lunes, 21 de septiembre de 2015

EQUIPO 3 SECCIONES 21-25 IFRS SMES

EQUIPO 3  SECCIONES 21-25 IFRS SMES   Semana 5

20 comentarios:

Unknown dijo...

RESUMEN
SECCIÓN 21
PROVISIONES Y CONTINGENCIAS

La sección 21 de las NIIF para las PYMES, establece la aplicación a todas las provisiones (es decir, pasivos de cuantía o vencimiento inciertos), pasivos contingentes y activos contingentes, excepto a las provisiones tratadas en otras secciones de esta NIIF. Éstas incluyen las provisiones relacionadas con:

• Arrendamientos. No obstante, esta sección trata los arrendamientos operativos que pasan a ser onerosos.
• Contratos de construcción.
• Obligaciones por beneficios a los empleados.
• Impuesto a las ganancias.

Los requerimientos de esta sección no se aplicarán a los contratos pendientes de ejecución, a menos que sean contratos de onerosos. Los contratos pendientes de ejecución son aquéllos en los que las partes no han cumplido ninguna de las obligaciones, o ambas partes han cumplido parcialmente sus obligaciones y en igual medida. La palabra “provisión” se utiliza, en ocasiones, en el contexto de partidas tales como depreciación, deterioro del valor de activos y cuentas por cobrar incobrables. Ellas son ajustes en el importe en libros de activos en lugar de un reconocimiento de pasivos

Reconocimiento inicial
Una entidad solo reconocerá una provisión cuando:
• la entidad tenga una obligación en la fecha sobre la que se informa como resultado de un suceso pasado;
• sea probable que la entidad tenga que desprenderse de recursos que comporten beneficios económicos, para liquidar la obligación; y
• el importe de la obligación pueda ser estimado de forma fiable.

La entidad reconocerá la provisión como un pasivo en el estado de situación financiera, y el importe de la provisión como un gasto, a menos que otra sección de esta NIIF requiera que el costo se reconozca como parte del costo de un activo tal como inventarios o propiedades, planta y equipo.

Unknown dijo...

Medición inicial

Una entidad medirá una provisión como la mejor estimación del importe requerido para cancelar la obligación, en la fecha sobre la que se informa. La mejor estimación es el importe que una entidad pagaría racionalmente para liquidar la obligación al final del periodo sobre el que se informa o para transferirla a un tercero en esa fecha. Cuando la provisión involucra a una población importante de partidas, la estimación del importe reflejará una ponderación de todos los posibles desenlaces por sus probabilidades asociadas. La provisión, por tanto, será diferente dependiendo de si la probabilidad de una pérdida por un importe dado es, por ejemplo, del 60 por ciento o del 90 por ciento. Si existe un rango de desenlaces posibles que sea continuo, y cada punto de ese rango tiene la misma probabilidad que otro, se utilizará el valor medio del rango. Cuando la provisión surja de una única obligación, la mejor estimación del importe requerido para cancelar la obligación puede ser el desenlace individual que resulte más probable. No obstante, incluso en este caso la entidad considerará otros desenlaces posibles. Cuando otros desenlaces posibles sean mucho más caros o mucho más baratos que el desenlace más probable, la mejor estimación puede ser un importe mayor o menor. Cuando el efecto del valor en el tiempo del dinero resulte significativo, el importe de la provisión será el valor presente de los importes que se espera sean requeridos para liquidar la obligación. La tasa de descuento (tasas) será una tasa (tasas) antes de impuestos que refleje (reflejen) las evaluaciones actuales del mercado correspondientes al valor en el tiempo del dinero. Una entidad excluirá de la medición de una provisión, las ganancias procedentes por disposiciones esperadas de activos.
Cuando una parte o la totalidad del desembolso requerido para liquidar una provisión pueda ser reembolsado por un tercero (por ejemplo, a través de una reclamación a un seguro), la entidad reconocerá el reembolso como un activo separado solo cuando sea prácticamente seguro que la entidad recibirá dicho reembolso al cancelar la obligación. El importe reconocido para el reembolso no excederá el importe de la provisión. El reembolso por cobrar se presentará en el estado de situación financiera como un activo y no se compensará con la provisión. En el estado del resultado integral, la entidad puede compensar cualquier reembolso de terceros contra el gasto relacionado con la provisión.

Medición posterior

Una entidad cargará contra una provisión únicamente los desembolsos para los que fue originalmente reconocida. Una entidad revisará y ajustará las provisiones en cada fecha sobre la que se informa para reflejar la mejor estimación actual del importe que sería requerido para cancelar la obligación en esa fecha. Cuando una provisión se mida por el valor presente del importe que se espera que sea requerido para cancelar la obligación, la reversión del descuento se reconocerá como un costo financiero en los resultados del periodo en que surja.

Unknown dijo...

Pasivos contingentes y activos contingentes

Un pasivo contingente es una obligación posible pero incierta o una obligación presente que no está reconocida porque no cumple una o las dos condiciones de los apartados (b) y (c) del párrafo 21.4. Una entidad no reconocerá un pasivo contingente como un pasivo, excepto en el caso de las provisiones para pasivos contingentes de una adquirida en una combinación de negocios. El párrafo 21.15 requiere revelar un pasivo contingente a menos que la posibilidad de tener una salida de recursos sea remota.
Una entidad no reconocerá un activo contingente como un activo. El párrafo 21.16 requiere que se revele información sobre un activo contingente, cuando sea probable la entrada de beneficios económicos a la entidad. Sin embargo, cuando el flujo de beneficios económicos futuros sea prácticamente cierto, el activo correspondiente no es un activo contingente y, por tanto, es apropiado proceder a reconocerlo.
Para cada tipo de provisión, una entidad revelará, Una conciliación que muestre lo referente en el párrafo 21.14 (a), Una breve descripción de la naturaleza de la obligación y del importe y calendario esperados de cualquier pago resultante. Una indicación acerca de las incertidumbres relativas al importe o al calendario de las salidas de recursos. Y el importe de cualquier reembolso esperado, indicando el importe de los activos que hayan sido reconocidos por esos reembolsos esperados. También se debe de revelar información de los pasivos en este caso a menos que la posibilidad de una eventual salida de recursos para liquidarlo sea remota, una entidad revelará para cada clase de pasivo contingente, en la fecha sobre la que se informa, una breve descripción de la naturaleza del mismo y, cuando fuese practicable según los criterios del párrafo 21.15, y en el caso de los activos contingentes se debe revelar, si es probable una entrada de beneficios económicos pero no prácticamente cierta, una entidad revelará una descripción de la naturaleza de los activos contingentes al final del periodo sobre el que se informa y, cuando sea practicable sin costos ni esfuerzos desproporcionados, una estimación de su efecto financiero, medido utilizando los principios establecidos en los párrafos 21.7 a 21.11. En los dos casos si es impracticable revelar una de estas informaciones, este hecho deberá señalarse. También debe revelarse información perjudicial tratada en el párrafo 21.17 de la NIIF para las PYMES.

Unknown dijo...

IDEAS IMPORTANTES

Contabilización de provisiones y contingencias.
Definición de provisión, contratos onerosos.
Reconocimiento inicial.
Medición inicial de provisiones.
Medición posterior de provisión.
Pasivos contingentes y activo contingente.
Información a revelar sobre provisiones, pasivo y activos contingente y perjudicial.

PREGUNTAS

¿Según la sección 21 de la NIIF para las PYMES, que son los contratos pendiente de ejecución?
Son aquéllos en los que las partes no han cumplido ninguna de las obligaciones, o ambas partes han cumplido parcialmente sus obligaciones y en igual medida.

¿Según la sección 21 de la NIIF para las PYMES, en que partidas se utiliza en ocasiones la palabra provisión?
Depreciación, deterioro del valor de activos y cuentas por cobrar incobrables.

¿Según la sección 21 de la NIIF para las PYMES, a que se refiere sobre la mejor estimación?
Se refiere al importe que una entidad pagaría racionalmente para liquidar la obligación al final del periodo sobre el que se informa o para transferirla a un tercero en esa fecha.

¿Según la sección 21 de las NIIF para las PYMES, cuando una entidad reconocerá una provisión?
• la entidad tenga una obligación en la fecha sobre la que se informa como resultado de un suceso pasado;
• sea probable (es decir, exista mayor posibilidad de que ocurra que de lo contrario) que la entidad tenga que desprenderse de recursos que comporten beneficios económicos, para liquidar la obligación; y
• el importe de la obligación pueda ser estimado de forma fiable.

¿Según la sección 21 de las NIIF para las PYMES, que es un pasivo contingente?
Es una obligación posible pero incierta o una obligación presente que no está reconocida porque no cumple una o las dos condiciones de los apartados (b) y (c) del párrafo 21.4.

HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

RESUMEN
SECCIÓN 22
PASIVOS Y PATRIMONIO

La sección 22 de las NIIF para las PYMES establece los principios para clasificar los instrumentos financieros como pasivos o como patrimonio, y trata la contabilización de los instrumentos de patrimonio emitidos para individuos u otras partes que actúan en capacidad de inversores en instrumentos de patrimonio (es decir, en calidad de propietarios). La Sección 26 Pagos Basados en Acciones trata la contabilización de una transacción en la que la entidad recibe bienes o servicios de empleados y de otros vendedores que actúan en calidad de vendedores de bienes y servicios (incluyendo los servicios a los empleados) como contraprestación por los instrumentos de patrimonio (incluyendo acciones u opciones sobre acciones). Esta Sección se aplicará cuando se clasifiquen todos los tipos de instrumentos financieros, excepto:

• Las participaciones en subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos que se contabilicen de acuerdo con la Sección 9, 14 y 15.
• Los derechos y obligaciones de los empleadores derivados de planes de beneficios a los empleados, a los que se aplique la Sección 28.
• Los contratos por contraprestaciones contingentes en una combinación de negocios sección 19. Esta exención se aplicará solo a la adquirente.
• Los instrumentos financieros, contratos y obligaciones derivados de transacciones con pagos basados en acciones a los que se aplica la Sección 26, excepto por lo dispuesto en los párrafos 22.3 a 22.6, que serán de aplicación a las acciones propias en cartera adquiridas, vendidas, emitidas o liquidadas que tengan relación con planes de opciones sobre acciones para los empleados, planes de compra de acciones para los empleados y todos los demás acuerdos con pagos basados en acciones.

Clasificación de un instrumento como pasivo o patrimonio

Patrimonio es la participación residual en los activos de una entidad, una vez deducidos todos sus pasivos. Un pasivo es una obligación presente de la entidad, surgida a raíz de sucesos pasados, al vencimiento de la cual, y para cancelarla, la entidad espera desprenderse de recursos que incorporan beneficios económicos. El patrimonio incluye las inversiones hechas por los propietarios de la entidad, más los incrementos de esas inversiones, ganados a través de operaciones rentables y conservados para el uso en las operaciones de la entidad, menos las reducciones de las inversiones de los propietarios como resultado de operaciones no rentables y las distribuciones a los propietarios. Algunos instrumentos financieros que cumplen la definición de pasivo se clasifican como patrimonio porque representan el interés residual de los activos netos de la entidad y estos se clasifican con los aspectos contemplados en el párrafo 22.4 (a) y (b). Los ejemplos tratados en el párrafo 22.5 son ejemplos de instrumentos que se clasifican como pasivos en lugar de como patrimonio. Las aportaciones de socios de entidades cooperativas e instrumentos similares son patrimonio si:

• la entidad tiene un derecho incondicional para rechazar el rescate de las aportaciones de los socios, o
• el rescate está incondicionalmente prohibido por la ley local, por el reglamento o por los estatutos de la entidad.

Unknown dijo...

Emisión inicial de acciones u otros instrumentos de patrimonio

Una entidad reconocerá la emisión de acciones o de otros instrumentos de patrimonio como patrimonio cuando emita esos instrumentos y otra parte esté obligada a proporcionar efectivo u otros recursos a la entidad a cambio de éstos.
(a) Si los instrumentos de patrimonio se emiten antes de que la entidad reciba el efectivo u otros recursos, la entidad presentará el importe por cobrar como una compensación al patrimonio en su estado de situación financiera, no como un activo.
(b) Si la entidad recibe el efectivo u otros recursos antes de que se emitan los instrumentos de patrimonio, y no se puede requerir a la entidad el reembolso del efectivo o de los otros recursos recibidos, la entidad reconocerá el correspondiente incremento en el patrimonio en la medida de la contraprestación recibida.
(c) En la medida en que los instrumentos de patrimonio hayan sido suscritos pero no emitidos y la entidad no haya todavía recibido el efectivo o los otros recursos, la entidad no reconocerá un incremento en el patrimonio.

Una entidad medirá los instrumentos de patrimonio al valor razonable del efectivo u otros recursos recibidos o por recibir, neto de los costos directos de emisión de los instrumentos de patrimonio. Si se aplaza el pago y el valor en el tiempo del dinero es significativo, la medición inicial se hará sobre la base del valor presente. Una entidad contabilizará los costos de transacción de una transacción de patrimonio como una deducción del patrimonio, neto de cualquier beneficio fiscal relacionado. Las leyes que sean aplicables determinarán cómo se presenta en el estado de situación financiera el incremento en el patrimonio que surge de la emisión de acciones u otros instrumentos de patrimonio.

Venta de opciones, derechos y certificados de opciones para compra de acciones (warrants).
Una entidad aplicará los principios de los párrafos 22.7 a 22.10 a las emisiones de patrimonio por medio de ventas de opciones, derechos, certificados de opciones para compra de acciones (warrants) e instrumentos de patrimonio similares.

Unknown dijo...

Capitalización de ganancias o emisiones gratuitas y división de acciones

Una capitalización de ganancias o una emisión gratuita (conocida algunas veces como dividendo en forma de acciones) consiste en la entrega de nuevas acciones a los accionistas en proporción a sus acciones antiguas. Por ejemplo, una entidad puede dar a sus accionistas un dividendo de una acción por cada cinco acciones antiguas que tengan. Una división de acciones es la división de las acciones existentes en múltiples acciones. Por ejemplo, en una división de acciones, cada accionista puede recibir una acción adicional por cada acción poseída. En algunos casos, las acciones previamente en circulación se cancelan y son reemplazadas por nuevas acciones. La capitalización de ganancias y emisiones gratuitas, así como las divisiones de acciones no cambian el patrimonio total. Una entidad reclasificará los importes dentro del patrimonio como lo requiera la legislación aplicable.

Deuda convertible o instrumentos financieros compuestos similares

En la emisión de deuda convertible o de instrumentos financieros compuestos similares que contengan un componente de pasivo y un componente de patrimonio, una entidad distribuirá el producto entre el componente de pasivo y el componente de patrimonio. Para realizar la distribución, la entidad determinará primero el importe del componente de pasivo como el valor razonable de un pasivo similar que no tenga un componente de conversión o un componente de patrimonio asociado similar. La entidad distribuirá el importe residual como el componente de patrimonio. Los costos de la transacción se distribuirán entre el componente de deuda y el componente de patrimonio sobre la base de sus valores razonables relativos. La entidad no revisará la distribución en un periodo posterior. En periodos posteriores a la emisión de los instrumentos, la entidad reconocerá sistemáticamente cualquier diferencia entre el componente de pasivo y el importe principal por pagar al vencimiento como un gasto por intereses adicional utilizando el método del interés efectivo

Acciones propias en cartera

Las acciones propias en cartera son instrumentos del patrimonio de una entidad que han sido emitidos y posteriormente readquiridos por ésta. Una entidad deducirá del patrimonio el valor razonable de la contraprestación entregada por las acciones propias en cartera. La entidad no reconocerá una ganancia o pérdida en resultados por la compra, venta, emisión o cancelación de acciones propias en cartera.

Distribuciones a los propietarios

Una entidad reducirá del patrimonio el importe de las distribuciones a los propietarios (tenedores de sus instrumentos de patrimonio), neto de cualquier beneficio fiscal relacionado. En ocasiones, una entidad distribuye otros activos que no son efectivo como dividendos a los propietarios. Cuando una entidad declare este tipo de distribución y tenga obligación de distribuir activos distintos al efectivo a los propietarios, reconocerá un pasivo. El pasivo se medirá al valor razonable de los activos a distribuir.

Unknown dijo...

Participaciones no controladoras y transacciones en acciones de una subsidiaria consolidada.
En los estados financieros consolidados, se incluirá en el patrimonio una participación no controladora en los activos netos de una subsidiaria. Una entidad tratará los cambios en la participación controladora de una controladora en una subsidiaria que no den lugar a una pérdida de control como transacciones con tenedores de instrumentos de patrimonio en su capacidad de tales. Por consiguiente, se ajustará el importe en libros de las participaciones no controladoras para reflejar el cambio en la participación de la controladora en los activos netos de la subsidiaria. Cualquier diferencia entre el importe por el que se ajusten las participaciones no controladoras y el valor razonable de la contraprestación pagada o recibida, si existiese, se reconocerá directamente en el patrimonio y se atribuirá a los tenedores de patrimonio de la controladora. Una entidad no reconocerá ganancia ni pérdida por estos cambios. Asimismo, una entidad no reconocerá ningún cambio en el importe en libros de los activos (incluyendo la plusvalía) o de los pasivos como resultado de estas transacciones.

IDEAS IMPORTANTES DE LA SECCION

Principios para clasificar los instrumentos financieros como pasivos o como patrimonio.
Emisión inicial de acciones u otros instrumentos de patrimonio.
Venta de opciones, derechos y certificados de opciones para compra de acciones (warrants).
Capitalización de ganancias o emisiones gratuitas y división de acciones.
Deuda convertible o instrumentos financieros compuestos similares.
Acciones propias en cartera, Distribuciones a los propietarios y Participaciones no controladoras y transacciones en acciones de una subsidiaria consolidada.

Unknown dijo...

PREGUNTAS

¿Qué establece y que trata la sección 22 de las NIIF para las PYMES?
Los principios para clasificar los instrumentos financieros como pasivos o como patrimonio, y trata la contabilización de los instrumentos de patrimonio emitidos para individuos u otras partes que actúan en capacidad de inversores en instrumentos de patrimonio.

¿Según la sección 22 de la NIIF para las PYMES, cuando se clasifican como patrimonio las aportaciones de socios de entidades cooperativas e instrumentos similares?
• la entidad tiene un derecho incondicional para rechazar el rescate de las aportaciones de los socios, o
• el rescate está incondicionalmente prohibido por la ley local, por el reglamento o por los estatutos de la entidad.

¿Según la sección 22 de la NIIF para las PYMES, como se medirán los instrumentos de patrimonio?
Se medirán al valor razonable del efectivo u otros recursos recibidos o por recibir, neto de los costos directos de emisión de los instrumentos de patrimonio.

¿En qué consiste la capitalización de ganancias o una emisión gratuita, según la sección 22 de NIIF para las PYMES?
Consiste en la entrega de nuevas acciones a los accionistas en proporción a sus acciones antiguas.

¿Según la sección 22 de la NIIF para las PYMES, que son las acciones propias en cartera?
Son instrumentos del patrimonio de una entidad que han sido emitidos y posteriormente readquiridos por ésta.

HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

RESUMEN
SECCIÓN 23
INGRESOS DE ACTIVIDADES ORDINARIAS

La sección 23 de la NIIF para las PYMES, se aplicará al contabilizar ingresos de actividades ordinarias procedentes de las siguientes transacciones y sucesos: La venta de bienes (si los produce o no la entidad para venta o los adquiere para su reventa). La prestación de servicios, los contratos de construcción en los que la entidad es el contratista. El uso, por parte de terceros, de activos de la entidad que produzcan intereses, regalías o dividendos. Una entidad medirá los ingresos de actividades ordinarias al valor razonable de la contraprestación recibida o por recibir. El valor razonable de la contraprestación, recibida o por recibir, tiene en cuenta el importe de cualesquiera descuentos comerciales, descuentos por pronto pago y rebajas por volumen de ventas que sean practicados por la entidad, Cuando se difieren las entradas de efectivo o equivalentes al efectivo y el acuerdo constituye efectivamente una transacción financiera, el valor razonable de la contraprestación es el valor presente de todos los cobros futuros determinados utilizando una tasa de interés imputada Una transacción financiera surge cuando, por ejemplo, una entidad concede un crédito sin intereses al comprador o acepta un efecto comercial, cargando al comprador una tasa de interés menor que la del mercado, como contraprestación por la venta de bienes. La evaluación de cuándo ha transferido una entidad al comprador los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad requiere un examen de las circunstancias de la transacción. En la mayoría de los casos, la transferencia de los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad coincidirá con la transferencia de la titularidad legal o el traspaso de la posesión al comprador. Este es el caso en la mayor parte de las ventas al por menor. No reconocerá ingresos de actividades ordinarias si conserva riesgos significativos inherentes.

IDEAS IMPORTANTES DE LA SECCION

Contabilización de ingresos de actividades ordinarias
Medición de los ingresos de actividades ordinarias.
Pago diferido, intercambios de bienes o servicios.
Identificación de la transacción de ingresos de actividades ordinarias.
Ventas de bienes, prestación de servicios, contratos de construcción, método del porcentaje de terminación.
Intereses, regalías y dividendos.

Unknown dijo...

PREGUNTAS

¿Según la sección 23 de las NIIF para las PYMES, que transacciones y sucesos se contabilizaran cómo ingresos de actividades ordinarias?
• La venta de bienes (si los produce o no la entidad para su venta o los adquiere para su reventa).
• La prestación de servicios.
• Los contratos de construcción en los que la entidad es el contratista.
• El uso, por parte de terceros, de activos de la entidad que produzcan intereses, regalías o dividendos.

¿Según la sección 23 de la NIIF para las PYMES, como se medirán los ingresos de actividades ordinarias?
Se medirán al valor razonable de la contraprestación recibida o por recibir.

¿Según la sección 23 de la NIIF para las PYMES, cuando no se reconocerán ingresos de actividades ordinarias?
(a) cuando se intercambien bienes o servicios por bienes o servicios de naturaleza y valor similar, o
(b) cuando se intercambien bienes o servicios por bienes o servicios de naturaleza diferente, pero la transacción carezca de carácter comercial.

¿Según la sección 23 de la NIIF para las PYMES, cuando se reconocerán ingresos de actividades ordinarias?
Cuando los bienes se vendan o los servicios se intercambien por bienes o servicios de naturaleza diferente en una transacción de carácter comercial.

¿Según la sección 23 de la NIIF para las PYMES, que debe hacer una entidad cuando el desenlace de un contrato de construcción no pueda estimarse con suficiente fiabilidad?
• una entidad reconocerá los ingresos de actividades ordinarias solo en la medida en que sea probable recuperar los costos del contrato incurridos, y
• la entidad reconocerá los costos del contrato como un gasto en el periodo en que se hayan incurrido.

HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

RESUMEN
SECCIÓN 24
SUBVENCIONES DEL GOBIERNO

La sección 19 de las NIIF para las PYMES especifica la contabilidad de todas las subvenciones del gobierno. Una subvención del gobierno es una ayuda del gobierno en forma de una transferencia de recursos a una entidad en contrapartida del cumplimiento, futuro o pasado, de ciertas condiciones relacionadas con sus actividades de operación. Las subvenciones del gobierno excluyen las formas de ayuda gubernamental a las que no cabe razonablemente asignar un valor, así como las transacciones con el gobierno que no pueden distinguirse de las demás operaciones normales de la entidad. En esta sección no se tratan las ayudas gubernamentales que se conceden a la entidad en forma de beneficios que se materializan al calcular la ganancia o pérdida fiscal, o bien, que se determinan o limitan sobre la base de las obligaciones fiscales.

Reconocimiento y medición

Una entidad reconocerá las subvenciones del gobierno como:
• Una subvención que no impone condiciones de rendimiento futuras específicas sobre los receptores se reconocerá como ingreso cuando los importes obtenidos por la subvención sean exigibles.
• Una subvención que impone condiciones de rendimiento futuras específicas sobre los receptores se reconocerá como ingreso solo cuando se cumplan las condiciones de rendimiento.
• Las subvenciones recibidas antes de que se satisfagan los criterios de reconocimiento de ingresos de actividades ordinarias se reconocerán como pasivo.
Una entidad medirá las subvenciones al valor razonable del activo recibido o por recibir. Una entidad revelará la siguiente información sobre las subvenciones del gobierno, contenida en los párrafos 24.6. A efectos de la información a revelar requerida en el párrafo 24.6(c), ayuda gubernamental es la acción diseñada por el gobierno con el propósito de suministrar beneficios económicos específicos a una entidad o un conjunto de entidades que cumplen las condiciones bajo criterios especificados.

IDEAS IMPORTANTES DE LA SECCION

Contabilización de todas las subvenciones del gobierno.
Definición de subvenciones del gobierno.
Reconocimiento y medición de las subvenciones del gobierno.
Información que se debe revelar de las subvenciones de gobierno.

Unknown dijo...

PREGUNTAS

¿A qué se aplicara la sección 24 de la NIIF para las PYMES?
Se aplicará a la contabilización de todas las subvenciones del gobierno.

¿Según la sección 24 de la NIIF para las PYMES, como define subvención del gobierno?
La sección 24 de la NIIF para las PYMES, define una subvención del gobierno como una ayuda del gobierno en forma de una transferencia de recursos a una entidad en contrapartida del cumplimiento, futuro o pasado, de ciertas condiciones relacionadas con sus actividades de operación.

¿Qué es lo que no se trata en la sección 24 de la NIIF para las PYMES?
No se tratan las ayudas gubernamentales que se conceden a la entidad en forma de beneficios que se materializan al calcular la ganancia o pérdida fiscal, o bien, que se determinan o limitan sobre la base de las obligaciones fiscales.

¿Según la sección 24 de la NIIF para las PYMES, como se reconocerá las subvenciones del gobierno?
• Una subvención que no impone condiciones de rendimiento futuras específicas sobre los receptores se reconocerá como ingreso cuando los importes obtenidos por la subvención sean exigibles.
• Una subvención que impone condiciones de rendimiento futuras específicas sobre los receptores se reconocerá como ingreso solo cuando se cumplan las condiciones de rendimiento.
• Las subvenciones recibidas antes de que se satisfagan los criterios de reconocimiento de ingresos de actividades ordinarias se reconocerán como pasivo.

¿Según la sección 24 de la NIIF para las PYMES, como medirá las subvenciones una entidad?
Al valor razonable del activo recibido o por recibir.

Referencias

A NIIF completas
En la sección 24 Subvenciones del gobierno de NIIF para las PYMES, establece que si existen condiciones se reconocen como ingreso cuando estas se cumplen. De lo contrario se reconocen cuando se vuelven exigibles. Y en la NIIF completas establece que Se reconocen como ingresos de manera sistemática en asociación con los costos relacionados y las subvenciones relacionadas con activo se difieren (pasivo) o se deducen del activo.

HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

RESUMEN
SECCIÓN 25
COSTOS POR PRÉSTAMOS

La sección 25 de las NIIF para las PYMES, especifica la contabilidad de los costos por préstamos. Son costos por préstamos los intereses y otros costos en los que una entidad incurre, que están relacionados con los fondos que ha tomado prestados. Los costos por préstamos incluyen:
• Los gastos por intereses calculados utilizando el método del interés efectivo como se describe en la Sección 11.
• Las cargas financieras con respecto a los arrendamientos financieros reconocidos de acuerdo con la Sección 20.
• Las diferencias de cambio procedentes de préstamos en moneda extranjera en la medida en que se consideren ajustes de los costos por intereses.

Reconocimiento

Una entidad reconocerá todos los costos por préstamos como un gasto en resultados en el periodo en el que se incurre en ellos.
En esta sección no es requerida información a revelar adicional solamente la requerida en los párrafos 5.5(b) y 11.48(b).

Unknown dijo...

IDEAS IMPORTANTES DE LA SECCION
Contabilización de los costos por préstamos.
Definición de los costos por préstamos.
Reconocimiento de los costos por préstamos.
Información que se debe de revelar.

PREGUNTAS

¿A qué se aplicará la sección 25 de la NIIF para las PYMES?
Se aplicara a la contabilización de los costos por préstamos

¿Según la sección 25 de la NIIF para las PYMES, que son los costos por prestamos?
Son los intereses y otros costos en los que una entidad incurre, que están relacionados con los fondos que ha tomado prestados.

¿Según la sección 25 de la NIIF para las PYMES, que es lo que incluye los costos por prestamos?
(a) Los gastos por intereses calculados utilizando el método del interés efectivo.
(b) Las cargas financieras con respecto a los arrendamientos financieros.
(c) Las diferencias de cambio procedentes de préstamos en moneda extranjera en la medida en que se consideren ajustes de los costos por intereses.

¿Según la sección 25 de la NIIF para las PYMES, como se reconocerán los costos por prestamos?
Se reconocerán como un gasto en resultados en el periodo en el que se incurre en ellos.

¿Según la sección 25 de la NIIF para las PYMES, que información se debe de revelar?
Según el párrafo 5.5(b) requiere que se revelen los costos financieros. Y el párrafo 11.48 (b) requiere que se revele el gasto total por intereses (utilizando el método del interés efectivo) de los pasivos financieros que no están al valor razonable en resultados. Esta sección no requiere ninguna otra información adicional a revelar.

Referencias
A NIIF completas
En la sección 25 Costos por préstamos de NIIF para las PYMES, establece que se reconocen como gastos del periodo. Y en la NIIF completas establece que deben capitalizarse cuando se relacionan con activos aptos.

HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

Sección 21: Provisiones y contingencias.

Esta sección se aplicará a la contabilización de los pasivos contingentes es decir a aquellos pasivos de cuantía o de vencimiento incierto.
Excepto aquellas provisiones establecidas en esta Niif como:
1. Arrendamientos.
2. Contratos de construcción.
3. Obligaciones a beneficios de empleados.
4. Impuestos a las ganancias.

Reconociéndolas inicialmente, cuando una entidad tenga una obligación en la fecha en el que se informa y que fue resultado como un suceso pasado, que exista una posibilidad que fuera todo lo contrario en donde la entidad tenga que desprenderse de recursos que comporten beneficios económicos, para liquidar la obligación, así mismo el importe de la obligación que pueda ser estimado de una forma muy fiable.
Medibles como una mejor estimación del importe requerido para cancelar la obligación, en la fecha en el que se informa, una mejor estimación es el importe que una entidad pagaría racionalmente para poder liquidar la obligación al final del periodo en el que se informa o transferirla a un tercero a esa misma fecha.
Una entidad excluirá de la medición de la provisión, todas aquellas ganancias procedentes de disposiciones de activos.
Un pasivo contingente es una obligación presente que no está reconocida. Una entidad no reconocerá un pasivo contingente como un pasivo, excepto en el caso de las provisiones para pasivos contingentes, revelándose siempre a menos que la posibilidad de una salida de recursos sea remota y cuando la entidad sea responsable de forma conjunta y solidaria de una obligación, la parte de la deuda que se espera que cubran las otras partes se tratara como un pasivo contingente.
Es un activo contingente cuando y solo cuando sea probable la entrada de beneficios económicos a la futuros sean siempre y cuando ciertos, el activo correspondiente no es un pasivo contingente y por lo tanto es apropiado proceder a reconocerlo.



PREGUNTAS:

1. ¿Qué es activo contingente?
Es todo aquel beneficio económico en donde pueda reconocerse la certeza de que fluyan los beneficios hacia la entidad.

2. ¿Qué es un pasivo financiero?
Es toda aquella obligación posible pero incierta o una obligación presente que no está reconocida porque no cumple una de las dos condiciones, el importe en libros al principio y al final del periodo, una breve descripción de la naturaleza realizada en el periodo.

3. ¿Cuándo una entidad reconocerá una provisión?
Cuando la entidad tenga una obligación en la fecha al que se informa como resultado de un proceso pasado y la probabilidad que la entidad tenga que desprenderse de recursos que comporten beneficios económicos para liquidar las obligaciones.

4. ¿Cómo reconocerá la provisión la entidad?
Se reconocerá como un pasivo en el estado de situación financiera y el importe de la provisión como un gasto.


5. ¿Qué información se revelara?
• Una conciliación donde demuestre el importe en libros al principio y al final del periodo.
• Descripción de la naturaleza de la obligación y el importe calendario de cualquier pago resultante.
• Indicación sobre la incertidumbre relativa al importe calendario de las salidas de recursos.

Unknown dijo...

Sección 22: Pasivos y patrimonio.
Dentro del alcance y los objetivos que persigue la sección 22 de Niif Para Pymes es lograr entablar una base de cómo poder clasificar los instrumentos financieros como pasivos o como patrimonio, del mismo modo sobre la contabilización de los instrumentos de patrimonio emitidos para individuos u otra partes que actúan en capacidad de inversores en instrumentos de patrimonio, el patrimonio es la participación residual en los activos de una entidad una vez deducidos todos sus pasivos, un pasivo es una obligación presente de la entidad surgida a raíz de sucesos pasados al vencimiento de la cual y para cancelarla la entidad espera desprenderse de recursos que incorporan beneficios económicos, el patrimonio incluye las inversiones hechas por los propietarios de la entidad, una entidad reconocerá la emisión de acciones o de otros instrumentos de patrimonio como patrimonio cuando emita esos instrumentos y otra parte este´ obligada a proporcionar efectivo u otros recursos a la entidad a cambio.
Según la sección 22 la entidad podrá medir todos aquellos instrumentos de patrimonio al valor razonable de Una entidad medirá los instrumentos del efectivo u otros recursos recibidos o por recibir, neto de los costos directos de emisión de los instrumentos de patrimonio.
PREGUNTAS:

1. ¿Qué es un pasivo?
Según la sección 22 un pasivo es una obligación presenta de la entidad surgida atreves de sucesos pasados, al vencimiento de la cual para cancelarla la entidad se desprenderá de recursos que incorporen beneficios económicos.
2. ¿Qué es un patrimonio según la NIIf Pymes?
Se le llama patrimonio a la participación residual en los activos de la entidad, una vez deducidos todos los pasivos.
3. ¿ejemplos de instrumentos que clasifican como pasivo?
 Un instrumento con opción de venta.
 Los pagos realizados al tenedor antes de la liquidación
 Un instrumento clasificado como patrimonio en los estados financieros de la subsidiaria se clasificara como pasivo en los estados financieros consolidados.

Unknown dijo...

Sección 23: ingresos de actividades ordinarias.

La sección 23 de la NIIF para las PYMES, se aplicará al contabilizar ingresos de actividades ordinarias procedentes de las siguientes transacciones y sucesos: La venta de bienes (si los produce o no la entidad para venta o los adquiere para su reventa). La prestación de servicios, los contratos de construcción en los que la entidad es el contratista. El uso, por parte de terceros, de activos de la entidad que produzcan intereses, regalías o dividendos.
Una entidad medirá los ingresos de actividades ordinarias al valor razonable de la contraprestación recibida o por recibir.
El valor razonable de la contraprestación, recibida o por recibir, tiene en cuenta el importe de cualesquiera descuentos comerciales, descuentos por pronto pago y rebajas por volumen de ventas que sean practicados por la entidad, Cuando se difieren las entradas de efectivo o equivalentes al efectivo y el acuerdo constituye efectivamente una transacción financiera, el valor razonable de la contraprestación es el valor presente de todos los cobros futuros determinados utilizando una tasa de interés imputada Una transacción financiera surge cuando, por ejemplo, una entidad concede un crédito sin intereses al comprador o acepta un efecto comercial, cargando al comprador una tasa de interés menor que la del mercado, como contraprestación por la venta de bienes.

Unknown dijo...

SECCIÓN 24
SUBVENCIONES DEL GOBIERNO

Una subvención del gobierno es una ayuda del mismo en forma de transferencia de recursos a una entidad en contrapartida del cumplimiento, futuro o pasado, de ciertas condiciones relacionadas con sus actividades de operación.

Así mismo las subvenciones del gobierno excluyen las formas de ayuda gubernamental a las que no cabe razonablemente asignar un valor, así como las transacciones con el gobierno que no pueden distinguirse de las demás operaciones normales de la entidad.

Es importante mencionar que las subvenciones del gobierno se reconocen así:
a) Una subvención que no impone condiciones de rendimiento futuras específicas sobre los receptores se reconocerá como ingreso siempre y cuando los importes obtenidos por la subvención sean exigibles.
b) Una subvención que impone condiciones de rendimiento futuras específicas sobre los receptores se reconocerá como ingreso solo cuando se cumplan las condiciones de rendimiento.
c) Las subvenciones recibidas antes de que se satisfagan los criterios de reconocimiento de ingresos de actividades ordinarias se reconocerán como pasivo.

Una entidad medirá las subvenciones al valor razonable del activo recibido o por recibir.

La información que se revelara es:
a) La naturaleza y los importes reconocidos en los estados financieros.
b) Las condiciones incumplidas y otras contingencias relacionadas que no se hayan reconocido en resultados.
c) Una indicación de otras modalidades de ayudas gubernamentales de las que se haya beneficiado directamente la entidad

Unknown dijo...

SECCIÓN 25
COSTOS POR PRÉSTAMOS

Los costos por préstamos son los interese y otros costos en los que una entidad incurre, que están relacionados con los fondos que ha tomado prestados.

Así mismo en los costos por préstamos podemos incluir:
a) Los gastos por intereses calculados utilizando el método del interés efectivo.
b) Las cargas financieras con respecto a los arrendamientos financieros.
c) Las diferencias de cambio procedentes de préstamos en moneda extranjera en la medida en que se consideren ajustes de los costos por intereses.

Una entidad reconocerá todos los costos por préstamos como un gasto en resultados en el periodo en el que se incurre en ellos.

La información a revelar será:
a) Los costos financieros.
b) El gasto total por intereses de los pasivos financieros que no están al valor razonable en resultados.