miércoles, 30 de septiembre de 2015

EQUIPO 3 SECCIONES 26-30 IFRS SMES

EQUIPO 3  SECCIONES 26-30 IFRS SMES  Semana 6

33 comentarios:

Unknown dijo...

RESUMEN
SECCIÓN 26
PAGOS BASADOS EN ACCIONES

La sección 26 de las NIIF para las PYMES, establece la aplicación a la contabilidad de todas las transacciones con pagos basados en acciones, incluyendo:
• Transacciones con pagos basados en acciones que se liquidan con instrumentos de patrimonio, en las que la entidad adquiere bienes o servicios como contraprestación de instrumentos de patrimonio de la entidad (incluyendo acciones u opciones sobre acciones).
• Transacciones con pagos basados en acciones que se liquidan en efectivo, en las que la entidad adquiere bienes o servicios incurriendo en pasivos con el proveedor de esos bienes o servicios, por importes que están basados en el precio (o valor) de las acciones de la entidad o de otros instrumentos de patrimonio de la entidad; y
• Transacciones en las que la entidad recibe o adquiere bienes o servicios, y los términos del acuerdo proporcionan a la entidad o al proveedor de esos bienes o servicios, la opción de liquidar la transacción en efectivo (o con otros activos) o mediante la emisión de instrumentos de patrimonio.
Las transacciones con pagos basados en acciones que se liquidan en efectivo incluyen los derechos sobre la revaluación de acciones.

Reconocimiento
Una entidad reconocerá los bienes o servicios recibidos o adquiridos en una transacción con pagos basados en acciones, en el momento de la obtención de los bienes o cuando se reciban servicios. La entidad reconocerá el correspondiente incremento en el patrimonio, si los bienes o servicios se hubiesen recibido en una transacción con pagos basados en acciones que se liquida con instrumentos de patrimonio, o un pasivo si los bienes o servicios fueron adquiridos en una transacción con pagos basados en acciones que se liquida en efectivo. Cuando los bienes o servicios recibidos o adquiridos en una transacción con pagos basados en acciones no reúnan las condiciones para su reconocimiento como activos, la entidad los reconocerá como gastos.

Reconocimiento cuando existen condiciones para la consolidación (irrevocabilidad) de la concesión.

Si los pagos basados en acciones concedidos a los empleados se consolidan inmediatamente, no se requerirá que el empleado complete un determinado periodo de servicio antes de que adquiera incondicionalmente el derecho sobre esos pagos basados en acciones. En ausencia de evidencia en contrario, la entidad supondrá que se han recibido los servicios prestados por el empleado como contraprestación de los pagos basados en acciones. En este caso, la entidad reconocerá íntegramente en la fecha de concesión, los servicios recibidos con el correspondiente incremento en el patrimonio o pasivos. Si los pagos basados en acciones no se consolidan hasta que el empleado complete un periodo de servicio especificado, la entidad supondrá que los servicios se van a prestar por el empleado durante el periodo para la consolidación (irrevocabilidad) de la concesión, como contraprestación de los pagos basados en acciones que recibirá en el futuro. La entidad contabilizará esos servicios a medida que sean prestados por el empleado durante el periodo de consolidación.

Unknown dijo...

Medición de transacciones con pagos basados en acciones que se liquiden con instrumentos de patrimonio.

Principio de medición
En las transacciones con pagos basados en acciones que se liquidan con instrumentos de patrimonio, una entidad medirá los bienes o servicios recibidos y el correspondiente incremento en el patrimonio, al valor razonable de los bienes o servicios recibidos, a menos que ese valor razonable no pueda ser estimado con fiabilidad. Si la entidad no pudiera estimar con fiabilidad el valor razonable de los bienes o servicios recibidos, medirá su valor, así como el correspondiente incremento de patrimonio, por referencia al valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos. Para aplicar este requerimiento a transacciones con empleados y terceros que suministren servicios similares, la entidad medirá el valor razonable de los servicios recibidos por referencia al valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos, ya que habitualmente no será posible estimar de manera fiable el valor razonable de los servicios recibidos. Para las transacciones con empleados (incluyendo terceros que proporcionen servicios similares), el valor razonable de los instrumentos de patrimonio se determinará en la fecha de la concesión. Para las transacciones con terceras partes distintas de los empleados, la fecha de medición es aquélla en la que la entidad obtiene los bienes o la contraparte presta los servicios.

Acciones
Una entidad medirá el valor razonable de las acciones (y de los bienes o servicios relacionados recibidos) utilizando la siguiente jerarquía de medición basada en tres niveles:
(a) Si hay disponible un precio de mercado observable, usará ese precio.
(b) Si no hay disponible un precio de mercado observable, medirá el valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos utilizando datos de mercado observables que sean específicos de la entidad, como:
(i) Una transacción reciente en las acciones de la entidad; o
(ii) una valoración razonable independiente reciente de la entidad o de sus activos principales.
(c) Si no hay disponible un precio de mercado observable y resulta impracticable obtener una medición fiable del valor razonable según el apartado (b), medirá indirectamente el valor razonable de las acciones o de los derechos sobre la revaluación de acciones utilizando un método de valoración que utilice datos de mercado tanto como sea practicable, para estimar cuál sería el precio de esos instrumentos de patrimonio. Los administradores de la entidad utilizarán su juicio para aplicar el método de valoración más adecuado para determinar el valor razonable.

Opciones sobre acciones y derechos sobre la revaluación de acciones que se liquidan con instrumentos de patrimonio
Una entidad medirá el valor razonable de las opciones sobre acciones y de los derechos sobre la revaluación de acciones que se liquidan con instrumentos de patrimonio (y de los bienes o servicios relacionados recibidos) utilizando la jerarquía de medición basada en los tres niveles del párrafo 26.11 (a)(b) y (c).

Unknown dijo...

Modificaciones a los plazos y las condiciones en los que se concedieron los instrumentos de patrimonio
Si una entidad modifica las condiciones para la consolidación (irrevocabilidad) de la concesión de una forma que resulta beneficiosa para el empleado, por ejemplo, con una reducción del precio de ejercicio de una opción o una reducción del periodo para la consolidación (irrevocabilidad) de la concesión, o una modificación o eliminación de una condición de rendimiento, la entidad tendrá en cuenta las condiciones modificadas para la consolidación (irrevocabilidad) de la concesión en la contabilidad de la transacción con pagos basados en acciones, tal y como se describe en el párrafo 26.12 (a) y (b).

Cancelaciones y liquidaciones
Una entidad contabilizará la cancelación o la liquidación de los incentivos con pagos basados en acciones que se liquiden con instrumentos de patrimonio como una aceleración de la consolidación (irrevocabilidad) de la concesión y, por tanto, reconocerá inmediatamente el importe que, en otro caso, habría reconocido por los servicios recibidos a lo largo del periodo de consolidación (irrevocabilidad) de la concesión restante.

Transacciones con pagos basados en acciones que se liquidan en efectivo y que dan alternativas de liquidación en efectivo
Para las transacciones con pagos basados en acciones que se liquiden en efectivo, una entidad medirá los bienes o servicios adquiridos y el pasivo incurrido, al valor razonable del pasivo. Hasta que el pasivo se liquide, la entidad volverá a medir el valor razonable del pasivo en cada fecha sobre la que se informe, así como en la fecha de liquidación, con cualquier cambio en el valor razonable reconocido en el resultado del periodo.
Algunas transacciones con pagos basados en acciones dan a la entidad o a la contraparte la opción de liquidar la transacción en efectivo (o con otros activos) o mediante la transferencia de instrumentos de patrimonio. En este caso, la entidad contabilizará la transacción como una transacción con pagos basados en acciones que se liquida en efectivo, a menos que:
• la entidad haya seguido en el pasado la práctica de liquidación mediante la emisión de instrumentos de patrimonio; o
• (b) la opción no tenga carácter comercial porque el importe de la liquidación en efectivo no guarda relación con el valor razonable del instrumento de patrimonio y es probable que dicho importe sea inferior al valor razonable del instrumento.
Si se dan las circunstancias expuestas en los apartados (a) y (b), la entidad contabilizará la transacción como una transacción con pagos basados en acciones que se liquida en efectivo según lo dispuesto en los párrafos 26.7 a 26.13.

Planes de grupo y Planes establecidos por el gobierno
Si una controladora concede incentivos con pagos basados en acciones a los empleados de una o más subsidiarias del grupo, y la controladora presenta los estados financieros consolidados según la NIIF para las PYMES o las NIIF completas, se permite reconocer a estas subsidiarias y medir el gasto de pagos basados en acciones (y la aportación de capital relacionada por la controladora) sobre la base de una distribución razonable del gasto reconocido del grupo.

Unknown dijo...

IDEAS IMPORTANTES

Contabilización de todas las transacciones con pagos basados en acciones.

Reconocimiento y reconocimiento cuando existen condiciones para la consolidación (irrevocabilidad) de la concesión.

Medición e transacciones con pagos basados en acciones que se liquiden con instrumentos de patrimonio. Principio de medición, acciones, opciones sobre acciones y derechos sobre la revaluación de acciones que se liquidan con instrumentos de patrimonio, modificaciones a los plazos y las condiciones en los que se concedieron los instrumentos de patrimonio, cancelaciones y liquidaciones.

Transacciones con pagos basados en acciones que dan alternativas de liquidación en efectivo.
Planes de grupo y planes establecidos por el gobierno.
Información a revelar.

PREGUNTAS

¿Según la sección 26 de la NIIF para las PYMES, que incluyen las transacciones con pagos basados en acciones que se liquidan en efectivo?
Las transacciones con pagos basados en acciones que se liquidan en efectivo incluyen los derechos sobre la revaluación de acciones.

¿Según la sección 26 de la NIIF para las PYMES, cuando reconocerá la entidad el correspondiente incremento en el patrimonio?
Cuando los bienes o servicios se hubiesen recibido en una transacción con pagos basados en acciones que se liquida con instrumentos de patrimonio, o un pasivo si los bienes o servicios fueron adquiridos en una transacción con pagos basados en acciones que se liquida en efectivo.

¿Según la sección 26 de la NIIF para las PYMES, que sucede cuando los pagos basados en acciones concedidos a los empleados se consolidan inmediatamente?
No se requerirá que el empleado complete un determinado periodo de servicio antes de que adquiera incondicionalmente el derecho sobre esos pagos basados en acciones.

¿Según la sección 26 de las NIIF para las PYMES, que medirá la entidad cuando las transacciones con pagos basados en acciones que se liquiden en efectivo?
Medirá los bienes o servicios adquiridos y el pasivo incurrido, al valor razonable del pasivo. Hasta que el pasivo se liquide, la entidad volverá a medir el valor razonable del pasivo en cada fecha sobre la que se informe

¿Según la sección 26 de las NIIF para las PYMES, cuando se permite reconocer a las subsidiarias y medir el gasto de pagos basados en acciones sobre la base de una distribución razonable del gasto reconocido del grupo?
Cuando una controladora concede incentivos con pagos basados en acciones a los empleados de una o más subsidiarias del grupo, y la controladora presenta los estados financieros consolidados según la NIIF para las PYMES o las NIIF completas.

Unknown dijo...

Referencias

A enmiendas NIIF para las PYMES

• Alineación del alcance y las definiciones con la NIIF 2 Pagos basados en acciones o aclarar que el pago basado en acciones operaciones con instrumentos de renta variable de otro grupo entidades están en el alcance de la Sección 26 (véanse los párrafos 26.1-26.1A y definiciones relacionadas en el glosario).
• Aclaración de que la sección 26 se aplica a todos las operaciones de pagos basados en acciones en la que la identificación consideración parece ser menor que el valor razonable de la instrumentos de patrimonio concedidos o del pasivo incurrido y las transacciones con pagos basados en acciones no sólo a los que son siempre de acuerdo con los programas establecidos bajo la ley (véanse los párrafos 26.1B y 26.17).
• Aclaración del tratamiento contable de devengo acondiciones y modificaciones a la subvenciones de instrumentos de capital (véanse los párrafos 26.9, 26.12 y tres nuevos definiciones en el glosario).
• Se aclara que la simplificación prevista en planes de grupo para la medición del pago basado en acciones como único gasto y no releva de su reconocimiento (véanse los párrafos 26.16 y 26.22).

HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

RESUMEN
SECCIÓN 27
DETERIORO DEL VALOR DE LOS ACTIVOS

La sección 27 de las NIIF para las PYMES establece Una pérdida por deterioro se produce cuando el importe en libros de un activo es superior a su importe recuperable. Esta sección se aplicará en la contabilización del deterioro del valor de todos los activos distintos a los que se establecen requerimientos de deterioro de valor en otras secciones según párrafo 27.1(a)-(e).

Deterioro del valor de los inventarios
Precio de venta menos costos de terminación y venta
Una entidad evaluará en cada fecha sobre la que se informa si ha habido un deterioro del valor de los inventarios. La entidad realizará la evaluación comparando el importe en libros de cada partida del inventario (o grupo de partidas similares―véase el párrafo 27.3) con su precio de venta menos los costos de terminación y venta. Si una partida del inventario (o grupo de partidas similares) ha deteriorado su valor, la entidad reducirá el importe en libros del inventario (o grupo) a su precio de venta menos los costos de terminación y venta. Esa reducción es una pérdida por deterioro del valor y se reconoce inmediatamente en resultados. Si es impracticable determinar el precio de venta menos los costos de terminación y venta de los inventarios, partida por partida, la entidad podrá agrupar, a efectos de evaluar el deterioro del valor, las partidas de inventario relacionadas con la misma línea de producto que tengan similar propósito o uso final, y se produzcan y comercialicen en la misma zona geográfica.

Reversión del deterioro del valor
Una entidad llevará a cabo una nueva evaluación del precio de venta menos los costos de terminación y venta en cada periodo posterior al que se informa. Cuando las circunstancias que previamente causaron el deterioro del valor de los inventarios hayan dejado de existir, o cuando exista una clara evidencia de un incremento en el precio de venta menos los costos de terminación y venta como consecuencia de un cambio en las circunstancias económicas, la entidad revertirá el importe del deterioro del valor (es decir, la reversión se limita al importe original de pérdida por deterioro) de forma que el nuevo importe en libros sea el menor entre el costo y el precio de venta revisado menos los costos de terminación y venta.

Deterioro del valor de otros activos distintos de los inventarios
Principios generales
La entidad reducirá el importe en libros del activo hasta su importe recuperable si, y solo si, el importe recuperable es inferior al importe en libros. Esa reducción es una pérdida por deterioro del valor. Una entidad reconocerá una pérdida por deterioro del valor inmediatamente en resultados.

Unknown dijo...

Indicadores del deterioro
Una entidad evaluará, en cada fecha sobre la que se informa, si existe algún indicio del deterioro del valor de algún activo. Si existiera este indicio, la entidad estimará el importe recuperable del activo. Si no existen indicios de deterioro del valor, no será necesario estimar el importe recuperable. Si no fuera posible estimar el importe recuperable del activo individual, una entidad estimará el importe recuperable de la unidad generadora de efectivo a la que el activo pertenece. Este caso podría ser porque medir el importe recuperable requiere una previsión de los flujos de efectivo, y algunas veces los activos individuales no generan este tipo de flujos por sí mismos. Al evaluar si existe algún indicio de que pueda haberse deteriorado el valor de un activo, la entidad considerará, como mínimo, los indicios de fuentes externas de información y las fuentes internas de información del párrafo 27.9. Si existiese algún indicio de que el activo puede haber deteriorado su valor, esto podría indicar que la entidad debería revisar la vida útil restante, el método de depreciación (amortización) o el valor residual del activo, y ajustarlos de acuerdo con la sección de esta NIIF aplicable a ese activo, incluso si finalmente no se reconociese ningún deterioro del valor para el activo.

Medición del importe recuperable
El importe recuperable de un activo o de una unidad generadora de efectivo es el mayor entre su valor razonable menos los costos de venta y su valor en uso. Si no fuera posible estimar el importe recuperable de un activo individual, las referencias contenidas en los párrafos 27.12 a 27.20 con relación a un activo también deben entenderse como referencias a la unidad generadora de efectivo del activo. No siempre es necesario determinar el valor razonable del activo menos los costos de venta y su valor en uso. Si cualquiera de esos importes excediera al importe en libros del activo, éste no habría sufrido un deterioro de su valor y, no sería necesario estimar el otro importe. Si no hubiese razón para creer que el valor en uso de un activo excede de forma significativa a su valor razonable menos los costos de venta, se considerará a este último como su importe recuperable.

Valor razonable menos costos de venta
El valor razonable menos los costos de venta es el importe que se puede obtener por la venta de un activo, en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua entre partes interesadas y debidamente informadas, menos los costos de disposición. La mejor evidencia del valor razonable del activo menos los costos de venta es la existencia de un precio, dentro de un acuerdo vinculante de venta, en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua o al precio de mercado en un mercado activo.

Unknown dijo...

Valor en uso
Valor en uso es el valor presente de los flujos futuros de efectivo que se espera obtener de un activo. El cálculo del valor presente involucra las frases del párrafo 27.15. También Los elementos del párrafo 27.16 deberán reflejarse en el cálculo del valor en uso de un activo. Al medir el valor en uso, las estimaciones de los flujos de efectivo futuros incluirán lo contenido en el párrafo 27.17. Las estimaciones de los flujos de efectivo futuros no incluirán lo establecido en el párrafo 27.18. Los flujos de efectivo futuros se estimarán, para el activo, teniendo en cuenta su estado actual. Estas estimaciones de flujos de efectivo futuros no incluirán entradas o salidas de efectivo futuras estimadas que se espera que surjan de:
• una reestructuración futura a la que una entidad no se ha comprometido todavía, o
• mejoras o aumentos del rendimiento de los activos.
La tasa (tasas) de descuento a utilizar en el cálculo del valor presente será la tasa (o tasas) antes de impuestos, que refleje las evaluaciones actuales del mercado:
• del valor temporal del dinero, y
• de los riesgos específicos del activo para los cuales las estimaciones de flujos de efectivo futuros no hayan sido ajustadas.
La tasa (tasas) de descuento empleada para medir el valor en uso de un activo no reflejarán los riesgos para los cuales ya hayan sido ajustadas las estimaciones de flujos de efectivo futuros para evitar una doble contabilización.

Reconocimiento y medición de la pérdida por deterioro del valor de una unidad generadora de efectivo
Una pérdida por deterioro del valor de una unidad generadora de efectivo se reconocerá si, y solo si, el importe recuperable de la unidad es inferior al importe en libros de la misma. La pérdida por deterioro del valor se distribuirá, para reducir el importe en libros de los activos de la unidad, en el siguiente orden:
• en primer lugar, se reducirá el importe en libros de cualquier plusvalía distribuida a la unidad generadora de efectivo, y
• a continuación, se distribuirá entre los demás activos de la unidad, de forma proporcional sobre la base del importe en libros de cada uno de los activos de la unidad generadora de efectivo.
Sin embargo, una entidad no reducirá el importe en libros de ningún activo de la unidad generadora de efectivo que esté por debajo del mayor de:
• su valor razonable menos los costos de venta (si se pudiese determinar);
• su valor en uso (si se pudiese determinar); y
• cero.

Unknown dijo...

Requerimientos adicionales para el deterioro del valor de la plusvalía
La plusvalía, por sí sola, no puede venderse. Tampoco genera flujos de efectivo a una entidad que sean independientes de los flujos de efectivo de otros activos. Como consecuencia, el valor razonable de la plusvalía no puede medirse directamente. Por lo tanto, el valor razonable de la plusvalía debe derivarse de la medición del valor razonable de las unidades generadoras de efectivo de las que la plusvalía es una parte. Para el propósito de comprobar el deterioro del valor, la plusvalía adquirida en una combinación de negocios se distribuirá, desde la fecha de adquisición, entre cada una de las unidades generadoras de efectivo de la entidad adquirente, que se espere se beneficiarán de las sinergias de la combinación de negocios, independientemente de si se asignan o no otros activos o pasivos de la entidad adquirida a esas unidades. Parte del importe recuperable de una unidad generadora de efectivo es atribuible a las participaciones no controladoras en la plusvalía. Con el propósito de comprobar el deterioro del valor de una unidad generadora de efectivo con plusvalía de la que no se tiene la propiedad total, el importe en libros de la unidad es ajustará a efectos prácticos, antes de compararse con el valor recuperable correspondiente, incrementando el importe en libros de la plusvalía distribuida a la unidad para incluir la plusvalía atribuible a la participación no controladora.

Reversión de una pérdida por deterioro del valor
Una pérdida por deterioro del valor reconocida en la plusvalía no se revertirá en los periodos posteriores. Para todos los activos distintos a la plusvalía, una entidad evaluará, en cada fecha sobre la que se informa, si existe algún indicio de que una pérdida por deterioro del valor reconocida en periodos anteriores pueda haber desaparecido o disminuido. Los indicios de que una pérdida por deterioro del valor ya no existe o puede haber disminuido son generalmente los opuestos a los establecidos en el párrafo 27.9.

Reversión cuando el importe recuperable se estimó para un activo individual con deterioro de valor
Cuando la anterior pérdida por deterioro del valor se basó en el importe recuperable del activo individual con deterioro de valor, se aplican los requerimientos establecidos en el párrafo 27.30.
Reversión cuando el importe recuperable se estimó para una unidad generadora de efectivo
Cuando la pérdida por deterioro del valor original se basó en el importe recuperable de la unidad generadora de efectivo a la que pertenece el activo, se aplicarán los requerimientos del párrafo 27.31. Una entidad revelará la información establecida en los párrafos 27.32 y 27.33, para cada clase de activos.

Unknown dijo...

IDEAS IMPORTANTES DE LA SECCION

Contabilización del deterioro del valor.
Deterioro del valor de los inventarios. Precio de venta menos costos de terminación y venta, Reversión del deterioro del valor.
Deterioro del valor de otros activos distintos de los inventarios. Indicadores del deterioro, medición del importe recuperable, valor razonable menos costos de venta, valor en uso, Reconocimiento y medición de la pérdida por deterioro del valor de una unidad generadora de efectivo.
Requerimientos adicionales para el deterioro del valor de la plusvalía. Reversión de una pérdida por deterioro del valor, reversión cuando el importe recuperable se estimó para un activo individual con deterioro de valor y reversión cuando el importe recuperable se estimó para una unidad generadora de efectivo.
Información a revelar.

PREGUNTAS

¿Qué establece y a que se aplicara la sección 27 de las NIIF para las PYMES?
Una pérdida por deterioro se produce cuando el importe en libros de un activo es superior a su importe recuperable y se aplicará en la contabilización del deterioro del valor de todos los activos distintos a los siguientes, para los que se establecen requerimientos de deterioro de valor en otras secciones de esta NIIF.

¿Según la sección 27 de la NIIF para las PYMES, como evaluara la entidad si ha habido un deterioro del valor de los inventarios?
La entidad evaluara comparando el importe en libros de cada partida del inventario (o grupo de partidas similares―véase el párrafo 27.3) con su precio de venta menos los costos de terminación y venta.

¿Según la sección 27 de la NIIF para las PYMES, que evaluará y que hará una entidad, en cada fecha sobre la que se informa?
Evaluará si existe algún indicio del deterioro del valor de algún activo. Si existiera este indicio, la entidad estimará el importe recuperable del activo. Si no existen indicios de deterioro del valor, no será necesario estimar el importe recuperable.

¿Según la sección 27 de NIIF para las PYMES, que se hará para el propósito de comprobar el deterioro del valor, la plusvalía adquirida en una combinación de negocios?
Se distribuirá, desde la fecha de adquisición, entre cada una de las unidades generadoras de efectivo de la entidad adquirente, que se espere se beneficiarán de las sinergias de la combinación de negocios, independientemente de si se asignan o no otros activos o pasivos de la entidad adquirida a esas unidades.

¿Según la sección 27 de la NIIF para las PYMES, que no se revertirá en periodos posteriores?
Una pérdida por deterioro del valor reconocida en la plusvalía.

Unknown dijo...

Referencias

A NIIF completas

En la NIIF para las PYMES establece la comprobación del deterioro sólo es necesaria cuando existen indicios de deterioro (Excepto para inventarios que deben medirse anualmente). Activos no corrientes mantenidos para la venta no se clasifican por separado. Son un indicador de deterioro de estos activos. Y en la NIIF completa Se requieren pruebas anuales de deterioro para intangibles con vidas útiles indefinidas (Incluyendo Goodwill) e intangibles aún no disponibles para uso. Activos no corrientes mantenidos para la venta son una categoría separada. (NIIF 5)

A enmiendas a NIIF para las PYMES

• Aclaración de que la sección 27 no se aplica a los activos derivados de contratos de construcción (véase el párrafo 27.1 (f)).
• (También hay cambios consiguientes en los apartados 27.6, 27.30 (b) Y 27.31 (b) en relación con los cambios a la Sección 17 (véase la enmienda 23) y el párrafo 27.14 relativo a los cambios en la Sección 11 (véase enmienda 18).)

HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

RESUMEN
SECCIÓN 28
BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS

La sección 28 de la NIIF para las PYMES, se aplicará al contabilizar los beneficios a los empleados que comprenden todos los tipos de contraprestaciones que la entidad proporciona a los trabajadores, incluyendo administradores y gerentes, a cambio de sus servicios. Beneficios a los empleados son los beneficios cuyo pago será totalmente atendido en el término de los doce meses siguientes al cierre del periodo en el cual los empleados han prestado sus servicios, beneficios post-empleo son los beneficios a los empleados que se pagan después de completar su periodo de empleo en la entidad. Los beneficios a los empleados también incluyen las transacciones con pagos basados en acciones, por medio de la cual reciben instrumentos de patrimonio (tales como acciones u opciones sobre acciones), o efectivo u otros activos de la entidad por importes que se basan en el precio de las acciones de la entidad u otros instrumentos de patrimonio de ésta. Una entidad puede retribuir a los empleados por ausencia por varias razones incluyendo los permisos retribuidos por vacaciones anuales y las ausencias remuneradas por enfermedad. Algunas ausencias remuneradas a corto plazo se acumulan pueden utilizarse en periodos futuros si los empleados no usan en su totalidad a las que tienen derecho en el periodo corriente, una entidad medirá su obligación por beneficios definidos sobre la base de un valor presente descontado. La entidad medirá la tasa usada para descontar los pagos futuros por referencia a las tasas de mercado que a fecha sobre la que se informa tengan los bonos corporativos de alta calidad. En los países donde no exista un mercado amplio para estos títulos, se utilizarán las tasas de mercado de los bonos emitidos por el gobierno. La moneda y el plazo de los bonos corporativos deberán ser coherentes con la moneda y el periodo para los pagos futuros.

IDEAS IMPORTANTES DE LA SECCION
Contabilización de beneficios a los empleados.
Principio de reconocimiento general para todos los beneficios a los empleados.
Beneficios a los empleados a corto plazo. Medición de beneficios generalmente a corto plazo, reconocimiento y medición – ausencias remuneradas a corto plazo, reconocimiento – participación en ganancias y planes de incentivos
Beneficios post-empleo: distinción entre planes de aportaciones definidas y planes de beneficios definidos.
Beneficios post-empleo: planes de aportaciones definidas. Beneficios post-empleo: planes de beneficios definidos. Otros beneficios a largo plazo para los empleados
Beneficios por terminación del contrato, planes de grupo e información a revelar.

Unknown dijo...

PREGUNTAS

¿Según la sección 28 de las NIIF para las PYMES, que comprende los beneficios a los empleados?
Comprenden todos los tipos de contraprestaciones que la entidad proporciona a los trabajadores, incluyendo administradores y gerentes, a cambio de sus servicios.

¿Según la sección 28 de la NIIF para las PYMES, que partidas comprenden los beneficios a corto plazo a los empleados?
• sueldos, salarios y aportaciones a la seguridad social;
• ausencias remuneradas a corto plazo (tales como los derechos por ausencias anuales remuneradas o las ausencias remuneradas por enfermedad), cuando se espere que tengan lugar dentro de los doce meses siguientes al cierre del periodo en el que los empleados han prestado los servicios relacionados;
• participaciones en ganancias e incentivos pagaderos dentro de los doce meses siguientes al cierre del periodo en el que los empleados han prestado los servicios correspondientes; y
• beneficios no monetarios a los empleados actuales (tales como asistencia médica, alojamiento, automóviles y entrega de bienes y servicios gratuitos o subvencionados).

¿Según la sección 28 de la NIIF para las PYMES, que pasara cuándo un empleado haya prestado sus servicios a una entidad durante el periodo sobre el que se informa?
La entidad medirá el importe reconocido de acuerdo con el párrafo 28.3 por el importe no descontado de los beneficios a corto plazo a los empleados que se espera que haya que pagar por esos servicios.

¿Según la sección 28 de la NIIF para las PYMES, cuando la entidad reconocerá el costo esperado de la participación en ganancias y pagos por incentivos?
• la entidad tenga una obligación implícita o actual legal de realizar estos pagos como resultado de un suceso pasado (esto significa que la entidad no tiene una alternativa más realista que la de efectuar los pagos); y
• pueda realizarse una estimación fiable de la obligación.

¿Según la sección 28 de la NIIF para las PYMES, como se reconocerán los beneficios por terminación?
Puesto que los beneficios por terminación no proporcionan a una entidad beneficios económicos futuros, una entidad los reconocerá en resultados como gasto de forma inmediata.

Referencias

A NIIF completas
En las NIIF para PYMES sección 28 establece las ganancias o pérdidas actuariales pueden ser reconocidas en el resultado o en el otro resultado integral. En el caso de NIIF completas Las nuevas mediciones de la obligación (activo), en donde se incluyen las ganancias o pérdidas actuariales, se deben reconocer en el otro resultado integral.

A enmiendas a NIIF para PYMES
• Aclaración de la aplicación de requisitos de la contabilidad del párrafo 28.23 a otra a beneficios para empleados a largo plazo (véase el párrafo 28.30).
• La eliminación del requisito de divulgar la política contable de beneficios por terminación (véase el párrafo 28.43).
• (También hay cambios consiguientes en 28.41 (e) del párrafo en relación con los cambios en la Sección 2 (véase la enmienda 3).)

HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

RESUMEN
SECCIÓN 29
IMPUESTO A LAS GANANCIAS

La sección 29 de las NIIF para las PYMES, tiene como propósito el término impuesto a las ganancias incluye todos los impuestos nacionales y extranjeros que estén basados en ganancias fiscales. El impuesto a las ganancias incluye impuestos, tales como las retenciones sobre dividendos, que se pagan por una subsidiaria, asociada o negocio conjunto, en las distribuciones a la entidad que informa. También trata la contabilidad del impuesto a las ganancias. Se requiere que una entidad reconozca las consecuencias fiscales actuales y futuras de transacciones y otros sucesos que se hayan reconocido en los estados financieros. Estos importes fiscales reconocidos comprenden el impuesto corriente y el impuesto diferido. El impuesto corriente es el impuesto por pagar (recuperable) por las ganancias (o pérdidas) fiscales del periodo corriente o de periodos anteriores. El impuesto diferido es el impuesto por pagar o por recuperar en periodos futuros, generalmente como resultado de que la entidad recupera o liquida sus activos y pasivos por su importe en libros actual, y el efecto fiscal de la compensación de pérdidas o créditos fiscales no utilizados hasta el momento procedentes de periodos anteriores. Una entidad contabilizará el impuesto a las ganancias, siguiendo las fases del párrafo 29.3 (a) a
(i) de esta sección.

Reconocimiento y medición de impuestos corrientes
Una entidad reconocerá un pasivo por impuestos corrientes por el impuesto a pagar por las ganancias fiscales del periodo actual y los periodos anteriores. Si el importe pagado, correspondiente al periodo actual y a los anteriores, excede el importe por pagar de esos periodos, la entidad reconocerá el exceso como un activo por impuestos corrientes. Una entidad reconocerá un activo por impuestos corrientes por los beneficios de una pérdida fiscal que pueda ser aplicada para recuperar el impuesto pagado en un periodo anterior. Una entidad medirá un pasivo (o activo) por impuestos corrientes a los importes que se esperen pagar (o recuperar) usando las tasas impositivas y la legislación que haya sido aprobada, o cuyo proceso de aprobación esté prácticamente terminado, en la fecha sobre la que se informa. Una entidad reconocerá los cambios en un pasivo o activo por impuestos corrientes como gasto por el impuesto en resultados, excepto que el cambio atribuible a una partida de ingresos o gastos reconocida conforme a esta NIIF como otro resultado integral, también deba reconocerse en otro resultado integral.

Unknown dijo...

Reconocimiento de impuestos diferidos
Una entidad reconocerá un activo o pasivo por impuestos diferidos por el impuesto por recuperar o pagar en periodos futuros como resultado de transacciones o sucesos pasados. Este impuesto surge de la diferencia entre los importes reconocidos por los activos y pasivos de la entidad en el estado de situación financiera y el reconocimiento de los mismos por parte de las autoridades fiscales, y la compensación de pérdidas o créditos fiscales no utilizados hasta el momento procedente de periodos anteriores. Si la entidad espera recuperar el importe en libros de un activo, o liquidar el importe en libros de un pasivo, sin afectar a las ganancias fiscales, no surgirá ningún impuesto diferido con respecto al activo o pasivo.
La entidad determinará la base fiscal de un activo, pasivo u otra partida de acuerdo con la legislación que se haya aprobado o cuyo proceso de aprobación esté prácticamente terminado. Si la entidad presenta una declaración fiscal consolidada, la base fiscal se determinará en función de la legislación fiscal que regule dicha declaración. Si la entidad presenta declaraciones fiscales por separado para las distintas operaciones, la base fiscal se determinará según las legislaciones fiscales que regulen cada declaración fiscal. La base fiscal determina los importes que se incluirán en ganancias fiscales en la recuperación o liquidación del importe en libros de un activo o pasivo. Específicamente las bases tratadas en el párrafo 29.12(a)-(b). Algunas partidas tienen base fiscal, pero no se reconocen como activos y pasivos.

Diferencias temporarias
Las diferencias temporarias surgen cuando:
• Existe una diferencia entre los importes en libros y las bases fiscales en el reconocimiento inicial de los activos y pasivos, o en el momento en que se crea una base fiscal para esas partidas que tienen una base fiscal pero que no se reconocen como activos y pasivos.
• Existe una diferencia entre el importe en libros y la base fiscal que surge tras el reconocimiento inicial porque el ingreso o gasto se reconoce en el resultado integral o en el patrimonio de un periodo sobre el que se informa, pero se reconoce en ganancias fiscales en otro periodo diferente.
• La base fiscal de un activo o pasivo cambia y el cambio no se reconocerá en el importe en libros del activo o pasivo de ningún periodo.

Pasivos y activos por impuestos diferidos
Excepto por lo requerido en el párrafo 29.16, una entidad reconocerá:
(a) Un pasivo por impuestos diferidos para todas las diferencias temporarias que se espere que incrementen la ganancia fiscal en el futuro.
(b) Un activo por impuestos diferidos para todas las diferencias temporarias que se espere que reduzcan la ganancia fiscal en el futuro.
(c) Un activo por impuestos diferidos para la compensación de pérdidas fiscales no utilizadas y créditos fiscales no utilizados hasta el momento procedente de periodos anteriores.

Unknown dijo...

A los requerimientos del párrafo 29.15 se aplican las siguientes excepciones:
(a) Una entidad no reconocerá un activo o pasivo por impuestos diferidos para las diferencias temporarias asociadas a ganancias no remitidas por subsidiarias extranjeras, sucursales, asociadas y negocios conjuntos, en la medida en que la inversión sea de duración básicamente permanente, a menos que sea evidente que las diferencias temporarias se vayan a revertir en un futuro previsible.
(b) Una entidad no reconocerá un pasivo por impuestos diferidos para las diferencias temporarias asociadas al reconocimiento inicial de la plusvalía.
Una entidad reconocerá los cambios en un pasivo o activo por impuestos diferidos como gasto por el impuesto a las ganancias en resultados, excepto si el cambio atribuible a una partida de ingresos o gastos, reconocida de conforme a esta NIIF como otro resultado integral, también se deba reconocer en otro resultado integral.

Medición de impuestos diferidos
Una entidad medirá un activo (o pasivo) por impuestos diferidos usando las tasas impositivas y la legislación que hayan sido aprobadas, o cuyo proceso de aprobación esté prácticamente terminado, en la fecha sobre la que se informa. Una entidad considerará las tasas impositivas cuyo proceso de aprobación esté prácticamente terminado cuando los sucesos futuros requeridos por el proceso de aprobación no hayan afectado históricamente al resultado ni sea probable que lo hagan. Cuando se apliquen diferentes tasas impositivas a distintos niveles de ganancia fiscal, una entidad medirá los gastos (ingresos) por impuestos diferidos y los pasivos (activos) por impuestos diferidos relacionados, utilizando las tasas medias aprobadas, o cuyo proceso de aprobación esté prácticamente terminado, que se espera que sean aplicables a la ganancia (o pérdida) fiscal de los periodos en los que se espere que el activo por impuestos diferidos se realice o que el pasivo por impuestos diferidos se liquide. La medición de los pasivos por impuestos diferidos y de los activos por impuestos diferidos reflejará las consecuencias fiscales que se derivarían de la forma en que la entidad espera, en la fecha sobre la que se informa, recuperar o liquidar el importe en libros de los activos y pasivos relacionados. Por ejemplo, si la diferencia temporaria surge de una partida de ingreso que se espera sea gravable como una ganancia de capital en un periodo futuro, el gasto por impuestos diferidos se mide utilizando la tasa impositiva de ganancias de capital.


Una entidad reconocerá una corrección valorativa para los activos por impuestos diferidos, de modo que el importe en libros neto iguale al importe máximo que es probable que se recupere sobre la base de las ganancias fiscales actuales o futuras. Una entidad revisará el importe en libros neto de un activo por impuestos diferidos en cada fecha sobre la que se informa, y ajustará la corrección valorativa para reflejar la evaluación actual de las ganancias fiscales futuras.

Unknown dijo...

Medición de impuestos corrientes y diferidos
Una entidad no descontará los activos y pasivos por impuestos corrientes o diferidos. Las incertidumbres sobre si las autoridades fiscales correspondientes aceptarán los importes que la entidad les presenta afectarán al importe del impuesto corriente y del impuesto diferido. Una entidad medirá los activos y pasivos por impuestos corrientes y diferidos utilizando el importe medio ponderado por la probabilidad de todos los resultados posibles, suponiendo que las autoridades fiscales revisarán los importes presentados y tendrán pleno conocimiento de toda la información relevante. En algunas jurisdicciones, el impuesto a las ganancias es pagadero a una tasa mayor o menor, si una parte o la totalidad de la ganancia o de las ganancias acumuladas se paga como dividendos a los accionistas de la entidad. En otras jurisdicciones, el impuesto a las ganancias puede ser devuelto o pagado, si una parte o la totalidad de la ganancia o de las ganancias acumuladas se pagan como dividendos a los accionistas de la entidad. En ambas circunstancias, una entidad medirá los impuestos corrientes y diferidos a la tasa impositiva aplicable a las ganancias no distribuidas hasta que la entidad reconozca un pasivo para pagar un dividendo. Cuando la entidad reconozca un pasivo para pagar un dividendo, reconocerá el pasivo (activo) por impuestos corrientes o diferidos resultantes y el gasto (ingreso) relacionado. Cuando una entidad paga dividendos a sus accionistas, se le puede requerir pagar una porción de los dividendos a las autoridades fiscales, en nombre de los accionistas. Estos importes, pagados o por pagar a las autoridades fiscales, se cargan al patrimonio como parte de los dividendos.

Una entidad reconocerá el gasto por impuestos en el mismo componente del resultado integral total (es decir, operaciones continuadas, operaciones discontinuadas u otro resultado integral) o en el patrimonio como la transacción u otro suceso que dio lugar al gasto por impuestos. Cuando una entidad presente activos corrientes o no corrientes y pasivos corrientes o no corrientes, como clasificaciones separadas en su estado de situación financiera no clasificará ningún activo (pasivo) por impuestos diferidos como activos (o pasivos) corrientes. Una entidad compensará los activos por impuestos corrientes y pasivos por impuestos corrientes, o los activos por impuestos diferidos y pasivos por impuestos diferidos solo cuando tenga el derecho, exigible legalmente, de compensar los importes y tenga intención de liquidarlos en términos netos o de realizar el activo y liquidar el pasivo simultáneamente. Una entidad revelará información contenida en los párrafos 29.30 a 29.32 de NIIF para las PYMES.


IDEAS IMPORTANTES DE LA SECCION

Contabilización del impuesto a las ganancias.
Fases en la contabilización del impuesto a las ganancias.
Reconocimiento y medición de impuestos corrientes.
Reconocimiento de impuestos diferidos.
Medición de impuestos diferidos y Medición de impuestos corrientes y diferidos.
Retenciones fiscales sobre dividendos.
Presentación: distribución en el resultado integral y en el patrimonio, separación entre partidas corrientes y no corrientes y compensación.
Información que se debe revelar.

Unknown dijo...

PREGUNTAS

¿A qué se aplicara la sección 29 de la NIIF para las PYMES?
Se aplicará a la contabilidad del impuesto a las ganancias. Se requiere que una entidad reconozca las consecuencias fiscales actuales y futuras de transacciones y otros sucesos que se hayan reconocido en los estados financieros.

¿Según la sección 29 de la NIIF para las PYMES, como reconocerá la entidad un pasivo por impuesto corriente?
Una entidad reconocerá el pasivo por impuestos corrientes por el impuesto a pagar por las ganancias fiscales del periodo actual y los periodos anteriores.

¿Según la sección 29 de la NIIF para las PYMES, como la entidad reconocerá un activo por impuestos corrientes?
La entidad reconocerá un activo por impuestos corrientes por los beneficios de una pérdida fiscal que pueda ser aplicada para recuperar el impuesto pagado en un periodo anterior.

¿A qué se refiere con la base fiscal, según la sección 29 de la NIIF para las PYMES?
Se refiere a que la entidad determinará la base fiscal de un activo, pasivo u otra partida de acuerdo con la legislación que se haya aprobado o cuyo proceso de aprobación esté prácticamente terminado.

¿Según la sección 29 de la NIIF para las PYMES, cuando surgen las diferencias temporarias?
• Existe una diferencia entre los importes en libros y las bases fiscales en el reconocimiento inicial de los activos y pasivos, o en el momento en que se crea una base fiscal para esas partidas que tienen una base fiscal pero que no se reconocen como activos y pasivos.
• Existe una diferencia entre el importe en libros y la base fiscal que surge tras el reconocimiento inicial porque el ingreso o gasto se reconoce en el resultado integral o en el patrimonio de un periodo sobre el que se informa, pero se reconoce en ganancias fiscales en otro periodo diferente.
• La base fiscal de un activo o pasivo cambia y el cambio no se reconocerá en el importe en libros del activo o pasivo de ningún periodo.

Unknown dijo...

Referencias

A NIIF completas
En la sección 29 de NIIF para las PYMES, establece los activos por impuestos diferidos con incertidumbre en su probabilidad se reducen mediante una cuenta valuativa separada y se requiere ajuste a los activos y pasivos por impuestos si existen incertidumbres importantes sobre la posibilidad de modificaciones por parte de las autoridades tributarias. Y en la NIIF completas establece los activos por impuestos diferidos solo se reconocen si se consideran probables las ganancias fiscales futuras y en el caso de los ajustes no existe tal disposición.

A enmiendas NIIF para las PYMES
• Alineación de los principios fundamentales de la Sección 29 con la NIC 12 Impuestos a las Ganancias para el reconocimiento y medición de impuesto sobre la renta diferido, pero modificado para que sea consistente con los demás requisitos en la NIIF para las PYMES (cubre enmiendas a la Sección 29, excepto los de la enmienda 45, y las definiciones relacionadas en el glosario).
• Adición de exención de un costo o esfuerzo excesivo a la obligación de compensar los activos y pasivos por impuesto sobre la renta (ver los párrafos 29.37 y 29.41).

HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

RESUMEN
SECCIÓN 30
CONVERSIÓN DE LA MONEDA EXTRANJERA

La sección 30 de la NIIF para las PYMES, una entidad puede llevar a cabo actividades en el extranjero de dos formas diferentes. Puede realizar transacciones en moneda extranjera o bien puede tener negocios en el extranjero. Además, una entidad puede presentar sus estados financieros en una moneda extranjera. Esta sección prescribe cómo incluir las transacciones en moneda extranjera y los negocios en el extranjero, en los
Estados financieros de una entidad, y cómo convertir los estados financieros a la moneda de presentación. La moneda funcional de una entidad es la moneda del entorno económico principal en el que opera dicha entidad.
Una transacción en moneda extranjera es una transacción que está denominada o requiere su liquidación en una moneda extranjera, incluyendo transacciones que surgen cuando una entidad:
(a) compra o vende bienes o servicios cuyo precio se denomina en una moneda extranjera;
(b) presta o toma prestados fondos, cuando los importes por pagar o cobrar se denominan en una moneda extranjera; o
(c) aparte de eso, adquiere o dispone de activos, incurre o liquida pasivos, denominados en una moneda extranjera.
Una entidad reconocerá, en los resultados del periodo en que aparezcan, las diferencias de cambio que surjan al liquidar las partidas monetarias o al convertir las partidas monetarias a tasas diferentes de las que se utilizaron para su conversión en el reconocimiento inicial durante el periodo o en periodos anteriores. El efecto de un cambio de moneda funcional se contabilizará de forma prospectiva. En otras palabras, una entidad convertirá todas las partidas a la nueva moneda funcional utilizando la tasa de cambio en la fecha en que se produzca la modificación. Los importes convertidos resultantes para partidas no monetarias, se tratarán como sus costos históricos. Deben realizarse los procedimientos correspondientes de cambios a la moneda funcional. En los párrafos 30.26 y 30.27, las referencias a la “moneda funcional” se aplicarán, en el caso de un grupo, a la moneda funcional de la controladora. Una entidad revelará información contenida en los párrafos 30.25 a 30.27 de la NIIF para las PYMES.

IDEAS IMPORTANTES DE LA SECCION
Conversión de la Moneda Extranjera.
Moneda funcional.
Información en moneda funcional sobre las transacciones en moneda extranjera.
Inversión neta en un negocio en el extranjero.
Cambio de moneda funcional.
Utilización de una moneda de presentación distinta de la moneda funcional.
Información a revelar.

Unknown dijo...

PREGUNTAS

¿Según la sección 30 de la NIIF para las PYMES, Cuáles son las dos formas diferente en que la entidad puede llevar a cabo actividades en el extranjero?
Puede realizar transacciones en moneda extranjera o bien puede tener negocios en el extranjero. Además, una entidad puede presentar sus estados financieros en una moneda extranjera.

¿Según la sección 30 de la NIIF para las PYMES, que es la moneda funcional de una entidad?
La moneda funcional de una entidad es la moneda del entorno económico principal en el que opera dicha entidad.

¿Según la sección 30 de la NIIF para las PYMES, que factores también pueden suministrar evidencia acerca de la moneda funcional de una entidad?
• La moneda en la cual se generan los fondos de las actividades de financiación (emisión de instrumentos de deuda y patrimonio).
• La moneda en que normalmente se conservan los importes cobrados por las actividades de operación.

¿Según la sección 30 de la NIIF para las PYMES, que es una transacción en moneda extranjera?
Una transacción en moneda extranjera es una transacción que está denominada o requiere su liquidación en una moneda extranjera.

¿Según la sección 30 de la NIIF para las PYMES, que hará una entidad cuando se produzca un cambio en la moneda funcional?
La entidad aplicará los procedimientos de conversión que sean aplicables a la nueva moneda funcional de forma prospectiva, desde la fecha del cambio.

Referencias

A NIIF completas
En la sección 30 de NIIF para las PYMES, establece las diferencias en conversión no se reclasifican a resultados. Y en la NIIF completas establece que son reconocidas en ORI y posteriormente reclasificadas a resultados.

A enmiendas a NIIF para las PYMES
• Se aclara que los instrumentos financieros que derivan su valor de cambio en un tipo de cambio determinado se excluyen de la Sección3D, pero no los instrumentos financieros denominados en moneda extranjera (ver el párrafo 30.1).
• (También hay cambios consiguientes en 30.18 (e) del párrafo en relación con los cambios en la Sección9 (véase la enmienda 11).)

HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...


Resumen
sección 26 pagos basados en acciones

Esta sección especifica la contabilidad de todas las transacciones con pagos basados en acciones. Las transacciones con pagos basados en acciones que se liquidan en efectivo incluyen los derechos sobre la revaluación de acciones. Una entidad reconocerá los bienes o servicios recibidos o adquiridos en una transacción con pagos basados en acciones en el momento de la obtención de los bienes o cuando se reciban servicios, si los pagos basados en acciones concedidos a los empleados se consolidan inmediatamente no se requerirá que el empleado complete un determinado periodo de servicios antes de que adquiera incondicionalmente el derecho sobre esos pagos basados en acciones, si los pagos basados en acciones no se consolidan hasta que el empleado complete un periodo de servicios especificado, la entidad supondrá que los servicios especificado, la entidad supondrá que los servicios se van a prestar por el empleado durante el periodo para la consolidación de la concesión como contraprestación de los pagos basados en acciones que recibirá en el futuro, la entidad contabilizara esos servicios a medida que sean prestados por el empleado durante el periodo de consolidación de la concesión, junto con el con el correspondiente incremento en el patrimonio o en los pasivos. En las transacciones con pagos basados en acciones que se liquidan con instrumentos de patrimonio una entidad medirá los bienes o servicios recibidos y el correspondiente incremento en el patrimonio al valor razonable de los bienes o servicios recibidos a menos que ese valor razonable no pueda ser estimado con fiabilidad. Una entidad contabilizara la cancelación o la liquidación de los incentivos con pagos basados en acciones que se liquiden con instrumentos de patrimonio como una aceleración de la consolidación de la concesión, se reconocerá inmediatamente el importe.

Unknown dijo...

Resumen
seccion 27 deterioro del valor de los activos

Una perdida por deterioro se produce cuando el importe en libros de un activo es superior a su importe recuperable, una entidad valuara en cada fecha sobre la que se informa si ha habido un deterioro del valor de los inventarios. La entidad realizara la evaluación comparando el importe en libros de cada partida del inventario con su precio de venta menos los costos de terminación y venta, si es impracticable determinar el precio de venta menos los costos de terminación de los inventarios, partida por partida, la entidad podrá agrupar a efectos de evaluar el deterioro del valor las partidas de inventario relacionadas con la misma línea de producto que tenga similar propósito o uso final, y se produzcan y comercialicen en la misma zona geográfica, se realizara una nueva evaluación del precio de venta menos los costos de terminación y venta en cada periodo posterior al que se informa cuando las circunstancias que previamente causaron el deterioro del valor de los inventarios hayan dejado de existir, se debe evaluar si existe algún indicio de deterioro del valor de un activo para esto debe considerarse: fuentes externas de información, fuentes internas de información. El importe recuperable de un activo o de una unidad generadora de efectivo es el mayor entre su valor razonable menos los costos de venta y su valor de uso. El valor razonable menos los costos de venta es el importe que se puede obtener por la venta de un activo en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua entre partes interesadas y debidamente informadas menos los costos de disposición. Se reconocerá la perdida por deterioro si el importe recuperable de la unidad es inferior al importe en libros de la misma.

Unknown dijo...

Resumen
sección 28 NIIF para PYMES beneficios a los empleados

Los beneficios a los empleados comprenden todos los tipos de contraprestaciones que la entidad proporciona a los trabajadores, incluyendo administradores y gerentes, a cambio de sus servicios.
Beneficios a los empleados son los beneficios cuyo pago será totalmente atendido en el termino de los doce meses siguientes al cierre del periodo en el cual los empleados han prestado sus servicios, beneficios post-empleo son los beneficios a los empleados que se pagan después de completar su periodo de empleo en la entidad. Los beneficios a los empleados también incluyen las transacciones con pagos basados en acciones, por medio de la cual reciben instrumentos de patrimonio (tales como acciones u opciones sobre acciones), o efectivo u otros activos de la entidad por importes que se basan en el precio de las acciones de la entidad u otros instrumentos de patrimonio de ésta. Una entidad puede retribuir a los empleados por ausencia por varias razones incluyendo los permisos retribuidos por vacaciones anuales y las ausencias remuneradas por enfermedad. Algunas ausencias remuneradas a corto plazo se acumulan pueden utilizarse en periodos futuros si los empleados no usan en su totalidad a las que tienen derecho en el periodo corriente, una entidad medirá su obligación por beneficios definidos sobre la base de un valor presente descontado. La entidad medirá la tasa usada para descontar los pagos futuros por referencia a las tasas de mercado que a fecha sobre la que se informa tengan los bonos corporativos de alta calidad. En los países donde no exista un mercado amplio para estos títulos, se utilizarán las tasas de mercado de los bonos emitidos por el gobierno.

Unknown dijo...

Resumen
sección 29
impuesto a las ganancias

Para el propósito de esta NIIF, el término impuesto a las ganancias incluye todos los impuestos nacionales y extranjeros que estén basados en gananciasfiscales. El impuesto a las ganancias incluye impuestos, tales como las retenciones sobre dividendos, que se pagan por una subsidiaria, asociada o negocio conjunto, en las distribuciones a la entidad que informa. Una entidad reconocerá un pasivo por impuestos corrientes por el impuesto a pagar por las ganancias fiscales del periodo actual y los periodos anteriores. Si el importe pagado, correspondiente al periodo actual y a los anteriores, excede el importe por pagar de esos periodos, la entidad reconocerá el exceso como un activo por impuestos corrientes, reconocerá los cambios en un pasivo o activo por impuestos corrientes como gasto por el impuesto en resultados, excepto que el cambio atribuible a una partida de ingresos o gastos reconocida conforme a esta NIIF como otro resultado integral, también deba reconocerse en otro resultado integral. La entidad determinará la base fiscal de un activo, pasivo u otra partida de acuerdo con la legislación que se haya aprobado o cuyo proceso de aprobación esté prácticamente terminado. Si la entidad presenta una declaración fiscal consolidada, la base fiscal se determinará en función de la legislación fiscal que regule dicha declaración. Si la entidad presenta declaraciones fiscales por separado para las distintas operaciones, la base fiscal se determinará según las legislaciones fiscales que regulen cada declaración fiscal.Una entidad reconocerá los cambios en un pasivo o activo por impuestos diferidos como gasto por el impuesto a las ganancias en resultados, excepto si el cambio atribuible a una partida de ingresos o gastos, reconocida de conforme a esta NIIF como otro resultado integral, también se deba reconocer en otro resultado integral.

Unknown dijo...

Resumen
sección 30
transacciones en moneda extranjera

Una entidad puede llevar a cabo actividades en el extranjero de dos formas diferentes. Puede realizar transacciones en moneda extranjera o bien puede tener negocios en el extranjero. Además, una entidad puede presentar sus estados financieros en una moneda extranjera. Esta sección prescribe cómo incluir las transacciones en moneda extranjera y los negocios en el extranjero, en los
Estados financieros de una entidad, y cómo convertir los estados financieros a la moneda de presentación. La moneda funcional de una entidad es la moneda del entorno económico principal en el que opera dicha entidad.
Una transacción en moneda extranjera es una transacción que está denominada o requiere su liquidación en una moneda extranjera, incluyendo transacciones que surgen cuando una entidad:
- compra o vende bienes o servicios cuyo precio se denomina en una moneda extranjera;
- presta o toma prestados fondos, cuando los importes por pagar o cobrar se denominan en una moneda extranjera; o
- aparte de eso, adquiere o dispone de activos, incurre o liquida pasivos, denominados en una moneda extranjera.

Una entidad reconocerá, en los resultados del periodo en que aparezcan, las diferencias de cambio que surjan al liquidar las partidas monetarias o al convertir las partidas monetarias a tasas diferentes de las que se utilizaron para su conversión en el reconocimiento inicial durante el periodo o en periodos anteriores. El efecto de un cambio de moneda funcional se contabilizará de forma prospectiva. En otras palabras, una entidad convertirá todas las partidas a la nueva moneda funcional utilizando la tasa de cambio en la fecha en que se produzca la modificación.

Unknown dijo...

La sección 26 se enfocara en la contabilización de todas las transacciones con pagos basados en acciones, que se liquidan con todos aquellos instrumentos de patrimonio, en donde la entidad requiere bienes o servicios como contraprestación de los instrumentos de patrimonio.
También todas aquellas transacciones que se liquiden en efectivo, en donde la entidad adquiere bienes y servicios incurriendo en pasivos con el proveedor de esos bienes y servicios por instrumentos que están basados en el precio de las acciones de la entidad o en otros instrumentos de patrimonio.
La entidad reconocerá esos bienes y servicios adquiridos en una transacción con pago, basados en acciones en el momento de la obtención de los bienes o cuando se devenguen los servicios.
Cuando los bienes y servicios recibidos en una transacción con pagos basados en acciones no reúnan las condiciones para su reconocimiento inicial como un activo la entidad los reconocerá de inmediato como un gasto.
Reconocimiento cuando existen condiciones para la consolidación.
• Si los pagos basado en acciones concedidos a los empleados se consoliden inmediatamente, no es requerido que el empleado complete un determinado periodo de servicio.
• Si los pagos basados en acciones concedidos a los empleados no se consoliden inmediatamente, la entidad supondrá que los servicios se presentaran por el empleado durante el periodo de la consolidación.
La medición de los bienes y servicios recibidos y el correspondiente incremento en el patrimonio, el valor razonable de los bienes y servicios recibidos, a menos que esa entidad no pueda medir su valor razonable.
Para aquellas transacciones con empleados, se medirán al valor razonable de los instrumentos de patrimonio se determinara en la fecha de concesión, estará condicionada al cumplimiento por parte de los empleados para determinadas condiciones para la consolidación.
La entidad medirá las acciones al valor razonable utilizando la siguiente jerarquización: a) disponibilidad de precio en un mercado observable, utilizando datos del mercado, b) si hay un precio en el mercado utilizara dicho valor, c) medible al valor razonable de las acciones o los derechos de revaluación utilizando un método de valoración.

Unknown dijo...

La sección 26 se enfocara en la contabilización de todas las transacciones con pagos basados en acciones, que se liquidan con todos aquellos instrumentos de patrimonio, en donde la entidad requiere bienes o servicios como contraprestación de los instrumentos de patrimonio.
También todas aquellas transacciones que se liquiden en efectivo, en donde la entidad adquiere bienes y servicios incurriendo en pasivos con el proveedor de esos bienes y servicios por instrumentos que están basados en el precio de las acciones de la entidad o en otros instrumentos de patrimonio.
La entidad reconocerá esos bienes y servicios adquiridos en una transacción con pago, basados en acciones en el momento de la obtención de los bienes o cuando se devenguen los servicios.
Cuando los bienes y servicios recibidos en una transacción con pagos basados en acciones no reúnan las condiciones para su reconocimiento inicial como un activo la entidad los reconocerá de inmediato como un gasto.
Reconocimiento cuando existen condiciones para la consolidación.
• Si los pagos basado en acciones concedidos a los empleados se consoliden inmediatamente, no es requerido que el empleado complete un determinado periodo de servicio.
• Si los pagos basados en acciones concedidos a los empleados no se consoliden inmediatamente, la entidad supondrá que los servicios se presentaran por el empleado durante el periodo de la consolidación.
La medición de los bienes y servicios recibidos y el correspondiente incremento en el patrimonio, el valor razonable de los bienes y servicios recibidos, a menos que esa entidad no pueda medir su valor razonable.
Para aquellas transacciones con empleados, se medirán al valor razonable de los instrumentos de patrimonio se determinara en la fecha de concesión, estará condicionada al cumplimiento por parte de los empleados para determinadas condiciones para la consolidación.
La entidad medirá las acciones al valor razonable utilizando la siguiente jerarquización: a) disponibilidad de precio en un mercado observable, utilizando datos del mercado, b) si hay un precio en el mercado utilizara dicho valor, c) medible al valor razonable de las acciones o los derechos de revaluación utilizando un método de valoración.

Unknown dijo...

Enmiendas de las Niif para Pymes:
37. Alineación del alcance y las definiciones con la NIIF 2 Pagos basados en acciones o aclarar que el pago basado en acciones operaciones con instrumentos de renta variable de otro grupo entidades están en el alcance de la Sección 26 (véanse los párrafos 26.1-26.1A y definiciones relacionadas en el glosario).
38. Aclaración de que la sección 26 se aplica a todos las operaciones de pagos basados en acciones en la que la identificación consideración parece ser menor que el valor razonable de la instrumentos de patrimonio concedidos o del pasivo incurrido y las transacciones con pagos basados en acciones no sólo a los que son siempre de acuerdo con los programas establecidos bajo la ley (véanse los párrafos 26.1B y 26.17).

39. Aclaración del tratamiento contable de devengo pagos condiciones y modificaciones a las subvenciones de instrumentos de capital (véanse los párrafos 26.9, 26.12 Y 3 nuevos definiciones en el glosario).

40. Se aclara que la simplificación prevista en planes de grupo para la medición del pago basado en acciones como único gasto y no releva de su reconocimiento (véanse los párrafos 26.16 y 26.22).

Unknown dijo...

SECCIÓN 27
DETERIORO DEL VALOR DE LOS ACTIVOS.
Un deterioro de valor de los acticos se produce cuando el importe en libros de un activo es superior a su importe recuperable, la sección 27 de NIIF para Pymes se encargara en la contabilización del deterioro determinado.
• Deterioro del valor de los inventarios:
Una entidad valuara en cada fecha en el que se informa si habrá deterioro de los inventarios, la entidad realizara la evaluación comparando el importe en libros de cada partida del inventario o grupo de partida similares.
En el caso que sea impracticable determinar el precio de venta, la empresa determinara a efecto de determinar el valor del deterioro las partidas del inventario relacionados con la misma línea del producto que tengan similar propósito o uso, y se produzca la misma comercialización en la zona geográfica.
Reversión del deterioro del valor:
La entidad realizara una evaluación del precio de venta menos los costos de terminación y venta en cada periodo en el que se informa. Cuando las circunstancias que previamente causaron el deterioro de los inventarios hayan dejado de existir o cuando exista una clara evidencia de un incremento en el precio de venta menos los costos de terminación y ventas como consecuencia de un cambio en las circunstancias económicas.
Indicadores de deterioro de los activos:
Si existe algún indicio, la entidad estimara el importe recuperable del activo. Si no existe indicio del deterioro de los activos la entidad no será necesario estimar el importe recuperable.
Valor en uso:
Es el valor presente de los flujos futuros de efectivo que se espera obtener de un activo, el calcularlo incluirá las siguientes fases:
 Estimar las entradas y salidas futuras del efectivo derivadas de la utilización continuada del activo y su disposición final.
 Aplicar la tasa de descuento adecuada a los flujos de efectivo futuros.
Enmiendas Niif pymes:
41. Aclaración de que la sección 27 no se aplica a los activos derivados de contratos de construcción (véase el párrafo 27.1 Activos (f)).
(También hay cambios consiguientes en los apartados 27.6, 27.30 (b) Y 27.31 (b) en relación con los cambios a la Sección 17 (véase la enmienda 23) y el párrafo 27.14 relativo a los cambios en la Sección 11 (véase enmienda 18).)

Unknown dijo...

RESUMEN DE LA SECCION 28
BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS

Los beneficios a los empleados comprenden todos los tipos de contraprestaciones que la entidad proporciona a los trabajadores, incluyendo administradores y gerentes, a cambio de sus servicios.
Así mismo es importante recalcar los cuatro tipos de beneficios a los empleados a los que hace referencia esta sección son:
a) Beneficios a corto plazo a los empleados.
b) Beneficios post – empleo.
c) Otros beneficios a largo plazo para los empleados.
d) Beneficios por terminación.

Una entidad reconocerá el costo de todos los beneficios a los empleados a los que estos tengan derecho como resultado de servicios prestados a la entidad durante el periodo comprendido sobre el que se informa como:
a) Un pasivo, después de deducir los importes que hayan sido pagados directamente a los empleados o como una contribución a un fondo de beneficios para los empleados. Si el importe pagado excede a las aportaciones que se deben realizar según los servicios prestados hasta la fecha sobre la que se informa, una entidad reconocerá ese exceso como un activo en la medida en que el pago anticipado vaya a dar lugar a una reducción en los pagos a efectuar en el futuro o aun reembolso en efectivo.
b) Un gasto, a menos que otra sección de esta NIIF requiera que el costo se reconozca como parte del costo de un activo, tal como inventarios o propiedades planta y equipo.

Los beneficios post – empleo incluyen, por ejemplo:
a) Beneficios por retiro, tales como las pensiones y
b) Otros beneficios posteriores al empleo, tales como los seguros de vida o los beneficios de asistencia médica.

Los planes de beneficios post – empleo se clasifican en planes de aportaciones definidas y planes de beneficios definidos, según sus principales términos y condiciones.
Una entidad puede pagar primar de pólizas de seguros para financiar un plan de beneficios post – empleo. La entidad tratara este plan como un plan de aportaciones definidas a menos que la entidad tenga la obligación legal o implícita de:
a) Pagar a los empleados los beneficios directamente en el momento en que sean exigibles.
b) Pagar importes adicionales si la aseguradora no paga todos los beneficios a los empleados futuros relacionados con servicios prestados por los empleados en el periodo presente y en los anteriores.

Se requiere que una entidad reconozca todas las ganancias y pérdidas actuariales en el periodo en que se produzcan. Por lo que una entidad reconocerá:
a) Todas las ganancias y pérdidas actuariales en resultados, o
b) Todas las ganancias y pérdidas actuariales en otro resultado integral.

Otros beneficios a largo plazo para los empleados incluyen, por ejemplo:
a) Las ausencias remuneradas a largo plazo.
b) Los beneficios por largos periodos de servicio.
c) Los beneficios por invalidez de larga duración.
d) La participación en ganancias e incentivos pagaderos a partir de los doce meses del cierre del periodo en el que los empleados han prestado los servicios correspondientes.
e) Los beneficios diferidos que se recibirán a partir de los doce meses del cierre del periodo en el que se han ganado.

Una entidad reconocerá un pasivo por otros beneficios a largo plazo y los medirá por el total neto de los siguientes importes:
a) El valor presente de las obligaciones por beneficios definidos en la fecha sobre la que se informa.
b) El valor razonable, en la fecha sobre la que se informa, de los activos del plan que se emplearan para la cancelación directa de las obligaciones.

Una entidad revelara el importe reconocido en resultados como un gasto por los planes de aportaciones definidas.
Enmiendas Niif Pymes:
42. Aclaración de la aplicación de requisitos de la contabilidad del párrafo 28.23 a otra a beneficios para empleados a largo plazo (véase el párrafo 28.30).
43. La eliminación del requisito de divulgar la política contable de beneficios por terminación (véase el párrafo 28.43).

Unknown dijo...

RESUMEN DE LA SECCION 29
IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Para el propósito de esta NIIF, el término impuesto a las ganancias incluye todos los impuestos nacionales y extranjeros que estén basados en gananciasfiscales.

Así también es importante mencionar que el impuesto a las ganancias incluye impuestos, tales como las retenciones sobre dividendos, que se pagan por una subsidiaria, asociada o negocio conjunto, en las distribuciones a la entidad que informa.

Una entidad reconocerá un pasivo por impuestos corrientes por el impuesto a pagar por las ganancias fiscales del periodo actual y los periodos anteriores.

Si el importe pagado, correspondiente al periodo actual y a los anteriores, excede el importe por pagar de esos periodos, la entidad reconocerá el exceso como un activo por impuestos corrientes, reconocerá los cambios en un pasivo o activo por impuestos corrientes como gasto por el impuesto en resultados, excepto que el cambio atribuible a una partida de ingresos o gastos reconocida conforme a esta NIIF como otro resultado integral, también deba reconocerse en otro resultado integral.

La entidad determinará la base fiscal de un activo, pasivo u otra partida de acuerdo con la legislación que se haya aprobado o cuyo proceso de aprobación esté prácticamente terminado.

Si la entidad presenta una declaración fiscal consolidada, la base fiscal se determinará en función de la legislación fiscal que regule dicha declaración. Si la entidad presenta declaraciones fiscales por separado para las distintas operaciones, la base fiscal se determinará según las legislaciones fiscales que regulen cada declaración fiscal.

Una entidad reconocerá los cambios en un pasivo o activo por impuestos diferidos como gasto por el impuesto a las ganancias en resultados, excepto si el cambio atribuible a una partida de ingresos o gastos, reconocida de conforme a esta NIIF como otro resultado integral, también se deba reconocer en otro resultado integral.

Enmiendas NIIF PYMES
44. Alineación de los principios fundamentales de la Sección 29 con la NIC 12 Impuestos a las Ganancias para el reconocimiento y medición de impuesto sobre la renta diferido, pero modificado para que sea consistente con los demás requisitos en la NIIF para las PYME(cubre enmiendas a la Sección 29, excepto los de la enmienda 45, y las definiciones relacionadas en el glosario).
45. Adición de exención de un costo o esfuerzo excesivo a la obligación de compensar los activos y pasivos por impuesto sobre la renta (ver los párrafos 29.37 y 29.41). 

Unknown dijo...

RESUMEN DE LA SECCION 30
CONVERSION DE LA MONEDA EXTRANJERA

Una entidad puede llevar a cabo actividades en el extranjero de dos formas diferentes:
a) Puede realizar transacciones en moneda extranjera, o
b) Puede tener negocios en el extranjero.

Además, una entidad puede presentar sus estados financieros en una moneda extranjera.
Así también esta sección prescribe cómo incluir las transacciones en moneda extranjera y los negocios en el extranjero, en losEstados financieros de una entidad, y cómo convertir los estados financieros a la moneda de presentación.
La moneda funcional de una entidad es la moneda del entorno económico principal en el que opera dicha entidad.
Una transacción en moneda extranjera es una transacción que está denominada o requiere su liquidación en una moneda extranjera, incluyendo transacciones que surgen cuando una entidad:
a) Compra o vende bienes o servicios cuyo precio se denomina en una moneda extranjera;
b) Presta o toma prestados fondos, cuando los importes por pagar o cobrar se denominan en una moneda extranjera; o
c) Aparte de eso, adquiere o dispone de activos, incurre o liquida pasivos, denominados en una moneda extranjera.

Una entidad reconocerá, en los resultados del periodo en que aparezcan, las diferencias de cambio que surjan al liquidar las partidas monetarias o al convertir las partidas monetarias a tasas diferentes de las que se utilizaron para su conversión en el reconocimiento inicial durante el periodo o en periodos anteriores.

El efecto de un cambio de moneda funcional se contabilizará de forma prospectiva. En otras palabras, una entidad convertirá todas las partidas a la nueva moneda funcional utilizando la tasa de cambio en la fecha en que se produzca la modificación.
Los importes convertidos resultantes para partidas no monetarias, se tratarán como sus costos históricos.

Así como se deben realizarlos procedimientos correspondientes de cambios a la moneda funcional.

Enmiendas Niif Pymes:
46. Se aclara que los instrumentos financieros que derivan su valor de cambio en un tipo de cambio determinado se excluyen de la Sección3D, pero no los instrumentos financieros denominados en moneda extranjera (ver el párrafo 30.1). (También hay cambios consiguientes en 30.18 (e) del párrafo en relación con los cambios en la Sección9 (véase la enmienda 11).)
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