martes, 30 de mayo de 2017

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Aviso




30/05/2017

Presentación Dictamen Fiscal 2016 físico

A los AUDITORES FISCALES, CONTRIBUYENTES Y CONTADORES, que no han podido presentar el dictamen e informe fiscal en línea, se les INFORMA, que se establece mediante circular No. 01/2017, el procedimiento siguiente para la presentación de la información respectiva:
  • Los Auditores nombrados que no puedan presentar el dictamen e informe fiscal electrónico, podrán hacerlo por medios FÍSICOS a más tardar el 31 de mayo de 2017. Asimismo, los Estados Financieros debidamente firmados y Anexos que se adjunten al Dictamen e Informe Fiscal en forma física, deberán corresponder a las plantillas o formatos propuestos por esta Dirección General.
  • En caso no cuenten con los estados financieros, notas y anexos tributarios físicos que debe suministrarle el contribuyente, podrán presentar físicamente el formulario F-455 adjuntando el dictamen e informe fiscal y si correspondiere el Anexo de Hallazgos, sin incluir los estados financieros, notas y anexos tributarios. En este caso en el formulario F-455 se indicará que no pudieron presentarlo en línea.
  • Para los efectos anteriores, los contribuyentes y contadores, suministrarán al auditor fiscal los Estados Financieros, Notas y Anexos Tributarios, mediante  la plataforma informática del Ministerio de Hacienda  a más tardar el 31 de julio de 2017.
  • Los Auditores presentarán el dictamen e informe fiscal electrónico, conjuntamente con los estados financieros, notas y anexos tributarios  más tardar el 31 de agosto de 2017, haciendo uso del sitio web del Ministerio de Hacienda (www.mh.gob.sv),  de acuerdo a los manuales, guías e indicaciones proporcionados por la Dirección General.
Se reitera, que el plazo para presentar el Dictamen e Informe Fiscal, ya sea de forma física o por medio de internet, vence el próximo 31 de mayo, al margen que los Dictámenes e Informes Fiscales presentados de forma física deban también cargarse a la plataforma a más tardar el 31 de agosto del corriente año. Aquellos que al 31 de mayo de 2017, no presentaren Dictamen Fiscal físico o  electrónico, en los términos de la circular antes relacionada, incurrirán en incumplimiento al Art. 134 del Código Tributario.
La referida circular puede ser consultada dando clic al siguiente enlace:
Se exhorta a realizar COMUNICACIÓN Y COLABORACIÓN ENTRE LOS INVOLUCRADOS CON EL DICTAMEN FISCAL, para el adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias, y de esta manera se eviten inconvenientes de aplicación de MULTAS. Los Contribuyentes y Contadores deben cumplir con sus obligaciones establecidas en los Arts. 133 y 149-C del Código Tributario, respectivamente, cuyo incumplimiento es objeto de sanción conforme a lo establecido en los Arts. 249 y 249-A, del mismo Código.

CONSULTAS:
Con el fin de aclarar cualquier interrogante sobre el referido uso de la plataforma se han puesto a disposición los siguientes números telefónicos y dirección electrónica:
  1. Oficina del Dictamen Fiscal, ubicada en Cond. Tres Torres, Torre 3, Nivel 7, Ala A, Sn. Salvador. Tel. 2244-3660/3661 o escribirnos a la siguiente dirección electrónica: dictamen.fiscal@mh.gob.sv .
  2. Cyber Tributario ubicado en Cond. Tres Torres, Torre 3, Planta Baja, Sn. Salvador. Tel. 2244-3524.


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