lunes, 23 de noviembre de 2015

EQUIPO 3 AUDITORÍA NIAS

EQUIPO 3 AUDITORÍA  NIAS Semana 14

29 comentarios:

Unknown dijo...


NIA 540:
AUDITORÍA DE LAS ESTIMACIONES CONTABLES, INCLUIDAS LAS DE VALOR RAZONABLE, Y DE LA INFORMACIÓN RELACIONADA A REVELAR

Esta norma trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con las estimaciones contables, incluidas las estimaciones contables de valor razonable, y la información relacionada a revelar, al realizar una auditoría de estados financieros.

Dado que los estados contables contienen variadas estimaciones de la dirección del ente tales como previsiones para incobrables, vidas útiles de bienes de uso e intangibles, previsiones para juicios, para desvalorizaciones de inventarios, etc.,

NATURALEZA DE LAS ESTIMACIONES CONTABLES
La naturaleza y fiabilidad de la información de la que dispone la dirección como base para la realización de una estimación contable es muy variada, lo cual afecta al grado de incertidumbre en la estimación asociado a las estimaciones contables. El grado de incertidumbre en la estimación afecta, a su vez, al riesgo de incorrección material en las estimaciones contables, incluida la susceptibilidad a un sesgo de la dirección, intencionado o no.

PROCEDIMIENTOS DE VALORACIÓN DEL RIESGO Y ACTIVIDADES RELACIONADAS IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DEL RIESGO DE INCORRECCIÓN MATERIAL.

El auditor, con el fin de disponer de una base para la identificación y valoración del riesgo de incorrección material de las estimaciones contables, deberá obtener conocimiento de los siguientes aspectos:

a. Los requerimientos del marco de 'información financiera aplicable relacionados con las estimaciones contables, incluida la correspondiente información a revelar.

b. El modo en que la dirección identifica aquellas transacciones, hechos y condiciones que pueden dar lugar a la necesidad de que las estimaciones contables se reconozcan o revelen en los estados financieros. Para obtener este conocimiento, el auditor realizará indagaciones ante la dirección sobre los cambios de circunstancias que pueden dar Lugar a estimaciones contables nuevas o a la necesidad de revisar las existentes

Ideas Importantes:
Estimacion contale
revelacion en los estados financieros.
Incorreccion material.
Valor razonable.
Indagacion.

Rgarciapera 2015

Unknown dijo...

PREGUNTAS

1. ¿El auditor que debe tener en cuenta para dar cumplimiento al objetivo, de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada?
a. la realidad y el estado de las existencias,
b.la totalidad de los litigios y reclamaciones en los que interviene la entidad; y
c. la presentación y revelación de la información por segmentos, de conformidad con el marco .de información financiera aplicable.

2. Mediante que elementos el auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a su realidad y a su estado.
a. su presencia en el recuento físico de las existencias, salvo que no sea factible, con el fin de:
i. evaluar las instrucciones y los procedimientos de la dirección relativos al registro y control de los' resultados del recuento físico de las existencias de la entidad;
ii. Observar la aplicación de los procedimientos de recuento de la dirección;
iii. Inspeccionar las existencias
iv. realizar pruebas de recuento; y
b. Aplicar procedimientos de auditoría a los registros finales de existencias de la entidad con el fin de determinar si reflejan con exactitud los resultados reales del recuento dejas existencias.

3. Mencione las actuaciones, mediante las cuales el auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada, cuando las existencias se encuentren custodiadas y controladas por un tercero.
a. solicitud de confirmación al tercero respecto de las cantidades y el estado de las existencias que mantiene en nombre de la entidad,
b. Inspección o aplicación de otros procedimientos de auditoría adecuados, teniendo en cuenta las circunstancias.

4. Indique algunos procedimientos de auditoría que el auditor diseñara y aplicara, con el objetivo de identificar los litigios y las reclamaciones que afecten a la entidad y que puedan originar un riesgo de incorrección material.
a. Indagaciones ante la dirección y, en su caso, ante otras personas de la entidad, incluidos los asesores jurídicos internos;
b. Revisión de las actas de reuniones de los responsables del gobierno de la entidad y de la correspondencia entre la entidad y sus asesores jurídicos externos; y
c. Revisión de las cuentas de gastos jurídicos.

5. ¿En qué momento el auditor expresará una opinión modificada en el informe de auditoría, de conformidad con la NIA 705?
a) la dirección rehúsa dar permiso al auditor para comunicarse o reunirse con los asesores jurídicos externos de la entidad o si éstos rehúsan responder adecuadamente a la carta de indagación o se les prohíbe que lo hagan;
b) el auditor no puede obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada mediante la aplicación de procedimientos de auditoría alternativos.

Referencia NIAS version 2013
Rgarciapera 2015

Unknown dijo...

NIA 550:
PARTES VINCULADAS

Esta norma trata de las responsabilidades que tiene el auditor en lo que respecta a las relaciones y transacciones con partes vinculadas en una auditoria de estados financieros.

Por lo que, el auditor debe ejecutar procedimientos de auditoría encaminados a obtener elementos de juicio válidos y suficientes respecto de la identificación y exposición que la dirección ha hecho de las partes relacionadas y del efecto de las transacciones significativas hechas por el ente con las partes relacionadas.

Es importante mencionar que, una cuestión clave es la integridad en la medición y exposición de transacciones con partes relacionadas.

A tal efecto la norma señala qué procedimientos de auditoría debe ejecutar el auditor para satisfacerse de la integridad de la información referida a partes relacionadas.

Asimismo, la norma requiere que el auditor obtenga adecuadas representaciones de la dirección sobre esta materia.

Finalmente, la norma determina que si el auditor tiene dudas sobre la obtención de elementos de juicio válidos y suficientes sobre este punto, debe modificar apropiadamente la opinión que emita sobre los estados contables del ente.

PROCEDIMIENTOS DE CONFIRMACIÓN EXTERNA
Al utilizar procedimientos de confirmación externa, el auditor mantendrá el control de las solicitudes de confirmación externa, lo que implicará:
a. la determinación de la información que ha de confirmarse o solicitarse;
b. la selección de la parte confirmante adecuada;
c. el diseño de las solicitudes de confirmación, incluida la comprobación de que las solicitudes estén adecuadamente dirigidas y contengan información que permita enviar las respuestas directamente al auditor.
d. el envío de las solicitudes a la parte confirmante, incluidas las solicitudes de seguimiento, cuando proceda.

NEGATIVA DE LA DIRECCIÓN A QUE EL AUDITOR ENVÍE UNA SOLICITUD DE CONFIRMACIÓN
Si el auditor concluye que la negativa de la dirección a que el auditor envíe una solicitud de confirmación no es razonable, o no puede obtener evidencia de auditoría relevante y fiable mediante procedimientos de auditoría alternativos, se pondrá .en contacto con los responsables del gobierno de la entidad de conformidad con la NIA 260.12 El auditor también determinará Las implicaciones de estas circunstancias sobre la auditoría y sobre la opinión del auditor, de conformidad con la NIA 705.13

RESULTADOS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONFIRMACIÓN EXTERNA
Si el auditor identifica factores que originen' dudas sobre la fiabilidad de la respuesta a una solicitud de confirmación, obtendrá evidencia de auditoría adicional para resolver dichas dudas.


IDEAS PRINCIPALES
• Confirmación externa
• Solicitud de confirmación positiva
• Solicitud de confirmación negativa
• Evaluación de la evidencia obtenida
• Contestación en disconformidad

Rgarciapera 2015.

Unknown dijo...

NIA 560:
HECHOS POSTERIORES AL CIERRE

Esta norma trata de la responsabilidad que tiene el auditor con respecto a los hechos posteriores al cierre, en una auditoria de estados financieros.

Por lo que, la norma establece que el auditor debe considerar los efectos de los hechos posteriores al cierre de los estados contables examinados sobre tales estados contables y sobre su informe de auditoría.

La norma distingue el tratamiento a darle a los hechos significativos:
1. Ocurridos hasta la fecha del informe de auditoría;
2. Los descubiertos después de la fecha del informe de auditoría pero antes de que los estados contables hayan sido emitidos y
3. Los descubiertos después que los estados contables fueron emitidos.

Así como también, trata estas situaciones en empresas que hacen oferta pública de sus títulos valores.

Ideas principales:

Procesos significativos.
Hechos posterior al cierre.
Fecha del informe de auditoria.
Auditoria de estados financieros.
Hechos ocurridos despues del informe.

Rgarciapera 2015

Unknown dijo...

NIA 570:
EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO

Esta norma trata de las responsabilidades que tiene el auditor, en la auditoria de estados financieros, en relación con la utilización por parte de la dirección de la hipótesis de empresas en funcionamiento para la preparación de estados financieros.

El auditor debe considerar cuando planea y ejecuta los procedimientos de auditoría, la validez de la asunción por parte de la dirección de la condición de “empresa en marcha” del ente cuyos estados contables están siendo objeto de auditoría. Es decir, que los estados contables han sido preparados teniendo en cuenta que la entidad está siendo vista como un negocio que continúa en un futuro predecible sin la intención de la dirección ni la necesidad de su liquidación, cesación de actividades o en estado de insolvencia.

Por lo que, en consecuencia, los activos y pasivos se miden bajo condiciones normales de realización y cancelación, respectivamente.

La responsabilidad del auditor sobre el análisis de la evaluación de la gerencia sobre la condición de “empresa en funcionamiento” comienza en la fase de planeamiento de la auditoría y en su caso, debe determinar cómo afecta el riesgo de auditoría. El auditor debe considerar el período que utiliza la gerencia para estimar esta condición pero si este fuera menor de doce meses, el auditor deberá pedir a la gerencia que extienda sus estimaciones al período de doce meses a contar de la fecha de cierre del balance examinado.

Así mismo, la norma incluye los procedimientos de auditoría por ejecutar cuando ciertos sucesos o condiciones sobre el particular se identifican y cómo afectan sus conclusiones y el correspondiente informe de auditoría por emitir.

ideas importantes:
Negocio en Marcha.
Realizacion.
Estimaciones en los 12 meses
Hipotesis.

Rgarciapera 2015.

Unknown dijo...

RESUMEN
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 540
AUDITORÍA DE ESTIMACIONES CONTABLES, INCLUIDAS LAS DE VALOR RAZONABLE, Y DE LA INFORMACIÓN RELACIONADA A REVELAR

Esta Norma Internacional de Auditoría 540, trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con las estimaciones contables, incluidas las estimaciones contables del valor razonable, y .la información relacionada a revelar, al realizar una auditoría de estados financieros.

Naturaleza de las estimaciones contables
Algunas partidas de los estados financieros no pueden medirse con exactitud, sino solo estimarse. Para efectos de esta NIA, dichas partidas de los estados financieros se denominan estimaciones contables. La naturaleza y fiabilidad de la información de la que dispone la dirección como base para la realización de una estimación contable es muy variada, lo cual afecta al grado de incertidumbre en la estimación asociado a las estimaciones contables. El objetivo de la medición delas estimaciones contables puede variar en función del marco de información financiera aplicable y de la partida financiera sobre la que se informa. Una diferencia entre el desenlace de una estimación contable y la cantidad originalmente reconocida o revelada en los estados financieros no constituye necesariamente una incorrección de los estados financieros.

Requerimientos
Procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionadas
Al aplicar procedimientos de valoración del riesgo y realizar actividades relacionadas para obtener conocimiento de la entidad y su entorno, incluido su control interno, tal como requiere la NIA 315,4el auditor, con el fin de disponer de una base para la identificación y valoración del riesgo de incorrección material de las estimaciones contables, deberá obtener conocimiento de los aspecto del apartado 8. El auditor revisará el desenlace de las estimaciones contables incluidas en los estados financieros correspondientes al periodo anterior o, en su caso, su reestimación posterior a efectos del periodo actual.
Para identificar y valorar el riesgo de incorrección material, como requiere la NIA 315,5 el auditor evaluará el grado de incertidumbre existente en la estimación asociado a cada estimación contable. El auditor determinará si, a su juicio, alguna de las estimaciones contables para las que se ha identificado un grado elevado de incertidumbre en la estimación da lugar a riesgos significativos.
Sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida, el auditor evaluará si las estimaciones contables contenidas en los estados financieros son razonables de acuerdo con el marco de información financiera aplicable, o si contienen incorrecciones.
Revelación de información relacionada con las estimaciones contables
El auditor obtendrá evidencia de auditada suficiente y adecuada sobre si la información revelada en los estados financieros relativa a las estimaciones contables se adecúa a los requerimientos establecidos en el marco de información financiera aplicable. En el caso de las estimaciones contables que den lugar a riesgos significativos, el auditor evaluará, asimismo, la adecuación de la información revelada los estados financieros acerca de la incertidumbre en la estimación existente, de acuerdo con el marco de información financiera aplicable.
El auditor revisará los juicios y las decisiones adoptados por la dirección al realizar las estimaciones contables con la finalidad de identificar si existen indicadores de posible sesgo de la dirección. A los efectos de alcanzar conclusiones sobre la razonabilidad de las estimaciones contables concretas, los indicadores de posible sesgo de la dirección no constituyen en sí mismos incorrecciones.
El auditor obtendrá manifestaciones escritas de la dirección y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad sobre si consideran razonables las hipótesis significativas empleadas en la realización de estimaciones contables.

Unknown dijo...

Documentación
El auditor incluirá en la documentación de auditoría:
a) la base para las conclusiones alcanzadas por el auditor sobre la razonabilidad de las estimaciones contables que den lugar a riesgos significativos, así como de la correspondiente información revelada; y
b) en su caso, los indicadores de la existencia de posible sesgo de la dirección.


IDEAS IMPORTANTES
Naturaleza de las estimaciones contables.
Objetivo de la Norma.
Definiciones.
Requerimientos.
Procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionadas.
Identificación y valoración del riesgo de incorrección material.
Respuestas a los riesgos valorados de incorrección materia.
Procedimientos posteriores sustantivos para responder a los riesgos significativos.
Evaluación de la razonabilidad de las estimaciones contables y determinación de incorrecciones.
Revelación de información relacionada con las estimaciones contables.
Indicadores de la existencia de posible sesgo de la dirección.
Manifestaciones escritas.
Documentación.
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas.

PREGUNTAS

¿Qué es lo que trata la Norma Internacional de Auditoría 540?
Trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con las estimaciones contables, incluidas las estimaciones contables del valor razonable, y .la información relacionada a revelar, al realizar una auditoría de estados financieros.

¿Cuál es el objetivo de algunas estimaciones contables, según la Norma Internacional de Auditoría 540?
Es pronosticar el desenlace de una o más transacciones, hechos o condiciones, lo que da lugar a la necesidad de una estimación contable.

¿Qué es lo que debe revisar el auditor, según la Norma Internacional de Auditoría 540?
El auditor revisará el desenlace de las estimaciones contables incluidas en los estados financieros correspondientes al periodo anterior o, en su caso, su reestimación posterior a efectos del periodo actual.

¿Qué hará el auditor para identificar y valorar el riesgo de incorrección material, según la Norma Internacional de Auditoría 540?
El auditor evaluará el grado de incertidumbre existente en la estimación asociado a cada estimación contable.

¿Qué es lo que determinara el auditor, Según la Norma Internacional de Auditoría 540?
El auditor determinará si, a su juicio, alguna de las estimaciones contables para las que se ha identificado un grado elevado de incertidumbre en la estimación da lugar a riesgos significativos.

Referencia
Normas Internacionales de Auditoría (versión 2013)
HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

RESUMEN
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 550
PARTES VINCULADAS

Esta Norma Internacional de Auditoría 550, trata de las responsabilidades que tiene el auditor en lo que respecta a las relaciones y transacciones con partes vinculadas en una auditoría de estados financieros. En concreto, desarrolla la aplicación de la NIA 315, la NIA 330 y la NIA 240 en relación con los riesgos de incorrección material asociados a las relaciones y transacciones con partes vinculadas.

Naturaleza de las relaciones y transacciones con partes vinculadas
Muchas de las transacciones con partes vinculadas se producen en el curso normal de los negocios. En tales circunstancias, puede que no impliquen un mayor riesgo de incorrección material en los estados financieros que transacciones similares con partes no vinculadas. Sin embargo, la naturaleza de las relaciones y transacciones con partes vinculadas puede, en algunas circunstancias, dar lugar a mayores riesgos de incorrección material en los estados financieros que las transacciones con partes no vinculadas.
Debido a que las partes vinculadas no son independientes entre sí, muchos marcos de información financiera establecen requerimientos específicos relativos a la contabilización y a la información a revelar en el caso de relaciones, transacciones y saldos con partes vinculadas, que permitan a los usuarios de los estados financieros comprender su naturaleza y sus efectos, reales o posibles, en los estados financieros. En caso de que el marco de información financiera aplicable establezca dichos requerimientos, el auditor tiene la responsabilidad de aplicar procedimientos de auditoría para identificar, valorar y responder a los riesgos de incorrección material debidos a una contabilización o revelación inadecuadas por parte de la entidad, de conformidad con los requerimientos del marco, de las relaciones, transacciones o saldos con las partes vinculadas.

Requerimientos
Procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionadas
Como parte de los procedimientos de valoración del riesgo y las actividades relacionadas que la NIA 315 y la NIA 240 requieren que el auditor lleve a cabo durante la realización de la auditoría, el auditor ejecutará los procedimientos de auditoría y las actividades relacionadas indicados en los apartados 12-17 con el fin de obtener la información relevante para la identificación de los riesgos de incorrección material asociados a las relaciones y transacciones con partes vinculadas.
Con ocasión de la discusión entre los miembros del equipo del encargo requerida por la NIA 315 y la NIA 240 se considerará de manera específica la posibilidad de que los estados financieros contengan una incorrección material debida a fraude o error que pudiera derivarse de las relaciones y transacciones de la entidad con las partes vinculadas.
Durante, la realización de la-auditoría; al inspeccionar los registros o documentos, el auditor mantendrá una especial atención a aquellos acuerdos u otra información que puedan indicar la existencia de relaciones o transacciones con partes vinculadas que la dirección, previamente, no hubiese identificado o revelado al auditor.
El auditor compartirá con los restantes miembros del equipo del encargo la información relevante obtenida sobre las partes vinculadas a la entidad.
En cumplimiento del requerimiento de la NIA 315 relativo a la identificación y valoración de los riesgos de incorrección material, el auditor identificará y valorará los riesgos de incorrección material asociados a las relaciones y transacciones con partes vinculadas, y determinará si alguno de dichos riesgos es significativo. Para ello, el auditor considerará las transacciones significativas identificadas que se hayan realizado con partes vinculadas y que sean ajenas al curso normal de los negocios como transacciones que dan lugar a riesgos significativos.

Unknown dijo...

Dentro del requerimiento de la NJA 330 de que el auditor responda a los riesgos valorados, el auditor debe diseñar y aplicar procedimientos de auditoría posteriores con el fin de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre los riesgos valorados de incorrección material asociados a las relaciones y transacciones con partes vinculadas. Estos procedimientos de auditoría incluirán los requeridos por los apartados 21-24.

En el caso de que el auditor identifique acuerdos o información que sugieran la existencia de relaciones o transacciones con partes vinculadas que la dirección no haya identificado o no le haya revelado previamente, el auditor determinará si las circunstancias que subyacen confirman la existencia de dichas relaciones o transacciones.
Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad
Salvo que todos los responsables del gobierno de la entidad participen en su dirección, 13 el auditor comunicará a los responsables del gobierno de la entidad las cuestiones significativas que surjan durante la realización de la auditoría con relación a las partes vinculadas a la entidad.
Documentación
El auditor incluirá en la documentación de auditoría los nombres de las partes vinculadas identificadas y la naturaleza de las relaciones con las partes vinculadas.

IDEAS IMPORTANTES
Naturaleza de las relaciones y transacciones con partes vinculadas.
Responsabilidades del auditor.
Objetivo de la Norma.
Definiciones.
Requerimientos.
Procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionada.
Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material asociados a las relaciones y transacciones con partes vinculadas.
Respuestas a los riesgos de incorrección material asociados a las relaciones y transacciones con partes vinculadas.
Evaluación de la contabilización y revelación de las relaciones y transacciones identificadas con partes vinculadas.
Manifestaciones escritas.
Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad.
Documentación.
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativa.

PREGUNTAS

¿Qué es lo que trata la Norma Internacional de Auditoría 550?
Trata de las responsabilidades que tiene el auditor en lo que respecta a las relaciones y transacciones con partes vinculadas en una auditoría de estados financieros.

¿Qué es lo que indagará el auditor ante la dirección, según la Norma Internacional de Auditoría 550?
a) la identidad de las partes vinculadas a la entidad, así como los cambios con respecto al periodo anterior;
b) la naturaleza de las relaciones existentes entre la entidad y dichas partes vinculadas; y
c) si la entidad ha realizado transacciones con dichas partes vinculadas durante el periodo y, de ser así, el tipo y el objeto de dichas transacciones.

¿Qué mantendrá el auditor al inspeccionar los registros o documentos, según la Norma Internacional de Auditoría 550?
Mantendrá una especial atención a aquellos acuerdos u otra información que puedan indicar la existencia de relaciones o transacciones con partes vinculadas que la dirección, previamente, no hubiese identificado o revelado al auditor.

¿Qué compartirá el auditor con los miembros del equipo, según la Norma Internacional de Auditoría 550?
Compartirá con los restantes miembros del equipo del encargo la información relevante obtenida sobre las partes vinculadas a la entidad.

¿Qué incluirá el auditor en la documentación de auditoría, según la Norma Internacional de Auditoría 550?
Los nombres de las partes vinculadas identificadas y la naturaleza de las relaciones con las partes vinculadas.

Referencia
Normas Internacionales de Auditoría (versión 2013)
HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

RESUMEN
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 560
HECHOS POSTERIORES AL CIERRE

Esta Norma Internacional de Auditoría 560, trata de la responsabilidad que tiene el auditor con respecto a los hechos posteriores al cierre, en una auditoría de estados financieros.

Hechos posteriores al cierre
Los estados financieros se pueden ver afectados por determinados hechos que ocurran con posterioridad a la fecha de los estados financieros. Muchos marcos de información financiera se refieren específicamente tales hechos. Dichos marcos de información financiera suelen identificar dos tipos de hechos:
• aquéllos que proporcionan evidencia sobre condiciones que existían en la fecha de los estados financieros; y
• aquéllos que proporcionan evidencia sobre condiciones que surgieron después de la fecha de los estados financieros.

Requerimientos
Hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la fecha del informe de auditoría
El auditor aplicará procedimientos de auditoría diseñados para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada de que se han identificado todos los hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la del informe de auditoría que requieran un ajuste de los estados financieros, o su revelación en éstos. Sin embargo, no se espera que el auditor aplique procedimientos de auditoría adicionales con respecto a cuestiones sobre las que los procedimientos de auditoría aplicados previamente han proporcionado conclusiones satisfactorias.
El auditor aplicará los procedimientos que el apartado 6 requiere de modo que cubran el periodo comprendido entre la fecha de los estados financieros y la fecha del informe de auditoría, o la fecha más cercana posible a esta última. El auditor tendrá en cuenta su valoración del riesgo al determinar la naturaleza y extensión de dichos procedimientos de auditoría.
Manifestaciones escritas
El auditor solicitará a la dirección y, cuando proceda, a los responsables del gobierno de la entidad, que proporcionen manifestaciones escritas, de conformidad con la NIA 580,3 de que todos los hechos ocurridos con posterioridad a la fecha de los estados financieros, y que deben ser objeto de ajuste o revelación en virtud del marco de información financiera aplicable, han sido ajustados o revelados.
Hechos que llegan a conocimiento del auditor con posterioridad a la fecha del informe de auditoría pero con anterioridad a la fecha de publicación de los estados financieros
El auditor no tiene obligación de aplicar procedimientos de auditoría con respecto a los estados financieros después de la fecha del informe de auditoría. Sin embargo, si después de la fecha del informe de auditoría pero antes de la fecha de publicación de los estados financieros, llega a su conocimiento un hecho que, de haber sido conocido por él en la fecha del informe de auditoría, pudiera haberle llevado a rectificar este informe.
En los casos en que las disposiciones legales o reglamentarias o el marco de información financiera no prohíban que la dirección limite la modificación de los estados financieros a los efectos del hecho O de los hechos posteriores al cierre que han dado 'lugar a la misma, y los responsables de la aprobación de los estados financieros no tengan prohibido limitar su aprobación a dicha modificación, el auditor puede limitar a la modificación los procedimientos de auditoría sobre los hechos posteriores al cierre que el apartado 11 (b )(i) requiere.

Unknown dijo...

Hechos que llegan a conocimiento del auditor con posterioridad a la fecha de publicación de los estados financieros
Una vez publicados los estados financieros, el auditor no tiene obligación de aplicar procedimientos de auditoría con respecto a ellos. Sin embargo, si una vez publicados los estados financieros, llega a su conocimiento un hecho que, de haber sido conocido por él en la fecha del informe de auditoría, pudiese haberle llevado a rectificar el informe de auditor. El auditor incluirá en el informe de auditoría nuevo o rectificado un párrafo de énfasis o un párrafo sobre otras cuestiones que remita a la nota explicativa de los estados financieros que describa más detalladamente la razón por la que los estados financieros anteriormente publicados se han modificado, y al informe anterior proporcionado por el auditor.
Si la dirección no adopta las medidas necesarias para garantizar que cualquier persona que haya recibido los estados financieros anteriormente publicados sea informada de la situación ni modifica los estados financieros en circunstancias en las que el auditor considera que debería hacerlo, el auditor notificará a la dirección y a los responsables del gobierno de la entidad, salvo que todos ellos participen en la dirección de la entidad, que tratará de evitar que a partir de ese momento se confié en el informe de auditoría. Si, a pesar de dicha notificación, la dirección o los responsables del gobierno de la entidad no adoptan las medidas necesarias, el auditor llevará a cabo las actuaciones adecuadas' para tratar de evitar que se confíe en el informe de auditoría.

IDEAS IMPORTANTES
Hechos posteriores al cierre
Objetivo de la norma.
Definiciones.
Requerimientos.
Hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la fecha del informe de auditoría.
Hechos que llegan a conocimiento del auditor con posterioridad a la fecha del informe de auditoría pero con anterioridad a la fecha de publicación de los estados financieros.
Hechos que llegan a conocimiento del auditor con posterioridad a la fecha de publicación de los estados financieros.
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas.

PREGUNTAS

¿Qué es lo que trata la Norma Internacional de Auditoría 560?
Trata de la responsabilidad que tiene el auditor con respecto a los hechos posteriores al cierre, en una auditoría de estados financiero.

¿Cómo pueden ser afectados los estados financieros, según la Norma Internacional de Auditoría 560?
Los estados financieros se pueden ver afectados por determinados hechos que ocurran con posterioridad a la fecha de los estados financieros.

¿Qué explica la NIA 700, según la Norma Internacional de Auditoría 560?
Explica que la fecha del informe de auditoría informa al lector de que el auditor ha considerado el efecto de los hechos y de las transacciones ocurridas hasta dicha fecha de los que el auditor tiene conocimiento.

¿Qué solicitara a la dirección el auditor, según la Norma Internacional de Auditoría 560?
Que proporcionen manifestaciones escritas, de conformidad con la NIA 580, de que todos los hechos ocurridos con posterioridad a la fecha de los estados financieros, y que deben ser objeto de ajuste o revelación en virtud del marco de información financiera aplicable, han sido ajustados o revelados.

¿Qué notificara el auditor si la dirección no adopta las medidas necesarias para garantizar que cualquier persona que haya recibido los estados financieros anteriormente publicados sea informada de la situación, según la Norma Internacional de Auditoría 560?
El auditor notificará a la dirección y a los responsables del gobierno de la entidad, salvo que todos ellos participen en la dirección de la entidad que tratará de evitar que a partir de ese momento se confíe en el informe de auditoría.

Referencias
Normas Internacionales de Auditoría (versión 2013)
HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

RESUMEN
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 570
EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO

Esta Norma Internacional de Auditoría 570, trata de las responsabilidades que tiene el auditor, en la auditoría de estados financieros, en relación con la utilización por parte de la dirección de la hipótesis de empresa en funcionamiento para la preparación de los estados financieros.

Hipótesis de empresa en funcionamiento
De acuerdo con la hipótesis de empresa en funcionamiento, se considera que una entidad continuará con su negocio en el futuro previsible. Los estados financieros con fines generales se preparan bajo la hipótesis de empresa en funcionamiento, salvo que la dirección tenga la intención de liquidar la entidad o cesar en sus operaciones, o bien no exista otra alternativa realista. Los estados financieros con fines específicos pueden prepararse, o no, de conformidad con un marco de información financiera en el que la hipótesis de empresa en funcionamiento sea aplicable.

Responsabilidad de la valoración de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento

Algunos marcos de información financiera contienen un requerimiento explícito de que la dirección realice una valoración específica de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento, así como normas relativas a las cuestiones que deben considerarse y a la información que debe revelarse en relación con la continuidad de funcionamiento.

En otros marcos de información financiera pueden no existir requerimientos explícitos de que la dirección realice una valoración específica de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento. Sin embargo, teniendo en cuenta que la hipótesis de empresa en funcionamiento es un principio fundamental para la preparación' de los estados financieros, como se señala en el apartado 2, la preparación de los estados financieros requiere que la dirección valore la capacidad de la entidad para continuar corno empresa en funcionamiento, aun en el caso de que el marco de información financiera no contenga un requerimiento específico en este sentido

Requerimientos
Procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionadas
Al aplicar los procedimientos de valoración del riesgo de conformidad con la NIA 315, el auditor tendrá en cuenta si existen hechos o condiciones que puedan generar dudas significativas sobre la capacidad de la entidad para continuar corno empresa en funcionamiento. Al hacerlo, el auditor determinará si la dirección ha realizado una valoración preliminar de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento. El auditor mantendrá, durante la auditoría, una especial atención ante posible evidencia de auditoría relativa a hechos o condiciones que puedan generar dudas significativas sobre la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento.

Evaluación de la valoración realizada por la dirección
El auditor evaluará la valoración realizada por la dirección de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento. Para evaluar la valoración realizada por la dirección de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento, el auditor cubrirá el mismo periodo que el utilizado por la dirección para realizar su valoración, de conformidad con el marco de información financiera aplicable o con las disposiciones legales o reglamentarias, si ésta especifica un periodo más amplio.
Si la valoración realizada por la dirección de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento cubre un periodo inferior a doce meses desde la fecha de los estados financieros, tal como se define en la NIA 560, el auditor solicitará a la dirección que amplíe su periodo de valoración al menos a 12 meses desde dicha fecha.

Unknown dijo...

El auditor indagará ante la dirección sobre su conocimiento de hechos o condiciones posteriores al periodo utilizado por la dirección en su valoración que puedan generar dudas significativas sobre la capacidad 'de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento. Si se han identificado hechos o condiciones que pueden generar dudas significativas sobre la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento, el auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada para determinar si existe o no una .incertidumbre material mediante la aplicación de procedimientos de auditoría adicionales y teniendo en cuenta los factores mitigantes.

Conclusiones e informe de auditoría
Sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida, el auditor concluirá si, a su juicio, existe una incertidumbre material relacionada con hechos o condiciones que, individual o conjuntamente, pueden generar dudas significativas sobre la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento. Existe una incertidumbre material cuando la magnitud de su impacto potencial y la probabilidad de que ocurra son tales que, a juicio del auditor, es necesaria una adecuada revelación de información sobre la naturaleza y las implicaciones de la incertidumbre para:
• la presentación fiel de los estados financieros, en el caso de un marco de información financiera de imagen fiel o
• que los estados financieros no induzcan a error, en el caso de un marco de cumplimiento.

Si los estados financieros se han preparado bajo la hipótesis de empresa en funcionamiento, pero, a juicio del auditor, la utilización por parte de la dirección de dicha hipótesis no es adecuada, el auditor expresará una opinión desfavorable. Si la dirección no está dispuesta a realizar o ampliar su valoración, cuando el auditor se lo solicite, éste tendrá en cuenta las implicaciones de este hecho para el informe de auditoría.

Retraso significativo en la aprobación de los estados financieros
Si se produce un retraso significativo en la aprobación de los estados financieros por la dirección o por los responsables del gobierno de la entidad a partir de la fecha de los estados financieros, el auditor indagará sobre los motivos de dicho retraso. Si el auditor considera que el retraso puede estar relacionado con hechos o condiciones relativos a la valoración de la capacidad de continuar como empresa en funcionamiento, aplicará los procedimientos de auditoría adicionales necesarios, descritos en el apartado 16, y considerará el efecto sobre su conclusión en relación con la existencia de una incertidumbre material, según lo previsto en el apartado 17.

IDEAS IMPORTANTES
Hipótesis de empresa en funcionamiento.
Responsabilidad de la valoración de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento.
Objetivo de la Norma.
Definiciones.
Requerimientos.
Procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionada.
Evaluación de la valoración realizada por la dirección.
Periodo posterior al de valoración de la dirección.
Procedimientos de auditoría adicionales cuando se identifican hechos o condiciones.
Conclusiones e informe de auditoría.
Utilización adecuada de la hipótesis de empresa en funcionamiento, pese a la existencia de una incertidumbre material.
Utilización inadecuada de la hipótesis de empresa en funcionamiento.
Falta de disposición de la dirección para realizar o ampliar su valoración.
Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad.
Retraso significativo en la aprobación de los estados financieros.
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas.

Unknown dijo...

PREGUNTAS

¿Qué trata la Norma Internacional de Auditoría 570?
Trata de las responsabilidades que tiene el auditor, en la auditoría de estados financieros, en relación con la utilización por parte de la dirección de la hipótesis de empresa en funcionamiento para la preparación de los estados financieros.

¿A qué se considera hipótesis de empresa en funcionamiento, según la Norma Internacional de Auditoría 570?
Se considera que una entidad continuará con su negocio en el futuro previsible.

¿Qué requiere la Norma Internacional de Contabilidad 1, según la Norma Internacional de Auditoría 570?
Requiere que la dirección realice una evaluación de la capacidad que tiene la entidad para continuar como empresa en funcionamiento.

¿Sobre qué tiene la responsabilidad el auditor al obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada, según la Norma Internacional de Auditoría 570?
Sobre la idoneidad de la utilización por parte de la dirección de la hipótesis de empresa en funcionamiento para la preparación y presentación de los estados financieros, así como de determinar si existe alguna incertidumbre material con respecto a la capacidad de la entidad para continuar corno empresa en funcionamiento.

¿Qué evaluara el auditor, según la Norma Internacional de Auditoría 570?
El auditor evaluará la valoración realizada por la dirección de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento.

Referencias
Normas Internacionales de Auditoría (versión 2013)
HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

RESUMEN
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 580
MANIFESTACIONES ESCRITAS

Esta Norma Internacional de Auditoría 580, trata de la, responsabilidad que tiene el auditor, en una auditoría de estados financieros, de obtener manifestaciones escritas de la dirección y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad.

Manifestaciones escritas-como evidencia de auditoría
La evidencia de auditoría es la información utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las que se basa su opinión. Las manifestaciones escritas constituyen información necesaria que el auditor requiere, con respecto a la auditoría de los estados financieros de la entidad. En consecuencia, las manifestaciones escritas constituyen evidencia de auditoría, similar a las respuestas a indagaciones. Si bien las manifestaciones escritas proporcionan evidencia de auditoría necesaria, por sí solas no proporcionan evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre ninguna de las cuestiones a las que se refieren. Asimismo, el hecho de que la dirección haya proporcionado manifestaciones escritas fiables no afecta a la naturaleza o a la extensión de otra evidencia de auditoría que el auditor obtiene con respecto al cumplimiento de las responsabilidades de la dirección o con respecto a afirmaciones concretas.

Requerimientos
Miembros de la dirección a los que se solicitan manifestaciones escritas.
El auditor solicitará manifestaciones escritas a los miembros de la dirección que tengan las responsabilidades adecuadas sobre los estados financieros y conocimientos de las cuestiones de que se trate.
Manifestaciones escritas sobre las responsabilidades de la dirección
El auditor solicitará a la dirección que proporcione manifestaciones escritas de que ha cumplido su responsabilidad de la preparación de los estados financieros de conformidad con el marco de información financiera aplicable, así como, cuando proceda, de su presentación fiel, según lo expresado en los términos del encargo de auditoría. 12. Las responsabilidades de la dirección se describirán en las manifestaciones escritas requeridas en los apartados 10 y 11 en la forma en que dichas responsabilidades se describen en los términos del encargo de auditoría.
Otras NIA requieren que el auditor solicite manifestaciones escritas. Si, además de dichas manifestaciones requeridas, el auditor determinara que es necesario obtener una o más manifestaciones escritas para fundamentar otra evidencia de auditoría relevante para los estados financieros o una o más afirmaciones concretas de los estados financieros, el auditor las solicitará.
La fecha de las manifestaciones escritas será tan próxima como sea posible, pero no posterior, a la fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros. Las manifestaciones escritas se referirán a todos los estados financieros y periodo o periodos a los que se refiere el informe de auditoría.
Las manifestaciones escritas adoptarán la forma de una carta de manifestaciones dirigida al auditor. Si las disposiciones legales o reglamentarias requieren que la dirección realice declaraciones públicas escritas relativas a sus responsabilidades y el auditor determina que dichas declaraciones proporcionan parte o la totalidad de las manifestaciones requeridas por los apartados 10 u 11, no será necesario incluir en la carta de manifestaciones las cuestiones relevantes cubiertas por dichas declaraciones.

IDEAS IMPORTANTES
Manifestaciones escritas como evidencia de auditoría.
Objetivos de la Norma.
Definiciones.
Requerimientos.
Miembros de la dirección a los que se solicitan manifestaciones escritas.
Manifestaciones escritas sobre las responsabilidades de la dirección.
Otras manifestaciones escritas.
Fecha de las manifestaciones escritas y periodo o periodos cubiertos.
Forma de las manifestaciones escritas.
Dudas sobre la fiabilidad de las manifestaciones escritas y manifestaciones escritas solicitadas y no proporcionadas.
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas.

Unknown dijo...

PREGUNTAS

¿Qué trata la Norma Internacional de Auditoría 580?
Trata de la, responsabilidad que tiene el auditor, en una auditoría de estados financieros, de obtener manifestaciones escritas de la dirección y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad.

¿Qué incluye el anexo 1, según la Norma Internacional de Auditoría 580?
En el anexo 1 se incluye una lista de otras NIA que contienen requerimientos específicos de manifestaciones escritas sobre materias objeto de análisis. Los requerimientos específicos de manifestaciones escritas de otras NIA no limitan la aplicación de esta NIA.

¿Qué es la evidencia de auditoría, la Norma Internacional de Auditoría 580?
La evidencia de auditoría es la información utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las que se basa su opinión.

¿Qué constituyen las manifestaciones escritas, según la Norma Internacional de Auditoría 580?
Constituyen información necesaria que el auditor requiere, con respecto a la auditoría de los estados financieros de la entidad.

¿a quienes solicitara manifestaciones escritas el auditor, según la Norma Internacional de Auditoría 580?
Los miembros de la dirección que tengan las responsabilidades adecuadas sobre los estados financieros y conocimientos de las cuestiones de que se trata.

Referencias
Normas Internacionales de Auditoría (versión 2013)
HECHO POR: HARCHILAPERA2015

Unknown dijo...

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 540
AUDITORÍA DE ESTIMACIONES CONTABLES, INCLUIDAS LAS DE VALOR RAZONABLE, Y DE LA INFORMACIÓN RELACIONADA A REVELAR

RESUMEN

Trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con las estimaciones contables, incluidas las estimaciones contables del valor razonable, y .la información relacionada a revelar, al realizar una auditoría de estados financieros. En concreto, desarrolla la aplicación de la NIA 31.5' y la NIA 330,2así como de otras NIA relevantes, a las estimaciones contables. También incluye requerimientos y orientaciones sobre las incorrecciones en estimaciones contables concretas y sobre indicadores de la existencia de posible sesgo de la dirección.

NATURALEZA DE LAS ESTIMACIONES CONTABLES
La naturaleza y fiabilidad de la información de la que dispone la dirección como base para la realización de una estimación contable es muy variada, lo cual afecta al grado de incertidumbre en la estimación asociado a las estimaciones contables. El grado de incertidumbre en la estimación afecta, a su vez, al riesgo de incorrección material en las estimaciones contables, incluida la susceptibilidad a un sesgo de la dirección, intencionado o no.

PROCEDIMIENTOS DE VALORACIÓN DEL RIESGO Y ACTIVIDADES RELACIONADAS IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DEL RIESGO DE INCORRECCIÓN MATERIAL.

El auditor, con el fin de disponer de una base para la identificación y valoración del riesgo de incorrección material de las estimaciones contables, deberá obtener conocimiento de los siguientes aspectos:

a. Los requerimientos del marco de 'información financiera aplicable relacionados con las estimaciones contables, incluida la correspondiente información a revelar.

b. El modo en que la dirección identifica aquellas transacciones, hechos y condiciones que pueden dar lugar a la necesidad de que las estimaciones contables se reconozcan o revelen en los estados financieros. Para obtener este conocimiento, el auditor realizará indagaciones ante la dirección sobre los cambios de circunstancias que pueden dar Lugar a estimaciones contables nuevas o a la necesidad de revisar las existentes

RESPUESTAS A LOS RIESGOS VALORADOS DE INCORRECCIÓN MATERIAL
Para responder a los riesgos valorados de incorrección material, como requiere la NIA 330,6 el auditor realizará una o varias de las siguientes actuaciones, teniendo en cuenta la naturaleza de la estimación contable.

Determinación de si los hechos acaecidos hasta la fecha del informe de auditoría proporcionan evidencia de auditoría en relación con la estimación contable
Realización de pruebas sobre el modo en que la dirección realizó la estimación contable y los datos en los que dicha estimación se basa. Para ello, el auditor evaluará lo siguiente:
i. si el método de medida utilizado es adecuado dadas las circunstancias;
ii. si las hipótesis empleadas por la dirección son razonables teniendo en cuenta los objetivos de la medida según el marco de información financiera aplicable.

Unknown dijo...

PROCEDIMIENTOS POSTERIORES SUSTANTIVOS PARA RESPONDER A LOS RIESGOS SIGNIFICATIVOS
En el caso de estimaciones contables que den lugar a riesgos significativos, además de otros procedimientos sustantivos aplicados para cumplir con los requerimientos de la NIA 330,7.

EVALUACIÓN DE LA RAZONABILIDAD DE LAS ESTIMACIONES CONTABLES Y DETERMINACIÓN DE INCORRECCIONES
Sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida, el auditor evaluará si las estimaciones contables contenidas en los estados financieros son razonables de acuerdo con el marco de información financiera aplicable, o si contienen incorrecciones.

REVELACIÓN DE INFORMACIÓN RELACIONADA CON LAS ESTIMACIONES CONTABLES
El auditor obtendrá evidencia de auditada suficiente y adecuada sobre si la información revelada en los estados financieros relativa a las estimaciones contables se adecúa a los requerimientos establecidos en el marco de información financiera aplicable.
En el caso de las estimaciones contables que den lugar a riesgos significativos, el auditor evaluará, asimismo, la adecuación de la información revelada en los estados financieros acerca de la incertidumbre en la estimación existente, de acuerdo con el marco de información financiera aplicable.

IDEAS PRINCIPALES
• Estimación contable
• Estimación puntual o rango del auditor
• Incertidumbre en la estimación
• Sesgo de la dirección:
• Estimación puntual de la dirección
• Desenlace de una estimación contable
• Indicadores de la existencia de posible sesgo de la dirección
• Manifestaciones escritas
• Documentación.


PREGUNTAS
1. Para efectos de la NIA 540, ¿cuál es el nombre de algunas de las partidas de los estados financieros no pueden medirse con exactitud, sino solo estimarse?
Estimaciones contables

2. Mencione los objetivos del auditor, que expresa la NIA 540
a. las estimaciones contables, incluidas las estimaciones contables del valor razonable, reconocidas o reveladas en los estados financieros, son razonables; y
b. la correspondiente información revelada en los estados financieros es adecuada en el contexto del marco de información financiera aplicable.

3. ¿Que determinará el auditor, sobre la base de la valoración realizada del riesgo de incorrección material, el auditor determinará?
a) si la dirección ha aplicado adecuadamente los requerimientos del marco de información financiera aplicable relativos a la realización de la estimación contable;
b) si los métodos empleados en la realización de las estimaciones contables son adecuados y se han aplicado de forma congruente, así como, en su caso, si los cambios en las estimaciones contables o en el método para realizarlas, con respecto al periodo anterior, son adecuados teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes.

4. ¿Cuáles son los procedimientos sustantivos para responder a los riesgos significativos, que el auditor deberá evaluar?
a. El modo en que la dirección ha considerado las hipótesis o los desenlaces alternativos, y los motivos por los que los ha rechazado, o cualquier otra manera en que la dirección haya tratado la incertidumbre en la estimación al realizar la estimación contable.
b. Si las hipótesis significativas utilizadas por la dirección son razonables.
c. En lo relativo a la razonabilidad de las hipótesis significativas empleadas por la dirección o para verificar la aplicación adecuada del marco de información financiera aplicable, el propósito de la dirección de llevar a cabo actuaciones específicas y su capacidad para hacerlo.

5. ¿Con que objetivo el auditor revisará los juicios y las decisiones adoptados por la dirección al realizar las estimaciones contables?
Con la finalidad de identificar si existen indicadores de posible sesgo de la dirección.

REFERENCIA
Normas Internacionales de Auditoría y Control de Calidad. (NIAS VERSIÓN 2013.) Y Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas.

Hecho por: KCORVERAPERA2015

Unknown dijo...

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORIA 550 PARTES VINCULADAS
Resumen
Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de las responsabilidades que tiene el auditor en lo que respecta a las relaciones y transacciones con partes vinculadas en una auditoría de estados financieros.
Muchas de las transacciones con partes vinculadas se producen en el curso normal de los negocios. En tales circunstancias, puede que no impliquen un mayor riesgo de incorrección material en los estados financieros que transacciones similares con partes no vinculadas. Sin embargo, la naturaleza de las relaciones y transacciones con partes vinculadas puede, en algunas circunstancias, dar lugar a mayores riesgos de incorrección material en los estados financieros que las transacciones con partes no vinculadas.
Dado que las partes vinculadas no son independientes entre sí, muchos marcos de información financiera establecen requerimientos específicos relativos a la contabilización y a la información a revelar en el caso de relaciones, transacciones y saldos con partes vinculadas, que permitan a los usuarios de los estados financieros comprender su naturaleza y sus efectos, reales o posibles, en los estados financieros. En el caso de que el marco de información financiera aplicable establezca dichos requerimientos, el auditor tiene la responsabilidad de aplicar procedimientos de auditoría para identificar, valorar y responder a los riesgos de incorrección material debidos a una contabilización o revelación inadecuadas por parte de la entidad, de conformidad con los requerimientos el marco, de las relaciones, transacciones o saldos con las partes vinculadas.
Ideas importantes
 La dirección puede que no conozca la existencia de todas las relaciones y transacciones con partes vinculadas, especialmente si el marco de información financiera aplicable no establece requerimientos con respecto a las partes vinculadas.
 Las relaciones con partes vinculadas pueden ofrecer más oportunidades de colusión, ocultamiento o manipulación por parte de la dirección.
 Muchos marcos de información financiera abordan los conceptos de control e influencia significativa.

Preguntas
1. ¿A qué actuaciones conlleva la evaluación de la afirmación aportada por la dirección? consideración de la adecuación del proceso seguido por la dirección, la verificación de la fuente de pruebas y la valuación de la razonabilidad de cualquier hipótesis.
2. ¿Qué indica la influencia de una parte vinculada en una transacción? puede indicar la presencia de un factor de riesgo de fraude.
3. ¿de que dispone la dirección en el caso de que el marco de información establezca requerimientos sobre partes vinculadas? la dirección puede disponer fácilmente de información sobre la identidad de las partes vinculadas
4. ¿en qué circunstancias una entidad con cometido especial puede ser parte vinculada? porque esta pueda controlarla de hecho.
5. ¿Qué incluirá en la documentación de auditoría? los nombres de las partes vinculadas identificadas y la naturaleza de las relaciones con las partes vinculadas.
Hecho por: KCORVERAPERA2015

Unknown dijo...

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 560
HECHOS POSTERIORES AL CIERRE

RESUMEN
Trata de la responsabilidad que tiene el auditor con respecto a los hechos posteriores al cierre, en una auditoría de estados financieros

Los objetivos del auditor son:
a. obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si los hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la fecha del informe de auditoría y que requieran un ajuste de los estados financieros, o su revelación en éstos, se han reflejado adecuadamente en los estados financieros de conformidad con el marco de información financiera aplicable; y
b) reaccionar adecuadamente ante los hechos que lleguen a su conocimiento después de la fecha del informe de auditoría y que, de haber sido conocidos por el auditor a dicha fecha, le podrían haber llevado a rectificar el informe de auditoría.

HECHOS OCURRIDOS ENTRE LA FECHA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Y LA FECHA DEL INFORME DE AUDITORÍA
El auditor aplicará procedimientos de auditoría diseñados para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada de que se han identificado todos los hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la del informe de auditoría que requieran un ajuste de los estados financieros, o su revelación en éstos.

HECHOS QUE LLEGAN A CONOCIMIENTO DEL AUDITOR CON POSTERIORIDAD A LA FECHA DEL INFORME DE AUDITORÍA PERO CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE PUBLICACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS.
El auditor no tiene obligación de aplicar procedimientos de auditoría con respecto a los estados financieros después de la fecha del informe de auditoría. Sin embargo, si después
IDEAS PRINCIPALES
* Responsabilidad de la dirección con el auditor
* Fecha de los estados financieros
* Manifestaciones escritas
* Responsables del gobierno de la entidad
* Doble fecha

PREGUNTAS

1. Defina Hechos posteriores al cierre
Hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la fecha del informe de auditoría, así como hechos que llegan a conocimiento del auditor después de la fecha del informe de auditoría.

2. Mencione los dos tipos de hechos posteriores que ocurran con posterioridad a la fecha de los estados financieros.
a. aquéllos que proporcionan evidencia sobre condiciones que existían en la fecha de los estados financieros;
b. aquéllos que proporcionan evidencia sobre condiciones' que surgieron después de la fecha de los estados financieros.

3. Cuáles son los procedimientos, que el auditor incluirá y tendrá en cuenta su valoración del riesgo al determinar la naturaleza y extensión de dichos procedimientos de auditoría.

a) La obtención de conocimiento de cualquier procedimiento establecido por la dirección para garantizar que se identifiquen los hechos posteriores al cierre.
b) La indagación ante la dirección y, cuando proceda, ante los responsables del gobierno de la entidad sobre si han ocurrido hechos posteriores al cierre que puedan afectar a los estados financieros.
4. Qué debe de hacer el auditor, cuando la dirección modifica los estados financieros
(a) Aplicará los procedimientos de auditoría necesarios en tales circunstancias a la modificación.
b.
(i) ampliará los procedimientos de auditoría a los que se refieren los apartados 6 y 7 basta la fecha del nuevo informe de auditoría;
(ii) proporcionará un nuevo informe de auditoría sobre los estados financieros modificados. La fecha del nuevo informe de auditoría no será anterior a la de la aprobación de los estados financieros modificados.

5. Sobre que cuestiones indagará el auditor, sobre si se han producido hechos posteriores al cierre que puedan afectar a los estados financieros
- Si se han suscrito nuevos compromisos, préstamos o garantías
- Si han tenido lugar o se han planificado ventas o adquisiciones de activos

Hecho por: KCORVERAPERA2015

Unknown dijo...

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 570
EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO

RESUMEN
Trata de las responsabilidades que tiene el auditor, en la auditoría de estados financieros, en relación con la utilización por parte de la dirección de la hipótesis de empresa en funcionamiento para la preparación de los estados financieros.

Responsabilidades del auditor
El auditor tiene la responsabilidad de-obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre la idoneidad de la utilización por parte de la dirección de la hipótesis-de empresa en funcionamiento para la preparación y presentación de los estados financieros, así como de determinar si existe alguna incertidumbre material con respecto a la capacidad de la entidad para continuar corno empresa en funcionamiento. Esta responsabilidad existe aún en el caso de que el marco de información financiera utilizado para la preparación de los estados financieros no contenga un requerimiento explícito de que la dirección realice una valoración específica de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento.

RESPONSABILIDAD DE LA VALORACIÓN DE LA CAPACIDAD DE LA ENTIDAD PARA CONTINUAR COMO EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO.
Algunos marcos de información financiera contienen un requerimiento explícito de que la dirección realice una valoración específica de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento, así como normas relativas a las cuestiones que deben considerarse y a la información que debe revelarse en relación con la continuidad de funcionamiento.

PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA ADICIONALES CUANDO SE IDENTIFICAN HECHOS O CONDICIONES
Si se han identificado hechos o condiciones que pueden generar dudas significativas sobre la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento, el auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada para determinar si existe o no una .incertidumbre material mediante la aplicación de procedimientos de auditoría adicionales y teniendo en cuenta los factores mitigantes.

Unknown dijo...

IDEAS IMPORTANTES
Utilización inadecuada de la hipótesis de empresa en funcionamiento
Utilización adecuada de la hipótesis de empresa en funcionamiento, pese a la existencia de una incertidumbre material
Retraso significativo en la aprobación de los estados financieros
Periodo de la valoración realizada por la dirección

PREGUNTAS

1. En qué consiste la Hipótesis de empresa en funcionamiento
Se considera que una entidad continuará con su negocio en el futuro previsible. Los estados financieros con fines generales se preparan bajo la hipótesis de empresa en funcionamiento, salvo que la dirección tenga la intención de liquidar la entidad o cesar en sus operaciones, o bien no exista otra alternativa realista.

2. ¿Sobre que contenido, indagará el auditor ante la dirección sobre su conocimiento de hechos o condiciones posteriores al período?
Indagará sobre información, existente de la dirección en su valoración que puedan generar dudas significativas sobre la capacidad 'de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento.

3. Que procedimientos de auditoría adicionales, se incluirán cuando se identifican hechos o condiciones que puedan generar dudas significativas sobre la capacidad 'de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento?
a. Cuando la dirección no haya realizado una valoración de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento, la solicitud a la dirección de la realización de dicha valoración.
b. La evaluación de los planes de la dirección en cuanto a actuaciones futuras relacionadas con su valoración relativa, a la empresa en funcionamiento, a si es probable que el resultado de dichos planes mejore la situación y a si los planes de la dirección son factibles teniendo en cuenta las circunstancias.
c. Cuando la entidad haya preparado un pronóstico de flujos de efectivo y el análisis de dicho pronóstico sea un factor significativo a la hora de tener en cuenta el resultado futuro de hechos o de condiciones en la evaluación de los .planes de la dirección.

4. Mencione cual es la utilización inadecuada de la hipótesis de empresa en funcionamiento.
Cuando a juicio del auditor, la utilización por parte de la dirección de dicha.

5. ¿Cual es la responsabilidad del auditor, segun NIA 570? obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre la idoneidad de la utilización por parte de la dirección de la hipótesis de empresa en funcionamiento para la preparación y presentación de los estados financieros

Hecho por: KCORVERAPERA2015

Unknown dijo...

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORIA 580: REPRESENTACIONES ESCRITAS DE LA ADMINISTRACION

RESUMEN.

La norma internacional de auditoria 580 se refiere a la responsabilidad que tiene el auditor para obtener declaraciones escritas de la administración o encargados del gobierno corporativo durante la auditoria de estados financieros. Las declaraciones escritas son información que el auditor requiere de la entidad, y que puede utilizar para soportar la evidencia de auditoria. Estas declaraciones escritas deben ser dirigidas en cartas de representación al auditor por la administración. Además estas deben ser de fechas cercanas pero no posteriores al dictamen del auditor de los estados financieros. Es importante que estas declaraciones se presenten de manera escrita ya que con esto reduce las posibilidades de que hayan malos entendidos entre la administración o el gobierno corporativo de la entidad y el auditor. La comunicación entre estos es muy importante ya que pueden existir problemas que tienen importancia relativa y que pueden afectar la razonabilidad de los estados financieros de manera directa y es a partir de estas comunicaciones donde se pueden hacer evidentes y de la misma manera intervenir adecuadamente sobre ellos.

Es claro que el hecho que el auditor cuente con las declaraciones escritas no garantiza que proporcionen evidencia por si solas, estas son parte esencial en el desarrollo de la auditoria de estados financieros y le permiten al auditor argumentar su opinión, además como una evidencia de auditoria.

OBJETIVOS

El auditor debe obtener las declaraciones escritas de la administración y del gobierno corporativo, manifestándose así que se cumple responsablemente con la elaboración de los estados financieros de manera apropiada y con la integridad de la información proporcionada al auditor, además de corroborar información y evidencias importantes de auditoria en los estados financieros. Asimismo el auditor debe responder las declaraciones escritas de la administración o encargados del gobierno corporativo cuando sea pertinente.

Unknown dijo...

REQUISITOS

Administración a la que se le solicita declaraciones escritas: El auditor deberá solicitar declaraciones escritas a los encargados de la elaboración de los estados financieros, ya sea la administración o los encargados del gobierno corporativo, quienes tienen responsabilidades por la manera como están descritos y plasmados los estados financieros y deben tener pleno conocimiento de asuntos relacionados.
Declaraciones escritas sobre las responsabilidades de la administración: El auditor debe solicitarle a la administración que le proporcione una declaración escrita en la cual se manifiesta claramente que ha cumplido con su responsabilidad de la realización de los estados financieros, estos descritos de acuerdo con el marco de referencia de información financiera aplicable. Asimismo la administración debe manifestar mediante una declaración escrita que le ha dado o no al auditor toda información relevante y acceso, y si todas las transacciones están registradas en los estados financieros, así como se expone en los términos de trabajo puntualizados en el proceso de auditoría.
Otras declaraciones escritas: Si el auditor necesita en cierto momento que le proporcionen otras declaraciones escritas por parte de la administración para corroborar otra evidencia de auditoria importante para los estados financieros, deberá solicitar esas declaraciones escritas para apoyar el proceso de auditoría de manera pertinente y apropiada.
Fecha de y periodo cubierto por declaraciones escritas: La fecha de las declaraciones escritas debe ser cercana a la fecha del dictamen del auditor. En la práctica es recomendable que tenga la misma fecha del dictamen. No es recomendable que sea posterior.

Forma de declaraciones escritas: Las declaraciones escritas deberán estar en forma de una carta de representación dirigida al auditor y con las características requeridas por las normas y regulaciones pertinentes.
Duda sobre la confiabilidad de las declaraciones escritas y declaraciones escritas solicitadas, no proporcionadas: Si el auditor encuentra inconvenientes que pongan en duda la confiabilidad de las declaraciones escritas con relación a la competencia, integridad, valores éticos o diligencias de la administración, procederá a resolver dichas preocupaciones con la realización de procedimientos de auditoria y si definitivamente concluye que las declaraciones no son confiables deberá comenzar con acciones apropiadas como evaluar el posible efecto en las representaciones y evidencia durante la auditoria, y que tendría para la opinión en el dictamen del auditor.
Cuando la administración no proporciona las declaraciones solicitadas, el auditor debe discutir el tema con la administración y revaluar su integridad y la confiabilidad de las representaciones, y establecer las acciones a seguir teniendo en cuenta el efecto que habrá sobre el dictamen del auditor, o determinar abstención de opinión sobre los estados financieros, cuando sea pertinente.

PREGUNTAS
1. ¿Las manifestaciones escritas deben incluirse en? una carta de manifestaciones dirigida al auditor.

2. ¿Las manifestaciones escritas se realizan sobre? todos los periodos a los que se refiere el informe de auditoría porque la dirección necesita reafirmar que las manifestaciones escritas que hizo anteriormente con respecto a los periodos anteriores siguen siendo adecuadas.

3. ¿Adicionalmente, el auditor puede considerar necesario? solicitar a la dirección que le proporcione manifestaciones escritas sobre afirmaciones concretas de los estados financieros.

4. ¿Las manifestaciones escritas son? una fuente importante de evidencia de auditoría.

5. ¿Las manifestaciones escritas adoptarán? la forma de una carta de manifestaciones dirigida al auditor

Hecho por: KCORVERAPERA2015

Unknown dijo...

NIA 580:
MANIFESTACIONES ESCRITAS

Esta norma trata de las responsabilidades que tiene el auditor, en una auditoria de estados financieros, de obtener manifestaciones escritas de la dirección y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad.

El auditor debe obtener evidencia respecto de que la dirección del ente reconoce su responsabilidad sobre la presentación razonable de los estados contables de acuerdo con las normas contables vigentes y que los ha aprobado debidamente.

Para ello, el auditor debe obtener una carta de representación escrita de la dirección que incluya las afirmaciones significativas, tanto explícitas como implícitas, que contienen los estados contables, cuando ninguna otra evidencia apropiada es razonable pensar que pueda existir.

Por ello, esta carta no sustituye los procedimientos de auditoría que debe efectuar el auditor. Así mismo, la norma provee un ejemplo de carta de representación.

Es importante mencionar que, si la dirección se rehusara a proporcionar esta carta de representación, ello constituiría una limitación al alcance del trabajo y por lo tanto el auditor debería emitir una opinión con salvedad indeterminada o abstenerse de opinar.

Manifestaciones escritas-como evidencia de auditoría
La evidencia de auditoría es la información utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las que se basa su opinión. Las manifestaciones escritas constituyen información necesaria que el auditor requiere, con respecto a la auditoría de los estados financieros de la entidad. En consecuencia, las manifestaciones escritas constituyen evidencia de auditoría, similar a las respuestas a indagaciones. Si bien las manifestaciones escritas proporcionan evidencia de auditoría necesaria, por sí solas no proporcionan evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre ninguna de las cuestiones a las que se refieren. Asimismo, el hecho de que la dirección haya proporcionado manifestaciones escritas fiables no afecta a la naturaleza o a la extensión de otra evidencia de auditoría que el auditor obtiene con respecto al cumplimiento de las responsabilidades de la dirección o con respecto a afirmaciones concretas.

Requerimientos
Miembros de la dirección a los que se solicitan manifestaciones escritas.
El auditor solicitará manifestaciones escritas a los miembros de la dirección que tengan las responsabilidades adecuadas sobre los estados financieros y conocimientos de las cuestiones de que se trate.
Manifestaciones escritas sobre las responsabilidades de la dirección
El auditor solicitará a la dirección que proporcione manifestaciones escritas de que ha cumplido su responsabilidad de la preparación de los estados financieros de conformidad con el marco de información financiera aplicable, así como, cuando proceda, de su presentación fiel, según lo expresado en los términos del encargo de auditoría. 12. Las responsabilidades de la dirección se describirán en las manifestaciones escritas requeridas en los apartados 10 y 11 en la forma en que dichas responsabilidades se describen en los términos del encargo de auditoría.

Rgarciapera 2015.

Unknown dijo...

Las manifestaciones escritas adoptarán la forma de una carta de manifestaciones dirigida al auditor. Si las disposiciones legales o reglamentarias requieren que la dirección realice declaraciones públicas escritas relativas a sus responsabilidades y el auditor determina que dichas declaraciones proporcionan parte o la totalidad de las manifestaciones requeridas por los apartados 10 u 11, no será necesario incluir en la carta de manifestaciones las cuestiones relevantes cubiertas por dichas declaraciones.

IDEAS IMPORTANTES
Manifestaciones escritas como evidencia de auditoría.
Objetivos de la Norma.
Definiciones.
Requerimientos.
Miembros de la dirección a los que se solicitan manifestaciones escritas.
Manifestaciones escritas sobre las responsabilidades de la dirección.
Otras manifestaciones escritas.
Fecha de las manifestaciones escritas y periodo o periodos cubiertos.
Forma de las manifestaciones escritas.
Dudas sobre la fiabilidad de las manifestaciones escritas y manifestaciones escritas solicitadas y no proporcionadas.
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas.

Cual es el objetivo de la Norma Internacional de Auditoría 580?
Trata de la, responsabilidad que tiene el auditor, en una auditoría de estados financieros, de obtener manifestaciones escritas de la dirección y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad.

¿Qué incluye el anexo 1, según la Norma Internacional de Auditoría 580?
En el anexo 1 se incluye una lista de otras NIA que contienen requerimientos específicos de manifestaciones escritas sobre materias objeto de análisis. Los requerimientos específicos de manifestaciones escritas de otras NIA no limitan la aplicación de esta NIA.

¿Qué es la evidencia de auditoría?
La evidencia de auditoría es la información utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las que se basa su opinión.

¿Qué constituyen las manifestaciones escritas, según la Norma Internacional de Auditoría 580?
Constituyen información necesaria que el auditor requiere, con respecto a la auditoría de los estados financieros de la entidad.

¿a quienes solicitara manifestaciones escritas el auditor, según la Norma Internacional de Auditoría 580?
Los miembros de la dirección que tengan las responsabilidades adecuadas sobre los estados financieros y conocimientos de las cuestiones de que se trata.

Rgarciapera 2015
Referencia Normas internacionales de Auditoria.
Version 2013.

Unknown dijo...

NIA 550:
PARTES VINCULADAS
Continuacion:

Requerimientos
Procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionadas
Como parte de los procedimientos de valoración del riesgo y las actividades relacionadas que la NIA 315 y la NIA 240 requieren que el auditor lleve a cabo durante la realización de la auditoría, el auditor ejecutará los procedimientos de auditoría y las actividades relacionadas indicados en los apartados 12-17 con el fin de obtener la información relevante para la identificación de los riesgos de incorrección material asociados a las relaciones y transacciones con partes vinculadas.

El auditor incluirá en la documentación de auditoría los nombres de las partes vinculadas identificadas y la naturaleza de las relaciones con las partes vinculadas.

IDEAS IMPORTANTES
Naturaleza de las relaciones y transacciones con partes vinculadas.
Responsabilidades del auditor.
Objetivo de la Norma.
Definiciones.
Requerimientos.
Procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionada.
Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material asociados a las relaciones y transacciones con partes vinculadas.
Respuestas a los riesgos de incorrección material asociados a las relaciones y transacciones con partes vinculadas.
Evaluación de la contabilización y revelación de las relaciones y transacciones identificadas con partes vinculadas.
Manifestaciones escritas.
Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad.
Documentación.
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativa.

PREGUNTAS

¿Qué es lo que trata la Norma Internacional de Auditoría 550?
Trata de las responsabilidades que tiene el auditor en lo que respecta a las relaciones y transacciones con partes vinculadas en una auditoría de estados financieros.

¿Qué es lo que indagará el auditor ante la dirección, según la Norma Internacional de Auditoría 550?
a) la identidad de las partes vinculadas a la entidad, así como los cambios con respecto al periodo anterior;
b) la naturaleza de las relaciones existentes entre la entidad y dichas partes vinculadas; y
c) si la entidad ha realizado transacciones con dichas partes vinculadas durante el periodo y, de ser así, el tipo y el objeto de dichas transacciones.

¿Qué mantendrá el auditor al inspeccionar los registros o documentos, según la Norma Internacional de Auditoría 550?
Mantendrá una especial atención a aquellos acuerdos u otra información que puedan indicar la existencia de relaciones o transacciones con partes vinculadas que la dirección, previamente, no hubiese identificado o revelado al auditor.

¿Qué compartirá el auditor con los miembros del equipo, según la Norma Internacional de Auditoría 550?
Compartirá con los restantes miembros del equipo del encargo la información relevante obtenida sobre las partes vinculadas a la entidad.

Con ocasión de la discusión entre los miembros del equipo del encargo requerida por la NIA 315 y la NIA 240 se considerará de manera específica la posibilidad de que los estados financieros contengan una incorrección material debida a fraude o error que pudiera derivarse de las relaciones y transacciones de la entidad con las partes vinculadas.
Durante, la realización de la-auditoría; al inspeccionar los registros o documentos, el auditor mantendrá una especial atención a aquellos acuerdos u otra información que puedan indicar la existencia de relaciones o transacciones con partes vinculadas que la dirección, previamente, no hubiese identificado o revelado al auditor.
El auditor compartirá con los restantes miembros del equipo del encargo la información relevante obtenida sobre las partes vinculadas a la entidad.

Rgarciapera 2015.
Nias version 2013.

Unknown dijo...

NIA 560:
HECHOS POSTERIORES AL CIERRE
Continuacion:

Hechos que llegan a conocimiento del auditor con posterioridad a la fecha del informe de auditoría pero con anterioridad a la fecha de publicación de los estados financieros
El auditor no tiene obligación de aplicar procedimientos de auditoría con respecto a los estados financieros después de la fecha del informe de auditoría. Sin embargo, si después de la fecha del informe de auditoría pero antes de la fecha de publicación de los estados financieros, llega a su conocimiento un hecho que, de haber sido conocido por él en la fecha del informe de auditoría, pudiera haberle llevado a rectificar este informe.

Si la dirección no adopta las medidas necesarias para garantizar que cualquier persona que haya recibido los estados financieros anteriormente publicados sea informada de la situación ni modifica los estados financieros en circunstancias en las que el auditor considera que debería hacerlo, el auditor notificará a la dirección y a los responsables del gobierno de la entidad, salvo que todos ellos participen en la dirección de la entidad, que tratará de evitar que a partir de ese momento se confié en el informe de auditoría. Si, a pesar de dicha notificación, la dirección o los responsables del gobierno de la entidad no adoptan las medidas necesarias, el auditor llevará a cabo las actuaciones adecuadas' para tratar de evitar que se confíe en el informe de auditoría.

IDEAS IMPORTANTES
Hechos posteriores al cierre
Objetivo de la norma.
Definiciones.
Requerimientos.
Hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la fecha del informe de auditoría.
Hechos que llegan a conocimiento del auditor con posterioridad a la fecha del informe de auditoría pero con anterioridad a la fecha de publicación de los estados financieros.
Hechos que llegan a conocimiento del auditor con posterioridad a la fecha de publicación de los estados financieros.
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas.

PREGUNTAS

¿Qué es lo que trata la Norma Internacional de Auditoría 560?
Trata de la responsabilidad que tiene el auditor con respecto a los hechos posteriores al cierre, en una auditoría de estados financiero.

¿Cómo pueden ser afectados los estados financieros, según la Norma Internacional de Auditoría 560?
Los estados financieros se pueden ver afectados por determinados hechos que ocurran con posterioridad a la fecha de los estados financieros.

¿Qué explica la NIA 700, según la Norma Internacional de Auditoría 560?
Explica que la fecha del informe de auditoría informa al lector de que el auditor ha considerado el efecto de los hechos y de las transacciones ocurridas hasta dicha fecha de los que el auditor tiene conocimiento.

¿Qué solicitara a la dirección el auditor, según la Norma Internacional de Auditoría 560?
Que proporcionen manifestaciones escritas, de conformidad con la NIA 580, de que todos los hechos ocurridos con posterioridad a la fecha de los estados financieros, y que deben ser objeto de ajuste o revelación en virtud del marco de información financiera aplicable, han sido ajustados o revelados.

¿Qué notificara el auditor si la dirección no adopta las medidas necesarias para garantizar que cualquier persona que haya recibido los estados financieros anteriormente publicados sea informada de la situación, según la Norma Internacional de Auditoría 560?
El auditor notificará a la dirección y a los responsables del gobierno de la entidad, salvo que todos ellos participen en la dirección de la entidad que tratará de evitar que a partir de ese momento se confíe en el informe de auditoría.

En los casos en que las disposiciones legales o reglamentarias o el marco de información financiera no prohíban que la dirección limite la modificación de los estados financieros a los efectos del hecho O de los hechos posteriores al cierre que han dado 'lugar a la misma, y los responsables de la aprobación de los estados financieros.

Rgarciapera2015
NIAS version 2013

Unknown dijo...

NIA 570:
EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO

CONTINUACION:

Si los estados financieros se han preparado bajo la hipótesis de empresa en funcionamiento, pero, a juicio del auditor, la utilización por parte de la dirección de dicha hipótesis no es adecuada, el auditor expresará una opinión desfavorable. Si la dirección no está dispuesta a realizar o ampliar su valoración, cuando el auditor se lo solicite, éste tendrá en cuenta las implicaciones de este hecho para el informe de auditoría.

Retraso significativo en la aprobación de los estados financieros
Si se produce un retraso significativo en la aprobación de los estados financieros por la dirección o por los responsables del gobierno de la entidad a partir de la fecha de los estados financieros, el auditor indagará sobre los motivos de dicho retraso. Si el auditor considera que el retraso puede estar relacionado con hechos o condiciones relativos a la valoración de la capacidad de continuar como empresa en funcionamiento, aplicará los procedimientos de auditoría adicionales necesarios, descritos en el apartado 16, y considerará el efecto sobre su conclusión en relación con la existencia de una incertidumbre material, según lo previsto en el apartado 17.

¿Cual es el objetivo de la Norma Internacional de Auditoría 570?
Trata de las responsabilidades que tiene el auditor, en la auditoría de estados financieros, en relación con la utilización por parte de la dirección de la hipótesis de empresa en funcionamiento para la preparación de los estados financieros.

¿A qué se considera hipótesis de empresa en funcionamiento, según la Norma Internacional de Auditoría 570?
Se considera que una entidad continuará con su negocio en el futuro previsible.

¿Qué requiere la Norma Internacional de Contabilidad 1, según la Norma Internacional de Auditoría 570?
Requiere que la dirección realice una evaluación de la capacidad que tiene la entidad para continuar como empresa en funcionamiento.

¿Sobre qué tiene la responsabilidad el auditor al obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada, según la Norma Internacional de Auditoría 570?
Sobre la idoneidad de la utilización por parte de la dirección de la hipótesis de empresa en funcionamiento para la preparación y presentación de los estados financieros, así como de determinar si existe alguna incertidumbre material con respecto a la capacidad de la entidad para continuar corno empresa en funcionamiento.

¿Qué evaluara el auditor, según la Norma Internacional de Auditoría 570?
El auditor evaluará la valoración realizada por la dirección de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento.

Rgarciapera 2015
NIAS version 2013.