martes, 27 de octubre de 2015

EQUIPO 3 AUDITORÍA NIAS

EQUIPO 3 AUDITORÍA  NIAS Semana 10

27 comentarios:

Unknown dijo...

RESUMEN
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 200
OBJETIVOS GLOBALES DEL AUDITOR INDEPENDIENTE Y REALIZACIÓN DE LA AUDITORÍA DE CONFORMIDAD CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA.

Esta Norma Internacional de Auditoría 200, trata de las responsabilidades globales que tiene el auditor independiente cuando realiza una auditoría de estados financieros de conformidad con las NIA. En particular, establece los objetivos globales del auditor independiente y explica la naturaleza y el alcance de una auditoría diseñada para permitir al auditor independiente alcanzar dichos objetivos. Al auditor independiente se le denomina "auditor". Las NIA están redactadas en el contexto de una auditoría de estados financieros realizada por un auditor. Cuando se apliquen a auditorias de otra información financiera histórica, se adaptarán en la medida en que sea necesario, en función de las circunstancias.

La auditoría de estados financieros
El objetivo de una auditoría es aumentar el grado de confianza de los usuarios en los estados financieros. Esto se logra mediante la expresión, por palie del auditor, de una opinión sobre si los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con un marco de información financiera aplicable. Los estados financieros sometidos a auditoría son los de la entidad, preparados por la dirección bajo la supervisión de los responsables del gobierno de la entidad. Las NIA no imponen responsabilidades a la dirección o a los responsables del gobierno de la entidad y no invalidan las disposiciones legales y reglamentarias que rigen sus responsabilidades. Una auditoría de conformidad con las NIA se realiza partiendo de la premisa de que la dirección y, cuando proceda, los responsables del gobierno de la entidad, han reconocido que tienen determinadas responsabilidades que son fundamentales para realizar la auditoría.

Como base para la opinión del auditor, las NIA requieren que el auditor obtenga una seguridad razonable de que los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material, debida a fraude o error, Una seguridad razonable es un grado alto de seguridad. Una seguridad razonable es un grado alto de seguridad. Se alcanza cuando el auditor ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada para reducir el riesgo de auditoría.

Unknown dijo...

El concepto de importancia relativa se aplica por el auditor tanto en la planificación como en la ejecución de la auditoría, así como en la evaluación del efecto de las incorrecciones identificadas sobre la auditada y, en su caso, de las incorrecciones no corregidas sobre los estados financieros. Los juicios acerca de la importancia relativa se realizan teniendo en cuenta las circunstancias que concurren y se ven afectados tanto por la percepción que tiene el auditor de las necesidades de información financiera de los usuarios de los estados financieros, como por la magnitud o naturaleza de una incorrección o por una combinación de ambos. Las NIA contienen objetivos, requerimientos y una guía de aplicación y otras anotaciones explicativas que tienen como finalidad ayudar al auditor a alcanzar una seguridad razonable. Las NIA requieren que el auditor aplique su juicio profesional y mantenga un escepticismo profesional durante la planificación y ejecución de la auditoría y, entre otras cosas:
• Identifique y valore los riesgos de incorrección material, debida a fraude o error, basándose en el conocimiento de la entidad y de su entorno, incluido el control interno de la entidad.
• Obtenga evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si existen incorrecciones materiales, mediante el diseño y la implementación de respuestas adecuadas a los riesgos valorados.
• Se forme una opinión sobre los estados financieros basada en las conclusiones alcanzadas a partir de la evidencia de auditoría obtenida.

La forma en la que el auditor exprese su opinión dependerá del marco de información financiera y de las disposiciones legales o reglamentarias aplicables. En la realización de la auditoría de estados financieros, los objetivos globales del auditor son:
• la obtención de una seguridad razonable de que los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material, debida a fraude o error, que permita al auditor expresar una opinión sobre si los estados financieros están preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con un marco de información financiera aplicable.
• la emisión de un informe sobre los estados financieros, y el cumplimiento de los requerimientos de comunicación contenidos en las NIA, a la luz de los hallazgos del auditor.

Requerimientos
El auditor cumplirá los requerimientos de ética, incluidos los relativos a la independencia, aplicables a los encargos de auditoría de estados financieros.
El auditor planificará y ejecutará la auditoría con escepticismo profesional, reconociendo que pueden darse circunstancias que supongan que los estados financieros contengan incorrecciones materiales.
El auditor aplicará su juicio profesional en la planificación y ejecución de la auditoría de estados financieros.
Con el fin de alcanzar una seguridad razonable, el auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada para reducir el riesgo de auditoría a un nivel aceptablemente bajo y, en consecuencia, para permitirle alcanzar conclusiones razonables en las que basar su opinión.

IDEAS IMPORTANTES
La auditoría de estados financieros.
Objetivos globales del auditor.
Definiciones.
Requerimientos.
Realización de la auditoría de conformidad con las NIA.
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas

Unknown dijo...

PREGUNTAS

¿Qué es lo que trata la Norma Internacional de Auditoría 200?
Trata de las responsabilidades globales que tiene el auditor independiente cuando realiza una auditoría de estados financieros de conformidad con las NIA. En particular, establece los objetivos globales del auditor independiente y explica la naturaleza y el alcance de una auditoría diseñada para permitir al auditor independiente alcanzar dichos objetivos. Asimismo explica el alcance, la aplicabilidad y la estructura de las NIA e incluye requerimientos que establecen las responsabilidades globales del auditor independiente aplicables en todas las auditorías, incluida la obligación de cumplir las NIA.

¿Cuál es el objetivo de una auditoría según la Norma Internacional de Auditoría 200?
El objetivo de una auditoría es aumentar el grado de confianza de los usuarios en los estados financieros.

¿Para la opinión de auditor que es lo que requiere la Norma Internacional de Auditoría 200?
Requiere que el auditor obtenga una seguridad razonable de que los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material, debida a fraude o error.

¿Cuándo se aplica el concepto de importancia relativa por parte del auditor según la Norma Internacional de Auditoría 200?
Se aplica por el auditor tanto en la planificación como en la ejecución de la auditoría, así como en la evaluación del efecto de las incorrecciones identificadas sobre la auditada y, en su caso, de las incorrecciones no corregidas sobre los estados financieros.

¿Dónde aplicara el juicio profesional el auditor la Norma Internacional de Auditoría 200?
El auditor aplicará su juicio profesional en la planificación y ejecución de la auditoría de estados financieros.

Referencia
Normas Internacionales de Auditoría (versión 2013)

HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

RESUMEN
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 210
ACUERDO DE LOS TÉRMINOS DEL ENCARGO DE AUDITORÍA

Esta Norma Internacional de Auditoría 210, trata de las responsabilidades que tiene el auditor al acordar los términos del encargo de auditoría con la dirección y, cuando proceda, con los responsables del gobierno de la entidad. Ello incluye determinar si concurren ciertas condiciones previas a la auditoría cuya responsabilidad corresponde a la dirección y, cuando proceda, a los responsables del gobierno de la entidad. También trata de los aspectos relacionados con la aceptación del encargo que se encuentran bajo control del auditor. El objetivo del auditor es aceptar o continuar con un encargo de auditoría únicamente cuando se haya acordado la premisa sobre la que la auditoría se va a realizar mediante:
• la determinación de si concurren las condiciones previas a una auditoría.
• la confirmación de que existe una comprensión común por parte del auditor y de la dirección y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad acerca de los términos del encargo de auditoría.
Requerimientos

Para determinar si concurren las condiciones previas a la auditoría, el auditor debe de determinar los requerimientos del apartado 6 de la Norma.
Limitación al alcance de la auditoria antes de la aceptación del encargo de auditoría
Si la dirección o los responsables del gobierno de la entidad incluyen en la propuesta de los términos de un encargo de auditoría la imposición de una limitación al alcance del trabajo del auditor de tal forma que el auditor considere que tendrá que denegar la opinión sobre los estados financieros, el auditor no aceptará dicho encargo con limitaciones como encargo de auditoría, salvo que esté obligado a ello por las disposiciones legales o reglamentaria.
Otros factores que afectan a la aceptación de un encargo de auditoría
Si no se dan las condiciones previas a la auditoría, el auditor lo discutirá con la dirección. Salvo que esté obligado a ello por las disposiciones legales o reglamentarias, el auditor no aceptará el encargo de auditoría propuesto:
• si determina que no es aceptable el marco de información financiera que se utilizará para la preparación de los estados financieros, salvo en los casos previstos en el apartado 19.
• si no se ha alcanzado el acuerdo mencionado en el apartado 6(b).
Acuerdo de los términos del encargo de auditoría

El auditor acordará los términos del encargo de auditoría con la dirección o con los responsables del gobierno de la entidad, según corresponda. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 11, los términos del encargo de auditoría acordados se harán constar en una carta de encargo u otra forma adecuada de acuerdo escrito, e incluirá:
• el objetivo y él alcance de la auditoría de los estados financieros;
• las responsabilidades del auditor;
• las responsabilidades de la dirección;
• la identificación del marco de información financiera aplicable para la preparación de los estados financieros; y
• una referencia a la estructura y contenido que se espera de cualquier informe emitido por el auditor y una declaración de que pueden existir circunstancias en las que el contenido y la estructura del informe difieran de lo esperado.

Unknown dijo...

Si las disposiciones o reglamentarias prescriben de forma suficientemente de tallada los términos del encargo de auditoría que se mencionan en el apartado 10, el auditor no tendrá que hacerlos constar en un acuerdo escrito, salvo el hecho de que dichas disposiciones son aplicables y de que la dirección reconoce y comprende sus responsabilidades, tal como se establecen en el apartado 6(b).

En las auditorías recurrentes, el auditor valorará si las circunstancias requieren la revisión de los términos del encargo de auditoría y si es necesario recordar a la entidad los términos existentes del encargo de auditoría.
Aceptación de una modificación de los términos del encargo de auditoría
El auditor no aceptará una modificación de los términos del encargo de auditoría si no existe una justificación razonable para ello. Si, antes de finalizar el encargo de auditoría, se solicita al auditor que convierta el encargo de auditoría en un encargo que ofrezca un menor grado de seguridad, el auditor determinará si existe una justificación razonable para ello. Si se cambian los términos del encargo de auditoría, el auditor y la dirección acordarán y harán constar los nuevos términos del encargo en una carta de encargo u otra forma adecuada de acuerdo escrito.

Si el auditor no puede aceptar un cambio de los términos del encargo de auditoría y la dirección no le permite continuar con el encargo de auditoría original, el auditor procederá del siguiente modo:
• renunciará al encargo de auditoría, si las disposiciones legales o reglamentarias aplicables lo permite; y
• determinará si existe alguna obligación, contractual o de otro tipo, de informar de las circunstancias a otras partes, tales como los responsables del gobierno de la entidad, los propietarios o las autoridades reguladoras.
Normas de información financiera complementadas por las disposiciones legales o reglamentarias.

Si existen disposiciones legales o reglamentarias 'que complementen las normas de información financiera establecidas por un organismo emisor de normas autorizado o reconocido, el auditor determinará si hay algún conflicto entre las normas de información financiera y los requerimientos adicionales. Si existen conflictos de este tipo, el auditor discutirá con la dirección la naturaleza de los requerimientos adicionales y acordará si:
• los requerimientos adicionales pueden cumplirse mediante revelaciones de información adicionales en los estados financieros; o
• la descripción del marco -de información financiera aplicable realizada en los estados financieros puede modificarse en consecuencia.
Si ninguna de las actuaciones anteriores es posible, el auditor decidirá si es necesario expresar una opinión modificada de conformidad con la NIA 705.
Si el auditor determina que el marco de información financiera prescrito por las disposiciones legales o reglamentarias sería inaceptable si no estuviera previsto por dichas disposiciones, el auditor aceptará el encargo de auditoría sólo si se dan las condiciones del apartado 19.
Informe de auditoría prescrito por las disposiciones legales o reglamentarias.
En algunos casos, las disposiciones legales o reglamentarias de la jurisdicción correspondiente establecen el formato o la redacción del informe de auditoría en términos que difieren de manera significativa de los requerimientos de las NIA. En estas circunstancias, el auditor evaluará:
• si los usuarios podrían interpretar erróneamente la seguridad obtenida de la auditoría de los estados financieros y, si éste fuera el caso,
• si una explicación adicional en el informe de auditoría podría mitigar la posible interpretación errónea.
Si el auditor concluye que una explicación adicional en el informe de auditoría no puede mitigar la posible interpretación errónea, el auditor no aceptará el encargo de auditoría, salvo que esté obligado a ello por las disposiciones legales o reglamentarias.

Unknown dijo...

IDEAS IMPORTANTES
Objetivo de la Norma.
Definiciones.
Requerimientos.
Condiciones previas a la auditoría.
Acuerdo de los términos del encargo de auditoría.
Auditorías recurrentes.
Aceptación de una modificación de los términos del encargo de auditoría.
Consideraciones adicionales relacionadas con la aceptación del encargo.
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativa.

PREGUNTAS

¿Qué es lo que trata la Norma Internacional de Auditoría 210?
Trata de las responsabilidades que tiene el auditor al acordar los términos del encargo de auditoría con la dirección y, cuando proceda, con los responsables del gobierno de la entidad.

¿Cuándo debe el auditor denegar la opinión sobre los estados financiero según la Norma Internacional de Auditoría 210?
Cuando la dirección o los responsables del gobierno de la entidad incluyen en la propuesta de los términos de un encargo de auditoría la imposición de una limitación al alcance del trabajo del auditor.

¿Con quién acordará el auditor; los términos del encargo de auditoría según la Norma Internacional de Auditoría 210?
Con la dirección o con los responsables del gobierno de la entidad, según corresponda.

¿Qué hará el auditor en las auditorías recurrentes; los términos del encargo de auditoría según la Norma Internacional de Auditoría 210?
El auditor valorará si las circunstancias requieren la revisión de los términos del encargo de auditoría y si es necesario recordar a la entidad los términos existentes del encargo de auditoría.

¿Cuándo no aceptara el auditor una modificación de los términos según la Norma Internacional de Auditoría 210?
Cuando no exista una justificación razonable de la modificación.

Referencia
Normas Internacionales de Auditoría (versión 2013)

HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

RESUMEN
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 220
CONTROL DE CALIDAD DE LA AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS

Esta Norma Internacional de Auditoría 220, trata de las responsabilidades específicas que tiene el auditor en relación con los procedimientos de control de calidad de una auditoría de estados financieros. También trata, cuando proceda, de las responsabilidades del revisor de control de calidad del encargo. Esta NIA debe interpretarse junto con los requerimientos de ética aplicables.
El sistema de control de calidad y la función de los equipos del encargo
Los sistemas, las políticas y los procedimientos de control de calidad son responsabilidad de la firma de auditoría. De acuerdo con la NICC 1, la firma de auditoría tiene la obligación de establecer y mantener un sistema de control de calidad que le proporcione una seguridad razonable de que:
• la firma de auditoría y su personal cumplen las normas profesionales y los requerimientos legales y reglamentarios aplicables; y
• los informes emitidos por la firma de auditoría o por los socios del encargo son adecuados en función de las circunstancias.

Esta NIA parte de la premisa de que la firma de auditoría está sujeta a la NICC loa requerimientos nacionales que sean al menos igual de exigentes. En el contexto del sistema de control de calidad de la firma de auditoría, los equipos del encargo son los responsables de implementar los procedimientos de control de calidad que sean aplicables al encargo de auditoría y de proporcionar a la firma de auditoría la información necesaria para permitir el funcionamiento de aquella parte del sistema de control de calidad de la firma de auditoría que se refiere a la independencia. Los equipos del encargo pueden confiar en el sistema de control de calidad de la firma de auditoría, salvo que la información proporcionada por la firma de auditoría o terceros indique lo contrario.

Objetivo
El objetivo del auditor es implementar procedimientos de control de calidad relativos al encargo que le proporcionen una seguridad razonable de que:
• la auditoría cumple las normas profesionales y los requerimientos legales.
• el informe emitido por el auditor es adecuado en función de las circunstancia.
Definiciones
Estos están contemplados en el apartado 7 de esta NIA.

Requerimientos
El socio del encargo asumirá la responsabilidad de la calidad global de cada encargo de auditoría que le sea asignado. Durante la realización del encargo de auditoría, el socio del encargo mantendrá una especial atención, mediante la observación y la realización de las indagaciones necesarias, ante situaciones evidentes de incumplimiento por los miembros del equipo del encargo de los requerimientos de ética aplicable. Si, a través del sistema de control de calidad de la firma de auditoría o por otros medios, llegasen al conocimiento del socio del encargo cuestiones que indiquen que los miembros del equipo del encargo han incumplido requerimientos de ética aplicables, el socio del encargo, previa consulta a otros miembros de la firma de auditoría, determinará las medidas adecuadas.
El socio del encargo llegará a una conclusión sobre el cumplimiento de los requerimientos de independencia que sean aplicables al encargo de auditoría. A tal efecto, el socio del encargo deberá considerar los aspectos del apartado 11.

Unknown dijo...

Aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y de encargos de auditoría.

El socio del encargo deberá satisfacerse de que se han aplicado los procedimientos adecuados en relación con la aceptación y continuidad de las relaciones con clientes, y de encargos de auditoría, y determinará si las conclusiones alcanzadas al respecto son adecuadas. Si el socio del encargo obtiene información que, de haber estado disponible con anterioridad, hubiese sido causa de que la firma de auditoría rehusara el encargo de auditoría, el socio del encargo comunicará dicha información a la firma de auditoría a la mayor brevedad, con el fin de que la firma de auditoría y el socio del encargo puedan adoptar las medidas necesarias.
Asignación de equipos a los encargos

El socio del encargo deberá satisfacerse de que el equipo del encargo, y cualquier experto del auditor que no forme parte del equipo del encargo, reúnan en conjunto la competencia y capacidad adecuadas para:
• realizar el encargo de auditoría de conformidad con las normas profesionales y los requerimientos legales y reglamentarios aplicables; y
• poder emitir un informe de auditoría que sea adecuado en función de las circunstancias.
Realización del encargo
Deberán ser considerada la realización del encargo en los apartados 15 al 22 como:
• Dirección, supervisión y realización.
• Revisiones.
• Consultas.
• Revisión de control de calidad del encargo.
• Diferencias de opinión.

Seguimiento
Un sistema efectivo de control de calidad incluye un proceso de seguimiento diseñado para proporcionar a la firma de auditoría una seguridad razonable de que sus políticas y procedimientos en relación con el sistema de control de calidad son pertinentes, adecuados y operan eficazmente. El socio del encargo tendrá en cuenta los resultados del proceso de seguimiento de la firma de auditoría contenidos en la información más reciente difundida por esta y, en su caso, por otras firmas de la red, así corno si las deficiencias indicadas en dicha información pueden afectar al encargo de auditoría.

Documentación
El auditor incluirá en la documentación de auditoría lo contenido en el apartado 24 de esta Norma. El revisor de control de calidad del encargo presentará, para el encargo de auditoría revisado, pruebas documentales de que:
a) se han aplicado los procedimientos requeridos por las políticas de la firma de auditoría sobre revisiones de control de calidad del encargo;
b) la revisión de control de calidad del encargo se ha terminado en la fecha del informe de auditoría o con anterioridad a ella; y
c) el revisor no tiene conocimiento de ninguna cuestión que haya quedado sin resolver que pudiera llevarle a considerar que los juicios significativos realizados por el equipo del encargo y las conclusiones alcanzadas por éste no sean adecuados.


IDEAS IMPORTANTES
El sistema de control de calidad y la función de los equipos del encargo.
Objetivo.
Definiciones.
Requerimientos.
Aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y de encargos de auditoría.
Asignación de equipos a los encargo.
Realización del encargo.
Seguimiento.
Documentación.
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas.

Unknown dijo...

PREGUNTAS

¿Qué es lo que trata la Norma Internacional de Auditoría 220?
Trata de las responsabilidades específicas que tiene el auditor en relación con los procedimientos de control de calidad de una auditoría de estados financieros. También trata, cuando proceda, de las responsabilidades del revisor de control de calidad del encargo.

¿En el sistema de control de calidad de la firma de auditoria; de que son responsables el equipo encargado según la Norma Internacional de Auditoría 220?
Los equipos del encargo son los responsables de implementar los procedimientos de control de calidad que sean aplicables al encargo de auditoría y de proporcionar a la firma de auditoría la información necesaria para permitir el funcionamiento de aquella parte del sistema de control de calidad de la firma de auditoría que se refiere a la independencia.

¿Qué asumirá el socio encargado de auditoría según la Norma Internacional de Auditoría 220?
Asumirá la responsabilidad de la calidad global de cada encargo de auditoría que le sea asignado.

¿Cuándo estará satisfecho el socio encargado de auditoría según la Norma Internacional de Auditoría 220?
Cuando se han aplicado los procedimientos adecuados en relación con la aceptación y continuidad de las relaciones con clientes, y de encargos de auditoría, y determinará si las conclusiones alcanzadas al respecto son adecuadas.

¿De quién y de que asumirá responsabilidad el socio encargado de auditoría según la Norma Internacional de Auditoría 220?
De la dirección, supervisión y realización del encargo de auditoría de conformidad con las normas profesionales y los requerimientos legales y reglamentarios aplicables y de que el informe de auditoría sea adecuado en función de las circunstancias.

Referencias
Normas Internacionales de Auditoría (versión 2013)

HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

RESUMEN
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 230
DOCUMENTACIÓN DE AUDITORÍA

Esta Norma Internacional de Auditoría 230, trata de la responsabilidad que tiene el auditor de preparar la documentación de auditoría correspondiente a una auditoría de estados financieros. En el anexo se enumeran otras NIA que contienen requerimientos específicos de documentación y orientaciones al respecto. Los requerimientos específicos de documentación de otras NIA no limitan la aplicación de la presente NIA.

Naturaleza y propósitos de la documentación de auditoría

La documentación de auditoría que cumpla los requerimientos de esta NIA y los requerimientos específicos de documentación de otras NIA aplicables proporciona:
• evidencia de las bases del auditor para llegar a una conclusión sobre el cumplimiento de los objetivos globales del auditor; y
• evidencia de que la auditoría se planificó y ejecutó de conformidad con las NIA y los requerimientos legales o reglamentarios aplicables.
La documentación de auditoría es útil para algunos propósitos adicionales, como los contenidos en el apartado 3.

Objetivo
El objetivo del auditor es preparar documentación que proporcione:
(a) un registro suficiente y adecuado de las bases para el informe de auditoría; y
(b) evidencia de que la auditoría se planificó y ejecutó de conformidad con las NIA y los requerimientos legales y reglamentarios aplicables.

Las definiciones de esta NIA están contenidas en el apartado 6.
Requerimientos
El auditor preparará la documentación de auditoría oportunamente.
Documentación de los procedimientos de auditoría aplicados y de la evidencia de auditoría obtenida
Estructura, contenido y extensión de la documentación de auditoría
El auditor preparará documentación de auditoría que sea suficiente para permitir a un auditor experimentado, que no haya tenido contacto previo con la auditoría, la comprensión de:
• la naturaleza, el momento de realización y la extensión de los procedimientos de auditoría aplicados en cumplimiento de las NIA y de los requerimientos legales y reglamentarios aplicables;
• los resultados de los procedimientos de auditoría aplicados y la evidencia de auditoría obtenida; y
• (e) las cuestiones significativas que surgieron durante la realización de la auditoría, las conclusiones alcanzadas sobre ellas, y los juicios profesionales significativos aplicados para alcanzar dichas conclusiones.
Al documentar la naturaleza, el momento de realización y la extensión de los procedimientos de auditoría aplicados, el auditor dejará constancia de lo que contempla el apartado 9. El auditor documentará las discusiones sobre cuestiones significativas mantenidas con la dirección, con los responsables del gobierno de la entidad, y con otros, incluida la naturaleza de las cuestiones significativas tratadas, así como la fecha y el interlocutor de dichas discusiones. Si el auditor identifica información incongruente con la conclusión final de la auditoría con respecto a una cuestión significativa, el auditor documentará el modo en que trató dicha incongruencia.

Inaplicación de un requerimiento
Si, en circunstancias excepcionales, el auditor juzga necesario dejar de cumplir un requerimiento aplicable de una NIA, el auditor documentará el modo en que los procedimientos de auditoría alternativos aplicados alcanzan el objetivo de dicho requerimiento, y los motivos de la inaplicación.

Unknown dijo...

Cuestiones surgidas después de la fecha del informe de auditoría
Si, en circunstancias excepcionales, el auditor aplica procedimientos de auditoría nuevos o adicionales o alcanza conclusiones nuevas después de la fecha del informe de auditada, el auditor documentará lo que se refiere el apartado 13.

Compilación del archivo final de auditoría
El auditor reunirá la documentación de auditoría en el archivo de auditoría y completará el proceso administrativo de compilación del archivo final de auditoría oportunamente después de la fecha del informe de auditoría. Después de haber terminado la compilación del archivo final de auditoría, el auditor no eliminará ni descartará documentación de auditoría, cualquiera que sea su naturaleza, antes de que finalice su plazo de conservación.
En circunstancias distintas a las previstas en el apartado l3, cuando el auditor considere necesario modificar la documentación de auditoría existente o añadir nueva documentación de auditoría después de que se haya terminado la compilación del archivo final de auditoría, independientemente de la naturaleza de las modificaciones o incorporaciones, el auditor documentará:
• los motivos específicos para hacerlas; y
• la fecha y las personas que las realizaron o revisaron

IDEAS IMPORTANTES
Naturaleza y propósitos de la documentación de auditoría.
Objetivo de la Norma.
Administración fraudulenta.
Definiciones.
Requerimientos.
Preparación oportuna de la documentación de auditoría.
Documentación de los procedimientos de auditoría aplicados y de la evidencia de auditoría obtenida.
Compilación del archivo final de auditoría

PREGUNTAS

¿Qué trata la Norma Internacional de Auditoría 230?
Trata de la responsabilidad que tiene el auditor de preparar la documentación de auditoría correspondiente a una auditoría de estados financieros. En el anexo se enumeran otras NIA que contienen requerimientos específicos de documentación y orientaciones al respecto. Los requerimientos específicos de documentación de otras NIA no limitan la aplicación de la presente NIA.

¿Qué proporciona la documentación de auditoría cuando cumple los requerimientos de la NIA y los requerimientos específicos según la Norma Internacional de Auditoría 230?
• evidencia de las bases del auditor para llegar a una conclusión sobre el cumplimiento de los objetivos globales del auditor; y
• evidencia de que la auditoría se planificó y ejecutó de conformidad con las NIA y los requerimientos legales o reglamentarios aplicables.

¿Qué es lo que documentara el auditor según la Norma Internacional de Auditoría 230?
Documentará las discusiones sobre cuestiones significativas mantenidas con la dirección, con los responsables del gobierno de la entidad, y con otros, incluida la naturaleza de las cuestiones significativas tratadas, así como la fecha y el interlocutor de dichas discusiones.

¿Qué debe de hacer el auditor en la compilación del archivo final de auditoría según la Norma Internacional de Auditoría 230?
Debe reunir la documentación de auditoría en el archivo de auditoría y completará el proceso administrativo de compilación del archivo final de auditoría oportunamente después de la fecha del informe de auditoría.

¿Qué debe tener en cuenta el auditor después de haber terminado la compilación del archivo final según la Norma Internacional de Auditoría 230?
El auditor no eliminará ni descartará documentación de auditoría, cualquiera que sea su naturaleza, antes de que finalice su plazo de conservación.

Referencias
Normas Internacionales de Auditoría (versión 2013)

HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

RESUMEN
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 240
RESPONSABILIDADES DEL AUDITOR EN LA AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS CON RESPECTO AL FRAUDE

Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de las responsabilidades que tiene el auditor con respecto al fraude en la auditoría de estados financieros. En concreto, desarrolla el modo de' aplicar la NIA 3151 y la NIA 330,2 en relación con los riesgos de incorrección material debida a fraude.
Características del fraude
Las incorrecciones en los estados financieros pueden deberse a fraude o error. El factor que distingue el fraude del error es que la acción subyacente que da lugar a la incorrección de los estados financieros sea o no intencionada. Aunque "fraude" es un concepto jurídico amplio, a los efectos de las NIA al auditor le concierne el fraude que da lugar a incorrecciones materiales en los estados financieros.
Responsabilidad en relación con la prevención y detección del fraude

Los responsables del gobierno de la entidad y la dirección son los principales responsables de la prevención y detección del fraude. Es importante que la dirección, supervisada por los responsables del gobierno de la entidad, ponga gran énfasis en la prevención del fraude, lo que puede reducir las oportunidades de que éste se produzca, así como en la disuasión de dicho fraude, lo que puede persuadir a las personas de no cometer fraude debido a la probabilidad de que se detecte y se sancione.

Responsabilidad del audito
El auditor que realiza una auditoría de conformidad con las NIA es responsable de la obtención de una seguridad razonable de que los estados financieros considerados en su conjunto están Libres de incorrecciones materiales debidas a fraude o erro. Como se indica enlaNIA200, 410 es posibles efectos de las Limitaciones inherentes son especialmente significativos en el caso de incorrecciones debidas a fraude. El riesgo de no detectar incorrecciones materiales debidas a fraude es mayor que el riesgo de no detectar las que se deben a error. Esto se debe a que el fraude puede conllevar planes sofisticados y cuidadosamente organizados para su ocultación, tales como: la falsificación, la omisión deliberada del registro de transacciones o la realización al auditor de manifestaciones intencionadamente errónea. Por otra parte, el riesgo de que el auditor no detecte una incorrección material debida a fraude cometido por la direcciones mayor que en el caso de fraude cometido por empleados; porque la dirección normalmente ocupa una posición que le permite, directa o indirectamente, manipularlos registros contables, proporcionar información financiera fraudulenta o eludir los procedimientos de control diseñados para prevenir que otros empleados cometan fraudes de ese tipo.
Objetivos
Los objetivos del auditor son:
• identificar y valorar los riesgos de incorrección material en los estados financieros debida a fraude;
• obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a los riesgos valorados de incorrección material debida a fraude, mediante el diseño y la implementación de respuestas apropiadas; y
• responder adecuadamente al fraude o a los indicios de fraude identificados durante la realización de la auditoría

Unknown dijo...

Requerimientos
De conformidad con la NIA 200,5 el auditor mantendrá una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría, reconociendo que, a pesar de su experiencia 'previa sobre la honestidad e integridad de la dirección y de los responsables del gobierno de la entidad, es posible que exista una incorrección material debida a fraude.

Cuando las respuestas a las indagaciones ante la dirección o ante los responsables del gobierno de la entidad sean incongruentes, el auditor investigará dichas incongruencias.
Discusión entre los miembros del equipo del encargo

La NIA 315 requiere que se discuta entre los miembros del equipo del encargo y que el socio del encargo determine las cuestiones a comunicar a los miembros del equipo que no participen en la discusión.
Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material debida a fraude
De conformidad con la NIA 315, el auditor identificará y evaluará los riesgos de incorrección material debida a fraude en los estados financieros, y en las afirmaciones relativas a tipos de transacciones, saldos contables o información a
revelar.

El auditor tratará los riesgos valorados de incorrección material debida a fraude como riesgos significativos y, en consecuencia, en la medida en que aún no se haya hecho, el auditor obtendrá conocimiento de los correspondientes controles de la entidad, incluidas las actividades de control, que sean relevantes para dichos riesgos.

Respuestas a los riesgos valorados de incorrección material debida a fraude
Respuestas globales
De conformidad con la NIA 330, el auditor determinará las respuestas globales necesarias frente a los riesgos valorados de incorrección material debida a fraude en los estados financiero. La dirección se encuentra en una posición privilegiada para cometer fraude debido a su capacidad de manipular los registros contables y preparar estados financieros fraudulentos mediante la elusión de controles que, por lo demás, operan eficazmente. Aunque el nivel de riesgo de que la dirección eluda los controles variará de una entidad a otra, la existencia del riesgo en sí está presente en todas las entidades. Dado el carácter imprevisible del modo en que dicha elusión podría producirse, es un riesgo de incorrección material debida a fraude, y por consiguiente, un riesgo significativo.

Evaluación de la evidencia de auditoría
El auditor evaluará si los procedimientos analíticos que se aplican en una fecha cercana a la finalización de la auditoría, para alcanzar una conclusión global sobre si los estados financieros son congruentes con el conocimiento que el auditor tiene de la entidad, indican un riesgo de incorrección material debida a fraude no reconocido previamente. Si el auditor identifica una incorrección, sea o no material, y tiene razones para considerar que es o puede ser el resultado de un fraude, así como que está implicada la dirección (en especial, los miembros de la alta dirección), volverá a considerar la valoración del riesgo de incorrección material debida a fraude y su consiguiente impacto en la naturaleza, el momento de realización y la extensión de los procedimientos de auditoría destinados a dar respuesta a los riesgos valorados. Al reconsiderar la fiabilidad de la evidencia obtenida anteriormente, el auditor tendrá también en cuenta si las circunstancias o las condiciones existentes indican la implicación de empleados, de la dirección o de terceros en una posible colusión.

Unknown dijo...

Imposibilidad del auditor para continuar con el encargo
Si, como consecuencia de una incorrección debida a fraude o a indicios de fraude, el auditor se encuentra con circunstancias excepcionales que llevan a poner en duda su capacidad para seguir realizando la auditoría.
Manifestaciones escritas
El auditor obtendrá de la dirección y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad, manifestaciones escritas según el apartado 39.
Documentación
En relación con el conocimiento de la entidad y de su entorno, así como respecto de la valoración de los riesgos de incorrección material, el auditor incluirá en la documentación de auditoría requerida por la NIA 31512 evidencia de:
(a) las decisiones significativas que se hayan tomado durante la discusión mantenida entre los miembros del equipo del encargo, en relación con la probabilidad de incorrección material en los estados financieros debida a fraude; y
(b) los riesgos identificados y valorados de incorrección material debida al debida a fraude en los, estados financieros y en las afirmaciones.

IDEAS IMPORTANTES
Características del fraude.
Responsabilidad en relación con la prevención y detección del fraude.
Objetivos, requerimientos
Discusión entre los miembros del equipo del encargo.
Procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionadas.
Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material debida a fraude.
Respuesta a los riesgos valorados de incorrección material debida a fraude.
Manifestaciones escritas.
Comunicaciones a las autoridades reguladoras y de supervisión.
Documentación.
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas.

PREGUNTAS

¿Qué trata la Norma Internacional de Auditoría 240?
Trata de las responsabilidades que tiene el auditor con respecto al fraude en la auditoría de estados financieros

¿Qué es lo que distingue el fraude del error según la Norma Internacional de Auditoría 240?
El factor que distingue el fraude del error es que la acción subyacente que da lugar a la incorrección de los estados financieros sea o no intencionada.

¿Quiénes son los principales responsables de la prevención y detección del fraude según la Norma Internacional de Auditoría 240?
El gobierno de la entidad y la dirección.

¿De qué es responsable el auditor que realiza la auditoría conforme a la Norma Internacional de Auditoría 240?
Es responsable de la obtención de una seguridad razonable de que los estados financieros considerados en su conjunto están libres de incorrecciones materiales debidas a fraude o erro.

¿Qué requiere la NIA 315 según la Norma Internacional de Auditoría 240?
Requiere que se discuta entre los miembros del equipo del encargo y que el socio del encargo determine las cuestiones a comunicar a los miembros del equipo que no participen en la discusión.

Referencias
Normas Internacionales de Auditoría (versión 2013)

HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

NIA 200: Objetivos y principios que gobiernan una auditoría

Esta norma señala que el objetivo de una auditoría de estados contables es permitirle al auditor expresar una opinión acerca de si los estados contables están preparados razonablemente, en los aspectos significativos, de acuerdo con un marco de referencia para los estados e informes contables.Para ello el contador público debe cumplir con las prescripciones del Código de Ética, con las de las NIA y con otras normas legales o reglamentarias aplicables manteniendo una actitud de escepticismo dado que los estados contables pueden contener errores importantes.

Expresa también la norma que una auditoría practicada de acuerdo con las NIA está dirigida a proveer una seguridad razonable de que los estados contables tomados en su conjunto están libre de errores significativos. Por lo que describe la responsabilidad que tiene la administración por la preparación y presentación de los estados financieros y por la identificación del marco de referencia de información financiera que se ha de usar para preparar los estados financieros, al cual se refiere la NIA como el "marco de referencia de información financiera aplicable".

El objetivo de una auditoría de estados financieros es facilitar al auditor expresar una opinión sobre si los estados financieros están preparados, respecto de todo lo importante, de acuerdo con un marco de referencia de información financiera aplicable.

Una auditoría de estados financieros es un trabajo para atestiguar, según se define en el "Marco de Referencia Internacional para Trabajos para Atestiguar". Por lo que el marco de referencia define y describe los elementos y objetivos de un trabajo para atestiguar. Las NIA aplican el marco de referencia en el contexto de una auditoría de estados financieros y contienen los principios básicos y procedimientos esenciales, junto con los lineamientos relativos, para aplicarse en esa auditoría.

Finalmente, la norma, claramente destaca que es de la responsabilidad de la dirección del ente la preparación de los estados contables, mientras que la responsabilidad del auditor se circunscribe a su examen. 

IDEAS IMPORTANTES
La auditoría de estados financieros.
Objetivos globales del auditor.
Definiciones.
Requerimientos.
Realización de la auditoría de conformidad con las NIA.
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas

¿Para la opinión de auditor que es lo que requiere la Norma Internacional de Auditoría 200?
Requiere que el auditor obtenga una seguridad razonable de que los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material, debida a fraude o error.

¿Cuándo se aplica el concepto de importancia relativa por parte del auditor según la Norma Internacional de Auditoría 200?
Se aplica por el auditor tanto en la planificación como en la ejecución de la auditoría, así como en la evaluación del efecto de las incorrecciones identificadas sobre la auditada y, en su caso, de las incorrecciones no corregidas sobre los estados financieros.

¿Dónde aplicara el juicio profesional el auditor la Norma Internacional de Auditoría 200?
El auditor aplicará su juicio profesional en la planificación y ejecución de la auditoría de estados financieros.

RGARCIAPERA 2015

Unknown dijo...

NIA 210: Acuerdo sobre los términos del trabajo de auditoría

Esta norma tiene como propósito establecer una guía para acordar con el cliente los términos del trabajo de auditoría y, en su caso, ilustra sobre la posición que debe adoptar un auditor ante un requerimiento del cliente para cambiar los términos convenidos para pasar a otro trabajo de nivel más bajo de seguridad que el que proporciona la auditoría.


La carta o acuerdo del compromiso de la auditoría debe ser enviada al cliente al comienzo del trabajo, de manera de evitar malos entendidos respecto de las cuestiones claves del compromiso.

El contenido varía según el tipo de cliente pero, en general, incluye: objetivo del trabajo; responsabilidad del cliente por la preparación de los estados contables; alcance del trabajo; forma que pueden asumir los informes del auditor; riesgo de la auditoría por limitaciones al alcance o cuestiones inherentes a las cuentas o al control interno establecido; acceso irrestricto a la documentación por parte del auditor; cuestiones relativas al planeamiento, expectativas del cliente; honorarios pactados y modalidad de cobro; apoyo del personal del cliente a la auditoría; etc.

En las auditorías repetitivas, el auditor deberá considerar si existen circunstancias que requieran revisar los términos del compromiso.

Finalmente, si al auditor le fuera solicitado disminuir el alcance del trabajo luego de ponerse de acuerdo en los términos de un compromiso de auditoría completa, debería considerar, según los elementos de juicio que proporciona esta NIA, si es apropiado aceptar el pedido y, si no fuera adecuado, decidirá si corresponde renunciar al compromiso. En tal caso deberá comunicar los hechos a la dirección de la empresa o a la asamblea de accionistas, según corresponda.


El auditor acordará los términos del encargo de auditoría con la dirección o con los responsables del gobierno de la entidad, según corresponda. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 11, los términos del encargo de auditoría acordados se harán constar en una carta de encargo u otra forma adecuada de acuerdo escrito, e incluirá:
• el objetivo y él alcance de la auditoría de los estados financieros;
• las responsabilidades del auditor;
• las responsabilidades de la dirección;
• la identificación del marco de información financiera aplicable para la preparación de los estados financieros; y
• una referencia a la estructura y contenido que se espera de cualquier informe emitido por el auditor y una declaración de que pueden existir circunstancias en las que el contenido y la estructura del informe difieran de lo esperado.

Con quién acordará el auditor; los términos del encargo de auditoría según la Norma Internacional de Auditoría 210?
Con la dirección o con los responsables del gobierno de la entidad, según corresponda.

¿Qué hará el auditor en las auditorías recurrentes; los términos del encargo de auditoría según la Norma Internacional de Auditoría 210?
El auditor valorará si las circunstancias requieren la revisión de los términos del encargo de auditoría y si es necesario recordar a la entidad los términos existentes del encargo de auditoría.

¿Cuándo no aceptara el auditor una modificación de los términos según la Norma Internacional de Auditoría 210?
Cuando no exista una justificación razonable de la modificación.

Referencia
Normas Internacionales de Auditoría (versión 2013)


RGARCIAPERA 2015.

Unknown dijo...

NIA 220: Normas sobre control de calidad

Esta Norma Internacional de Auditoría trata de las responsabilidades del auditor respecto de procedimientos de control de calidad para una auditoría de estados financieros. También trata, cuando sea aplicable, las responsabilidades del revisor de control de calidad del trabajo. Por lo que el propósito de esta NIA es establecer reglas y guías de procedimiento para el control de la calidad del trabajo de auditoría.

El objetivo del auditor es implementar procedimientos de control de calidad a nivel del trabajo que proporcionen al auditor seguridad razonable de que:
• La auditoría cumple con las normas profesionales y los requisitos legales y de regulación aplicables; y
• El dictamen del auditor emitido es apropiado en las circunstancias.

Así como también los sistemas de control de calidad, políticas y procedimientos son responsabilidad de la firma de auditoría. De acuerdo con la NICC 1, la firma tiene la obligación de establecer y mantener un sistema de control de calidad que le brinde seguridad razonable de que:
• La firma y su personal cumplen con las normas profesionales y con los requisitos legales y de regulación aplicables; y
• Los dictámenes emitidos por la firma o los socios del trabajo son apropiados en las circunstancias.

Es importante recalcar que las políticas y procedimientos de control de calidad deben ser implementadas tanto a nivel de la firma de auditoría como respecto de un trabajo de auditoría en particular.

Respecto de las firmas profesionales, las políticas y procedimientos tienen que estar diseñadas para asegurar que todas las auditorías se conducen de acuerdo con las NIA o, en su caso, con las normas locales aplicables. Aspectos clave tratados, son:requerimientos profesionales; habilidades y competencia; asignación del personal adecuado; delegación; consultas; aceptación y retención de clientes; monitoreo del cumplimiento y adecuada comunicación de las políticas y prácticas establecidas.

Seguimiento
Un sistema efectivo de control de calidad incluye un proceso de seguimiento diseñado para proporcionar a la firma de auditoría una seguridad razonable de que sus políticas y procedimientos en relación con el sistema de control de calidad son pertinentes, adecuados y operan eficazmente. El socio del encargo tendrá en cuenta los resultados del proceso de seguimiento de la firma de auditoría contenidos en la información más reciente difundida por esta y, en su caso, por otras firmas de la red, así corno si las deficiencias indicadas en dicha información pueden afectar al encargo de auditoría.

Documentación
El auditor incluirá en la documentación de auditoría lo contenido en el apartado 24 de esta Norma. El revisor de control de calidad del encargo presentará, para el encargo de auditoría revisado, pruebas documentales de que:
a) se han aplicado los procedimientos requeridos por las políticas de la firma de auditoría sobre revisiones de control de calidad del encargo;
b) la revisión de control de calidad del encargo se ha terminado en la fecha del informe de auditoría o con anterioridad a ella; y
c) el revisor no tiene conocimiento de ninguna cuestión que haya quedado sin resolver que pudiera llevarle a considerar que los juicios significativos realizados por el equipo del encargo y las conclusiones alcanzadas por éste no sean adecuados.


IDEAS IMPORTANTES

Aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y de encargos de auditoría.
Asignación de equipos a los encargo.
Realización del encargo.
Seguimiento.

Unknown dijo...

¿En el sistema de control de calidad de la firma de auditoria; de que son responsables el equipo encargado según la Norma Internacional de Auditoría 220?
Los equipos del encargo son los responsables de implementar los procedimientos de control de calidad que sean aplicables al encargo de auditoría y de proporcionar a la firma de auditoría la información necesaria para permitir el funcionamiento de aquella parte del sistema de control de calidad de la firma de auditoría que se refiere a la independencia.

¿Qué asumirá el socio encargado de auditoría según la Norma Internacional de Auditoría 220?
Asumirá la responsabilidad de la calidad global de cada encargo de auditoría que le sea asignado.

¿Cuándo estará satisfecho el socio encargado de auditoría según la Norma Internacional de Auditoría 220?
Cuando se han aplicado los procedimientos adecuados en relación con la aceptación y continuidad de las relaciones con clientes, y de encargos de auditoría, y determinará si las conclusiones alcanzadas al respecto son adecuadas.

R.GARCIAPERA 2015.

Unknown dijo...

NIA 230: Documentación del trabajo (papeles de trabajo)

La NIA 230 expresa que el auditor debe documentar las materias que son importantes en la provisión de elementos de juicio para respaldar tanto la opinión del auditor como el debido cumplimiento de las normas de auditoría. Los papeles de trabajo pueden estar en la forma de papeles propiamente dichos, películas, medios electrónicos u otro tipo de almacenamiento de datos.

Es importante mencionar que el auditor debe preparar la documentación de la auditoría, de modo que facilite que un auditor con experiencia, que no tenga una conexión previa con la auditoría, entienda:
a) La naturaleza, oportunidad y extensión de los procedimientos de auditoría, realizados para cumplir con las NIA y los requisitos legales y regulatorios que sean aplicables.
b) Los resultados de los procedimientos de auditoría realizados y la evidencia obtenida de la auditoría; y
c) Los asuntos importantes que se originan durante la auditoría, las conclusiones que se alcanzaron y los juicios profesionales importantes, realizados para alcanzar esas conclusiones.

También es importante mencionar que se debe documentar la naturaleza, oportunidad y extensión de los procedimientos de auditoría que fueron desempeñados, para ello el auditor debe registrar las características que identifican a las partidas, o bien, a los asuntos específicos que fueron sometidos a prueba durante la auditoría. Esto servirá para varios propósitos, como por ejemplo: Para que el equipo de trabajo pueda rendir cuentas por su trabajo y la investigación de excepciones o inconsistencias sea más sencilla.

Es imprescindible saber que las características de identificación van a variar según la naturaleza del procedimiento de auditoría, y de la partida o asunto sometido a prueba. Por ejemplo:
• En una prueba detallada de órdenes de compra generadas por la entidad, el auditor puede identificar los documentos seleccionados para prueba por sus fechas y números de orden;
• Para un procedimiento de observación, el auditor puede registrar el proceso o materia principal que se observa, las personas relevantes, sus respectivas responsabilidades, así como dónde y cuándo se realizó la observación.

Así como también es necesario que el auditor deba documentar las discusiones de los asuntos importantes con la administración, otros funcionarios, con los encargados del gobierno corporativo, y otros, incluyendo la naturaleza de los asuntos importantes que se discutieron, cuándo y con quién tuvo lugar las discusiones. Así como si el auditor identificó información que no es consistente con la conclusión final respecto a un asunto importante, el auditor deberá documentar cómo manejó la falta de consistencia.

La forma, contenido y extensión de la documentación de la auditoría, debe ser completo y detallado con el fin de que haya una mejor comprensión de la auditoria y para ello depende de los siguientes factores como:
• El tamaño y la complejidad de la entidad.
• La naturaleza de los procedimientos de auditoría por realizar.
• Los riesgos identificados de representación errónea de importancia relativa.
• La importancia de la evidencia obtenida de la auditoría.
• La naturaleza y extensión de las excepciones identificadas.

La norma trata sobre la forma y contenido de los papeles de trabajo; su confidencialidad; la custodia segura de tales papeles; la retención de ellos por parte del auditor y, finalmente, la propiedad de los papeles reconocida al auditor.

IDEAS IMPORTANTES
RESPALDO DEL AUDITOR DEL TRABAJO EJECUTADO.
EVIDENCIA DE AUDITORIA.
CONTENIDO DE LOS PAPELES DE TRABAJO
DISCUSIONES ENTRE ADMINISTRACION Y AUDITOR.

R.GARCIAPERA 2015.

Unknown dijo...

¿Qué proporciona la documentación de auditoría cuando cumple los requerimientos de la NIA y los requerimientos específicos según la Norma Internacional de Auditoría 230?
• evidencia de las bases del auditor para llegar a una conclusión sobre el cumplimiento de los objetivos globales del auditor; y
• evidencia de que la auditoría se planificó y ejecutó de conformidad con las NIA y los requerimientos legales o reglamentarios aplicables.

¿Qué es lo que documentara el auditor según la Norma Internacional de Auditoría 230?
Documentará las discusiones sobre cuestiones significativas mantenidas con la dirección, con los responsables del gobierno de la entidad, y con otros, incluida la naturaleza de las cuestiones significativas tratadas, así como la fecha y el interlocutor de dichas discusiones.

¿Qué debe de hacer el auditor en la compilación del archivo final de auditoría según la Norma Internacional de Auditoría 230?
Debe reunir la documentación de auditoría en el archivo de auditoría y completará el proceso administrativo de compilación del archivo final de auditoría oportunamente después de la fecha del informe de auditoría.

¿Qué debe tener en cuenta el auditor después de haber terminado la compilación del archivo final según la Norma Internacional de Auditoría 230?
El auditor no eliminará ni descartará documentación de auditoría, cualquiera que sea su naturaleza, antes de que finalice su plazo de conservación.

R.GARCIAPERA.2015

Unknown dijo...

NIA 240: Fraude y error en los estados contables

Esta NIA establece normas sobre la responsabilidad del auditor respecto de la existencia de fraude y error en los estados contables sometidos a su examen.

La norma destaca que el auditor debe considerar el riesgo de la existencia de errores significativos y fraude en los estados contables, cuando planea la auditoría, ejecuta los procedimientos necesarios para tal fin y rinde el informe respectivo.

La norma distingue los fraudes de los errores e incluye sus características. Asimismo, destaca la responsabilidad primaria de la dirección del ente por la prevención y detección de los fraudes y errores que pudieran existir.

Por otra parte, señala como responsabilidad del auditor, tal cual se ha dicho al comentar la NIA 200, la de conducir una auditoría cumpliendo con las NIA de manera que los procedimientos seleccionados estén dirigidos a expresar una opinión acerca de si los estados contables examinados, en sus aspectos significativos, están libres de errores y fraudes importantes. Cabe notar que, claramente, la norma destaca que el auditor no es responsable por la prevención del fraude y el error.

Esta NIA, se ocupa de destacar las limitaciones inherentes a una auditoría respecto de obtener absoluta seguridad de detectar fraudes y errores aun cuando la auditoría haya sido eficientemente planeada y eficazmente ejecutada los procedimientos de acuerdo con las NIA. Por ello, la opinión del auditor se emite en un marco de razonable seguridad y no de certeza.

Aclarado lo precedente, la norma reclama del auditor el cumplimiento de determinados requisitos y procedimientos para mitigar el riesgo de que fraudes y errores importantes pudieran no ser descubiertos. Así le requiere que realice el trabajo con una actitud de escepticismo profesional, que mantenga discusiones de planeamiento con la dirección del ente inquiriendo sobre la susceptibilidad de la organización al riesgo de fraude o error y a la evaluación que hace la dirección sobre tal posibilidad.

La norma hace un análisis detallado del riesgo de la auditoría (dar una opinión equivocada sobre los estados contables sujetos a examen) y de sus componentes: el riesgo inherente, el riesgo de control y el riesgo de detección, explicando cada uno de ellos e indicando que actitud debe asumir el auditor frente a ellos.

También la norma hace un análisis de los procedimientos que debe cumplir el auditor cuando existen circunstancias que indican una posible distorsión de los estados contables y, en particular, cuando la distorsión se debe a un posible fraude. Además de los procedimientos requeridos, la norma establece los efectos que pueden tener esas distorsiones en el informe del auditor.

Finalmente, otras cuestiones tratadas en la NIA 240 se refieren a la documentación en los papeles de trabajo del auditor de los factores de riesgo de fraude o error detectados; los procedimientos ejecutados en conexión con ellos; las representaciones de la dirección que debe obtener; las comunicaciones de los hallazgos de fraude o error a la dirección; las comunicaciones de debilidades importantes de control interno; las cuestiones que se suscitan si el auditor no fuera capaz de completar el trabajo; la comunicación al auditor sucesor propuesto y otros temas relacionados.

R.GARCIAPERA 2015.

Unknown dijo...

Responsabilidad del auditor

El auditor que realiza una auditoría de conformidad con las NIA es responsable de la obtención de una seguridad razonable de que los estados financieros considerados en su conjunto están Libres de incorrecciones materiales debidas a fraude o erro. Como se indica enlaNIA200, 410 es posibles efectos de las Limitaciones inherentes son especialmente significativos en el caso de incorrecciones debidas a fraude. El riesgo de no detectar incorrecciones materiales debidas a fraude es mayor que el riesgo de no detectar las que se deben a error. Esto se debe a que el fraude puede conllevar planes sofisticados y cuidadosamente organizados para su ocultación, tales como: la falsificación, la omisión deliberada del registro de transacciones o la realización al auditor de manifestaciones intencionadamente errónea. Por otra parte, el riesgo de que el auditor no detecte una incorrección material debida a fraude cometido por la direcciones mayor que en el caso de fraude cometido por empleados; porque la dirección normalmente ocupa una posición que le permite, directa o indirectamente, manipularlos registros contables, proporcionar información financiera fraudulenta o eludir los procedimientos de control diseñados para prevenir que otros empleados cometan fraudes de ese tipo.
Objetivos
Los objetivos del auditor son:
• identificar y valorar los riesgos de incorrección material en los estados financieros debida a fraude;
• obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a los riesgos valorados de incorrección material debida a fraude, mediante el diseño y la implementación de respuestas apropiadas; y
• responder adecuadamente al fraude o a los indicios de fraude identificados durante la realización de la auditoría

IDEAS IMPORTANTES
Características del fraude.
Responsabilidad en relación con la prevención y detección del fraude.
Objetivos, requerimientos
Discusión entre los miembros del equipo del encargo.
Procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionadas.
Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material debida a fraude.
Respuesta a los riesgos valorados de incorrección material debida a fraude.

R.GARCIAPERA 2015.

Unknown dijo...

Resumen de la Norma internacional de auditoría 200
Objetivos globales del auditor independiente y realización de la auditoría de conformidad con las normas internacionales de auditoría.

Esta Norma trata de las responsabilidades globales que tiene el auditor independiente cuando realiza una auditoría de estados financieros de conformidad con las NIA. En particular, establece los objetivos globales del auditor independiente y explica la naturaleza y el alcance de una auditoría diseñada para permitir al auditor independiente alcanzar dichos objetivos. Al auditor independiente se le denomina "auditor". Las NIA están redactadas en el contexto de una auditoría de estados financieros realizada por un auditor. Cuando se apliquen a auditorias de otra información financiera histórica, se adaptarán en la medida en que sea necesario, en función de las circunstancias.
La auditoría de estados financieros

El objetivo de una auditoría es aumentar el grado de confianza de los usuarios en los estados financieros. Esto se logra mediante la expresión, por palie del auditor, de una opinión sobre si los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con un marco de información financiera aplicable. Los estados financieros sometidos a auditoría son los de la entidad, preparados por la dirección bajo la supervisión de los responsables del gobierno de la entidad. Las NIA no imponen responsabilidades a la dirección o a los responsables del gobierno de la entidad y no invalidan las disposiciones legales y reglamentarias que rigen sus responsabilidades. Una auditoría de conformidad con las NIA se realiza partiendo de la premisa de que la dirección y, cuando proceda, los responsables del gobierno de la entidad, han reconocido que tienen determinadas responsabilidades que son fundamentales para realizar la auditoría.

Requerimientos
El auditor cumplirá los requerimientos de ética, incluidos los relativos a la independencia, aplicables a los encargos de auditoría de estados financieros. El auditor planificará y ejecutará la auditoría con escepticismo profesional, reconociendo que pueden darse circunstancias que supongan que los estados financieros contengan incorrecciones materiales. El auditor aplicará su juicio profesional en la planificación y ejecución de la auditoría de estados financieros.

Unknown dijo...

Resumen
Norma internacional de auditoría 210
Acuerdo de los términos del encargo de auditoría

Esta Norma trata de las responsabilidades que tiene el auditor al acordar los términos del encargo de auditoría con la dirección y, cuando proceda, con los responsables del gobierno de la entidad. Ello incluye determinar si concurren ciertas condiciones previas a la auditoría cuya responsabilidad corresponde a la dirección y, cuando proceda, a los responsables del gobierno de la entidad. También trata de los aspectos relacionados con la aceptación del encargo que se encuentran bajo control del auditor. El objetivo del auditor es aceptar o continuar con un encargo de auditoría únicamente cuando se haya acordado la premisa sobre la que la auditoría se va a realizar mediante:
• La determinación de si concurren las condiciones previas a una auditoría.
• La confirmación de que existe una comprensión común por parte del auditor y de la dirección y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad acerca de los términos del encargo de auditoría.
Requerimientos
Para determinar si concurren las condiciones previas a la auditoría, el auditor debe de determinar los requerimientos del apartado 6 de la Norma.

Limitación al alcance de la auditoria antes de la aceptación del encargo de auditoría
Si la dirección o los responsables del gobierno de la entidad incluyen en la propuesta de los términos de un encargo de auditoría la imposición de una limitación al alcance del trabajo del auditor de tal forma que el auditor considere que tendrá que denegar la opinión sobre los estados financieros, el auditor no aceptará dicho encargo con limitaciones como encargo de auditoría, salvo que esté obligado a ello por las disposiciones legales o reglamentaria.
Aceptación de una modificación de los términos del encargo de auditoría
El auditor no aceptará una modificación de los términos del encargo de auditoría si no existe una justificación razonable para ello. Si, antes de finalizar el encargo de auditoría, se solicita al auditor que convierta el encargo de auditoría en un encargo que ofrezca un menor grado de seguridad, el auditor determinará si existe una justificación razonable para ello. Si se cambian los términos del encargo de auditoría, el auditor y la dirección acordarán y harán constar los nuevos términos del encargo en una carta de encargo u otra forma adecuada de del Informe de auditoría prescrito por las disposiciones legales o reglamentarias.
En algunos casos, las disposiciones legales o reglamentarias de la jurisdicción correspondiente establecen el formato o la redacción del informe de auditoría en términos que difieren de manera significativa de los requerimientos de las NIA. En estas circunstancias, el auditor evaluará:
• Si los usuarios podrían interpretar erróneamente la seguridad obtenida de la auditoría de los estados financieros y, si éste fuera el caso,
• Si una explicación adicional en el informe de auditoría podría mitigar la posible interpretación errónea.
Si el auditor concluye que una explicación adicional en el informe de auditoría no puede mitigar la posible interpretación errónea, el auditor no aceptará el encargo de auditoría, salvo que esté obligado a ello por las disposiciones legales o reglamentarias acuerdo escrito.

Unknown dijo...

Resumen
Norma internacional de auditoría 220
Control de calidad de la auditoría de estados financieros

Esta Norma trata de las responsabilidades específicas que tiene el auditor en relación con los procedimientos de control de calidad de una auditoría de estados financieros. También trata, cuando proceda, de las responsabilidades del revisor de control de calidad del encargo. Esta NIA debe interpretarse junto con los requerimientos de ética aplicables.

Requerimientos

El socio del encargo asumirá la responsabilidad de la calidad global de cada encargo de auditoría que le sea asignado. Durante la realización del encargo de auditoría, el socio del encargo mantendrá una especial atención, mediante la observación y la realización de las indagaciones necesarias, ante situaciones evidentes de incumplimiento por los miembros del equipo del encargo de los requerimientos de ética aplicable. Si, a través del sistema de control de calidad de la firma de auditoría o por otros medios, llegasen al conocimiento del socio del encargo cuestiones que indiquen que los miembros del equipo del encargo han incumplido requerimientos de ética aplicables, el socio del encargo, previa consulta a otros miembros de la firma de auditoría, determinará las medidas adecuadas.

El socio del encargo llegará a una conclusión sobre el cumplimiento de los requerimientos de independencia que sean aplicables al encargo de auditoría.
Aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y de encargos de auditoría.
El socio del encargo deberá satisfacerse de que se han aplicado los procedimientos adecuados en relación con la aceptación y continuidad de las relaciones con clientes, y de encargos de auditoría, y determinará si las conclusiones alcanzadas al respecto son adecuadas. Si el socio del encargo obtiene información que, de haber estado disponible con anterioridad, hubiese sido causa de que la firma de auditoría rehusara el encargo de auditoría, el socio del encargo comunicará dicha información a la firma de auditoría a la mayor brevedad, con el fin de que la firma de auditoría y el socio del encargo puedan adoptar las medidas necesarias.

Unknown dijo...

Resumen
Norma internacional de auditoría 230
Documentación de auditoría

Esta Norma trata de la responsabilidad que tiene el auditor de preparar la documentación de auditoría correspondiente a una auditoría de estados financieros. En el anexo se enumeran otras NIA que contienen requerimientos específicos de documentación y orientaciones al respecto. Los requerimientos específicos de documentación de otras NIA no limitan la aplicación de la presente NIA.
Naturaleza y propósitos de la documentación de auditoría

La documentación de auditoría que cumpla los requerimientos de esta NIA y los requerimientos específicos de documentación de otras NIA aplicables proporciona:
• Evidencia de las bases del auditor para llegar a una conclusión sobre el cumplimiento de los objetivos globales del auditor; y
• Evidencia de que la auditoría se planificó y ejecutó de conformidad con las NIA y los requerimientos legales o reglamentarios aplicables.
Documentación de los procedimientos de auditoría aplicados y de la evidencia de auditoría obtenida
Estructura, contenido y extensión de la documentación de auditoría

El auditor preparará documentación de auditoría que sea suficiente para permitir a un auditor experimentado, que no haya tenido contacto previo con la auditoría, la comprensión de:
• La naturaleza, el momento de realización y la extensión de los procedimientos de auditoría aplicados en cumplimiento de las NIA y de los requerimientos legales y reglamentarios aplicables;
• Los resultados de los procedimientos de auditoría aplicados y la evidencia de auditoría obtenida; y
• Las cuestiones significativas que surgieron durante la realización de la auditoría, las conclusiones alcanzadas sobre ellas, y los juicios profesionales significativos aplicados para alcanzar dichas conclusiones.

El auditor documentará las discusiones sobre cuestiones significativas mantenidas con la dirección, con los responsables del gobierno de la entidad, y con otros, incluida la naturaleza de las cuestiones significativas tratadas, así como la fecha y el interlocutor de dichas discusiones. Si el auditor identifica información incongruente con la conclusión final de la auditoría con respecto a una cuestión significativa, el auditor documentará el modo en que trató dicha incongruencia.
Compilación del archivo final de auditoría

El auditor reunirá la documentación de auditoría en el archivo de auditoría y completará el proceso administrativo de compilación del archivo final de auditoría oportunamente después de la fecha del informe de auditoría. Después de haber terminado la compilación del archivo final de auditoría, el auditor no eliminará ni descartará documentación de auditoría, cualquiera que sea su naturaleza, antes de que finalice su plazo de conservación.

Unknown dijo...

Resumen
Norma internacional de auditoría 240
Responsabilidades del auditor en la auditoría de estados financieros con respecto al fraude

Esta Norma trata de las responsabilidades que tiene el auditor con respecto al fraude en la auditoría de estados financieros. En concreto, desarrolla el modo de' aplicar la NIA 3151 y la NIA 330,2 en relación con los riesgos de incorrección material debida a fraude.
Características del fraude

Las incorrecciones en los estados financieros pueden deberse a fraude o error. El factor que distingue el fraude del error es que la acción subyacente que da lugar a la incorrección de los estados financieros sea o no intencionada. Aunque "fraude" es un concepto jurídico amplio, a los efectos de las NIA al auditor le concierne el fraude que da lugar a incorrecciones materiales en los estados financieros.
Responsabilidad en relación con la prevención y detección del fraude

Los responsables del gobierno de la entidad y la dirección son los principales responsables de la prevención y detección del fraude. Es importante que la dirección, supervisada por los responsables del gobierno de la entidad, ponga gran énfasis en la prevención del fraude, lo que puede reducir las oportunidades de que éste se produzca, así como en la disuasión de dicho fraude, lo que puede persuadir a las personas de no cometer fraude debido a la probabilidad de que se detecte y se sancione.

Responsabilidad del audito
El auditor que realiza una auditoría de conformidad con las NIA es responsable de la obtención de una seguridad razonable de que los estados financieros considerados en su conjunto están Libres de incorrecciones materiales debidas a fraude o erro.