estados financieros resumidos basada en una evaluación de las conclusiones extraídas de la evidencia de auditoría obtenida;
o expresar claramente dicha opinión en un informe escrito que describa el fundamento de dicha opinión

El auditor debe determinar si es apropiado aceptar el trabajo para dictaminar los estados financieros resumidos. Cuando determine que si realiza el trabajo, el auditor debe formarse una opinión sobre los estados financieros resumidos a través de la evaluación de la evidencia obtenida y presentar el dictamen.

DEFINICIÓN
Criterios aplicados: los criterios aplicados por la dirección para la preparación de los estados financieros resumidos

Estados financieros auditados: estados financieros' auditados por el auditor de conformidad con las NIA, y de los cuales derivan los estados financieros resumidos

Estados financieros resumidos: información financiera histórica derivada de los estados financieros, pero que contiene menos detalle que los estados financieros, aunque todavía supone una presentación estructurada congruente con la presentada en los estados financieros sobre los recursos económicos y las obligaciones de una entidad en un momento determinado o de los cambios habidos en ellos en un periodo de tiempo. Diferentes jurisdicciones pueden utilizar una terminología distinta para describir tal información financiera histórica.

REQUERIMIENTOS

Aceptación del trabajo
El auditor deberá aceptar el trabajo de los estados financieros resumidos cuando sea contratado para auditar también los estados financieros de los cuales se derivan. Cuando va a aceptar el trabajo, el auditor deberá determinar si es adecuada la aplicación de los criterios, obtener el acuerdo con la administración para la conducción de la auditoría reconociendo sus responsabilidades, y dictaminar sobre los estados financieros resumidos.

Naturaleza de los procedimientos
El auditor deberá realizar los procedimientos de auditoría que determine necesarios para la auditoría como: evaluar si los estados financieros resumidos identifican adecuadamente los estados financieros auditados y la información presentada concuerda.

Forma de la opinión
Cuando el auditor ha concluido que puede utiliza una opinión no modificada, deberá expresar que los estados financieros resumidos son consistentes y presentan un resumen razonable de los estados financieros auditados. La fecha del dictamen debe determinarse luego de haber obtenido la suficiente y apropiada evidencia de auditoría sobre la cual soportar su opinión.
En su dictamen el auditor deberá informar si la opinión presentada es calificada, adversa o una abstención de opinión, y las razones para estas opiniones.

Unknown dijo...

Continuación...
Por: Dmirandapera2015
NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA
NIA 810: ENCARGOS PARA INFORMAR SOBRE ESTADOS FINANCIEROS RESUMIDOS.-

Restricción de la distribución o el uso alerta para los lectores sobre la base de contabilidad
Si los estados financieros auditados tienen restricciones sobre su uso o presentan una alerta para los usuarios a cerca que los estados financieros auditados están preparados de acuerdo a un marco de referencia de propósito especial, el auditor debe incluir esta información en su opinión sobre los estados financieros resumidos.

Comparativos
cuando los estados financieros auditados contienen comparativos, pero los estados financieros resumidos no, el auditor debe determinar las implicaciones de esta omisión.

Información complementaria no auditada, presentada con estados financieros resumidos
El auditor debe evaluar si cualquier información complementaria no auditada esta claramente diferenciada de los estados financieros resumidos, si no lo eta el auditor debe solicitar a la administración que cambie la presentación de la información.

Otra información en documentos que contienen estados financieros resumidos
El auditor debe leer otra información contenida en el documento de los estados financieros para identificar cualquier inconsistencia de importancia relativa.

Asociación del auditor
El auditor debe solicitar a la administración que incluya el dictamen del auditor sobre los estados financieros resumidos, si a administración se niega a realizarlo, el auditor debe tomar las medidas apropiadas.


IDEAS IMPORTANTES
• Criterios aplicados
• Estados financieros auditados
• Estados financieros resumidos
• Aceptación del trabajo
• Naturaleza de los procedimientos
• Forma de la opinión
• Restricción de la distribución o el uso alerta para los lectores sobre la base de contabilidad
• Comparativos
• Asociación del auditor


PREGUNTAS
1. ¿Criterios aplicados?
Los criterios aplicados por la dirección para la preparación de los estados financieros resumidos.-


2. ¿Estados financieros auditados?
Estados financieros' auditados por el auditor de conformidad con las NIA, y de los cuales derivan los estados financieros resumidos


3. ¿Estados financieros resumidos?
Información financiera histórica derivada de los estados financieros, pero que contiene menos detalle que los estados financieros, aunque todavía supone una presentación estructurada congruente con la presentada en los estados financieros sobre los recursos económicos y las obligaciones de una entidad en un momento determinado o de los cambios habidos en ellos en un periodo de tiempo.


4. ¿Aceptación del trabajo?
El auditor deberá aceptar el trabajo de los estados financieros resumidos cuando sea contratado para auditar también los estados financieros de los cuales se derivan.


5. ¿Naturaleza de los procedimientos?
El auditor deberá realizar los procedimientos de auditoría que determine necesarios para la auditoría como: evaluar si los estados financieros resumidos identifican adecuadamente los estados financieros auditados y la información presentada concuerda.


REFERENCIAS
NIA 810: Encargos para informar sobre estados financieros resumidos.-

Unknown dijo...

ELABORADO POR: APADILLAPERA2015

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 706
PÁRRAFOS DE ÉNFASIS Y PÁRRAFOS SOBRE OTRAS CUESTIONES EN EL INFORME EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE

RESUMEN

ALCANCE
Trata de las comunicaciones adicionales en el informe de auditoría cuando el auditor lo considere necesario para:
(a) llamar la atención de los usuarios sobre una cuestión o cuestiones presentadas o reveladas en los estados financieros, de tal importancia que sean fundamentales para que los usuarios comprendan los estados financieros; o
(b) llamar la atención de los usuarios sobre cualquier cuestión o cuestiones distintas de las presentadas o reveladas en los estados financieros que sean relevantes para que los usuarios comprendan la auditoría, las responsabilidades del auditor o el informe de auditoría.

OBJETIVO
El objetivo del auditor, una vez formada una opinión sobre los estados financieros, es llamar la atención de los usuarios, cuando a su juicio sea necesario, por medio de una clara comunicación adicional en el informe de auditoría.

PÁRRAFOS DE ÉNFASIS EN EL INFORME DE AUDITORÍA
Si el auditor considera necesario llamar la atención de los usuarios sobre una cuestión presentada o revelada en los estados financieros que, a su juicio, es de tal importancia que resulta fundamental para que los usuarios comprendan los estados financieros, incluirá un párrafo de énfasis en el informe de auditoría, siempre que haya obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada de que la cuestión no se presenta de forma materialmente incorrecta en los estados financieros. Este párrafo se referirá solo a la información que se presenta o se revela en los estados financieros.

PÁRRAFOS SOBRE OTRAS CUESTIONES EN EL INFORME DE AUDITORÍA
Si el auditor considera necesario comunicar una cuestión distinta de las presentadas o reveladas en los estados financieros que, a su juicio, sea relevante para que los usuarios comprendan la auditoría, las responsabilidades del auditor o el informe de auditoría, y disposiciones legales o reglamentarias no lo prohíben, el auditor así lo hará en un párrafo del informe de auditoría, con el título "Párrafo sobre otras cuestiones" u otro título apropiado. El auditor incluirá este párrafo inmediatamente después del párrafo de opinión y, en su caso, del párrafo de énfasis, o en otra parte del informe de auditoría si el contenido del párrafo sobre otras cuestiones se refiere a la sección "Otras responsabilidades de información"

COMUNICACIÓN CON LOS RESPONSABLES DEL GOBIERNO DE LA ENTIDAD
Si el auditor prevé incluir un párrafo de énfasis o un párrafo sobre otras cuestiones en el informe de auditoría, comunicará a los responsables del gobierno de la entidad esta previsión y la redacción propuesta para dicho párrafo.

IDEAS PRINCIPALES
• Circunstancias en las que puede ser necesario un párrafo de énfasis.
• Uso generalizado de los párrafos de énfasis disminuye la eficacia del auditor en la comunicación de este tipo de cuestiones.
• La introducción de un párrafo de énfasis en el informe de auditoría no afecta a la opinión del auditor.

SIGUE...

Unknown dijo...

...VIENE

ELABORADO POR: APADILLAPERA2015

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 706
PÁRRAFOS DE ÉNFASIS Y PÁRRAFOS SOBRE OTRAS CUESTIONES EN EL INFORME EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE

PREGUNTAS
1. ¿Cuál es el contenido del Informe de Auditoría, que el auditor debe comunicar a los usuarios?
a. una cuestión que, aunque esté adecuadamente presentada o revelada en los estados financieros, sea de tal importancia que resulte fundamental para que los usuarios comprendan los estados financieros; o
b. cuando proceda, cualquier otra cuestión que sea relevante para que los usuarios comprendan la auditoría, las responsabilidades del auditor o el informe de auditoría.

2. ¿Defina que es párrafo de énfasis?
Es un párrafo incluido en el informe de auditoría que se refiere a una cuestión presentada o revelada de forma adecuada en los estados financieros y que, a juicio del auditor, es de tal importancia que resulta fundamental para que los usuarios comprendan los estados financieros.

3. ¿Cuál es el procedimiento de inclusión del párrafo de énfasis en el Informe de Auditoría?
a) lo insertará inmediatamente después del párrafo de opinión;
b) utilizará el título “Párrafo de énfasis” u otro título apropiado;
c) incluirá en el párrafo una clara referencia a la cuestión que se resalta y a la ubicación en los estados financieros de la correspondiente información en la que se describe detalladamente dicha cuestión; e
d) indicará que el auditor no expresa una opinión modificada en relación con la cuestión que se resalta.

4. Mencione algunos ejemplos de circunstancias en las que el auditor puede considerar necesario incluir un párrafo de énfasis
• La incertidumbre relacionada con resultados futuros de litigios o acciones administrativas excepcionales.
• Aplicación anticipada (cuando se permita), antes de su fecha de entrada en vigor, de una nueva norma contable (por ejemplo, una nueva Norma Internacional de Información Financiera) que tenga un efecto generalizado sobre los estados financieros.
• Una catástrofe grave que haya tenido, o continúe teniendo, un efecto significativo sobre la situación financiera de la entidad.

5. En que situaciones puede ser necesario un párrafo “sobre otras cuestiones”
 Relevante para que los usuarios comprendan la auditoría
 Relevante para que los usuarios comprendan las responsabilidades del auditor o el informe de auditoría
 Emisión de un informe sobre más de un conjunto de estados financieros
 Restricción a la distribución o utilización del informe de auditoría
REFERENCIA
Normas Internacionales de Auditoría y Control de Calidad. (NIAS VERSIÓN 2013.) Y Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas

Unknown dijo...

ELABORADO POR: APADILLAPERA 2015

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 710
INFORMACIÓN COMPARATIVA: CIFRAS CORRESPONDIENTES A PERIODOS ANTERIORES Y ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS

RESUMEN

ALCANCE
Trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con la información comparativa en una auditoría de estados financieros. La naturaleza de la información comparativa que se presenta en los estados financieros de una entidad depende de los requerimientos del marco de información financiera aplicable.

NATURALEZA DE LA INFORMACIÓN COMPARATIVA
La naturaleza de la información comparativa que se presenta en los estados financieros de una entidad depende de los requerimientos del marco de información financiera aplicable.

OBJETIVOS
a. obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si la información comparativa incluida en los estados financieros se presenta, en todos los aspectos materiales, de conformidad con los requerimientos del marco de información financiera aplicable relativos a la información comparativa; y
b. emitir un informe de conformidad con las responsabilidades del auditor.

REQUERIMIENTOS
PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA
El auditor determinará si los estados financieros incluyen la información comparativa requerida por el marco de información financiera aplicable y si dicha información está adecuadamente clasificada. A estos efectos, el auditor evaluará si:

a) la información comparativa concuerda con los importes y otra información presentada en el periodo anterior o, cuando proceda, si ha sido re expresada; y
b) las políticas contables reflejadas en la información comparativa son congruentes con las aplicadas en el periodo actual o, en el caso de haberse producido cambios en las políticas contables, si dichos cambios han sido debidamente tenidos en cuenta y adecuadamente presentados y revelados.

ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS
Cuando se presentan estad os financieros comparativos, la opinión del auditor se referirá a cada periodo para el que se presentan estados financieros y sobre el que se expresa una opinión de auditoría.

IDEAS PRINCIPALES
 Información comparativa
 Cifras correspondientes a periodos anteriores
 Informe de auditoría
 Estados financieros del periodo anterior auditados por un auditor predecesor
 Estados financieros del periodo anterior no auditados

Unknown dijo...

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ELABORADO POR: APADILLAPERA 2015

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 710
INFORMACIÓN COMPARATIVA: CIFRAS CORRESPONDIENTES A PERIODOS ANTERIORES Y ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS

PREGUNTAS
1. ¿Cuáles son los enfoques generales diferentes de las responsabilidades del auditor de dar cuenta de dicha información comparativa?
Cifras correspondientes a periodos anteriores y estados financieros comparativos.

2. Mencione las diferencias esenciales entre dichos enfoques en el informe de auditoría.
a) en el caso de cifras correspondientes a periodos anteriores, la opinión del auditor sobre los estados financieros se refiere únicamente al periodo actual; mientras que
b) en el caso de estados financieros comparativos, la opinión del auditor se refiere a cada periodo para el que se presentan estados financieros.

3. Defina los estados financieros comparativos:
Información comparativa consistente en importes e información a revelar del periodo anterior que se incluyen a efectos de comparación con los estados financieros del periodo actual, y a los que, si han sido auditados, el auditor hará referencia en su opinión. El grado de información de estos estados financieros comparativos es equiparable al de los estados financieros del periodo actual.

4. ¿Qué procedimientos debe llevar a cabo el auditor detecta una posible incorrección material en la información comparativa, mientras realiza la auditoría del periodo actual?
Aplicará los procedimientos de auditoría adicionales que sean necesarios dependiendo de las circunstancias con el fin de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para determinar si existe una incorrección material.

5. ¿Cuál es el nombre del párrafo que el auditor señalará en un párrafo sobre otras cuestiones del informe de auditoría?
a. que los estados financieros del periodo anterior fueron auditados por el auditor predecesor;
b. el tipo de opinión expresada por el auditor predecesor y, si era una opinión modificada, las razones que lo motivaron; y
c. la fecha de dicho informe.

REFERENCIA
Normas Internacionales de Auditoría y Control de Calidad. (NIAS VERSIÓN 2013.)

Unknown dijo...

ELABORADO POR: APADILLAPERA 2015

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 720
RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR CON RESPECTO A OTRA INFORMACIÓN INCLUIDA EN LOS DOCUMENTOS QUE CONTIENEN LOS ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS.

RESUMEN

ALCANCE
Trata de las responsabilidades que tiene el auditor con respecto a otra información incluida en documentos que contienen estados financieros auditados y el correspondiente informe de auditoría. En ausencia de requerimientos específicos en las circunstancias concretas de un encargo, la opinión del auditor no cubre la otra información y el auditor no tiene la responsabilidad específica de determinar si la otra información se presenta correctamente o no.

OBJETIVOS
El objetivo del auditor es responder adecuadamente cuando los documentos que contienen los estados financieros auditados y el correspondiente informe de auditoría incluyen otra información que pueda menoscabar la credibilidad de los estados financieros y del informe de auditoría.

REQUERIMIENTOS
EXAMEN DE OTRA INFORMACIÓN
El auditor examinará la otra información con el fin de identificar incongruencias materiales, si las hubiera, con los estados financieros auditados. El auditor dispondrá lo necesario con la dirección o con los responsables del gobierno de la entidad para obtener la otra información antes de la fecha del informe de auditoría.

Si no fuera posible obtener toda la otra información antes de la fecha del informe de auditoría, el auditor examinará ésta tan pronto como sea factible.

Si es necesaria la modificación de la otra información y la dirección rehúsa hacerlo, el auditor comunicará dicha cuestión a los responsables del gobierno de la entidad, salvo que todos ellos participen en la dirección de la entidad; e
a. Incluirá en el informe de auditoría un párrafo sobre "Otras cuestiones" que describa la incongruencia material, de conformidad con la NIA 706
b. retendrá el informe de auditoría; o
c. renunciará al encargo, si las disposiciones legales o reglamentarias aplicables así lo permiten.

IDEAS IMPORTANTES
 Incongruencia
 Incongruencias materiales
 Incorrecciones materiales en la descripción de un hecho

SIGUE...

Unknown dijo...

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ELABORADO POR: APADILLAPERA 2015

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 720
RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR CON RESPECTO A OTRA INFORMACIÓN INCLUIDA EN LOS DOCUMENTOS QUE CONTIENEN LOS ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS.

PREGUNTAS

1. Defina Incorrección en la descripción de un hecho.
Otra información no relacionada con cuestiones que aparecen en los estados financieros auditados, que esté incorrectamente expresada o presentada. Las incorrecciones materiales en la descripción de un hecho pueden menoscabar la credibilidad del documento que contiene los estados financieros auditados

2. Mencione las responsabilidades adicionales, derivadas de requerimientos legales o reglamentarios, en relación con otra información.
El auditor puede tener responsabilidades adicionales, derivadas de requerimientos legales o reglamentarios, en relación con la otra información, que queden fuera del alcance de esta NIA. Por ejemplo, algunas jurisdicciones pueden requerir que el auditor aplique procedimientos específicos a una parte de la otra información, tal como datos adicionales obligatorios, o que exprese una opinión sobre la fiabilidad de los indicadores de resultado descritos en la otra información.
3. Cuáles son las consideraciones específicas para entidades de pequeña dimensión.
Salvo que así lo requieran disposiciones legales o reglamentarias, es menos probable que las entidades de pequeña dimensión publiquen documentos que contengan estados financieros auditados. Sin embargo, un ejemplo de este tipo de documento sería un informe complementario de los responsables del gobierno de la entidad requerido por la normativa.
Ejemplos de otra información que puede incluirse en un documento que contiene los estados financieros auditados de una entidad de pequeña dimensión son un estado de resultados detallado y un informe de gestión.

4. Que comprende “Otra Información”
Otra información puede comprender, por ejemplo:
 Un informe de la dirección o de los responsables del gobierno de la entidad sobre las operaciones.
 Resúmenes financieros o datos financieros destacables.
 Datos sobre la plantilla.
 Inversión
 es de capital previstas.
 Ratios financieros.
 Nombres de los directivos y de los administradores.
 Determinados datos trimestrales.

5. ¿Cuáles son las medidas adicionales adecuadas que el auditor, puede poner en cuenta cuando concluya que existe una incorrección material en la descripción de un hecho que la dirección rehúsa corregir?
El auditor podrá obtener asesoramiento jurídico

REFERENCIA
Normas Internacionales de Auditoría y Control de Calidad. (NIAS VERSIÓN 2013.)

Unknown dijo...

ELABORADO POR: APADILLAPERA 2015

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 800
EL DICTAMEN DEL AUDITOR SOBRE COMPROMISOS DE AUDITORÍA CON PROPÓSITO ESPECIAL

RESUMEN

El auditor al aplicar las normas internacionales de auditoría, debe tener en cuenta las consideraciones especiales en una auditoria de estados financieros preparados de acuerdo a un marco de referencia de propósito especial. Consideraciones importantes para la aceptación del trabajo, la planeación y ejecución de la auditoria, y la formación de una opinión y presentación del dictamen de los estados financieros.

REQUISITOS
Consideraciones al aceptar el trabajo: Para la aceptar el trabajo el auditor debe obtener un entendimiento del propósito para el que están preparados los estados financieros, usuarios previstos y las medidas tomadas por la administración para determinar que el marco de referencia de propósito especial está acorde a las circunstancias.

Consideraciones al planear y realizar la auditoria: Cuando el auditor va a planear y realizar la auditoria de estados financieros de acuerdo a un marco de referencia de propósito especial, debe determinar si la aplicación de las normas internacionales requieren consideraciones especiales de acuerdo a las circunstancias en que se desarrolla el trabajo. Por esta razón el auditor debe entender cualquier interpretación importante referente a contratos que la administración haya considerado para para la elaboración de los estados financieros.

Opinión y consideraciones del dictamen: Para la formación de su opinión y dictaminar sobre los estados financieros, el auditor debe tener en cuenta la norma internacional de auditoría 700, la cual establece que el auditor debe evaluar si los estados financieros describen apropiadamente el marco de referencia de información financiera aplicable, y en el caso de los estados preparados de acuerdo con las disposiciones de un contrato, deben incluirse las interpretaciones importantes del mismo.


IDEAS IMPORTANTES
 Naturaleza, oportunidad y alcance del trabajo
 Propósito especial del auditor

SIGUE...

Unknown dijo...

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ELABORADO POR: APADILLAPERA 2015

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 800
EL DICTAMEN DEL AUDITOR SOBRE COMPROMISOS DE AUDITORÍA CON PROPÓSITO ESPECIAL

PREGUNTAS
1. ¿Cuáles son los elementos básicos que debe contener el informe sobre estados financieros?
-Titulo
 Destinatarios
 Un párrafo de entrada o introductorio
 Identificación de la Información Financiera
 Declaración de la responsabilidad de la administración de la entidad y de la responsabilidad del auditor
 Un párrafo de alcance
 Un párrafo de opinión, que contenga una expresión de opinión sobre la información de opinión de la información financiera
 La fecha del dictamen
 La dirección del auditor
 La firma del auditor

2. ¿Qué consideraciones deberá tener el auditor cuando se le solicite que dictamine en un formato prescrito?
El auditor deberá considerar la substancia y texto del dictamen prescrito y, cuando sea necesario, deberá hacer los cambios apropiados para conformarlo a los requerimientos de la NIA, ya sea referenseando la forma o anexando un dictamen separado.

3. Mencione que otros marcos conceptuales integrales para informes financieros podrá incluir
- El que usa la entidad para preparar su declaración de impuestos
- La base de contabilización sobre las entradas y salidas de efectivo
-Las reglas de una dependencia gubernamental reglamentados para informes.

4. ¿Que deberá de incluir el dictamen del auditor sobre los estados financieros preparados de acuerdo con otra base integral de contabilización utilizada?
Debería incluir referirse a la nota a los estados financieros que da dicha información. La opinión debería declarar si los estados financieros están preparados, respecto de todo lo importante, de acuerdo con la base identificada de contabilización.

5. Proporcione un ejemplo en el que el auditor considerará el concepto de importancia relativa, en relación con el componente de los estados financieros.
Ejemplo: Un saldo de una cuenta particular proporciona una base más pequeña contra la cual medir la importancia relativa comparado con los estados financieros, el auditor no podrá a veces considerar el sujeto de auditoría en forma aislada y necesitará examinar otra cierta información financiera.

REFERENCIA
Normas Internacionales de Auditoría y Control de Calidad. (NIAS VERSIÓN 2013.)

Unknown dijo...

ELABORADO POR: APADILLAPERA2015
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 810

RESUMEN

ALCANCE
Trata sobre las responsabilidades del auditor relacionadas con un trabajo para dictaminar estados financieros resumidos derivados de los estados financieros auditados, de acuerdo con las NIA, por ese mismo auditor.

OBJETIVOS
a) Determinar si es apropiado aceptar el trabajo para dictaminar los estados financieros resumidos; y
b) Si se está trabajando para dictaminar sobre los estados financieros resumidos:
(i) Formarse una opinión sobre los estados financieros resumidos con base en una evaluación de las conclusiones sacadas de la evidencia obtenida; y
(ii) Expresar claramente esa opinión a través de un dictamen por escrito que también describa la base para esa opinión.

NATURALEZA DE LOS PROCEDIMIENTOS
El auditor deberá realizar los siguientes procedimientos, y cualquier otro procedimiento que considere necesario, como base para la opinión del auditor sobre los estados financieros resumidos:
a) Evaluar si los estados financieros resumidos revelan adecuadamente su naturaleza resumida e identificar los estados financieros auditados.
b) Cuando los estados financieros resumidos no están acompañados por los estados financieros auditados, evaluar si describen claramente.
De quién o de dónde están disponibles los estados financieros auditados; o
b) Cuando los estados financieros resumidos no están acompañados por los estados financieros auditados, evaluar si describen claramente:
2. La legislación o normatividad que específica que los estados financieros auditados no necesitan ponerse a disposición de los usuarios específicos de los estados financieros resumidos y establece los criterios para la preparación de los estados financieros resumidos.
c) Evaluar si los estados financieros resumidos revelan adecuadamente los criterios aplicados.


REQUERIMIENTOS
El auditor deberá aceptar un trabajo para dictaminar sobre estados financieros resumidos sólo cuando haya sido contratado para conducir, de acuerdo con las NIA, una auditoría de los estados financieros de los que se derivan los estados financieros resumidos.


IDEAS PRINCIPALES
 Estados financieros auditados
 Estados financieros resumidos

SIGUE...

Unknown dijo...

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ELABORADO POR: APADILLAPERA2015
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 810
ENCARGOS PARA INFORMAR SOBRE ESTADOS FINANCIEROS RESUMIDOS

PREGUNTAS
1. Explique a que se refiere el término “criterios aplicados”
Son los criterios aplicados por la administración en la preparación de los estados financieros resumidos

2. Mencione cuales son los requisitos de aceptación del trabajo de auditoria
a. Determinar si los criterios aplicados son aceptables
b. Obtener el acuerdo de la administración de que reconoce y entiende su responsabilidad
c. Acordar con la administración la forma de la opinión que se expresará sobre los estados financieros resumidos

3. Que frases utilizara el auditor, cuando ha concluido que el auditor ha concluido que es apropiada una opinión no modificada sobre los estados financieros resumidos, la opinión del auditor deberá, a menos que la legislación o normatividad estipule otra cosa

a) Los estados financieros resumidos son consistentes, respecto de todo lo importante, con los estados financieros auditados, de acuerdo con [los criterios aplicados]; o
b) Los estados financieros resumidos son un resumen razonable de los estados financieros auditados, de acuerdo con [los criterios aplicados]

4. Cuáles son los requisitos del Dictamen del auditor sobre los estados financieros resumidos
a) Un título que indique claramente que es el dictamen de un auditor independiente
b) Un destinatario
c) Un párrafo de introducción
d) Una descripción de la responsabilidad de la administración por los estados financieros resumidos, donde se explique que la administración es responsable de la preparación de los estados financieros resumidos de acuerdo con los criterios aplicados.

5. ¡En qué momento se emitirá una opinión modificada sobre los estados financieros resumidos?
Si los estados financieros resumidos no son consistentes, respecto de todo lo importante, con o no son un resumen razonable de los estados financieros auditados, de acuerdo con los criterios aplicados, y la administración no acepta realizar los cambios necesarios, el auditor deberá expresar una opinión adversa sobre los estados financieros resumidos.

REFERENCIA
Normas Internacionales de Auditoría y Control de Calidad. (NIAS VERSIÓN 2013.)

Unknown dijo...

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 706
PÁRRAFOS DE ÉNFASIS Y PÁRRAFOS SOBRE OTRAS CUESTIONES EN EL INFORME EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE
Esta Norma Internacional de Auditoría 706, trata de las comunicaciones adicionales en el informe de auditoría cuando el auditor lo considere necesario para:
a) llamar la atención de los usuarios sobre una cuestión o cuestiones presentadas o reveladas en los estados financieros, de tal importancia que sean fundamentales para que los usuarios comprendan los estados financieros; o
b) llamar la atención de los usuarios sobre cualquier cuestión o cuestiones distintas de las presentadas o reveladas en los estados financieros que sean relevantes para que los usuarios comprendan la auditoría, las responsabilidades del auditor o el informe de auditoría.
Párrafos de énfasis en el informe de auditoría
Si el auditor considera necesario llamar la atención de los usuarios sobre una cuestión presentada o revelada en los estados financieros que, a su juicio, es de tal importancia que resulta fundamental para que los usuarios comprendan los estados financieros, incluirá un párrafo de énfasis en el informe de auditoría, siempre que haya obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada de que la cuestión no se presenta de forma materialmente incorrecta en los estados financieros.
Párrafos sobre otras cuestiones en el informe de auditoría
Si el auditor considera necesario comunicar una cuestión distinta de las presentadas o reveladas en los estados financieros que, a su juicio, sea relevante para que los usuarios comprendan la auditoría, las responsabilidades del auditor o el informe de auditoría, y disposiciones legales o reglamentarias no lo prohíben, el auditor así lo hará en un párrafo del informe de auditoría.

ASPECTOS IMPORTANTES
• Párrafos de énfasis en el informe de auditoría.
• Párrafos sobre otras cuestiones en el informe de auditoría.
• Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad.

PREGUNTAS NIA 706
1. ¿Qué es lo que trata la Norma Internacional de Auditoría 706?
Trata de las comunicaciones adicionales en el informe de auditoría cuando el auditor lo considere necesario.
2. ¿Cuándo incluirá un párrafo de énfasis el auditor en el informe de auditoría, según la Norma Internacional de Auditoría 706?
Siempre que haya obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada de que la cuestión no se presenta de forma materialmente incorrecta en los estados financieros.
3. ¿A qué se referirá el párrafo de énfasis según la Norma Internacional de Auditoría 706?
Se referirá solo a la información que se presenta o se revela en los estados financieros.
4. ¿Qué sucederá si el auditor considera necesario comunicar una cuestión distinta de las presentadas o reveladas en los estados financieros, según la Norma Internacional de Auditoría 706?
El auditor hará un párrafo del informe de auditoría, con el título “Párrafo sobre otras cuestiones” u otro título apropiado.
5. ¿Qué hará el auditor si el prevé incluir un párrafo de énfasis o un párrafo sobre otras cuestiones en el informe de auditoría, Según la Norma Internacional de Auditoría 706?
Comunicará a los responsables del gobierno de la entidad esta previsión y la redacción propuesta para dicho párrafo.
Referencia
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 706
PÁRRAFOS DE ÉNFASIS Y PÁRRAFOS SOBRE OTRAS CUESTIONES EN EL INFORME EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE

Unknown dijo...

ELABORADO: PHERNANDEZPERA2015

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 710
INFORMACIÓN COMPARATIVA-CIFRAS CORRESPONDIENTES DE PERIODOS ANTERIORES Y ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS
Esta NIA trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con la información comparativa en una auditoría de estados financieros.
La naturaleza de la información comparativa que se presenta en los estados financieros de una entidad depende de los requerimientos del marco de información financiera aplicable. Existen dos enfoques generales diferentes de las responsabilidades del auditor de dar cuenta de dicha información comparativa: cifras correspondientes de periodos anteriores y estados financieros comparativos.
Procedimientos de auditoría
El auditor determinará si los estados financieros incluyen la información comparativa requerida por el marco de información financiera aplicable y si dicha información está adecuadamente clasificada.
Si el auditor detecta una posible incorrección material en la información comparativa mientras realiza la auditoría del periodo actual, aplicará los procedimientos de auditoría adicionales que sean necesarios dependiendo de las circunstancias con el fin de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para determinar si existe una incorrección material.
Informe de auditoría
Si el auditor obtiene evidencia de auditoría de que existe una incorrección material en los estados financieros del periodo anterior, sobre los que se emitió, previamente, una opinión no modificada, y las cifras correspondientes de periodos anteriores no han sido correctamente reexpresadas o no se ha revelado la información adecuada, el auditor expresará una opinión con salvedades o una opinión desfavorable en el informe de auditoría sobre los estados financieros del periodo actual, esto es, una opinión modificada con respecto a las cifras correspondientes de periodos anteriores incluidas en dichos estados financieros.
Estados financieros del periodo anterior auditados por un auditor predecesor
Si los estados financieros del periodo anterior fueron auditados por un auditor predecesor, las disposiciones legales o reglamentarias no prohíben al auditor referirse al informe de auditoría del auditor predecesor en lo que respecta a las cifras correspondientes de periodos anteriores y el auditor decide hacerlo, señalará en un párrafo sobre otras cuestiones del informe de auditoría:
a) que los estados financieros del periodo anterior fueron auditados por el auditor predecesor;
b) el tipo de opinión expresada por el auditor predecesor y, si era una opinión modificada, las razones que lo motivaron; y
c) la fecha de dicho informe
Si los estados financieros del periodo anterior no fueron auditados, el auditor manifestará en un párrafo sobre otras cuestiones del informe de auditoría que las cifras correspondientes de periodos anteriores no han sido auditadas.
Estados financieros comparativos
Cuando se presentan-estados financieros comparativos, la opinión del auditor se referirá a cada periodo para el que se presentan estados financieros y sobre el que se expresa una opinión de auditoría.
Estados financieros del periodo anterior no auditados
Si los estados financieros del periodo anterior no fueron auditados, el auditor manifestará en un párrafo sobre' otras cuestiones que los estados financieros comparativos no han sido auditados. Sin embargo, dicha declaración no exime al auditor del requerimiento de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada de que los saldos de apertura no contienen incorrecciones que afecten de forma material a los estados financieros del periodo actual.

Unknown dijo...

ASPECTOS IMPORTANTES
• Naturaleza de la información comparativa.
• Procedimientos de auditoría.
• Informe de auditoría.
PREGUNTAS NIA 710
1. ¿Qué es lo que trata la Norma Internacional de Auditoría 710?
Trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con la información comparativa en una auditoría de estados financieros. Si los estados financieros del periodo anterior fueron auditados por un auditor predecesor o no fueron auditados, los requerimientos y las orientaciones de la NIA 510, con respecto a los saldos de apertura también son de aplicación.
2. ¿De qué depende la naturaleza de la información comparativa que se presenta en los estados financieros de una entidad, según la Norma Internacional de Auditoría 710?
Depende de los requerimientos del marco de información financiera aplicable.
3. ¿Cuáles son los dos enfoques generales diferentes de las responsabilidades del auditor de dar cuenta de dicha información comparativa, según Norma Internacional de Auditoría 710?
Cifras correspondientes de periodos anteriores y estados financieros comparativos.
4. ¿Por qué viene establecido el enfoque que se adoptara, según la Norma Internacional de Auditoría 710?
Viene establecido por las disposiciones legales o reglamentarias, pero también puede especificarse en los términos del encargo.
Referencia
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 710
INFORMACIÓN COMPARATIVA-CIFRAS CORRESPONDIENTES DE PERIODOS ANTERIORES Y ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS




Unknown dijo...

ELABORADO: PHERNANDEZPERA2015
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 720
RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR CON RESPECTO A OTRA INFORMACIÓN INCLUIDA EN LOS DOCUMENTOS QUE CONTIENEN LOS ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Esta NIA trata de las responsabilidades que tiene el auditor con respecto a otra información incluida en documentos que contienen estados financieros auditados y el correspondiente informe de auditoría. En ausencia de requerimientos específicos en las circunstancias concretas de un encargo, la opinión del auditor no cubre la otra información y el auditor no tiene la responsabilidad específica de determinar si la otra información se presenta correctamente o no.
Examen de otra información
El auditor examinará la otra información con el fin de identificar incongruencias materiales, si las hubiera, con los estados financieros auditados. El auditor dispondrá lo necesario con la dirección o con los responsables del gobierno de la entidad para obtener la otra información antes de la fecha del informe de auditoría. Si no fuera posible obtener toda la otra información antes de la fecha del informe de auditoría, el auditor examinará ésta tan pronto como sea factible.
Incongruencias materiales
Si, en su examen de la otra información; el auditor identifica una incongruencia material, determinará si es necesario modificar los estados financieros auditados o la otra información.
Si es necesaria la modificación de los estados financieros auditados y la dirección rehúsa hacerlo, el auditor expresará una opinión modificada en el informe de auditoría de conformidad con la NIA 705.
Incorrecciones materiales en la descripción de un hecho
Si, como resultado del examen de la otra información a efectos de identificar incongruencias materiales, el <auditor detecta una manifiesta incorrección material en la descripción de un hecho, discutirá la cuestión con la dirección.
Si, después de dicha discusión, el auditor aún considera que existe una aparente incorrección material en la descripción de un hecho, solicitará a la dirección que consulte a un tercero cualificado, tal como el asesor jurídico de la entidad, y tomará en consideración el asesoramiento recibido.
Si el auditor concluye que en la otra información existe una incorrección material en la descripción de un hecho, que la dirección rehúsa corregir, el auditor notificará sus reservas en relación con la otra información a los responsables del gobierno de la entidad, salvo que todos ellos participen en la dirección de la entidad, y adoptará cualquier medida adicional que considere adecuada.
ASPECTOS IMPORTANTES
• Examen de otra información.
• Incongruencias materiales.
• Incorrecciones materiales en la descripción de un hecho.
PREGUNTAS SECCION 720
1. ¿Con que fin examinara el auditor otra información, según la Norma Internacional de Auditoría 720?
Información con el fin de identificar incongruencias materiales, si las hubiera, con los estados financieros auditados.
2. ¿Con quién dispondrá lo necesario el auditor para obtener la otra información, según la Norma Internacional de Auditoría 720?
Dispondrá lo necesario con la dirección o con los responsables del gobierno de la entidad para obtener la otra información antes de la fecha del informe de auditoría.
3. ¿Qué determinara el auditor si, en su examen de la otra información; identifica una incongruencia material, según la Norma Internacional de Auditoría 720?
Determinará si es necesario modificar los estados financieros auditados o la otra información
Referencias
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 720
RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR CON RESPECTO A OTRA INFORMACIÓN INCLUIDA EN LOS DOCUMENTOS QUE CONTIENEN LOS ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS









Unknown dijo...

PHERNANDEZPERA2015

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 800
CONSIDERACIONES ESPECIALES-AUDITORÍAS DE ESTADOS FINANCIEROS PREPARADOS DE CONFORMIDAD CON UN MARCO DE INFORMACIÓN CON FINES ESPECÍFICOS

La presente NIA está redactada en el contexto de un conjunto completo de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos. La NIA 805 trata de las consideraciones especiales aplicables en una auditoría de un solo estado financiero o de un elemento, cuenta o partida específicos de un estado financiero. Esta NIA no invalida los requerimientos de las demás NIA, ni pretende tratar todas las consideraciones especiales que puedan ser aplicables en las circunstancias del encargo.
Consideraciones para la aceptación del encargo
En una auditoría de estados financieros con fines específicos, el auditor obtendrá conocimiento de:
a) La finalidad para la cual se han preparado los estados financieros;
b) los usuarios a quienes se destina el informe; y
c) las medidas tomadas por la dirección para determinar que el marco de información financiera aplicable es aceptable en las circunstancias.
Consideraciones para la planificación y realización de la auditoría
La NIA 200 requiere que el auditor cumpla todas las NIA aplicables a la auditoría. En la planificación y en la realización de una auditoría de estados financieros con fines específicos, el auditor determinará si la aplicación de las NIA requiere consideraciones especiales teniendo en cuenta las circunstancias del encargo.

Consideraciones relativas a la formación de la opinión y al informe
Para formarse una opinión y emitir el informe de auditoría sobre unos estados financieros con fines específicos, el auditor aplicará los requerimientos de la NIA 700.

Descripción del marco de información financiera aplicable
La NIA 700 requiere que el auditor evalúe si los estados financieros describen o hacen referencia adecuadamente al marco de información financiera aplicable. En el caso de estados financieros preparados de conformidad con las disposiciones de un contrato, el auditor evaluará si los estados financieros describen adecuadamente cualquier interpretación significativa del contrato sobre el que se basan los estados financieros.

Advertencia a los lectores de que fas estados financieros han sido preparados de conformidad con un marco de información confines específicas
El informe de auditoría sobre unos estados financieros con fines específicos incluirá un párrafo de énfasis para advertir a los usuarios del informe de auditoría de que los estados financieros se han preparado de conformidad con un marco de información con fines específicos y de que, en consecuencia, pueden no ser adecuados para otros fines. El auditor incluirá dicho párrafo con un título adecuado.

ASPECTOS IMPORTANTES
• Consideraciones para la aceptación del encargo.
• Consideraciones para la planificación y realización de la auditoría.
• Consideraciones relativas a la formación de fa opinión y al informe.

Unknown dijo...

PREGUNTAS NIA 800
1. ¿Qué trata la Norma Internacional de Auditoría 800?
La presente NIA está redactada en el contexto de un conjunto completo de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos.
2. ¿Sobre qué tendrá conocimientos el auditor, según la Norma Internacional de Auditoría 800?
La finalidad para la cual se han preparado los estados financieros; los usuarios a quienes se destina el informe; y las medidas tomadas por la dirección para determinar que el marco de información financiera aplicable es aceptable en las circunstancias.

3. ¿De que obtendrá conocimientos el auditor en el caso o de unos estados financieros preparados en cumplimiento de las disposiciones de un contrato, según la Norma Internacional de Auditoría 800?
El auditor obtendrá conocimiento de cualquier interpretación significativa del contrato que haya realizado la dirección para la preparación de dichos estados financieros.
4. ¿Cuándo es significativa una interpretación, según la Norma Internacional de Auditoría 800?
Una interpretación es significativa cuando la adopción de otra interpretación razonable hubiera producido una diferencia material en la información presentada en los estados financieros.
5. ¿Qué hará el auditor para formarse una opinión y emitir el informe de auditoría sobre unos estados financieros con fines específicos, según la Norma Internacional de Auditoría 800?
El auditor aplicará los requerimientos de la NIA 700.
Referencias

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 800
CONSIDERACIONES ESPECIALES-AUDITORÍAS DE ESTADOS FINANCIEROS PREPARADOS DE CONFORMIDAD CON UN MARCO DE INFORMACIÓN CON FINES ESPECÍFICOS




Unknown dijo...

ELABORADO: PHERNANDEZPERA2015


NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 810
ENCARGOS PARA INFORMAR SOBRE ESTADOS FINANCIEROS RESUMIDOS
Esta Norma Internacional de Auditoría 810, trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con un encargo para informar sobre unos estados financieros resumidos derivados de unos estados financieros auditados por dicho auditor, de conformidad con las NIA.
Aceptación del encargo
El auditor únicamente aceptará un encargo para informar sobre unos estados financieros resumidos, de conformidad con esta NIA, cuando haya sido contratado para realizar la auditoría de los estados financieros de los que se deriven los estados financieros resumidos, de conformidad con las NIA.

Un encargo realizado de acuerdo con dichas disposiciones no es conforme con esta NIA. En consecuencia, el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos no indicará que el encargo se realizó de conformidad con esta NIA. El auditor incluirá una referencia adecuada a este hecho en los términos del encargo. El auditor determinará también el efecto que esto pueda tener sobre el encargo para auditar los estados financieros de los que se derivan los estados financieros resumidos.
Naturaleza de los procedimientos
El auditor realizará los procedimientos del apartado 8, así como cualquier otro que pueda considerar necesario, como base para su opinión sobre los estados financieros resumidos.

Forma de la opinión
Cuando el auditor concluya que es adecuada una opinión no modificada sobre los estados financieros resumidos, siempre que las disposiciones legales o reglamentarias no establezcan otra cosa, utilizará alguna de las frases que se indican a continuación:
a) Los estados financieros resumidos son congruentes, en todos los aspectos materiales, con los estados financieros auditados, de conformidad con (los criterios aplicados); o
b) los estados financieros resumidos son un resumen fiel de los estados financieros auditados, de conformidad con (los criterios aplicados).

Si, en el caso del apartado 10(b), el auditor concluye que una explicación adicional en el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos no puede mitigar un posible malentendido, el auditor no aceptará el encargo, salvo que las disposiciones legales o reglamentarias se lo requieran. Un encargo realizado de acuerdo con dichas disposiciones no cumple esta NIA. En consecuencia, el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos no indicará que el encargo se realizó de conformidad con esta NIA.

Momento de realización del trabajo y hechos posteriores a la fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros auditados
El informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos puede estar fechado con posterioridad a la fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros auditados. En este caso, el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos pondrá de manifiesto que los estados financieros resumidos y los estados financieros auditados no reflejan los efectos de los hechos que hayan ocurrido con posterioridad a la fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros auditados que pudieran requerir un ajuste de los estados financieros auditados o revelar información en ellos.

Unknown dijo...

Informe de auditoría sobre estados financieros resumidos
Elementos del informe de auditoría
a) Un título que indique claramente que se trata de un informe de un auditor independiente.
b) Un destinatario.
c) Un apartado introductorio con lo contenido en el párrafo 14 literal (c).
d) Una descripción de la responsabilidad de la dirección,' en relación con los estados financieros resumidos, que explique que la dirección" es responsable de la preparación de los estados financieros resumidos de conformidad con los criterios aplicables.
e) Una afirmación de que el auditor es responsable de expresar una opinión sobre los estados financieros resumidos sobre la base de los procedimientos requeridos en esta NIA.
f) Un párrafo en el que se exprese claramente una opinión.
g) La firma del auditor.
h) La fecha del informe de auditoría.
i) La dirección del auditor.
Si el destinatario de los estados financieros resumidos no es el mismo que el destinatario del informe de auditoría sobre los estados financieros auditados, el auditor evaluará si es adecuado que existan diferentes destinatarios.
El auditor no fechará el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos con anterioridad a:
a) La fecha en la que el -auditor haya -obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada en la que basar la opinión; incluida la evidencia de que los estados financieros resumidos han sido preparados y de que las personas con la autoridad reconocida han manifestado que asumen la responsabilidad de dichos estados financieros; y
b) la fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros auditados.
Opinión modificada, párrafo de énfasis o párrafo sobre otras cuestiones en el informe de auditoría sobre los estados financieros auditados
Cuando el informe de auditoría sobre los estados financieros auditados contiene una opinión con salvedades, un párrafo de énfasis o un párrafo sobre otras cuestiones y el auditor se ha satisfecho de que los estados financieros resumidos son congruentes, en todos los' aspectos materiales con los estados financieros auditados, o son un resumen fiel de estos, de conformidad con los criterios aplicados, el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos, además de los elementos mencionados en el apartado 14:
a) Pondrá de manifiesto que el informe' de auditoría sobre los estados financieros auditados contienen una opinión con salvedades, un párrafo de énfasis o un párrafo sobre otras cuestiones; y
b) describirá:
i. El fundamento de la opinión con salvedades sobre los estados financieros auditados y dicha opinión con salvedades; o el párrafo de énfasis o párrafo sobre otras-cuestiones en el informe de auditoría sobre los estados financieros auditados; y
ii. su efecto sobre los estados financieros resumidos.

Opinión modificada sobre los estados financieros resumidos
Si los estados financieros resumidos no son congruentes, en todos los aspectos materiales, con los estados financieros auditados o no constituyen un resumen fiel de estos, de conformidad con los criterios aplicados, y si la dirección rehúsa realizar los cambios necesarios, el auditor expresará una opinión desfavorable sobre los estados financieros resumidos.
Restricción a la distribución o a la utilización o advertencia a los lectores sobre la base contable
Cuando esté restringida la distribución o el uso del informe de auditoría sobre los estados financieros auditados, o cuando el informe de auditoría sobre los estados financieros auditados advierta a los lectores de que estos han sido preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos, el auditor incluirá una restricción o una advertencia similar en el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos.

Unknown dijo...

Opinión modificada sobre los estados financieros resumidos
Si los estados financieros resumidos no son congruentes, en todos los aspectos materiales, con los estados financieros auditados o no constituyen un resumen fiel de estos, de conformidad con los criterios aplicados, y si la dirección rehúsa realizar los cambios necesarios, el auditor expresará una opinión desfavorable sobre los estados financieros resumidos.
Restricción a la distribución o a la utilización o advertencia a los lectores sobre la base contable
Cuando esté restringida la distribución o el uso del informe de auditoría sobre los estados financieros auditados, o cuando el informe de auditoría sobre los estados financieros auditados advierta a los lectores de que estos han sido preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos, el auditor incluirá una restricción o una advertencia similar en el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos.
Información comparativa
Si los estados financieros auditados contienen información comparativa y los estados financieros resumidos no, el auditor determinará si dicha omisión es razonable teniendo en cuenta las circunstancias del encargo. El auditor determinará el efecto, en el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos, de una omisión que no sea razonable.
Información adicional no auditada presentada junto con los estados financieros resumidos
El auditor evaluará si cualquier información adicional no auditada que se presente junto con los estados financieros resumidos se distingue claramente de dichos estados financieros. Si el auditor concluye que la forma en que la entidad presenta la información adicional no auditada no se distingue claramente de los estados financieros resumidos, solicitará a la dirección que modifique la presentación de la información adicional no auditada. Si la dirección se niega a hacerlo, el auditor explicará, en el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos, que dicha información no está cubierta por dicho informe.
Otra información en documentos que contienen estados financieros resumidos
El auditor examinará la otra información incluida en un documento que contenga los estados financieros resumidos y el correspondiente informe de auditoría, con el fin de identificar, si las hubiera, incongruencias materiales con los estados financieros resumidos. Si, al examinar la otra información, el auditor identifica una incongruencia material, determinará si deben ser revisados los estados financieros resumidos o la otra información. Si, al examinar la otra información, el auditor detecta una aparente incorrección material en la descripción de un hecho, el auditor discutirá la cuestión con la dirección.
Asociación del auditor
Si el auditor tiene conocimiento de que la entidad prevé mencionar que el auditor ha emitido un informe sobre unos estados financieros resumidos en un documento que contiene dichos estados financieros resumidos, pero no tiene previsto incluir el correspondiente informe de auditoría, el auditor solicitará a la dirección que incluya el informe de auditoría en el documento. Si la dirección se niega a hacerlo, el auditor determinará y adoptará las medidas adecuadas para evitar que la dirección asocie de modo inadecuado al auditor con los estados financieros resumidos contenidos en dicho documento.



IDEAS IMPORTANTES
• Aceptación del encargo.
• Naturaleza de los procedimientos.
• Forma de la opinión.
• Momento de realización del trabajo y hechos posteriores a la fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros auditado.
• Informe de auditoría sobre estados financieros resumidos.

Unknown dijo...

PREGUNTAS
1. ¿Qué trata la Norma Internacional de Auditoría 810?
Trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con un encargo para informar sobre unos estados financieros resumidos derivados de unos estados financieros auditados por dicho auditor, de conformidad con las NIA.
2. ¿Cuándo aceptará el auditor un encargo para informar sobre unos estados financieros resumido, según la Norma Internacional de Auditoría 810?
Cuando haya sido contratado para realizar la auditoría de los estados financieros de los que se deriven los estados financieros resumidos, de conformidad con las NIA.
3. ¿Qué pasara si el auditor concluye que los criterios aplicados no son aceptables o si no puede obtener el acuerdo de la dirección establecido en el apartado 6(b), según la Norma Internacional de Auditoría 810?
No aceptará el encargo para informar sobre los estados financieros resumidos, salvo que las disposiciones legales o reglamentarias le requieran hacerlo.
4. ¿Cómo puede estar fechado el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos, según la Norma Internacional de Auditoría 810?
Puede estar fechado con posterioridad a la fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros auditados.
5. ¿Qué hará el auditor cuando esté restringida la distribución o el uso del informe de auditoría sobre los estados financieros auditado, o cuando el informe advierta a los lectores de que estos han sido preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos, según la Norma Internacional de Auditoría 810?
El auditor incluirá una restricción o una advertencia similar en el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos
Referencias

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 810
ENCARGOS PARA INFORMAR SOBRE ESTADOS FINANCIEROS RESUMIDOS

ELABORADO: PHERNANDEZPERA2015

Unknown dijo...

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Unknown dijo...

Por: Dmirandapera2015
NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA
NIA 810: ENCARGOS PARA INFORMAR SOBRE ESTADOS FINANCIEROS RESUMIDOS.-

Mapa Conceptual

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